| Organismo | FORO DE JUECES/ZAS PENALES 3° CJ - BARILOCHE |
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| Sentencia | 480 - 11/09/2024 - DEFINITIVA |
| Expediente | MPF-BA-04565-2023 - NESTERUK JUAN EMANUEL Y TATO JOSÉ LUIS S/ ROBO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO |
| Sumarios | No posee sumarios. |
| Texto Sentencia | En San Carlos de Bariloche, a los 11 días del mes de septiembre de dos mil veinticuatro, este Tribunal integrado por los Jueces Martin Arroyo, Marcelo Alvarez Melinger y Gregor Joos en estos legajos caratulados “NESTERUK JUAN EMANUEL Y TATO JOSÉ LUIS S/ ROBO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO”, Nro. MPF-BA-04565-202 seguidos a JOSÉ LUIS TATO, DNI xxxx, argentino, 43 años de edad, instruido, soltero, mecánico, y nacido el xxxx en San Miguel, provincia de Buenos Aires, hijo de M. L. y de M. A. L., domiciliado en calle xxxx xxxx de esta localidad y a J. E. N., DNI xxxx, argentino, 43 años de edad, instruido, soltero, mecánico, nacido el xxxx en Capital Federal, hijo de J. y de E. M. A., domiciliado en xxxxx, Dto. x de esta localidad, el Tribunal, previa deliberación, dicta la presente sentencia. El Juez Gregor Joos dijo: Los días 31 de julio y 1 y 2 de agosto del corriente año, se celebró audiencia de juicio oral en la que se encontraban presentes el fiscal Marcos Sosa Luckman y la ayudante fiscal Sofía Ocampo, los imputados y la abogada defensora Blanca Alderete y su ayudante Nahuel Benac. Declarado abierto el juicio, se le advirtió a los acusados que estuvieran atento a las implicancias de la audiencia, como así la importancia y el significado de lo que iba a suceder. Seguidamente se otorgó la palabra al fiscal quien relató el hecho materia de acusación, atribuyendo a los nombrados el hecho ocurrido en fecha 1/08/2023, estimativamente a la hora 22:00, en la vía pública, frente al domicilio ubicado en calle xxxx xxxx del barrio Las xxxxx de esta localidad. En las mencionadas circunstancias los nombrados junto a dos cómplices que no fueron identificados, se movilizaban en un vehículo marca Peugeot 206 dominio xxxx. Así, en convergencia intencional y acuerdo de voluntades, este vehículo estacionó próximo al auto de las víctimas, siendo este un rodado marca Ford modelo Focus dominio xxxx el cual era conducido por Aixa Johana Rodríguez Caballero acompañada por su pareja Lucas Michel Diego de Marco. Del Peugeot descendieron tres masculinos, quienes abordaron a ambas víctimas. Concretamente Nesteruk le apuntó a Aixa con un arma de fuego mientras le manifestaba "dame la llave porque te quemo, dame la llave porque te mato, estas puesta, estas puesta", arrebatándole de sus manos la llave de la vivienda en la que se encontraban. Al mismo tiempo, Tato junto a otro sujeto no identificado intentan abordar a Lucas, pero comienza a correr para evitar el atraco, siendo perseguido por unos metros por los sujetos para luego darse vuelta y retornar a revisar el vehículo propiedad de las víctimas. Luego de ello, Nesteruk, Tato y el tercer sujeto no identificado abordan el auto marca Peugeot dominio xxxx conducido por una cuarta persona y se dan a la fuga por Avenida Las Victorias en sentido cardinal norte. Instantes después, los mismos son detenidos por personal policial de la Subcomisaria 80 sobre calle Cabildo 19 en el vehículo marca Peugeot 206 dominio xxxx. Al momento de efectuar el cacheo de seguridad al ciudadano Nesteruk se le cayó de entre sus prendas un arma de fuego tipo pistola, coloración oscura con inscripción en cacha lateral izquierdo GMC con logotipo de rombo y parte superior de armazón metálico con inscripción GMC CAL.22LR-Pat. xxxx con 01 cargador tipo quita conteniendo 09 cartuchos de bala con inscripción en culote “ORBEA”. Por esta circunstancia, se le atribuye también a Juan Emanuel Nesteruk que en las mismas circunstancias temporo-espaciales, el haber tenido en su poder sin la debida autorización legal un arma de fuego calibre 22 inscripción GMC CAL.22LR-Pat. xxxx con 01 cargador tipo quita conteniendo 09 cartuchos de bala completos, no pudiendo acreditar la debida autorización legal para su tenencia y traslado, calificándolo como constitutivo del delito de robo agravado por el uso de arma de fuego en poblado y en banda siendo José Luis Tato y Juan Emanuel Nesteruk responsables a título de co- autor y en concurso ideal con el delito de tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil, para Juan Emanuel Nesteruk en carácter de autor de conformidad con los artículos 166 inciso 2, 189 bis pto 2 primer párrafo, 45 y 54 del Código Penal. En este alegato de apertura el fiscal explicó las pruebas que produciría para sustentar la acusación, y luego lo hizo la defensa señalando que se trató de un encuentro desafortunado en relación a una operación con estupefacientes y no se trató de un robo calificado. Luego se produjo toda la prueba testimonial y declaración de los imputados que resumiré más adelante, y seguidamente las partes efectuaron sus alegatos de clausura. El fiscal inició su exposición haciendo alusión a sus dichos en el alegato de apertura al inicio del juicio, en donde el Ministerio Público Fiscal se comprometió a corroborar una teoría del caso, respecto de un hecho que ocurrió el 31 de agosto de 2023 en la vía pública calle xxxx del B° Las Victorias de esta ciudad. Que para afirmar esta situación, nombraron a los testigos que efectivamente comparecieron ante el Tribunal y declararon en relación a la acreditación de las circunstancias modales. Así, indicó que Lepiman, Barra, Rodríguez y De Marco -las víctimas-, Garnica a través del sistema de emergencias 911, Carrizo a través del análisis de las cámaras, Velázquez, y hasta ahora el propio Tato y Nesteruk en su descargo, afirmaron que ese día, a esa hora en la vía publica de calle xxxx, ocurrió un hecho. Indicó que el Ministerio Público también se comprometió a corroborar que el Sr. José Luis Tato y Juan Emanuel Nesteruk, llegaron a bordo de un Peugeot 206 de color negro, dominio xxxx, en compañía de dos cómplices que no pudieron ser identificados por el Ministerio Público Fiscal. Que habían estacionado ese vehículo en proximidades al rodado de las víctimas, que iban a acreditar que se movilizaban en un Ford Focus gris plata dominio xxxx, que ese vehículo era conducido por Aixa Rodríguez y que del lado del acompañante estaba el Sr. De Marco. Prometieron acreditar además a través de estos testigos, que tres masculinos descendieron del Peugeot y abordaron el Ford Focus de las víctimas. Que dos sujetos masculinos abordaron al Sr. De Marco entre los que estaba Tato, y que el Sr. Nesteruk, apuntando con un arma de fuego, exigió la entrega de las llaves a Aixa para luego revisar el auto. Que De Marco salió corriendo hacia la dirección de Avenida Las victorias, que Aixa había arrojado su teléfono celular y las llaves del vehículo y luego se refugió en una Ford Eco Sport blanca, que luego del hecho estos tres masculinos se volvieron a subir al Peugeot y huyeron por calle las Victorias hasta ser detenidos y demorados en calle Cabildo N° 19 por parte del personal de la Subcomisaría 80. Prometieron que a través de los testimonios iban a acreditar, no solo las circunstancias modales sino también la materialidad, la autoría, el móvil que motivó a los acusados a cometer el hecho, que además acredita la convergencia intencional y acuerdo de voluntades postulada en la plataforma fáctica. Y que raíz de todo ello iban a acreditar el agravante del arma de fuego apta para disparo, que el hecho también se agrava porque fue en poblado y en banda, y además que producto de la requisa personal urgente llevada a cabo por el personal policial, ente las prendas de Sr. Nesteruk se hallaba un arma de fugo calibre .22 marca GMC. En este sentido, el Fiscal explicó que el testigo Lepiman, al momento de prestar declaración, no solo ratificó que el 31 de agosto del 2023 a la hora 22, había ocurrido un hecho de robo con arma en calle xxxxx, sino también indicó que a través de las modulaciones VHF por llamados al servicio de emergencia 911, él desde el Destacamento 105 y a raíz del dato de que los sospechosos se movilizaban en un Peugeot negro, se dirigió a la zona. Este mismo dato fue retransmitido por la oficial Barra, que dijo que ese día, recibió llamado del 911 que hablaba de un robo con arma de fuego. Que los sospechosos también se dirigían en un Peugeot 206 negro, que iban bajando por av las Victorias y que había habido arma de fuego en el marco del hecho perpetrado por los sospechosos. Indicó que entonces se pudo escuchar tanto a Lepiman, a Barra y a Norambuena, sobre la forma en la cual interceptan este rodado en la calle Cabildo 19; no hay dudas que en Cabildo 19 fue demorado un Peugeot 206 de color negro dominio xxxx, ni tampoco hay dudas de que en el mismo venían circulando Tato y Nesteruk. Ellos mismos en sus descargos no ponen en duda esta porción de la plataforma fáctica. Manifestó además el Fiscal que se escuchó a los policías, concretamente Lepiman, que indicó que procedieron al secuestro de un arma de fuego y teléfonos celulares, que convocaron al jefe del Gabinete y pidieron una requisa de urgencia respecto del rodado, que de esa requisa de urgencia el objeto era buscar las llaves que le habían sustraído a la femenina víctima, y que no habían sido halladas. Sí, que habían secuestrado un arma de fuego con cadena de custodia y dos teléfonos celulares pertenecientes a los sospechosos. El Fiscal se refirió además a la testigo Barra, que contó el contenido de esos tres llamados al sistema de 911, ratificó que se trataba de un robo con arma, indicó cómo se llevó adelante la aprehensión de los sujetos, habló de la requisa personal y dónde y cómo detectó el arma de fuego en la humanidad del Sr. Nesteruk. Que hizo un cacheo de seguridad y que estaba en la zona de la cintura, que allí sacaron el arma calibre .22 marca GMC que fue volcada correctamente en la plataforma fáctica, que estaba entre sus prendas y que el mismo no tenía la debida autorización legal. Que también secuestraron un teléfono celular. Y que por una cuestión de protocolo de urgencia habían efectuado esa requisa, porque el propio llamado al 911 indicaba que el robo era con arma de fuego. Y luego indicó cuáles fueron todas las tareas que se fueron desarrollando para acreditar la plataforma fáctica. Entonces, concluye que Barra ratifica la presencia del Peugeot, la presencia de identificación de los dos sospechosos en el lugar de detención, dijo que se entrevistó con las víctimas de manera cuasi inmediata, se entrevistó con Aixa Rodríguez. Ella le dijo que un masculino la había apuntado con un arma de fuego y le dijo “dame las llaves” y luego se las arrebató de sus manos. Ella misma le tomo a denuncia penal, y Aixa vino a través de Zoom, ratificó lo que dijo Barra, la denuncia penal, las circunstancias modales y la materialidad del hecho. En ningún momento dudo en relación a como se sucedieron los mismos, que a ella la apuntó un masculino con arma de fuego y hasta lo describió. Que Barra también se entrevistó con De Marco, que ratificó la circunstancia que los sospechosos se subieron a un Peugeot 206 negro y que se dieron a la fuga por calle Las Victorias en sentido norte (hacia el lago). Que Barra aportó además que De Marco le dijo que a él lo abordaron dos masculinos, y que a Aixa la abordó un masculino y la apuntaba con el arma de fuego. Finalmente, que Barra ratificó la consumación del hecho, que esas llaves que le arrebataron de las manos a Aixa no fueron encontradas. Seguidamente, el Fiscal abordó el testimonio de Aixa Rodríguez, indicando que no solamente ratifica las circunstancias de tiempo, modo y lugar, sino que ella ratifica que venía manejando un Ford focus xxxx. Comentó que habían ido a una cueva en la calle principal a cambiar dinero, y que los estaban esperando. Que cuando llegaron a una vivienda de alquiler sita en calle xxxx, un departamento, lo abordó un masculino. Que ese masculino la apuntó con un arma de fuego, la amenazó con ese arma, le exigió la entrega de la llaves y le arrebató las llaves de sus manos, y también dijo que esas llaves nunca aparecieron. Que Aixa también contó, que al momento del hecho ella se asustó, arrojó el teléfono celular bajo su vehículo y las llaves del auto. También contó que es importante en la conexión del rompecabezas que hace la acreditación; que el teléfono cuando lo arrojó abajo del auto estaba en llamado de emergencia, el registro 34, a los primeros 20 segundos se refieren a a llamada de emergencia. Y luego se escucha manifestar “me están robando”. Dato objetivo incontrastable, los llamados al sistema de emergencias 911. Prosiguió el Dr. Lukman que Aixa ratificó además la sustracción de las llaves que no aparecen, el Peugeot 206 donde se movilizaban los autores, la descripción del sujeto que le apuntó con el arma de fuego que es coincidente con la descripción que dio Cabrera en relación a Nesteruk. Que esto también se lo dijo a Barra; cuando Aixa se hace presente en Cabildo 19, Barra dijo que Aixa le manifestó que quien le había apuntado, había sido identificado como Nesteruk. Ella ratificó también su vehículo xxxx, el Ford Focus. También dijo que ni ella ni su pareja tenían armas de fuego: que es relevante a los efectos de contradecir lo manifestado por la defensa y los imputados al momento de realizar su descargo. Por otra parte, el Fiscal hizo referencia algo que considero que era muy importante que el Tribunal pueda volver a escuchar si es necesario: los llamados al servicio de emergencias 911. Ello, en función de que estos establecen que el 31 de agosto se dieron los mismos, que el horario es a las 10 de la noche, y que el primer llamado telefónico es Aixa. Que ese llamado telefónico se compadece o se sucede de los otros cuatros llamados sobre la misma incidencia, y que no hubo ningún llamado por parte de los imputados que ponga en conocimiento una transacción de estupefacientes fallida. No se consultó esa situación. Indicó el Fiscal que los cinco llamados hicieron referencia a un robo con arma, a la presencia de un Peugeot 206 negro, que fue identificado -dijo Garnica- como xxxx, a nombre de Tomas González. Que en la cartilla de llamada 839 se dejó constancia que el vehículo de los damnificados era un Ford Focus dominio xxxx, se dejó constancia de la identidad de los sospechosos y las víctimas del caso. Y se dejó constancia de la presencia de armas de fuego en el hecho. Que además se escuchó la cartilla principal que es muy importante, porque lo primero que dice Aixa cuando levanta el teléfono de abajo del auto es “hola si, me esta robando, estoy en en Martín García” (cartilla 3417839). No contento con ello, obviamente ante la ocurrencia de ello, el operador que atiende en Viedma deriva el llamado a Bariloche. Cuando atiende en Bariloche, Aixa dice nuevamente “me están robando. Es un departamento estoy alquilando” manifestó ella, porque la operadora le preguntaba donde estaba. “Me están robando con revólveres”. En es llamado se escuchó una persona de sexo femenino con miedo, asustada, agitada, mismo sentimiento que se escuchó en la llamada 840. En relación a la llamada 840, el Fiscal indicó que es la llamada de De Marco. Lo importante de esta llamada es que en los primeros segundos el afirma “me están robando”. Y le dice al colectivero “cerrá la puerta y acelerá por favor”. Esto significa que De Marco luego de que corrió cuando lo quisieron abordar, se subió de manera inmediata al colectivo que pasaba por Av. Las Victorias y García. Esto está acreditado no solo con el testimonio de De Marco, sino con la llamada de emergencia. Después de esto dice “es un Peugeot 206 color negro, se les quedó encima!”. Él mismo lo advierte y por eso la necesidad que llamen a la policía de forma urgente. Cuando el operador de servicio le insiste preguntando donde está, le pregunta al colectivero y este le dice “En avenida las Victorias y Boyacá”. Siguiendo esta línea, el Fiscal hizo una explicación sobre las calles, indicando que si se paran en Av Las victorias y Martín García, se encuentra primero García, luego Combate del Buceo, Boyacá y Pichincha: es decir que son dos cuadras. Lo mismo que dijo de marco en su testimonio: “hicimos dos cuadras y se le había quedado el auto”. “Me están robando ¿Pueden llamar a la policía?” grita en el colectivo a alguna persona. Refiere el Fiscal que seguramente ahí es donde advierte a Alan Infante y al otro llamado que hizo reproducir la Defensa, por eso se arma tanto alboroto en Avenida Las Victorias. “Esos que están ahí son los chorros, se les quedó el auto”. Entonces, este llamado acredita que se movilizaban en un Peugeot 206 negro donde iban los autores, y que esos eran “los chorros” según el llamante. Esto es importante porque es contemporáneo, casi inmediato, lo mismo que dijeron Aixa y De Marco a Barra, es lo mismo que plasmaron en los llamados al 911, lo mismo que dijeron Lepiman y Norambuena cuando por VHF escucharon las novedades a raíz de la situación. A continuación, el Fiscal recordó a Natacha Norambuena, del Área Judicial de Investigaciones, refiriendo que también es importante porque llegó casi inmediatamente, porque se encontraba trabajando en Cabo Campos y 12 de octubre. Cuando escuchó por VHF la situación, fueron directamente hacia el lugar porque estaban cerca. Entonces, indicó Sosa Lukman, estaba Lepiman en el Destacamento 105 que está frente INVAP, la gente del Área Judicial a unas cuadras y a la gente de la Subcomisaría 80 que salía dese calle México. Entre los tres, ubicaron a Peugeot 206 sospechoso en calle Cabildo N° 19. Y Natacha dijo que Nesteruk manifestó que estaba asustado, que se sentaron afuera de una despensa porque allí había cámaras. Pero esto no es así. Barra, Lepiman y Norambuena afirmaron que al cruzarles el auto, les exigieron que se bajen del rodado, Barra dijo que Nesteruk manejaba y Tato iba en el asiento del acompañante, y esto descarta el descargo de Nesteruk. Y es ahí, a raíz del contenido de esos llamados del arma de fuego, que proceden a la requisa de urgencia. La otra llamada que el Ministerio Público Fiscal entendió que era importante es la 846. Indicó que es de un empleado de Mi Bus que pone en conocimiento que un compañero de él, lo llamó por teléfono y le dijo que en Av. Las Victorias y Boyacá habían robado a una pareja. Ese chófer es el que contó esto. Esta llamada da verosimilitud a los primeros llamados. La ubicación que da este chofer dentro de las 5 llamadas, es coincidente con la segunda. Seguidamente, se refirió a la la llamada 842, indicando que era la de Alan Infante, que era testigo de la defensa y luego fue desistido por la misma. Este refirió en la misma “Quiero informar un robo en Las Victorias. -¿Donde ocurrió? Combate del Buceo una cuadra más arriba, se escucharon como tiros, salió gente corriendo, se ve que estaban robando, se les quedo el auto tirado parece, es un Peugeot 206 de color negro, me llamo Alan Infante”. Indicó el Fiscal que este llamado tiene incidencia cuando se analiza el llamado 844. Siguiendo esta línea, explicó que hay una sucesión de llamados en un periodo de tiempo, cuya ocurrencia de los hechos que van informando, se van sucediendo durante ese tiempo. Esto implica que cuando llama este cuarto señor dice “hubo unos disparos, bajaron de un auto Peugeot color negro, sacaron unas máscaras y empezaron a correr por todos lados”. Cuando lo derivan a Bariloche ratifica esta situación, que en Av. las Victorias al 900 – bastante lejos de Martín García al 3000- dice que “es un Peugeot 206 negro. Se bajaron tres personas. Dos salieron corriendo para Esandi –los dos cómplices que no se pudieron ubicar- quedo uno empujando”. Cabrera dijo que cuando se queda el auto así hay que cambiar la batería o empujar el auto, uno empuja y el otro arranca. Entonces, este testigo desacredita la versión de que De Marco supuestamente había efectuado disparos, ya que manifiesta que “se escucharon tiros, se bajaron tres del auto y dos encararon para Esandi, andaban encapuchados con máscaras y ropa oscura”. Aseveró el Fiscal que si uno se ubica en la cuestión temporo-espacial, De Marco para ese entonces ya estaba arriba del colectivo, por lo que es imposible fácticamente. Porque supuestamente estos disparos son en Av. Las Victorias al 900, los supuestos disparos, porque nada trajo la Defensa para acreditar las armas de fuego. Se le preguntó a Carrizo que analizó las cámaras de las calles y las filmaciones de la vivienda próxima a Martín García, si había observado disparos o detonaciones de armas de fuego y ella dijo que no. Fue contundente. Entonces, este llamado al 911 descarta de plano, porque no da ni el espacio ni tiempo para que De Marco pueda haber efectuado los disparos que dice que efectuaron los imputados. El Fiscal refirió que esto también se acredita porque al lugar concurrió Cabrera, que explicó de forma concreta el método utilizado, quién los convoco, observaron el vehículo, ratificó la presencia del Peugeot 206, ratificó la presencia de los dos masculino que habían sido demorados por la Subcomisaría 80, que eran quienes se encontraban transitando en ese rodado, ese día, a esa hora, y los definió como Nesteruk y Tato. Que Cabrera también contó que él, en presencia de testigos procedió al secuestro de un arma de fuego calibre .22 marca GMC, que hizo la cadena de custodia correspondiente, que también procedió al secuestro de un primer teléfono celular que se encontraba al lado de un arma de fuego, que esto era de Nesteruk, y que después el Dr. Gangarrossa autorizó una requisa sobre ese rodado Peugeot, que se dio en los términos del art. 21 CNP, fue nocturna y en su presencia. En ese Peugeot buscaban la llave, que arrojó resultado negativo. La llave no apareció. Apareció otro teléfono celular que después fue identificado como de Tato. Que también aparecieron otras cosas: un gorro de lana gris (si se revisa la declaración de Aixa dice que uno de los autores tenía), gorras con pelos incrustados, que después Tomás González dijo que no había dejado, ni una gorra, ni plata, ni gas pimienta, dijo que su auto estaba impecable. Indicó el Fiscal que además, Tato reconoció que el vehículo es de González. Que Cabrera exhibió en fotografías la póliza de seguro a nombre de González. Y que Tomás ratificó que su auto tenía problema de bobina y se le apagaba y que a veces cuando lo prendía hacía unas explosiones muy fuertes y que también tenía problema de caja. Por eso justamente lo llegó al mecánico, se le paraba igual que le pasó a Tato y Nesteruk cuando quisieron huir. A continuación, el Fiscal retomó sobre el testimonio de Cabrera, lo importante es que además aporta en relación a la materialidad y los agravantes, no solamente efectuó la requisa y los secuestros sino también hablo de esta cuestión sobre que hizo su descargo Tato. Respecto del arma de fuego, que le fue secuestrada a Nesteruk, lo importante es que fue debidamente acondicionada y secuestrada, no hay objeciones de la Defensa en ninguna de las actas de procedimiento que se llevaron adelante. De todo lo que contaron los empelados policiales, no hay cuestionamientos en cuanto a su legalidad. Entonces, si no hay cuestionamientos, Cabrera no solamente describió el arma, sino que también dijo que al momento de la manipulación de la misma, como el hecho había sido con arma de fuego, por una cuestión de seguridad se retiró a un costado, la manipuló, pudo observar que había 9 cartuchos completos en el almacén cargador, pudo observar la descripción del arma, volcó en el acta y también dijo que ese arma de fuego no había sido disparada de forma inmediata porque no presentaba las características de un arma recientemente disparada. Y no encontró ni bala ni vaina en la recámara. Esto acredita el segundo hecho que ha sido imputado a Nesteruk en concurso ideal, la tenencia de arma. También ratificó que ese arma se le encontró a Nesteruk y no a Tato. Finalmente en su relato para acreditar la tenencia, indicó que ese arma es de fuego de uso civil, conforme lo establece el 189 bis CP. Respecto del auto, además de ratificar que tenía problemas eléctricos, que en el celular no se encontraron las llaves, es otro testigo que aporta la consumación del hecho. Aporto que tenía un caño de escape que no era original, que en a requisa la patente estaba en el interior del vehículo que es coincidente con la patente del auto de González. Informo que es técnico electro mecánico porque esto choca con la teoría del caso de la defensa. El hablo de como funciona el motor de cuatro tiempos, y que la bobina genera contra explosiones irregulares al momento de la ignición, el habló de petardeos. Y esos petardeos pueden ser confundidos tranquilamente con disparos de arma de fuego. De hecho, el dueño de casa Velazques afirmo que lo único que escuchó fue como estruendos de un vehículo, coincidente con lo que dictaminó Cabrera en su carácter de técnico electromecánico. Como relevante se ratifica que se secuestro el teléfono celular y son los mismo que fueron elevados a OITEL. Finamente aporto que el arma es apta para el disparo. Erika Carrizo, encargada de visualizar las cámaras, indicó que la de Av. Las Victorias y Pichincha, se pudo observar que venía circulando el Focus de las víctimas color gris plata y que detrás de ella venía el Peugeot negro donde adentro estaban Tato, Nesteruk y los dos cómplices. Carrizo mostró que 22:05 venía circulando ese Peugeot con las luces apagadas hacia el Norte, es decir, ya se estaban retirando del lugar. No parecería ser personas que estén huyendo de una transacción comercial de estupefacientes fallida. Esto acredita la presencia en el lugar de los dos vehículos, de las dos victimas y los dos imputados, y esto acredita circunstancias de tiempo modo y lugar. Por otra parte, ella observó que el masculino corrió hacia Av. Las Victorias y que se observó a una femenino esconderse atrás de una Eco Sport mientras otro sujeto revisaba el vehículo y estos tres masculinos corrieron hacia Av. Las Victorias. Este es el hecho y es igual al hecho que contó De Marco y Aixa. Pero no contentos con ello, es igual a lo que le manifestaron a Barra una vez que se subieron al patrullero 22.05. La coincidencia en relación a los elementos subjetivos con el elemento objetivo acreditado, no deja ningún tipo de margen de duda de como se sucedieron los hechos. En relación al testigo Raúl Velazquez, el dueño del domicilio, indicó que el mismo ratifica el lugar: xxxx. Que le alquiló una parejita y esa parejita sufrió un robo. Aixa le contó que un masculino le había apuntado con un arma de fuego. Se preguntó el Fiscal por qué el dueño de la casa vendría a mentir sobre un hecho, o por qué Aixa va contar la misma versión en el mismo momento y casi un año después lo viene a contar acá. El testigo dijo que no recuperó las llaves del departamento, que tuvo que cambiar esa cerradura porque tenía miedo que los otros dos masculinos puedan regresar e introducirse en ese domicilio. Sobre Tomas González, el Fiscal indicó que su testimonio era para descartar la tesis que postuló la Defensa. Como relevante dijo que el 29 de agosto le dejó el auto al Pela (Tato). Y el propio Tato dijo que había usado el auto. Relevante es lo de las explosiones que fue explicado en detalle. De Marco, víctima, ratificó circunstancias de tiempo, modo y lugar, hace referencia el agravante de poblado y banda, habló de tres personas, indicando el modo en el cual se cometió el hecho, acreditó la materialidad del injusto, que subió a un colectivo, que los sospechosos luego de perpetrado del hecho se subieron al 206 y huyeron por Av. Las Victorias. Esto mismo se acreditó con la propia llamada al 911. No hay motivo para descreer ni hay pruebas en contra que ponga en duda siquiera le testimonio de De Marco. También ratificó que observó a cuatro personas. Tres provocaron el hecho, uno estaba manejando el Peugeot, que bajaba por Av las Victorias y se les quedo. Lo mismo que está en el 911. Dijo también que fueron a cambiar plata, lo mismo que dijo Aixa Rodríguez Caballero. Y también que a su pareja le exhibieron un arma de fuego. Entonces, todos estos testigos fueron contestes en acreditar las circunstancias modales del hecho, la materialidad, el arma de fuego, la circunstancia agravante del poblado y en banda, barrio las Victorias, la presencia de más de tres personas. Finalmente, el Fiscal hizo referencia a un testimonio que consideró elocuente y contundente: el del ingeniero David Baffoni. Dijo que el Ministerio Público Fiscal le había encargado efectuar una extracción forense de los teléfonos que fueron peritados y que encargaron oficio al ANMC para saber si Tato o Nesteruk eran legítimos usuarios y si el arma de fuego estaba registrada a nombre de alguna persona o tenía pedido de secuestro. Esta prueba acreditó que Tato no es legítimo usuario. La tenencia fue sin debida autorización. Pero también exhibió que esos teléfonos fueron secuestrados por Cabrera con la debida cadena de custodia, y contó algo que es sumamente relevante y es que ellos analizan información a pedido del Ministerio Público Fiscal. A las preguntas del Ministerio Público Fiscal, escucharon audios que surgían de conversaciones que habían mantenido: del celular de Juan Nesteruk (Elemento 1_C), ¿qué es lo relevante? Se pudo acreditar la planificación, el seguimiento, necesidad de cometer un hecho. E 25 de agosto vieron la foto de Nesteruk con un compañero en la esquina de Mamuschka marcando a una persona que estaba llevando adelante cambio de dinero. Nesteruk le avisa a Tato, Tato no va porque no tenía el auto, porque González se lo dejo el día 29. Tato dice que se quedó dos horas vigilándolo, viendo los movimientos. Después se tuvo que ir porque tenía que ir a La Anónima y después se vio la foto del asado que compartieron esa noche. Pero yendo a cuestiones más específicas: El 31 de agosto del 23, cerca de las 15.56, se pudo leer y escuchar como Tato convoca a Juan Nesteruk a calle Moreno y Rolando. Se juntan estas dos personas de forma objetiva el 31 de agosto ya a esa hora; esto es importante porque se acredito después con el teléfono de Tato que ya a las 4 de la tarde del 31 ya los estaban siguiendo. Nesteruk le manifiesta que “necesitan un hecho ya” que lo llamaron del Don Bosco, que si no pagaba la matrícula su nene no entraba al colegio (pagina 73 a 74). Y desde la página 76 en adelante hay toda una conversación que planifica el hecho que posteriormente motivó el inicio de esta causa judicial. Como mensajes relevantes, el Fiscal destacó: “te espero en lo que era mi restaurante, Palacios y Mitre”, “tengo que pasar a buscar a casa las herramientas” –el arma de fuego, el gas pimienta, etc-. A las 19:42, le manda un mensaje Tato a Nesteruk, que es donde se empiezan a juntar: “Juan estate en punga en 20”, Juan le dice “ahí voy a estar”. “Juan anda bajando”, “si ahí voy”. No solo se acredita la intención de llevar adelante el hecho sino que se ve complementado con A continuación, Sosa Lukman se refirió al teléfono de Tato. Indicó que en primer lugar acreditaron que era fehaciente y real la conversación de Nesteruk hacia Tato y viceversa. En este segundo teléfono se acreditó que todas las cuentas estaban a nombre de Tato, no hay dudas sobre la titularidad. Pagina 1655, se pueden ver las conversaciones que tuvo Tato con Aaaa Beto. Estas conversaciones del 30 de agosto son relevantes porque acreditan la planificación, el seguimiento para la ejecución del robo que terminaron cometiendo el 31 de agosto. A las 23:11 Beto le dice a Tato “800 es la patente”. “Va por Moreno” “lo perdí”. “venía de las Victorias” (23:34 página 1658) “es un Ford Focus con baúl color gris”, coincide con el rodado de la víctimas. “Joya entonces la casa tiene que ser en la Victorias, hay que buscar más, ahora le vamos a decir a Beto”. 21:41 este mismo abonado le dice “están por ir seguro, atentos”. Es decir que el Ministerio Público Fiscal sospecha que el titular de este abonado es uno de los sujetos o cómplices con el que no pudieron dar en el marco del presente caso. Luego otro usuario “Beto” ya empieza a hablar con Tato porque lo estaban siguiendo al vehículo. Hay un audio 22:05 “hacela re corta, si el auto no anda bien llamá al Peque” “lo vengo siguiendo desde ayer, se me perdió, es un Focus gris baúl grande, patente 800”. En esta conversación entre Beto y Tato le dice que tiene unas fotos de la casa y Tato le dice que se las mande a ver si lo puede ubicar. A las 00 del día 31 de agosto ya tenían planificado el robo y ya lo estaban tratando de llevar adelante. En estas conversaciones además se puede acreditar que dos vehículos ya habían identificado al vehículo de las víctimas. Luego de pasarlo a buscar cerca de las 4 de la tarde, Beto le manda un video a Tato parado en calle Morales en la YPF. Le dice “si, acá está, seguramente lo está esperando porque la chica fue a la galería”. Beto en uno de los mensajes le manifiesta que veía a la chica que tenía un bolso lleno de plata, que era como un bolso matero. Ya los venían siguiendo desde las 4 de la tarde, ¿de que transacción se puede hablar? Lo hubieran hecho ahí. A las 16.13 Tato le manda mensaje a Beto diciendo que lo siga por las Victorias y el por la YPF para que no sea tan obvio. En ese mensaje, se escucha la voz de Juan Nesteruk que estaba arriba del auto charlando con el. A las 16:14 (pagina 1733) “que onda Beto, siguen o se metió en alguna curva?” es el último audio de esa pagina. Beto le contesta que se metió por la principal las Victorias, va para arriba. Nesteruk ya estaba siguiendo al auto con Tato. A las 19:25 (página 2334) le dice “Movete ya. Busca la picana en lo del peque, buscá a Juancito y vení a buscarme”. A las 19:34 (página 2728) “Peque, necesito la picana”. “Ok, cargala un poco”. El peque borró todas las conversaciones. ¿Que se deduce de esa conversación? (2728) para la consumación del hecho iban a utilizar una picana. A las 20:15 en la YPF pasaron a buscar al cuarto sujeto en este punto. A las 20:08, “ya salgo para allá”. Tato pasó a buscar a los cuatro sujetos que fueron a cometer el hecho. De esa extracción se acreditó también que hay una voz de un cuarto sujeto que no es ni Beto, ni Tato, ni Juan, que acredita el poblado y en banda. Por otra parte, en relación a la tenencia, el Fiscal refirió que toda la evidencia ya postulada se fue mechando para explicar circunstancias modales. Que la autoría de la tenencia se acredita con los dichos de Barra, Cabrera, Baffoni, y la convención probatoria efectuada en el marco de control de acusación en la cual se convino que el arma de fuego de puño corta tipo pistola color oscura calibre .22 resulta apta para el disparo. Que este rompecabezas marca claramente la acreditación de las circunstancias de tiempo, modo y lugar, acredita específicamente la autoría de los sujetos, la presencia. Ellos mismos dijeron que estuvieron ahí. Acreditan los agravantes postulados y toda la situación y todo lo que se prometió que iban a acreditar. Por todo ello, en base a toda la evidencia colectada y explicada y la plataforma fáctica y jurídica, solicita la declaración de responsabilidad de Tato por el delito de robo agravado por el uso de arma de fuego en poblado y banda a tenor de los artículos 45, 166 inc. 2° y 167 inc. 2° CP. En segundo punto, solicita se declare autor penalmente responsable a Nesteruk, por el delito de robo agravado por el uso de arma de fuego en poblado y banda, en concurso ideal con tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil, a tenor de los artículos 45, 54, 166 inc. 2°, 167 inc. 2° y 189 bis punto 2 primer párrafo del CP. A criterio de la Defensa, a lo largo de estas jornadas, lo único que ha sido probado por el Ministerio Público Fiscal más allá de toda duda razonable, es el delito que se le imputa al Sr. Nesteruk sobre la tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil. Por otra parte, como anunciaron en el alegato de apertura, entiende que el derecho penal es la última ratio y el fin constitucional es la reinserción social. Dijo en su alegato que este desafortunado suceso tenía que ver con una transacción frustrada de compra de estupefacientes. A su entender, de ninguna manera esta situación puede ser utilizada para proteger operaciones relacionadas con el narcotráfico ni sus frutos. Entiende que estos bienes están fuera de comercio, no son bienes jurídicos tutelados, no integran bienes lícitos que protegen ordenamiento penal entonces no se puede a través de un proceso de esta características tender a proteger situaciones ilícitas. Dio lectura a una cita extraída de una obra del Dr. Donna donde es sumamente claro al sostener “en este tipo de caso las propias disposiciones del derecho colisionarían entre si y más aun en el ámbito penal por lo que seria inaceptable. Este concepto sería contrario al del bien jurídico basado en valores reconocidos por la Constitución Nacional en la medida en que esta no podría aceptar que lo ilícito tuviera protección directa”. Ahora bien, indicó que respecto de este hecho que se investiga, cree que es mucho más complejo de plataforma fáctica planteada por el Ministerio Público Fiscal. Ello tiene que ver con la imputación que se hace sobre sus asistidos. Al ser consultado Baffoni sobre los audios del elemento 1 anexo 1_02 en las páginas 34, 48, 123 y 136, surge que ambos son personas adictas y que estaban en miras a conseguir producto. Estaban tratando de comprar sustancias. Esa situación también se corroboró con lo que dijo en ultimo término el Lic. Fernícola, que les hizo la pericia a ambos, quien sostuvo que ambos son personas adictas que consumen sustancias, que pueden haber conductas desajustadas o impulsivas provocadas por esas sustancias. También, sobre la pericia de Baffoni, refirió que se pudieron ver conversaciones de WhatsApp del elemento 2 anexo 02_01, a partir de la página 10713, donde se mantenía una conversación con “Beto Beto”. Ahí se pudo apreciar que se hace un seguimiento respecto del vehículo del señor De Marco, que se encontraba en nuestra ciudad distribuyendo cocaína. Y se pudo ver como ese usuario Beto, al advertir de la posible ida o egreso del señor De Marco de esta ciudad, es cuando le surge esta situación de interceptarlo. Refiere a usuario José diciendo “para que va a venir con esa gilada y va a querer llevársela” se refiere a cocaína que han traído para ser vendida y seria ilógico querer llevársela, porque puede ocurrir que al querer llevársela sean capturados por alguna autoridad policial. No tendría sentido Además refiere al mismo usuario “podemos decirle a guachin que nos haga a onda, esta re barato, 450mil nos deja los 100 gramos. Preparen la nariz”, entonces claramente habían intenciones de consumir este producto, situación que se corrobora con lo que se planteo el primer día de debate, de que esto había sido un desafortunado encuentro para una operación para la compra de sustancias. Es común que en este tipo de casos se siga a la persona que hace esta distribución, y es difícil custodiar sustancias que están fuera del comercio, ¿Qué otra manera tendrían ellos de reclamar si no fuera siguiendo a las persona que les vendió y la cantidad o calidad no era la correcta?. Todo esto no existe porque este tipo de operaciones están prohibidas por ley, son bienes que no están tutelados por el derecho penal y no hay manera de poder hacer ningún reclamo. Y si, había una pistola que le fue incautada a Nesteruk y otros elementos que estaban destinados a poder resguardar la identidad de los compradores. Tanto los que compran como los que venden tienen que tomar ciertos recaudos. Por otra parte, continuando con la pericia de Baffoni, refirió la Defensora que respecto de la fotografía que se exhibió y a la que hizo referencia el Fiscal el 25/08 en inmediaciones del local Mamuschka, ese hecho no se investigó, no se acreditó, no tiene relación con lo que se está tratando en este debate, y ella se opuso a su reproducción aunque no se le hizo lugar, planteó revocatoria y dejó reserva de impugnación ante una eventual condena. Indicó que lo cierto es que su teoría del caso se ve acreditada con los antecedentes penales del señor De Marco, que pudieron acreditar más allá de la dudosa memoria del testigo o su evasiva respuesta. Lo cierto es que al momento que ocurre le hecho el Sr. De Marco se encontraba aun cumpliendo las pautas de conducta del art 27 bis CP en el marco de la condena firme de 3 años de prisión impuesto por el Tribunal Oral en lo Criminal de San Isidro, por comercialización de estupefaciente y tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil en concurso real, a título de autor. Circunstancia que difícilmente podía ser desconocida por su pareja Aixa Rodríguez, al momento que le consultaron, que además en evidente contradicción primero dijo que desconocía si tenía antecedentes, pero después dijo que en fin ya había pagado sus deudas. Entonces claramente no desconocía los antecedentes. También le resta credibilidad que también ella en su relato el primer día del debate, dijo que había descartado su celular bajo el vehículo de los autores y salió corriendo para dar aviso a la autoridad policial; pero si descartó el teléfono y quedó debajo del vehículo, ¿Cómo pudo llamar al 911 si descartó el teléfono y después se escapó?, o sea se escapó sin el teléfono. Después ella habló de tres armas de fuego, eso no fue corroborado por ningún otro testigo, y De Marco tampoco lo pudo corroborar. Ella también dijo que había sido Nesteruk quien la había apuntado con el arma de fuego y sustraído las llaves, esto tampoco quedo acreditado porque si bien ella hizo descripción de los presuntos autores que fueron detenidos en un lapso temporal bastante cercano, lo cierto es que respecto de ellos no se realizó ninguna rueda de reconocimiento. Por otra parte, consideró la Dra. Alderete que no solo la Defensa pudo acreditar su teoría del caso respecto de la comercialización de estupefacientes, sino también respecto del manejo de armas del denunciante De Marco, porque de las personas que llamaron al 911 –surge del llamado específicamente de la carta 3417842 y 3417844-, se pudo escuchar testigos independientes, que dijeron que estaban alertando a la Policía porque decían que se escuchaban detonaciones de arma de fuego. Incluso, lo que pudieron escuchar el primer día de debate y que fue introducido por el oficial Garnica, está en soporte papel en la transcripción que manda precisamente el 911. Esta circunstancia nota que el Ministerio Público Fiscal ha hecho un esfuerzo para intentar justificarlo a posteriori, novedosamente, porque nunca surgió del Ministerio Público Fiscal que estaba esta situación de los desperfectos del vehículo Peugeot, sino que es una circunstancia que no se hizo referencia ni previo al control de acusación, ni en el mismo y tampoco hay ningún informe pericial de eso. Cabrera dijo que el no había hecho ninguna pericia porque no se la habían encargado. Entonces hay un esfuerzo por parte de Ministerio Público Fiscal en tratar de justificar lo que los testigos dicen, que fueron armas de fuego, con un desperfecto mecánico que se está introduciendo por primera vez en esta instancia. También se intentó introducir esa cuestión a través del testimonio del propietario del rodado en el día de ayer, que no manifestó por qué desperfecto mecánico le había llevado el vehículo a Tato, sino que el le dejo el auto y cuando lo va a retirar se encuentra con la situación que le vehículo iba a ser secuestrado. Pero no deja de llamar la atención lo que dijo el Sr. González en su declaración, de que al momento de devolverle el vehículo, el encuentra en el interior adentro de unos envoltorios de huevitos Kinder, envoltorios con cocaína en su interior que luego descartó junto con otras cosas, que puso todo adentro de una bolsa y lo tiró en el tacho de basura de la unidad policial. No quedó constancia de eso en ningún lugar, dijo que la Policía no había hecho ningún acta al respecto. Esa parte del testimonio del propietario del vehículo fue muy espontánea. Lo que no resultó espontáneo y si resultó forzado, fue esta situación de los posibles sonidos explosivos que haría el vehículo. Esto no se había trabajado antes del control. Por otra parte, respecto de la materialidad del hecho, la Dra. Alderete manifestó que hay una situación que la Fiscalía tiene la obligación de probar, y la carga de la prueba es del Ministerio Público Fiscal. Y también se sabe que tienen el deber de objetividad para evaluar elementos de cargo y de descargo. Nos informa el Fiscal que se habría extraviado el video de las cámaras de seguridad, que estaban en el exterior de la vivienda de las cámaras externas 01 y 02 que habrían registrado el momento y modo de acontecer el hecho. La Defensa entiende -y en honor a la buena fe- que se trató de un error involuntario del Ministerio Público Fiscal, pero esta situación no puede ser imputada a sus asistidos. Esa evidencia era una evidencia fundamental porque podría haber sido una posible prueba de cargo para la Fiscalía, o bien podría haber sido una prueba de descargo de la cual se la privó a la Defensa, más allá del esfuerzo titánico que hizo la agente Carrizo en su declaración, cuando pasó tres cortes fotográficos que pudieron observar, que se correspondían a los videos extraviados. Pero se pudo ver que se veía la mitad de una cabeza sobre un tapial, una cabeza que no se pudo identificar. Y algunos vehículos estacionados de la vía publica. Respecto de cómo sucedió el hecho, eso no se pudo ver, porque las cámaras de videos no estaban. El testimonio de la agente Carrizo es un testimonio de oídas porque simplemente vino a narrar lo que ella había visto al momento de hacer el relevamiento de las cámaras, pero esas cámaras no se pudieron ver. Después, consideró Alderete que si bien el Fiscal acaba de manifestar que el video era esclarecedor, si hubieses sido así, la agente hubiera seleccionado otros cortes más puntuales o precisos que tengan que ver con el hecho, pero se vieron esas tres fotografías que muestran la mitad de una cabeza y vehículos sobre la vía pública. Respecto de que sus asistidos no dispararon, la Defensora aseveró que esto está fuera de toda duda. Lo dijo Cabrera al momento de su declaración, que si bien el arma era apta para el disparo, no había sido disparada ni estaba en condiciones inmediatas de ser utilizada. Esta circunstancia se corrobora con lo que dijeron sus asistidos, con que De Marco realizó tres disparos y que por esa situación ellos salen corriendo porque obviamente se sintieron amedrentados. Por otra parte, más allá de que el Ministerio Público Fiscal debiera haber obrado con la debida diligencia y cumplido con la carga de la prueba en esta situación del video perdido, la Defensa entiende que el delito tal como lo presenta el Ministerio Público Fiscal no está acreditado más allá de toda duda razonable. Esto es respecto del robo calificado. No se puede tener acreditada la consumación. Sobre el testimonio de Raúl Velázquez, más allá de que el refirió que le habían desaparecido las llaves, es una mera referencia. Le preguntaron si eso estaba debidamente acreditado, si desde el Ministerio Público Fiscal se le había solicitado algún tipo de factura que pudiera corroborar esa situación del cambio de cerradura, y dijo que no. Entiende la Defensora que ese juego de llaves que fue denunciado, no integra de ningún modo el tipo subjetivo del modo. Es un juego de llaves que no tienen ningún tipo de valor en el mercado, sirve para una vivienda en particular, en este caso para la vivienda del Sr. Velazquez, el único fin es el acceso a la vivienda, y en este punto la teoría fiscal también se ve menguada porque las llaves no fueron encontradas en el auto, tampoco en sus asistidos. Fueron demorados o detenidos prácticamente a los minutos de que ocurre el hecho denunciado y en tampoco se sabe si pudieron haber quedado en poder de las otras personas a las que hace referencia el Fiscal, no se sabe si pudieron haber sido extraviadas en la huida, si las buscaron, o si no las encontraron. Todos los testigos dijeron que era un día lluvioso, que era una lluvia intensa, entonces todas estas circunstancias escapan a la subjetividad de sus asistidos. El único fin de las llaves era el ingreso a la vivienda: una vez que la autoridad tuvo conocimiento de esta situación y también el propietario, mal se podría disponer de ese efecto porque una vez que el propietario tiene conocimiento, no se configura el tipo subjetivo. Y como se dijo antes, tampoco tiene sentido revender un juego de llaves, no es un bien que se pueda comerciar como si fuera un celular. Ante esta debilidad, aparece una cuestión novedosa, que también los sorprende y a la que tampoco se hizo referencia en el proceso, con el testimonios de De Marco. Este dijo que también le había faltado una campera, pero eso no quedó consignado en ninguna otra pieza procesal del legajo. Cuando se le toma una declaración testimonial en la policía no lo menciona. Lo único que siempre se mencionó fue el juego de llaves, que para robustecer la teoría fiscal, ahora aparece esta campera, que ni siquiera fue denunciada o consignada en el acta de reconocimiento de efectos secuestrados ni en ningún lado. Por lo expuesto, la Defensora solicitó la absolución de sus asistidos en orden a los delitos indicados por la Fiscalía, y que se condene a Juan Manuel Nesteruk por el delito subsistente por la tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil que fue imputada por el Ministerio Público Fiscal en concurso ideal. Entiende que la figura penal más gravosa no fue probada más allá de toda duda razonable. Subsidiariamente, solicitó que en caso de declaración de responsabilidad por la figura más gravosa, sea en grado de tentativa. MATERIALIDAD Y AUTORIA RESPONSABLE. Para analizar esta cuestión resulta útil destacar que no está controvertido que el día 1/08/2023, estimativamente a la hora 22:00, en la vía pública, frente al domicilio ubicado en calle xxxx del barrio xxxx de esta localidad los acusados junto a dos personas no identificadas se movilizaban en un vehículo marca Peugeot 206 dominio xxxx. Que este vehículo estacionó en cercanías al lugar donde se encontraba el rodado marca Ford modelo Focus dominio xxxx el cual era conducido por Aixa Johana Rodríguez Caballero acompañada por su pareja Lucas Michel Diego de Marco. Que del vehículo Peugeot descendieron tres masculinos, quienes abordaron a las personas que se hallaban en el vehículo Ford Focus. Podemos decir que está cuestionado por la defensa lo ocurrido a partir de este momento, lo que será materia de análisis, pero podemos señalar que luego de este primer momento, Nesteruk, Tato y el tercer sujeto no identificado vuelven y abordan el auto marca Peugeot dominio xxxx conducido por una cuarta persona y se dan a la fuga por Avenida Las Victorias en sentido cardinal norte. Poco tiempo después, los acusados son detenidos por personal policial de la Subcomisaria 80 sobre calle Cabildo 19 en el vehículo marca Peugeot 206 dominio xxxx. Al momento de efectuar el cacheo de seguridad al ciudadano Nesteruk se secuestró un arma de fuego tipo pistola, coloración oscura con inscripción en cacha lateral izquierdo GMC con logotipo de rombo y parte superior de armazón metálico con inscripción GMC CAL.22LR-Pat. xxxx con 01 cargador tipo quita conteniendo 09 cartuchos de bala con inscripción en culote “ORBEA” que tenía en su poder. A poco de cotejar las teorías del caso de la Fiscalía y la Defensa, se puede observar que la controversia está dada en la naturaleza del encuentro que protagonizaron los dos acusados con las dos víctimas. Estas refieren un asalto a mano armada, aquellos una operación desafortunada de compraventa de estupefacientes. Para poder determinar las circunstancias de esta situación, partiré del testimonio de las víctimas de este suceso. Aixa Johana Rodríguez Caballero declaró que el 31 de agosto, estaban de vacaciones en Bariloche, habían pasado por una cuevita de cambio, llegaron al departamento donde estaban alquilando y cuando bajaron del auto, un sujeto la apuntó con un arma de fuego, le dijo que le diera todo lo que tenía porque la quemaba o la mataba. Su pareja escuchó los gritos, lo quisieron reducir y salió corriendo. Ella logró tirar su teléfono abajo del auto y la llave del auto, y le manotearon de su mano la llave del departamento y salió corriendo. Se escondió y vio como revolvían todo el auto y salieron en busca de su pareja. Ahí ella volvió a buscar el vehículo, y a la vuelta se encontró unos vecinos, y cruzó un auto negro que los vecinos decían que esos eran los chorros. A los dos minutos el auto se fue, a los minutos apareció su pareja y le dijo que era un auto negro, un 206, un Peugeot. Este hombre llamó a la Policía porque era algo de seguridad del barrio, la policía se hizo presente al instante, y cuando le dijeron que era un 206 negro salieron a buscarlo y lo encontraron a la bajada de la calle en la YPF, con las descripciones que ella había dado del ladrón y con qué arma la había apuntado. Ellos estaban parando en Martín García al 3600 en las Victorias. Su vehículo era un Ford Focus gris patente xxxx. En ese momento el rodado lo venía manejando ella. El hecho se dio en la vereda del domicilio, cuando se estacionaron, bajaron y automáticamente se presentaron estos sujetos a sustraer las cosas. El sujeto le manifestó que le entregue las cosas porque la iba a matar o la iba a quemar. Dijo que entregue las cosas, ella entregó lo que tenía en la mano y lo otro lo pudo tirar. Lo que le sacó son las llaves del departamento, que no aparecieron, luego se retiraron del lugar. Su teléfono había entrado en emergencia, cuando subió al vehículo denunció que estaba en esa altura, en esa dirección y que les había pasado ese hecho. No sabe si fue su llamada o la llamada del vecino la que tuvo prioridad, pero la policía se hizo presente en el instante y por eso pudieron agarrarlos. Consultada sobre si efectuó algún tipo de descripción de los sujetos, refirió que sí. El que la apuntó específicamente, era de noche, había neblina y lluvia, pero ella llegó a reconocerlo. Consultada sobre si recuerda las características refirió que era un hombre flaco, alto, metro setenta, que por el frío y demás estaba medio tapado, pero le vio un gorro gris, y que era un hombre de piel medio morocho y ojeroso, flaco, chupado. Ese día no volvió a ver a ese sujeto. Consultada sobre si tomó contacto con el personal policial, refirió que ese día los llamaron, los fueron a buscar en móvil y les tomaron declaración, ahí ella le brindó características a la policía. Consultada sobre si fue hasta donde demoraron a los sujetos, indicó que le tomaron una declaración con un micrófono o algo, un celular. Vio como estaban aprehendidos, pero estaban lejos, no se veía mucho, se llegaba a ver el auto y ellos ahí, pero el clima no dejaba ver mucho. Consultada sobre si recuerda que vehículo era, refirió que era un 206 negro, que es el mismo que había visto anteriormente. Respecto de la descripción física que dio, no pudo ver si alguno era el que apuntó con arma, no llegó a ver por el clima. Preguntada sobre cómo describe el arma de fuego, indicó que fue un gran susto porque nunca en su vida la apuntaron con un arma ni la amenazaron de muerte, se asustó, entro en pánico, pero que era un arma de fuego, una pistola. A la defensa le señaló que estas personas no intentaron ingresar a la vivienda. Preguntada sobre si cuando fueron asaltados, tenían consigo efectos de valor, indicó que sí, la plata que habían cambiado, teléfonos celulares, el vehículo, la llave del departamento con las pertenencias adentro. Pero solo se llevaron la llave del inmueble, fue lo único que llegaron a sustraer porque lo otro lo tiró y salió corriendo. Consultada sobre si el dinero estaba en el interior de la vivienda o dónde se encontraba, explicó que no, que la traía su pareja, que logró salir corriendo, entonces no se pudieron quedar con la plata. Preguntada sobre si aun está en pareja con De Marco, refirió que no. Estuvieron un año y medio en pareja, más o menos. El es comerciante, tiene un maxi kiosco, panadería. Consultada sobre si sabía que su ex pareja tenía antecedentes penales, refirió que lo supo después de unos meses de relación, pero que cuando lo conoció el estaba libre, ella no se dio cuenta. Preguntada sobre si después que ocurrió el hecho la convocaron para una rueda de personas refirió que no, porque ella se encuentra en Buenos Aires, y al momento del hecho tampoco. Preguntada sobre si sabe si ese día su pareja portaba algún arma de fuego, refirió que no, que no tenían armas. Estaban de vacaciones disfrutando Bariloche, habían salido de una sesión de masajes relajantes, se iban a dormir y aparecieron estos sujetos. Su pareja, Lucas Michel Diego de Marco dijo que es comerciante. Sobre el hecho de robo, indicó que estaban de vacaciones con su ex pareja, cuando llegaron al lugar donde estaban alquilando y los vinieron a robar. Era aproximadamente las diez de la noche, y estaba con su ex pareja que se llama Aixa Rodríguez. Refirió que alquilaban en la calle xxxx, y que se movilizaban en su auto, era un Ford Focus gris plata, patente xxxx, que ese auto lo iba manejando su ex pareja. El venía ubicado en el asiento del acompañante. Explicó que llegaron a lugar, y cuando bajaron los fueron a robar. Para su lado fueron dos y para el lado de ella fue otro, y ahí fue que corrieron uno para cada lado del auto, y en la esquina tenían el auto que estaban ellos que era un 206 color negro. Indicó que él se subió a un colectivo que pasó justo, y de ahí los vio que se subieron todos al auto. Hicieron dos cuadras y el auto les venía fallando, se les rompió y cuando se estaban yendo los terminó de ver bien. Consultado sobre si había alguien más en el Peugeot, dijo que era quien manejaba. Explicó que bajaron tres, y había uno arriba del auto manejando, o sea que en total había cuatro personas en el lugar. Siguiendo el relato, refirió que fue su ex novia la que llamó a la policía. Él se bajó de colectivo, volvió a buscar a su novia y ahí se la cruzó y la Policía llegó enseguida y los agarraron ahí a tres cuadras. Preguntado sobre qué le sustrajeron, indicó que la llave de la casa, que no la encontraron, y después las camperas que no se habían dado cuenta en el momento, se dieron cuenta después. Eso no lo denunció, porque se dieron cuenta después y ya habían hecho todo. Eran una campera Puma negra con logo Mercedes Benz. Luego de eso, se cruzaron con la Policía, les contaron la situación y fueron para abajo rápido para llegar a una calle que no se acuerda, y a las tres cuadras los agarraron. El rodado en que se movilizaban ellos era un Peugeot 206 color negro. Antes del hecho, ellos estaban en una sesión de masajes en el centro, la habían contactado a la masajista por Instagram. Consultado sobre si efectuaron alguna transacción en la ciudad, dijo que si, ese día o el anterior, no recuerda. Fueron a esas casas de cambio en la avenida principal. Consultado si recuerda la descripción de los sujetos que lo abordaron. Indicó que era un flaco alto y uno más peticito. Preguntado sobre cuál es su número de teléfono, indicó que xxxx. Y el de Aixa no lo recuerda Preguntado sobre si recuerda haber llamado al 911, indicó que llamó Aixa. A la defensa le dijo que se dedica a la gastronomía. Preguntado sobre si al momento en que fue víctima del robo, tenía otras cosas de valor además de la campera y las llaves, indicó que lo normal, el celular. Consultado sobre si dijo que bajaron cuatro personas del vehículo, indicó que tres personas. En total eran cuatro. Consultado sobre si después salió corriendo y ella (Aixa) salió para el otro indicó que si. Consultado sobre si a él lo abordaron dos personas y a ella una indicó que sí. Preguntado sobre cómo fue esa situación, refirió que estacionaron el auto, estaban bajando y fue que aparecieron ahí apenas bajaron. Consultado sobre si le exhibieron arma de fuego, indicó que sí, a ella. Consultado sobre cuántas personas le exhibieron el arma, indicó que una sola. Consultado sobre qué hizo cuando le exhibieron el arma, explicó que ella corrió para el lado que bajo del auto, y él corrió para el otro lado. Preguntado sobre si tenían planificado hacer algún viaje al exterior (por el cambio de dinero) el testigo refirió que no, que cambiaron pesos para alquilar ahí. Consultado sobre si puede describir o recuerda quien manejaba el vehículo o como era la descripción física que manejaba, indicó que del que manejaba no. Preguntado sobre si tiene antecedentes, indicó que sí. Preguntado sobre si tiene condena firme y por que delito, indicó que tuvo una condena por estupefacientes. Frente a estos testimonios, contamos con la siguiente versión del suceso por parte de los acusados. En una primera declaración, al inicio del juicio, Jose Luis Tato afirmó que la denuncia no es como se dice, iban a hacer una compraventa de droga y salió mal, porque los vendedores se pusieron nerviosos y tuvieron que salir del lugar. Sobre el final del debate, Tato agregó que es una persona solidaria con todos, tenía una constructora y un taller que por medio de este inconveniente lo perdió porque no lo pudo mantener, vendió sus dos vehículos para poder estar bien con sus hijos que están a su cargo desde que se separó. Queda más que visto que él problemas económicos no tenía, su intención siempre fue ir a comprar cocaína y no ir a robar. A Beto lo conoció por las redes sociales y él siempre fue intermediario para hacer la compra. La realidad es que su error grave fue haber utilizado el vehículo de un cliente para ir a hacer una compra, eso lo reconoce y sabe que fue una falta grave. Cree que si se hubiese investigado más todo se hubieran dado cuenta que no tiene antecedentes para decir que son ladrones. Si adictos, y se hace cargo. Pero robar no, nunca fue su intención ni tampoco la de Juan. Siempre le dio una mano a todos tanto en el trabajo con en la vida normal, nunca tendría idea de ir a lastimar a otra persona. El dia que los detuvieron le decían a la policía que no tenían nada que ver con un robo y ni siquiera los escucharon. Lo único que hizo desde los 15 años es trabajar. Nunca tuvo un problema con la ley. La idea siempre fue ir a comprar droga. Nada más. El auto ese día se le salió la correa del alternador y es imposible que tenga explosiones porque no tenía corriente, no podían cerrar los vidrios ni trabar las puertas, era imposible que tuviera algún tipo de combustión. Aunque lo empujen mil kilómetros no va a generar explosiones nunca Juan Emanuel Nesteruk al inicio del juicio señaló que es como dice Tato, un día antes fueron a comprar droga, y que ese día la operación salió mal. Sobre el final del debate, Nesteruk agregó que el el día que intervino este tal Beto, hizo como intermediario para comprar la droga, entonces se encontraron con De Marco primero en la Catedral en frente a la plaza de los niños donde esta Crucijuegos. Se encontraron con De Marco, porque iban a comprar 100 gr, iban a pagar 550 dólares Tato y él. Hicieron la compra, se fueron con Tato a un kiosco y compraron una balanza para dividir la mitad para cada uno. Cuando llegaron a la casa, se dieron cuenta que faltaban 30 gr de cocaína, entonces enojados porque De Marco los había estafado, querían encontrarlo. Trataron de ubicar este Beto un par de veces, pero se hizo el tonto, hasta que entonces surgió la idea de que iban a hacer una compra nueva para que De Marco vuelva a aparecer y ahí poder reclamarle. Al día siguiente lo ubicaron. Sobre el momento del hecho, refirió que es verdad que fueron a buscarlos. Que el auto se les paró en la esquina, se bajaron caminando los dos, venía manejando él y no ella, por ende, ellos fueron automáticamente los dos a hablar con él. La chica quedó sola del lado del acompañante. Se pusieron a discutir y él (De Marco) atinó como a sacar un arma. En ese momento salió la chica corriendo y ellos se quedaron discutiendo unos minutos más. Después si sacó el arma y ahí salieron corriendo. Aseveró el acusado que justamente la chica dijo que tiró el teléfono abajo del auto pero se la escuchó haciendo una llamada del teléfono a la policía escondida atrás de una camioneta. Se preguntó si él le estaba apuntando, cómo ella estaba haciendo la llamada la 911 diciendo que le estaban robando, es algo absurdo. Refirió que para robar una llave, entraría y robaría directamente. Continuó su declaración manifestado que de palabra y de enojados se pueden decir un montón de cosas pero en el momento cuando De Marco sacó el revólver, se asustaron y salieron corriendo. Con Tato empujaron el auto, dos chicos que iban caminando por Avenida Las Victorias lo ayudaron a empujar el auto, pensaron que había arrancado, pero no aceleró. Indicó que De Marco hizo tres disparos desde el auto de él, se vieron los fogonazos, había dos testigos en Las Victorias que vieron los fogonazos. Explicó que hay un grupo de Whats App donde dijeron que es distinto un fogonazo de auto a un tiro. Agregó que nunca sacó el arma de su bolsillo, que su campera tiene un abrojo, estaba cerrada su campera, que nunca le apuntó a nadie, solo fue a reclamar los 30 gr de droga que le faltaban de la compra que habían hecho. Seguidamente, Nesteruk explicó que De Marco pasó por al lado de ellos con el auto plateado a paso de hombre, los miró y ellos se echaron al piso por miedo a que les quiten la vida. Porque el no es chorro, es un comerciante, tiene hijos y nunca le daría ese ejemplo a sus hijos. Con el mismo envión, llevaron a la YPF donde en frente tenía un food truck de comida, que después lo tuvo que cerrar, y se puso a hacer cambio de moneda y divisas en calle Mitre. Indicó que en ese momento se quedaron sentados frente al almacén para que haya público y testigos por miedo a que les hagan algo. Manifestó que el podría haber salido corriendo si hubiese sido una persona delincuente. Pero se quedaron en el auto para que haya testigos, tenía miedo, porque el les disparó. Luego consideró que hubo un montón de cosas de los testigos que son todos policías que se contradicen. El no tiene antecedentes penales, siempre trabajó, ama a sus hijos y siempre luchó por ellos. Sí tiene un problema de adicción a las drogas muy grande, es adicto al crack y se droga desde los 14 años. Intentó por todos los medios, se quiso quitar la vida, lo intento, cuando murió su papá volvió a recaer en las drogas. Cuando vendió el food truck y una camioneta que había comprado, él vivía en Frey entre xxxx y xxxx, en ese barrio frente a la anónima por el galpón, lo apuntó a punta de pistola un mes antes del hecho, un tal Balmaceda Rodrigo, lo secuestró y le sacó la plata que tenía para cambio, le sacaron una foto a mi DNI y le dijeron que si él hacía la denuncia iban a matar a sus hijos. Sabían todo de ellos. Indicó que entonces, partir de ese momento empezó a cargar con su arma porque andaba con dinero de divisas y ellos ya le había sacado 2 millones de pesos aproximadamente, y entonces tenía miedo, y empezó a estacionar su vehículo en la puerta de Gendarmería, lo que se puede constatar con las cámaras. Tampoco sabe de dónde sacaron tantos datos de él. Siguiendo con el relato del hecho investigado, indicó que cuando fueron a reclamar lo que estaba faltando, él no sabía con quien se estaba encontrando, y es verdad que tenía un 22 que era de su padrastro, pero jamás la disparó, no sabía ni cómo se pone el gatillo. Se hace cargo de que fue así, pero él jamás apuntó con un arma a la chica, ellos fueron a hablar del lado del conductor que estaba De Marco. Ella se quedó ahí estaba llamando al 911 diciendo que le estaban robando. A preguntas de su abogada, si cuando lo llevaron a la Comisaría 80 le manifestaron algo, indicó que el estaba preguntando por que los detenían si el que disparó era el otro, el quería hacer la denuncia. Por eso no aceptó el abreviado. Si hubiera ido a robar no se hubiese quedado sentado en el auto. Ellos estaban estacionados en la puerta del almacén porque hay cámaras. Sabe dónde están las cámaras conocen a los del almacén. Justamente la cámara que despareció es donde está mostrando que De Marco les disparó. Hay muchas cosas que están jugando en contra. El auto quedó abierto, la campera la podrían haber tirado, no está denunciado, la podían haber tirado con la puerta abierta el auto lo dejaron en la calle, no es que lo dejaron en un garaje. Consideró que hay mucho encubrimiento, para beneficiarse ellos, están beneficiando a un narco traficante, en vez de beneficiar a un padre de familia que se desvive por sus hijos. Sostuvo que es una persona que nunca cometió un delito en su vida, no tiene causas, más allá de tenencia lo han enganchado con un porrito, más de eso nada. No se dedica a robar. Se dedica a trabajar. Tiene miedo por sus hijos y su familia, porque esto se trata de algo mucho más grande, por eso hay tanto movimiento. Cuestionó que a él no le hicieron la parafina. Actuaron mal y es la realidad. El estuvo cinco días en un calabozo todo mojado, no les llevaron comida, estuvo en su casa con la tobillera sufriendo inflamación de páncreas, riñón, y no lo fueron a atender. Indicó que no quería hablar de todo esto por miedo de sus hijos, porque que ya lo amenazó Rodrigo Balmaceda, y estos son peor, y tienen una impunidad bárbara. El tipo disparó y no le hicieron parafina, se están borrando videos, se borraron audios, hay un montón de cosas raras. Le da vergüenza decirle a la gente que estaba preso por esto, estuvo un año encerrado, hay gente que lo podría haber ayudado y el no dijo nada por miedo a que su nombre se ensucie. Por consejo de su abogada no contestaron preguntas. Como se podrá observar, la discusión esta muy clara. Las víctimas, tal como lo asegura la Fiscalía, sostienen que fueron asaltadas por los acusados y estos afirman que solo fueron a efectuar una compra de droga. Para sostener su teoría del caso, la Fiscalía aportó diversos elementos de prueba, entre los cuales habré de comenzar por los llamados al 911. Estos fueron introducidos por el suboficial Gustavo Garnica, encargado de controlar el funcionamiento y despacho del despacho del 911 hace 5 años. Indicó que en el presente caso en particular, el 911 recibió un llamado, una carta de incidencia que es un llamado que ingresa al sistema 911 Viedma, desde ahí envían automáticamente la información de lo que está sucediendo. Se despachó esa carta a Bariloche, se derivó el llamado, pero el mismo se cortó y ahí fue donde se inició el procedimiento de llamado. Refirió el testigo que esto fue el 31 de agosto a las 22:00 hs. La identificación de la llamada era un teléfono de Buenos Aires, abonado número xxxx, el teléfono que ingresó la llamada. Se comunicó una femenina diciendo que estaba siendo asaltada por tres masculinos, solamente dio esa información, dijo tres personas armadas. Garnica explicó que recepcionada la llamada, se le informa a la unidad interventora y se va comentando la carta de acuerdo a todo lo que va sucediendo en el lugar. En este caso se dejó constancia del arribo del personal policial, donde se entrevistaron con las partes damnificadas, y estas informaron de un vehículo autor Peugeot 206 negro dominio xxxx, por lo que personal policial solicitó el estado de ese dominio. Estaba a nombre de un ciudadano del barrio Frutillar, que no era coincidente con los que estaban conduciendo, no eran los titulares. El apellido de el era González, y las personas del interior se identificaron como Tato y Nesteruk. Asimismo, el personal solicitó la presencia del Gabinete donde observaron un arma de fuego en el interior del rodado. Todo esto quedó plasmado en la carta de incidencia que se recepcionó, el numero terminaba en 39. Pero se recibieron muchos llamados al respecto. La carta principal era la carta que finalizaba en 39. Consultado sobre cómo es el llamado principal y los derivados, el testigo indicó que el principal ingresa al 911 de Viedma, elaboran la carta de incidencia, ocasionalmente derivan los llamados y son atendidos acá en Bariloche, así funciona. Por cada llamado se genera una carta de incidencia, se van asociando. Se informan a la unidad o se va ampliando lo que se va recepcionando. En uno de los llamados se escucharon detonaciones, no se sabe si eran de fuego, solo informan detonaciones. La mayoría de los llamados era indicando eso. El vehículo se detuvo en Av. Las Victorias y Boyaca. El fiscal solicita exhibición de las cartillas para refrescar memoria del testigo, y luego la reproducción de tres de ellas. Números 391789 es la carta principal, 341740 fue otro llamado, 341742 y 46 también. Quedan grabados los llamados. Transcripción Carta N° 3417840: Soy de Bariloche, me están robando, en xxxx -¿Es su casa?, No un departamento que estoy alquilando. Tres personas armadas. Bariloche no sé qué barrio es, estoy alquilando. Me están robando a mi con tres revólveres. Transcripción Carta De Marco: Hola me están robando, un Peugeot negro 206, estoy en las Victorias Boyaca Av las Victorias y Boyaca., pregunta, que altura, Boyaca, (Se escucha que habla con alguien más), le refiere “cerrá la puerta..”, Esos que están ahí son los chorros, se les quedó el auto. Podés llamar a la policía, le dice a alguien. ¿Qué robaron? ¿Dónde robaron? Consultado el testigo si recuerda la identificación de llamada, Garnica refirió que el primero es el teléfono de Buenos Aires. El segundo no recuerda porque entraron otros con identificación 011 y después entraron llamados locales. El Fiscal solicitó entonces autorización para exhibir cartilla para refrescar memoria. (abonado xxxx) Transcripción Cartilla N° 846: Yo trabajo acá en M Bus, una de mis compañeras me avisa que en calle Las Victorias y Boyacá le estaban robando a una pareja y los chicos se subieron al colectivo desesperados buscando ayuda y aparentemente los delincuentes se habrían subido a un auto. Andaban ahí. Consultado el testigo si todas las llamadas son del mismo día, el mismo indicó que sí. A la abogada defensora le refirió que que se recibieron cinco llamados por lo menos, del lugar. Consultado sobre si recuerda si fueron una o más personas las que manifestaron que hubo disparos, indicó que recuerda un solo llamado que manifestaban detonaciones. No específicamente disparos, sino detonaciones, en la zona, avenida las Victorias era uno de los llamados. Preguntado sobre si recuerda el contenido de la incidencia 842 que es uno de los llamados locales, indicó que no recuerda específicamente. Refrescada su memoria, refirió que del xxxx reiteraban el pedido de presencia por tres masculinos dándose a la fuga y que se escuchaban detonaciones de arma de fuego. La Defensora solicita la reproducción de la Carta N° 842: Hola quiero informar un robo en las Victorias a la altura del kiosco, Combate del Buceo, una cuadra más arriba hay un Peugeot negro, se escucharon como tiros y salió gente corriendo, se ve que estaban robando. -¿No sabe que robaron o donde ingresaron? - Ni idea porque estábamos atendiendo el negocio, salimos afuera y se escuchó todo el lio. Las Victorias y Combate del Buceo, un Peugeot 206 negro se quedó tirado el auto parece. Soy Alan infante. De igual modo, la Defensora consultó al testigo si recuerda el contenido respecto de otra incidencia de ese día, que es la 844, llamado de numero de local. El testigo indicó que no recordaba específicamente. Transcripción Carta N° 844: Hubo unos disparos bajaron unos del barrio Las Victorias, un auto negro, tiraron unas máscaras y empezaron a correr por todos lados, están bajando por la avenida hacia la ruta camino a la terminal. Es un auto negro. Harán 5 minutos estaban bajando por la avenida las Victorias al 900, ahora están bajando hacia la ruta, se escucharon disparos y se bajaron tres personas tirando máscaras y uno empujaba el auto como que no arrancaba, debe ser un 206 negro. Lo visualice. -Vio para donde fueron? A Piedrabuena. Se le ahogaba el auto empezaron a empujar y dos tipos bajaron hacia la barda como yendo para Esandi. -Como es su nombre? Patricio. ¿Sabe si tenían arma? Se escucharon los tiros, se bajaron tres del auto. Arrancaron como yendo a la barda para Esandi, andaban como encapuchados porque tiraron la máscara. -El otro que quedó ¿para dónde salió? Para el lado de Esandi. Llevaban algo en las manos no salieron arrancando, escucharon los tiros y salieron arrancando. De estos llamados podemos destacar que inmediatamente de comenzado el hecho, una vez que Aixa recuperó su teléfono, el que había arrojado abajo del vehículo, efectuó el llamado al 911 denunciando el hecho del asalto a mano armada. Del llamado se escucha que inicialmente se produce una comunicación automática de emergencia, que se produce al arrojar el teléfono, y luego, cuando es recuperado por la víctima, se la escucha efectuando personalmente el alerta del robo, mientras de fondo se escucha que continúa el llamado de emergencia. De Marco desde el colectivo al que se había subido, estando a la altura de Las Victorias y Boyaca -a dos cuadras de Martín García- también llamó al 911, preguntando a los que se encontraban allí la altura de la calle, alertando que los autores del hecho estaban allí, que se les había quedado el Peugeot. Como se puede observar, son muchos los llamados que alertaron sobre este robo, y que los autores se conducían en un vehículo Peugeot 206 negro. Destaco el llamado del colectivero, el que fue alertado por otro compañero de trabajo, alertando sobre este robo. Las llamadas tienen todas un denominador común, a Aixa Rodriguez y De Marco como víctimas de los autores del hecho que se desplazaban en este Peugeot 206 negro con problemas mecánicos. Aquí me detengo en un punto que fue materia de controversia entre las partes, es que varias personas hicieron referencia a haber escuchado detonaciones. El fiscal considera que fueron efectuadas por el vehículo Peugeot que presentaba defectos de funcionamiento, respecto de lo cual habló el dueño del vehículo y la defensa concluyó que fueron disparos de arma de fuego, lo que podría dar sustento a la versión de Nesteruk que De Marco les disparó. No es posible determinar con certeza este punto. Ni que fueron disparos de arma de fuego, ni que fueron explosiones del motor del vehículo. Y de haber sido disparos de arma de fuego, tampoco se podría asegurar quien fue su autor, ya que no debemos olvidar que en este hecho participaron dos personas mas. Y como bien señaló el fiscal, el llamado del conductor del colectivo de Mi Bus, arriba del cual se encontraba Di Marco, al que subió a poco de llevar a la Av. Las Victorias, también resulta un elemento de convicción importante. No solo porque limita el período en que De Marco pudo haber disparado, sino que esta ascensión al colectivo, tal como la expresó la propia víctima, demuestra esta condición, esto es, la de víctima. Tal habrá sido su desesperación, que se sube a un colectivo para huir del lugar, sabiendo que además, su pareja quedaba a solas con el otro atacante. Por otra parte, sobre este punto, Nesteruk afirma que De Marco sacó el revólver, se asustaron y salieron corriendo. Con Tato empujaron el auto, dos chicos que iban caminando por Avenida Las Victorias lo ayudaron a empujar el auto, pensaron que había arrancado, pero no aceleró. Indicó que De Marco hizo tres disparos desde el auto de él, se vieron los fogonazos. Esta secuencia resulta contraria a las reglas de la sana crítica. Si los acusados como dicen, luego de haber tenido esta discusión, que De Marco sacó un arma de fuego, salieron corriendo, llegaron a la Av. Las Victorias, empujan el auto, y el denunciante les hace los disparos desde donde estaba el Ford Focus, cómo se explica que luego De Marco se subiera a un colectivo, llamara al 911, para volver luego al domicilio donde se hospedaban. El sentido común indica que es De Marco quien sale corriendo primero, hacia la Av. Las Victorias, donde se sube al colectivo para huir de la agresión. Si los autores del robo habían salido delante de De Marco, para que habría de seguirlos, luego subirse al colectivo, llamar al 911, y volver, si el peligro ya se había alejado? Es decir que esta versión de Nesteruk no guarda relación con la información que contamos. Finalmente, y en relación a esta controversia respecto de estos estampidos a los que se refieren muchas personas, diremos que mas allá que no se puede afirmar su naturaleza, aún si fuera como señaló la defensa y los acusados, disparos efectuados por De Marco, lo serían en el ámbito de una reacción defensiva provocada por el imprevisto encuentro con estas tres personas. De haber sido cierto este hecho, solo sería una consecuencia del hecho que antes habían efectuado los acusados junto a estas dos personas que se desconoce su identidad. En todo caso, estamos juzgado lo ocurrido en ese encuentro frente al departamento que alquilaban las víctimas. Bien, en función de estos llamados al 911 se puso en marcha el dispositivo policial que asistió al lugar del hecho. En este sentido declaró la oficial Daiana Barra. Explicó que a las 2200 hs. Estaba de servicio en la 80, reciben tres llamados de un hecho ilícito en Sgto Garcia y Las victorias. Yendo al norte los intercepta un masculino, el damnificado del hecho, le dijo que se estaban yendo en un Peugeot 206 negro. El vehiculo estaba en calle Cabildo, lo interceptan, descienden. Hacen descender a dos ocupantes, les dijeron se tiren al suelo, los identificaron, el conductor Testeruk y Tato el acompañante. Se inició el procedimiento, llamó al jefe y al fiscal. Hicieron una requisa inmediata para identificarlos, y al conductor Testeruk se le toca un arma en la cintura, el que luego dejan en la calle. Se trajo a la damnificada al hecho, que se quedó en el móvil. Querian tener información sobre lo sustraído y saber si eran los autores del hecho. La damnificada dijo que el conductor, el flaco alto, era el que tenía el arma cuando los interceptaron en la calle Martín García. No sabía si le había sustraído un bolso, por los nervios. Le habían sacado un juego de llaves. Le dijo estas quemada, dame la llave, y que arrojó el teléfono abajo del asiento le sacaron la llave de la casa que alquilaba. Tomó la denuncia y testimonial al masculino. El vehículo de las victimas era alquilado. Los autores eran tres. A la defensa le indicó que le informaron por tres llamados pidiendo presencia policial por un robo calificado. También declaró el oficial Alex Fernando Lepiman quien señaló que estuvo a cargo del acta de procedimiento. El día 31 de agosto les avisan de un hecho delictivo, les van informando el recorrido, el hecho ocurrió en la calle Martín García, les informan que el vehículo tenía un desperfecto, estaban en la calle los habían demorado en calle Cabildo. Al llegar estaban Nieves y LLanquileo. Estaban reduciendo a los señores, y le dicen que cuando estaban esposándolos a uno de ellos, Testeruk, se le cae un arma de fuego. Luego hicieron la requisa vehicular. Buscaban otra arma u otro efecto relacionado al hecho. Secuestraron teléfonos y el arma de fuego. Era un Peugeot 206 negro. El arma era un calibre 22. Les habían informado de un robo calificado. Entre Martín García y ese lugar hay un kilómetro aproximadamente. A la defensa le señaló que no recibió el llamado al 911, solo le informaron del robo calificado. Natacha Norambuena es policía. Declaró que junto a su compañera intervinieron en el procedimiento, vía radial, se encontraban en su base. El llamado fue que había habido un hecho o intento de robo calificado y que el vehículo donde abordaban los presuntos autores circulaban por Av. Las Victorias. Intervinieron porque su base se encuentra cerca de esa ubicación, en calle Cabo Campos. Al tomar calle Cabildo, notaron un vehículo con las características que se habían modulado y es por ello que intervinieron, dado que vieron que se acercaba también el móvil de unidad 80 a gran velocidad hacia ese vehículo. Ese día fue el 31 de agosto a las 22 horas. Continuó la testigo explicando que vieron el vehículo, en el interior dos sujetos en primera instancia, por lo que su compañero fue hacia el lado del acompañante y ella al lado del conductor y les pidieron que desciendan del vehículo, había dos personas. Era un Peugeot negro modelo 206. Luego estaba el personal de la 80 por lo que continuó con el procedimiento interviniendo. En eso escuchó que el ciudadano Nesteruk se le había caído un arma de fuego. Es por eso que se le pidió al ciudadano restante, Tato, que se tirara al piso. Ellos se quedaron un momento más, pero después continuaron en el lugar donde habría ocurrido el hecho, en calle xxxx, para hacer el relevamiento de Cámaras y poder entrevistarse con vecinos. Relevaron cámaras y el análisis lo efectuó la oficial Carrizo. Pudo identificar a los del vehículo como Nesteruk y Tato. Y en el llamado dijeron que había habido una tentativa de robo calificado. El llamado fue de una femenino. Señaló que se secuestraron las cámaras. Agregó que el llamado fue por un una tentativa de robo calificado El jefe de criminalística Victor Cabrera refirió que se entrevistó con personal de la prevención, y la oficial Barra Danisa fue una de las cuales indicó las características del hecho. Llegaron a calle Cabildo y Luis Piedrabuena, no había un numeral específico pero cree que era Cabildo 19, era toda una zona comprendida desde la esquina hacia la parte superior, subiendo por esa misma calle, todo lo que sería el frente para orientarse la YPF de Las Victorias. Los convocó personal de la Comisaria 80, el día 31 de agosto el 2023, cerca de las 22:22, cuando hacen arribó al lugar. Constataron la existencia de un vehículo y en esa circunstancia de requisa de urgencia es que se encontró un arma de fuego. Explicó Cabrera que el personal de la prevención tiene la facultad de poder hacer algún tipo de intervención o urgencia que amerite por las características del hecho que puede generar lesión en victimas, como cuestión de aseguramiento de los terceros. Consultado sobre qué requisas hicieron, explicó que cuando ellos llegaron al lugar, había un vehículo estacionado en la vía pública, un Peugeot 206 negro, dos personas masculinas que estaba en calidad de aprehensión y personal de la prevención que hacía la custodia, y sobre el suelo en la parte inferior trasera del vehículo sobre la calle de tierra, un arma de fuego, un teléfono celular y elementos varios. Analizaron el contexto previamente y en relación a eso hicieron un criterio de abordaje. Se advertía la falta de chapa patente en la parte delantera. Se secuestraron dos teléfonos celulares y un arma de fuego. Cabrera explicó que el arma tenía 9 cartuchos de bala completos, colocados en almacén cargador, no tenía signos de haber tenido percusión fallida ni nada, eran de marca OA Orbea Argentina. Indicó que es un arma de fuego que es diferente a las más comúnmente utilizadas, es de simple acción y tiene un sistema que se llama blow back que es el largo del retroceso del cañón, por inercia. Usa otro sistema de disparo que no es el más común de las armas de fuego policial, es un calibre de baja nominación, calibre nominal .22 LR. No llevaba seguros por sus características técnicas, y por otro lado, ese arma no tenía ni cartuchos ni vaina servida, no tenía signos de haber sido disparada recientemente. Ni tampoco estaba en condición de disparo inmediato. El arma era calibre .22 LR. También se secuestraron prendas de vestir, se realizaron fotografías al diseño y morfología de los calzados por un eventual hallazgo de rastros de pie calzado en otro sector. Luego dio detalles del procedimiento, señalando entre otros aspectos que además de los teléfonos había un dispositivo aerosol de venta libre que era tipo gas pimienta. Prosiguió explicando que el objeto de la requisa era el hallazgo de una llave o llavero de una vivienda o departamento, y cualquier otro elemento que fuera de interés para la causa. En el sector dos, había algunas prendas de vestir que no se sabía si tenían o no relación con el hecho, una gorra visera roja, un gorro de lana gris y una campera que tiene un símbolo de Mercedes Benz. Les llamó la atención porque las personas aprehendidas tenían sus camperas puestas y ahí había más camperas, era algo irregular o infrecuente. Sobre el sector central y por debajo del paño amarillo había una gorra oscura con elementos pilosos adosados al borde, con apliques de cinta adhesiva rudimentaria, no sabe si tuvo trascendencia, pero era llamativo. En la parte delantera del lado del acompañante, y en esas circunstancias observaron la existencia de guantes descartables de tipo nitrilo o látex. Lo analizaron porque se usan debido a que generalmente no dejan huella, no deja trasferencia de materiales. Más abajo encontraron la guantera, encontraron una bolsa tipo de compras, y analizando la misma encontraron que había una chapa patente que era la misma que tenía la parte posterior el vehículo, y que habían constatado el faltante en primera instancia en la parte delantera del vehículo. También había una billetera, y un escrito a mano alzada. También una póliza de seguro, que no era coincidente con los datos que aportaban de la identificación de las personas que estaban aprehendidas (que eran Nesteruk y Tato) Seguidamente, se le consultó sobre cómo son los tiempos de un motor. El testigo explicó que es de cuatro tiempos. Los motores de combustión interna usan el combustible de forma termodinámica, es decir que un vehículo de 4 tiempos tiene 4 fases de funcionamiento. A consultas del Fiscal, refirió que si falla la bobina se genera una irregularidad en el funcionamiento del motor. Se genera una explosión más violenta y también una post combustión, que ese combustible no quemado en recámara, se pueda quemar a la salida del escape y eso genera un petardeo o corcoveo del auto y contra explosiones. Se le dice así al fenómeno de combustión mal quemada, explosiones de forma irregular, un tironeo en el vehículo que quiere arrancar y funcionar pero no lo hace. Puede ser que el vehículo no encienda en forma irregular o que se apague. Consultado sobre si respecto del arma de fuego elaboraron cadenas de custodia, el testigo indicó que sí. Y preguntado sobre si se requirió algún tipo de pericia, explicó que si, del arma de fuego y el envío de los teléfonos celulares. Preguntado sobre cuál fue el resultado de la requisa o si se halló la llave, refirió que no, no había ninguna llave. Siguiendo con su relato, Cabrera explicó que finalizadas las tareas, hicieron el cierre previa lectura del contenido de las actas de procedimiento a los testigos, y tenían conocimiento de que habría un lugar sobre calle Victorias, en dirección a una zona que era entre Pichincha y Martín García, que hicieron una inspección ocular general en relación a donde les indicaron que habría acontecido el suceso primario, según donde dijo la Comisaría 80. En el lugar había un puesto policial resguardando, e indicaron dónde se produjeron los hechos. Ahí hicieron un acta de constatación fotográfica, se hizo una inspección ocular de carácter general, instancia de lluvia, había poca luz visible. Hicieron un barrido sobre la zona de carácter genérico y en una instancia secundaria, se entrevistaron con De Marco Lucas. Él refirió que habría sido parte víctima de la situación, que estaba con su vehículo un Ford Focus color gris, no recuerda la patente pero cree que xxxx. Hicieron una constatación por parte externa y aprovecharon la oportunidad para consultar si podía aportar información del hecho para poder establecer las zonas de interés para analizar. No pudo aportar mucho por la situación de estrés, no recordaba si había personas que que ingresaron al vehículo o manipularon el mismo. Consultado sobre si sabe el resultado de la pericia del arma, refirió que sí, que el arma era apta para funcionamiento de forma normal, era de uso civil, apta para emitir disparos. Y se procedió a la identificación alfa numérica. Preguntado sobre si en esta última inspección ubicaron la llave, indicó que no. A la defensa al ser consultado si cuando arribaron al lugar les informaron si hubo detonaciones de arma de fuego, Cabrera indicó que no, que no recordaba que les hayan indicado esa circunstancia. Estaba lloviendo, tomaron información parcial de los sucesos y el oficial indicó qué es lo que tenían en escena, y procedieron al trabajo de campo. Pero de esa información no tuvieron conocimiento de particularidades del hecho. Preguntado sobre si sabe si se hizo alguna prueba de parafina, indicó que no, no se le hizo, no obstante se hizo un examen empírico del arma y no encontraron vaina servida en la recámara por un lado, y tampoco encontraron signos de oxidación o coloración gris o partículas de pólvora combustionada en el tubo cañón del arma de fuego, que permita establecer rápidamente que estaban ante la presencia de que el arma estuvo en algún momento efectuando un disparo. Refirió que son datos que indican de forma empírica si hubo disparos recientes. La no existencia de esos elementos permiten inferir rápidamente de que no hay. Tampoco en la inspección general en la zona se encontraron elementos de carácter balístico. Consultado sobre si el vehículo tenía la correa en el alternador, indicó que no lo observó, no se le requirió pericia mecánica. Preguntado sobre si el desperfecto del mal funcionamiento de la bobina, pudo tener alguna relación con que la batería tuviera algún desperfecto, refirió inferir que si. Explicó que puede arrancar o quedarse sin batería. Se puede empujar el auto si hay una pendiente, debe haber al menos dos personas, alguien que empuje y alguien del costado para darle energía cinética darle contacto poner un cambio. Puede pegar un tirón y arrancar, de forma irregular. Consultado sobre si consignó esa información sobre el vehículo en alguno de sus informes, indicó que no se lo pidieron como punto de pericia ninguna de las partes. No sabe si se le pidió a otro mecánico. Solo hizo apreciación de conocimiento empírico y el conocimiento sobre sistema termodinámico. La oficial inspector Erika Macarena Carrizo refirió que es empleada policial del Cuerpo de Investigación Judicial, hace siete años. En el caso, su intervención fue la recolección de registros fílmicos junto al cabo Méndez. Después del procedimiento visualizaron las cámaras de seguridad, visualizaron una cámara del centro de monitoreo que está en Av. Las Victorias y Pichincha, en fecha 31 de agosto de 2023 a las 22:00 aproximadamente. Lo que vieron ahí fue identificar el vehículo de los denunciantes, que era un Focus gris plata. Iba circulando de avenida las Victorias hacia la calle Martín García, que es donde ocurrió el hecho, iba el vehículo Focus gris, atrás iba otro vehículo y atrás iba un Peugeot color negro 206. A las 22.05 aproximadamente vieron que se retiraba el vehículo de Av. las Victorias en dirección al norte, entendiendo que el Peugeot se daba a la fuga. Después obtuvieron una cámara particular a dos casas del lugar del hecho sobre Martín García. Esas cámaras las visualizaron y vieron que estaba estacionado el vehículo de las víctimas, se logró observar como llegaban desde la esquina de Av. las Victorias hacia Martín García tres personas, hacia donde estaba estacionado el vehículo. En ese interin, una de la víctimas, el masculino, salió corriendo hacia Avenida las Victorias y ahí dos personas salieron a corretear al masculino que salió del auto. Y la femenina que quedó en el vehículo se escondió atrás de una camioneta Eco Sport blanca y el otro masculino quedó revisando el vehículo de las víctimas. Después, las otras dos personas volvieron al lugar y segundos después se retiraron. Las cámaras eran de donde ocurrió el hecho, dos casas para arriba. Después hubo otra cámara de seguridad del comercio donde terminó el procedimiento, pero esas no aportaron nada. Son las cámaras particulares, del domicilio era a dos casas de donde ocurrió el hecho en calle Martín García. En esas filmaciones se observó que se acercaban las tres personas antes mencionadas que van en dirección al vehículo de la víctima que esta estacionado en la vereda, vienen tres personas desde la calle avenida las Victorias hacia el lugar y después sale una de las personas que estaba en el Focus. El masculino sale corriendo hacia las Victorias y ahí es donde dos sujetos comienzan a seguirlo. La otra persona femenina se esconde atrás de una camioneta blanca y uno de los masculinos queda dentro del vehículo de la víctima. había tres personas llevando adelante el hecho. Estas personas se retiran para avenida las Victorias. Hasta aquí el testimonio del personal policial que intervino en este suceso. Podemos concluir que desde un inicio, en base a los numerosos llamados al 911 se trabajó en la ocurrencia de un robo calificado, en el cual los sospechosos se movilizaban en un Peugeot 206 negro, el que finalmente es detenido en calle Cabildo, en cercanías de la YPF del Barrio Las Victorias, a unas diez cuadras del lugar del hecho en la calle Martín García. En ese lugar, de los cuatro autores iniciales, solo quedaban dos, Tato y Nesteruk. Como evidencia fundamental surge el secuestro de un arma de fuego calibre 22 que tenía en su poder Nesteruk, cuestión no controvertida por la defensa, el que luego se determinó que estaba en condiciones de ser utilizado, es decir, con idoneidad para el disparo, que contaba con munciones y que no estaba registrado a nombre de los imputados. Se efectuó una requisa del auto, en el cual se encontraron diversos elementos, como gorros con unos pelos adosados, un gas pimienta, prendas de vestir, entre ellas una campera Puma negra con el logo de Mercedes Benz, la que se puede ver en una de las fotos exhibidas en el juicio, y que en el testimonio que prestó en juicio De Marco indicó que era propia, pero que no denunció ello en su momento porque “ya fue”. Esta campera no fue parte de la imputación, ninguna mención se efectuó al respecto. Pudo haber tenido, como luego veremos, impacto en la calificación legal del hecho. Si tiene valor convictivo frente a las versiones encontradas entre víctimas y acusados, en tanto pone de manifiesto que efectivamente uno de los autores, posiblemente Nesteruk que era quien portaba el arma de fuego, que fue quien encañonó a Aixa, revisó el vehículo Focus en el que se movilizaban las víctimas, tal como lo había dicho la testigo. Y demuestra que la intención de los acusados no era efectuar una operación de estupefacientes, sino de apoderarse del dinero y demás efectos de las víctimas. Otorga credibilidad a las manifestaciones tanto de Aixa como de Carrizo quien hiciera referencia a lo que vio en la cámara que luego ser perdió. Con esta primera conclusión, estoy adelantando la convicción del Tribunal que la versión de los acusados no tiene apoyatura en evidencia o prueba alguna, y que por el contrario, la fiscalía acreditó mas allá de toda duda razonable tanto la materialidad como la autoría de los acusados. La numerosa información que surgió del excelente trabajo de la Oitel a cargo del Ing. David Baffoni, que consistió en la apertura y extracción forense de los dos teléfonos secuestrados en la causa, y que se determinó pertenecen a los dos acusados, resulta concluyente. El ingeniero nos dijo que entro al Poder Judicial en el año 2007 y desde el año 2013 está en la OITEL, dependiente de la Procuración General. Entre sus funciones tiene responsabilidad de realizar todas las pericias, extracciones forenses de dispositivos móviles en causas penales de rio negro. Las herramientas de extracción, la OITEL utiliza desde hace muchos años la herramienta Cellebrite Ufer, es una herramienta forense número 1, la mayormente utilizada en todo el mundo y la que mayor compatibilidad y tipos de extracciones permite y posibilita abrir teléfonos. Además, a diferencia de otros organismos, la OITEL realiza la tarea de extracción y si la fiscalía lo solicita se realiza un análisis de lo extraído según los puntos de pericias, y si dotamos toda la información a la fiscalía le hacen algunos anexos respecto lo que han podido encontrar. Toda la información del teléfono y además si encuentran coincidencias con los puntos de pericia solicitado en la fiscalía. Explicó que en este caso en particular, la Fiscalía 6 solicito realizar extracción forense en dos dispositivos móviles. Un celular 1 Motorola E13 plus (NUS 3543) y un celular 2 Motorola de color azul G71 (NUS 2544). Los puntos de pericia fueron los generales, extraer IMEI, mensajes, llamadas, agenda, documentos, y en particular se dio un pedido que era del 25/8/23 al 31/8/23, y que se solicitara la titularidad de las líneas que podían tener los teléfonos. No tenían anomalías ni los sobres ni las cadenas de custodia. En el dispositivo 1 (NESTERUK) Motorola E13 plus se identificó el IMEI, se intentó hacer una extracción física (dentro de los distintos tipos), pero no se pudo porque no era compatible. Se realizó una extracción lógica, se extrajeron algunas aplicaciones, algún tipo de información, pero no completamente toda. El dispositivo 2 (TATO) Motorola G71 con chip de empresa Movistar, vino con un pin de seguridad. Se intentó realizar la extracción física, no fue posible y se intentó realizar un desbloqueo manual con los patrones más utilizados. Tampoco fue posible entonces se intentó buscar información en fuentes abiertas, número de documento, fecha de nacimiento, etc. Haciendo esas pruebas pudieron abrir el teléfono con un pin y realización una extracción de sistema de archivos. En ambos teléfonos hay anexos. Por ejemplo: Anexo 1.1 del teléfono 1 → Es todo lo que se pudo sacar del teléfono NUS 2543 (Motorola E13 Plus), en crudo. Y después hay Anexos con letras, como 1.A, 1B, 1C, que es de ese crudo lo que la OITEL resalta que coincidía con algo que la fiscalía había pedido. En el Anexo 1.C, se encontró una conversación con alguien denominado “El Pela” que podía ser de interés. Este teléfono 1 (Nesteruk) tenía configurado un WhatsApp con número xxxx, con nombre de perfil “Juan”. Y se encontró en ese anexo una conversación de WhatsApp con xxxx que estaba agendado como “El Pela”. El segundo teléfono (Tato) tenía lo mismo en cuanto a anexos. En el Anexo 2.C, encontraron la extracción de una conversación de WhatsApp con Juan Nesteruk. Este segundo teléfono tenía instalada una cuenta de Gmail con el perfil José Tato, mail xxxx, también tenía WhatsApp xxxx con el nombre de perfil José Luis Tato GLT, y también tenía una cuenta de Instagram xxxxx y ID xxxx. Y una cuenta de Facebook a nombre de xxxx. Anexo 1.C del teléfono 1 (de Nesteruk), conversación página 55 a 61, entre propietario de teléfono y el interlocutor El Pela (xxxx) 25/08/23 15 hs: Juan: Que onda perris, todo bien, che bueno nada en un ratito voy a bajar al centro a cambiar esos chilenos y voy a hacer compras al super, por si te pinta. Hay que comprar algo para el auto? 17:31 Juan: Peladito, el que esta sentado ahí en Mamuschka está cambiando guita tiene el bolso ahí, sentado tomando café, un tentador hermoso. 19:19 Pela: Queres hacerlo? 19:24 Juan: yo no puedo hacerlo amiguito, porque no puedo, tienen que hacerlo ustedes. Pela: ok ok, vigílalo, porfa hasta que ubico al compa, sabes si anda a pata? 19:26 Juan: Hasta recién le hice la visa, ahora me tuve que venir porque estaba vomitando Ivancito así que me vine recién para casa. Juan: dos horas estuve parado ahí en la esquina hablando con un amigo haciéndome el boludo, ahí me saqué la foto para que lo vean. Pela: uff Juan: Esta regalado hermosamente. Juan: No che, me parece que anda en vehículo este eh, pero esta sentadito haciendo cambio ahí en el café, justo ahí en la esquinita. Déjalo que se vaya y cuando está bajando a buscar el auto partilo como un queso. Juan: Bueno si lo ubicas al compa ahí, yo voy a hacer unas compras a la anónima y bajamos de vuelta. Pela: Ok 19:29 Juan: Avisame, manteneme al tanto, yo ya me voy a La Anónima. 20:08: Amiguito no lo ubicaste no? Pela: No, estoy en eso boludo, encima no tengo auto yo. Juan: Si boludo me imaginaba, que cagada, bueno igual este va a estar ahí cambiando mañana seguro también. (Imagen 20:40) Juan: Mas vale que vengan puto eh Pela: Sticker 21:08 Juan: Pela … así no se pone mal Pela: Dale dale. En cuanto esta la comida? Juan: Y ahora en un ratito ya, 20 minutos, dale metele guacho. 21.44 Juan: estás a las vueltas que tenes que esperar a tal, dale Juan: ..que haga lo que quieran es lo mismo, entre estar esperando allá … (Imagen) 21:50 Pela: ya voy (video) 22:51 Pela: estoy saliendo para ahí Tu sobrina nos trabo todo con sus berrinches Es mujer tenes que bancarla, es tu mujercita esa 23:24 Juan: dale que se me pasa el asado vieja 23:44 Pela: baja a abrir trae la llave del portón. (Luego dia siguiente envia imagen 7.23) Página 73 a 74 - 28/08/2023, 13:19 Juan: Pasá boludo estoy acá en casa Pela: Los paso a buscar cuando dejo a los nenes Juan: Estoy re caliente recién me llamaron del Don Bosco que si no regularizo deuda matricula no entran a la escuela mis hijos, la concha de su madre… Pela: bueno paga Juan: necesitamos un hecho ya. Pela: Usa plata mía y vemos como hacemos mas Página 86 – 31/08/23, 13:22 Dice que te pase a buscar para hacer el trabajo Juan: Dale amiguito pásame a buscar estoy acá en la Mitre te espero donde estaba mi restaurante Palacios y Mitre metele pata Juan: Tengo que pasar por casa a buscar las herramientas Pela: Estoy amigo justo en la puerta de donde era tu restaurante (13:51 llamada perdida) 15.54 Juan: Ojo que hay dos pintas en frente. Pela: Juan ¿podés venir para Moreno y Rolando rápido? Juan: Voy 19:42 Pela: Juan, estate en punga, en 20 maso. Juan: En eso estoy 20:04 Pela: Juancito, andá bajando yo estoy ya a 4 cuadras, ándate para la esquina que tengo que buscar a Lauty a fondo lo dejo en casa y arrancamos Juan: Listo, ahí voy ahí voy Pela: …. Se me hace re tarde voy a buscar a Lauty Anexo 2.C: Motorola G7 de José Luis Tato. Conversación con Juan Nesteruk. Está la conversación extraída entre ambos tanto de un teléfono como del otro. Es decir que toda la comunicación referida precedentemente, se replica en el teléfono de Jose Luis Tato, de tal manera que resulta indudable esta información. Anexo 2.1: Extracción completa de la memoria del dispositivo G7 que tenía datos de contacto a nombre de José Luis Tato. Página 1651-1665 - Conversación del 30/08/2023 a las 21:56. Dueño del dispositivo línea xxxx (Tato), con otro contacto agendado como A Beto Amigo xxxx. Jose: loco loco Amigo: como va, estoy por el tercero Jose: ok, que parte 22:00 Amigo: Monteverde. En la esquina ahí te veo te parece Jose: ok ok Amigo: En cuanto estas Jose: en 15 maso Amigo: dale. Ahí ya llegando 22:26 amigo: ? Jose: Estoy acá por el Ñireco ya por la rotonda en un toque por Monteverde Amigo: joya 22.32 Jose: Estoy a dos cuadras Amigo: oka 22.35 José: Vos donde estás amigo 22:50: donde estas amigo? Amigo: en la panadería Amigo: eliminado 22.55: como no te veo Amigo: banca, ya llega, atenti 22.58 José: estas en la pana? Ni te veo, donde estas 23:00 Amigo: En la panadería José: ahí te vi Amigo: Para con los mensajes 23:11 Amigo: Y? 800 la patente Jose: donde te dejo Amigo: va por Moreno José: Si si lo perdí 22:32 José: Me trabó un micro, para donde iba? Jose: estaba en el centro pero no lo puedo encontrar, di vuelta por todos lados pero no esta. Para mi va a repartir y después volverá, no sé, porque no tenía pinta de volver para el lado de las Victorias Amigo: No no, no tenía pinta de volver, pero vos lo viste que vino de Las Victorias no? Jose: Si si, porque de frente no pasó ningún Focus con baúl 23:24 Jose: Encima no pude salir atrás de ustedes porque va a frenar justo adelante mio, bien adelante Amigo: Joya entonces la casa tiene que ser ahí en las Victorias, tiene que estar por ahí, hay que buscar bien nomas, hay que decirle a Beto 23:35 Jose: Y tampoco muy adentro porque el auto estaba muy limpio como para andar pasando por las calles de tierra Conversación 31/08/2023, 16:27 Jose: Locura como andas Amigo: Bien pela vos Jose: Decime a que hora nos vemos por eso, por el repuesto ese, me dijo Beto que hable con vos Amigo: Si ya lo tenes podemos vernos ahora Jose: Si amigo Amigo: Dale, yo estoy en Mitre, avísame Jose: Decime bien donde yo ya bajo en 10 minutos estoy donde vos me digas, estoy en el auto de ayer Amigo: Dale, en dólares nos traen, en la Catedral te veo Jose: si si, te llevo 500 dolares y 37mil pesos que serian 50 dolares Amigo: Dale, estoy cortando el pelo, podes enseñarme Jose: estoy en la cate. Cuanto? 17:02 Amigo. Oka esperame 17:11 Jose: cuanto maso? Loco te falta mucho? 17:18 Amigo: estoy ya, donde estas? Jose: Estoy donde era el pelotero que hacían los cumpleaños, o no me acuerdo. Ahora esta aptitud 21:36 Amigo: que onda pela, está por ir seguro, atento José: Ok, tamos 22.06 Amigo: están por centro deben estar comiendo algo asi, esperen Página 1713-1736 – Conversación 28/08/23, 01:14, Jose Luis Tato con Beto (2944-138859) Beto: Hola perro, tenes una tuca de marihuana, un gramo, avísame 30/8/23 Jose: hola amigo todo bien Beto: todo bien negro, ahí voy a tu casa Jose: ok ok 21:53 Beto: Negro escúchame, tenes .. activo? Yo te voy a pasar un numero que el pibe que tiene el contacto con esa pintura. 10.30 va a venir a dejar algo al pibe… el chabón se va a ir mañana. Ahora vine a buscar esta cosa donde este pibe, lo venis a buscar acá, y lo esperan al otro pancho allá en el centro.. lo esperas en el centro y ahí ves el auto y lo seguís… el chabón se va a ir seguro para el lado de las Victorias. Avísame al toque que onda así te pones activo. Yo porque el auto como lo anduve siguiendo hoy para que no se persiga, no vaya a ser que vea el auto y se persiga. Escuchar 22:04 Beto: Carlitos llama al pibito dale? Mira, el pibe le esta escribiendo porque le quiere vender .. 30 o 40 gramos, porque se ve que el otro anda desesperado porque no se quiere llevar nada quiere ver como la puede sacar. (…) para ubicarlo en el centro entendes. El chabón tiene un Focus gris, ahora te voy a mandar foto. Yo lo anduve atrás desde ayer, no vaya a ser que haya visto el auto o algo, así que nada, de ultima no se hermano, hacela re corta, si el auto tuyo no esta andando bien, agarra y llama al peke alguno de esos, que pongan el auto boludo dale. 22.34 Beto: Bueno negro escúchame, te pudiste comunicar con este pibe? Jose: sisi Beto: Bueno dale negrito, buenísimo, que cagada yo a la pasada después tenemos que conversar porque yo ya vi el tema de la llave esa de la otra vuelta, asi que mañana lo conversamos bien. De ultima podemos rescatar ese coso .. Bueno negro, trata que no se te pierda dale Jose: Dale dale joya joya, no hay drama 23:58 Beto: Negro que onda 00:02 (ya 31) Jose: se me perdió boludo se fue para el centro no iba para las Victorias, se pudo a dar vueltas en el centro se me cruzo un colectivo se me perdió no lo pude encontrar. Es un focus gris baúl grande patente xxx Beto: que onda que parte del centro se quedo? Seguramente se quedo turisteando si anda turisteando el hijo de puta, porque yo tengo todas las fotos de donde está alquilando. Igual viste como te decía, se iba a ir hoy y cambio la jugada y se va a ir mañana, yo creo que mañana también porque para que mierda va a venir con esa gilada y se la va a querer llevar. Jose: Mandamelas .. Beto: Claro ese es el que te decía yo, el focus gris. Viste que fue a ver a este pibe y le iba a pasar a este pibe, así que nada yo lo voy a llamar ahora que se la haga trabajar, que le cumpla para mañana asi yo mañana tengo que buscar la casa, tenemos que buscar la casa, buscamos la casa y estamos ganados Beto: Ahí te mando las fotos Jose: Si si 00:06 Beto: Dale negro pero igual lo tenemos cazado, porque viste al pibe que llévate hoy que fue y lo vio, el mismo me decía que el chabon mismo le dijo que le daba tanto si se lo podía mover al toque. Asi que recién estuve mandando mensaje a este pancho que se maneje rápido que le haga la plata y se la cumpla al toque y el chaboncito ya esta ahí y lo hacemos venir mas rápido, pongo el auto y lo empezamos a seguir los dos. Acá esta la plata hermano Jose: si si. 13:45 del 31/08/23 Jose: Amigo como andas todo bien Beto: Negro todo bien, que onda ahí yo te estoy por ir a ver en un toque, vine a dejar a mi hijo al jardín Jose: No estoy en casa eh sali, si queres te aviso cuando llego, que onda 14:16 Beto: Por donde vas a andar? Porque de ultima te voy a ver de una escapadita Jose: Ya te digo. Donde estas vos? Beto: Veni para aca para el lado de las Victorias boludo, anda viendo que onda si podes encontrar la casa Jose: Dame la foto así yo te puedo guiar boludo 14:45: Cuchame negro, yo estaba pensando a ver que mierda le podemos hacer porque no le puedo encontrar la casa, pero bueno podemos agarrar… se te ocurre alguna a vos? Por el tema de la casa, ahora yo voy a ver si en un rato mas se encontraba con este pibito de ayer a ver si lo sigo, ojala no se me pierda ni nada, y ahí vamos, antes que se vaya. Se va hoy en un rato mas. Seguro que a las 11 12 de la noche se va a ir. Jose: y no esta muy adentro porque el auto estaba impecable de limpio. Yo tengo algo de bille, podemos decirle al guachin que nos haga de onda, encima estaba barata Beto: Yo también tengo algo de bille como para agarrar y no se, acá cuanto están los 100 gr mas o menos en que precio andan? Jose: acá los 100 600mil, no 700mil Beto: 450 deja este boludo, los 100 gr, yo por eso te preguntaba porque vos estas más claro con los números y yo no estoy ni enterado. Este la está regalando 450, si tenes moneda la hacemos al toque, armamos una movida y de paso aprovechamos a ver si la podemos cazar… recontra re barata negro, fíjate que se te ocurre Beto: No hermano por eso te digo, esto está recontra re zarpado en barato, 450mil. Fijate si le podemos comprar Jose: cuanto tenes vos? Beto: yo te confirmo en un toque más cuanto tengo pero puedo llegar a tener 100 lucas yo, pero como andaba viendo si podía hacer eso quería ver si puedo conseguir un poco mas de moneda me entendes. Vos no tenes ahí 300 lucas? Pones 300 y ganas una banda negro. Este chabon la deja a 450 un regalo boludo. Jose: tengo las 300. Arreglá la movida. Tengo en dólares o lo cambio. Fijate si le podes sacar mas. Beto: Ok. Jose: en dólares? Beto: si queres si Jose: si arregla y lo hacemos Beto audio: No esta hasta mas rato boludo así que voy a tener que esperar un ratito hasta que llegue este chabón con la moneda, avísame y adelantamos las 300 lucas que tenes vos y yo me le pongo atrás y lo sigo hasta donde vaya de paso… al rato las recuperas Jose: Decile si acepta dólares Beto: ok Jose: capaz que llego a los 400 Beto: si llegas golazo Beto: Porque sabes que agarras al toque le compras 100 g y al rato capaz lo recuperamos yo me voy a poner las pilas y lo voy a seguir Beto: si acepta dólares Jose: Pedile de una u otra forma llego a los 400 Beto: ok Beto: Pelado voy a buscar la plata quédate ahí Jose: Para que no estoy en casa, donde nos cruzamos? En dolares? Beto: Estoy aca llegando a donde paran los colectivos donde esta la estación de trenes decime hasta donde voy Jose: donde estas amigo estoy en elflein y fagnano Beto: Ahí estoy yendo a verte a elflein Llamada entrante 15:43 Beto reenvia mensaje: 550 dolares los 100 Beto: pelado escúchame, yo me voy a meter en la galería está la mina cambiando dólares, el chabón esta acá nomas pasando Rapa Nui donde cambian una cuadra mas allá bajando por costanera debe estar esperando que la mina le diga ya termine, estate con los dos autos capaz en alguna los cazamos Jose: Si Llamada entrante 15:49 Beto: Pela vos ya llegaste a la galería? Avisame que onda, justo en frente está mi prima te vas a dar cuenta enseguida esta con la campera blanca, avísame si la podes pasar a buscar 15:55 Jose: Beto para donde mierda.. viste como esta el trafico me mata Beto: video. Llamada 15.56 Beto: esta parado aca nomas negro todavía. Jose: Estoy aca en el Elflein.. si va para el lado de las Victorias va a venir por ahí Beto: viste acá donde te dije que esta parado, o puede seguir derecho para arriba, seguro va a doblar en esa en la que decis vos y se va a ir para el lado de la Victorias todavía esta ahí de aca lo estoy viendo 15.59 Beto: Conoces aca justo donde está el pancho al toke acá arribita donde te mande la foto? Estacionáte por ahí medio cerquita, no se donde va a arrancar el hijo de puta. La mina tiene un bolso negro grandote lleno de plata recién se lo cale, estaba comprando plata la gila … así que estamos acá, estate atento, andas trayendo okupa no? Te dije que este iba a estar un rato mas, se quiere mover, no se si se va hoy. Donde lo podamos cortar lo cortamos, tiene toda la plata con un bolso negro. Jose: ok 16:01 Beto: Andas con el tema de los dólares ahí no? Carlitos está aca abajo en la barbería, donde están los jueguitos de Moreno, ahí al toque esta el Carlitos, el pibito que tiene el contacto con este gil… y ahí al toque va a sacar 100 gr y ahí nos vamos a dar cuenta al toque, total después la plata tuya la vamos a volver a rescatar. Ahí se esta yendo! Me voy! Beto: Agarró para el lado que vos estas, para calle Elflein! Para allá va que no se te pierda, voy para allá voy a tras de un colectivo el va mas adelante Beto: video Beto reenvia mensaje: tiene todo ahí en el auto parece Jose: Ahí acaba de doblar yo sigo y lo espero mas adelante por la 12 de octubre, doblo a la izquierda aca en Elordi Beto: ok bien, Segundo Sombra, lo encontras al toque Beto: bajate por la segundo sombra lo encontras al toque justo se me cruzaron autos se me quedo adelante Jose: Donde esta la camioneta blanca no aceleres por la banquina Jose: Yo de aca lo estoy viendo vengo atrás tuyo y ya lo vi pero va adelante Jose: Atrás de la Toyota que va a delante Beto: Aca tengo que ver donde mierda se mete porque yo lo anduve buscando por las Victorias las margaritas y por aca abajo y no pude encontrar la casa Jose: Allá va a subir Beto: Subió José: Seguilo vos por acá y yo lo sigo para la YPF por las dudas para que no quede tan obvio Beto: Ok Jose: Siguio el chabón o se metio en alguna curva? 16:16 Beto: Se metio por aca por la principal para arriba yo voy aca atrás de el le estoy dando un espacio Llamada entrante 31/08/23, 19:25 Beto: Ya movete ya, anda a buscar la picana donde el peke, búscate al Juancito y te venís a buscarme a mi casa. Lo voy a bicicletear con 400 lucas más en una hora mas y en una hora lo esperamos afuera y en una hora lo hacemos pelota Beto: La picana Jose: ok ok 20:08 Beto: vengan Jose: Dale dale, ahí ya salgo para ahí Jose: para donde queres que vaya para el centro o para donde Beto: a buscarme Jose: oka oka dale 20:34 Jose: Beto estoy afuera 21:45 José: Decile que nosotros ya estamos acá de hoy esperando, así que si el sabe que viene para aca que se quede tranquilo nomas, te escribo a vos y vos me escribis para acá 22:19 Beto: te voy a buscar Página 2719 hasta 2731 – conversación José con un contacto Pequeño 2944369893, 31/08/23, 09:07 Jose: Hola peque todo bien? Consulta, tenes mil en mp? Peke: mensaje borrado Jose. Si tenes mas decime cuanto tenes te paso efe Peke: audio borrado Jose: estoy en la Fiscalía ahora Peke: audio borrado Jose: tenes mil? Si tenes mas escribile al flaqui Peke: mensajes borrados Jose 10:10: emoji ok 12:54 Peke: mensaje borrado Peke: Chau Jose: Ok 13:02 peke. Mensaje borrado Jose: audio que no se pudo recuperar 13:56: llamada 14:06: mensaje borrado de peke Hasta 17:30 mensajes borrados de peke 19:34 Jose: peke necesito la picana Peke: mensaje borrado Jose: ok ok cargala un poco Peke: mensajes borrados Jose: Que Audios de jose que no se pudieron recuperar Mensajes borrados de peke 20:14 llamada realizada 20:15 José: YPF Mensajes borrados de Peke Retomado el interrogatorio, el Fiscal consultó al testigo si el Ministerio Público Fiscal le requirió algún otro tipo de diligencia al respecto. Baffoni indicó que si, solicitaron una consulta al ANMAC por el tema de armas. OITEl gestiono por pedido de la Fiscalía ante al ANMAC el siguiente pedido: Si el arma de fuego portátil de puño corta tipo pistola semi automática de acción simple con cañón blow pack calibre 22. LR marca GMC modelo súper 67 se encuentra registrada en ANMAC y en su caso historial de titularidad y si posee pedido de secuestro. Y si las personas Nesteruk Juan Manuel y José Luis tato están o han sido inscriptos como legitimos usuarios del ANMAC contando con autorización para su portación, en su caso informar historial de registro de arma. El ANMAC respondió que las personas requeridas no se encuentran inscriptas como legítimos usuarios de arma de ninguna de sus categorías, y que el material solicitado no se encuentra registrado ni posee pedido de secuestro a la fecha. Luego refirió otros contactos, como el Elemento 1 (teléfono de Nesteruk) en el anexo 1.2, paginas 34 entre Fafi y el propietario Entre el dueño Juan y el contacto Fafi xxxx 31/08 – 22:55 Fafi: estamos con las más ricas de Bariloche, 11mil el gramo, delivery a la puerta de tu casa, hacemos zona alto centro y km Página 48 Juan con 2944388485 Fafi124 – 26/8/23, 21:42 Fafi: Ya salimos a las calles volvimos con ella la más rico 05 5000 1 gr a 10.000 aceptamos mp en el momento full deli Juan: Hola estas trabajando? Página 123 - Juan con Pela xxxx 18/8 a las 20:00 Gay conoces alguien que venda al por mayor? Juan: Que venda al por mayor, no, no conozco ni tampoco quiero conocer. De modo general podemos decir que del intercambio de mensajes de texto y audio entre los dos acusados, entre ellos y otras personas como Beto y Pequeño que claramente se trató de un robo planeado que incluía la intervención de los dos acusados y otras dos personas. Que venían siguiendo los movimientos de las víctimas desde varios días atrás, lo que incluía el vehículo y las personas con sus actividades. Que tenía como principal objetivo conocer el domicilio donde se hospedaban, para lo cual efectuaron estos seguimientos, incluyendo la toma de fotografías y deducciones como que no podía estar muy lejos de la Av. Las Victorias por la falta de barro en el vehículo. Para no repetir los mensajes, he resaltado algunos, que resultan elocuentes respecto del plan que fueron preparando los acusados, que se inició varios días antes del hecho. En los que queda en evidencia que la finalidad era hacerse del dinero que habían visto tenían las víctimas. El contenido de las comunicaciones no pudo ser refutado ni cuestionado por la defensa, que en todo caso hizo referencia a algunos interpretándolos para intentar sostener su teoría del caso, tarea que no logra modificar las conclusiones de este Tribunal. En base a esta información, cotejada con los demás testimonios a los que me he referido, resulta evidente que el descargo de los acusados no tiene ningún asidero. En este mismo sentido, tampoco surge de este profuso intercambio de mensajes dato que corrobore la versión dada por Nesteruk quien afirmó que Beto los hace de intermediario para comprar la droga. Que se encuentran frente a la catedral. Iban a pagar 550000 llegaron a la casa y faltaban 30 grs., de tal manera que De Marco los había estafado, y que iban a hacer otra compra para reclamarle. No hay ninguna evidencia sobre esta operación, y por si fuera poco, ni siquiera Tato en su declaración en juicio hace referencia a esta situación. La única referencia a alguna operación, sería a modo de treta para entablar el contacto, para luego recuperar el dinero y hacerse de todo el dinero que tendría De Marco, a tal punto que en uno de estos mensajes se refiere expresamente..”donde lo podamos cortar lo cortamos, tiene toda la plata con un bolso negro”, ello relacionado con otro anterior que señalaba...La mina tiene un bolso negro grandote lleno de plata recién se lo calé, estaba comprando plata la gila...”. Reitero, no hay ninguna mención en todas estas comunicaciones de lo afirmado por Nesteruk en el juicio en relación a una suerte de estafa por parte de De Marco. Por ello la necesidad de contar con las herramientas necesarias, como el arma de fuego, la picana, el aerosol con gas pimienta. Y la necesidad de ubicar la vivienda donde paraban las víctimas. Las circunstancias que rodearon al hecho, analizadas en base a la sana crítica, tampoco ayudan a la teoría del caso de la defensa. Seguimiento previo de varios días, preparación del hecho incluyendo picana, gas pimienta, arma de fuego y la intervención de cuatro personas. Utilización de este vehículo ajeno y sin autorización, al que sugestivamente le faltaba la chapa patente. Persecución por la ciudad, hasta la Av. Las Victorias, desde muy cerca hasta llegar al departamento que alquilaban las víctimas. Allí abordaje a esta pareja, haciéndolo dos en dirección a De Marco, otro a Aixa Rodriguez. De noche, oscuro, con lluvia en pleno invierno. No parece que estas sean las condiciones de un pacífico encuentro para adquirir sustancias. Lo que parece, y es, es un atraco a mano armada. De haber sido cierta la existencia de una operación anterior en la que faltaron 30 gramos, resulta evidente que De Marco, al que tenían localizado en el centro de la ciudad, podía ser abordado allí. O en el mismo lugar donde se hizo esta supuesta primera operación. No aparece necesario ni razonable efectuar este operativo tipo comando para efectuar este reclamo. No hacía falta el seguimiento, la persecusión, la búsqueda del domicilio, el apoderamiento de las llaves de la vivienda, el encuentro en esas circunstancias de tiempo y lugar, en fin, cualquier eventual reclamo podría haber sido tratado en estas oportunidades en las que previamente habían divisado a las víctimas del hecho. Esto aclarando que se trata de la versión de Nesteruk, no apoyada por Tato ni ninguna evidencia del juicio. Las comunicaciones de Whats App hablan por si solas. No hay modo de considerar que la actividad de los acusados estuviera dirigida a efectuar una compra de sustancia, toda la maniobra tenía una finalidad, apoderarse del dinero que habían visto que tenían las víctimas. Los acusados adujeron ser consumidores, la defensa aportó el testimonio del Lic. Alfredo Fernícola, quien señaló que efectivamente los imputados manifestaron padecer consumo problemático de tóxicos lo cual puede generar desorganización de la conducta, pero no porque ellos padezcan algún trastorno de la personalidad. Básicamente en los dos es la misma conclusión. No había ningún indicador de que al momento de la entrevista padecieran ningún tipo de perdida de capacidades o indicar de desorden mental. Pero esta circunstancia en nada modifica la imputación. Podrían ser o no consumidores, pero aquí lo que se reprocha es este asalto a mano armada y en poblado y en banda para hacerse del dinero y otros efectos. Ni siquiera es necesario examinar cual sería la utilización de esta droga. Resulta evidente que los acusados en primer término iban por el dinero que habían visto tenían en su poder las víctimas, ello lo reflejan las comunicaciones ya citadas. Agrego que la Fiscalía también aportó el testimonio de Raúl Alejandro Velazquez quien alquiló fines de agosto del años pasado un monoambiente a las víctimas del hecho. Estos le comentaron que llegando a la tardenoche, se estaban bajando y se encuentran una persona que las quiere asaltar. Habían llegado el 28 o 29 de agosto. Después estuvieron muy nerviosos, les habían querido robar. Les pidieron la llave del departamento. La arrojaron. La llave no la encontraron, al día siguiente compró y cambió la cerradura. Las víctimas se fueron, no quisieron estar mas, estaban muy asustados. Ese día escuchó ruidos de un motor fuera de punto, de explosión, aunque parecían disparos. Agregó que la pareja alquiló el departamento a través de un conocido. Fue la primera vez. Por tres o cuatro días, vinieron a pasear a Bariloche. Agregó que cambió la cerradura al otro día, no presentó factura a Fiscalía de ello. Finalmente declaró Jorge Tomás Gonzalez quien dijo ser conocido de Pela, en relación al acusado Tato. Señaló que es el dueño de un Peugeot 206 negro dominio xxxx el que el año pasado llevó a reparar al taller del Pela, en calle Brown y Rivadavia. Quería arreglar la bobina y selectora de cambios, el vehículo andaba mal. Se apagaba y hacía explosiones cuando lo utilizaba. Los cambios no entraban bien. Dejó el auto a reparar el 29 de agosto y se enteró un jueves de la semana próxima que le habían secuestrado el auto. Fue al taller, el Pela le dijo que había tenido un percance, que había salido a probarlo, lo dejó tirado en Las Victorias, la policía buscaba a los autores de un robo y le secuestraron el Peugeot. Cuando recuperó el vehículo, sin reparar, estaba la ventanilla y capot roto. Había unas pelucas y gorras, ropa, bolsas de cocaína, billetes enrollados, lo metió en una bolsa y lo tiró. De esto no se dejó constancia. Concluyendo, toda la evidencia corrobora la tesis fiscal. No hay información que nos permita dar crédito a la versión de los acusados. Los actos propios anteriores y posteriores son concluyentes. Las víctimas retornando a su departamento sin saber que pocos metros atrás eran seguidos por los acusados y dos personas mas. Quienes desde varios días atrás los habían seguido, conociendo de todas sus actividades. A quienes al llegar a este domicilio abordaron de manera tal que no permite contemplar este diálogo que refiere Nesteruk, quien señaló que luego que se les quedó el auto fueron caminando al encuentro. Que discutieron con De Marco, quien atinó como a sacar un arma. Que la chica salió corriendo y ellos se quedaron discutiendo unos minutos más. Después si sacó el arma y ahí salieron corriendo. La cámara de la Av. Las Victorias muestra a estos vehículos pasando a la altura de Pichincha a las 21:58 y luego a las 22:05 al Peugeot retirándose con las luces apagadas. El llamado de Aixa Rodriguez al 911 fue a las 22:00 horas. Es decir que ni los tiempos permiten sostener esta versión. En todo caso los tiempos se ajustan a la versión de las víctimas, quienes son abordadas, y sin mediar diálogo alguno, se escapan por distintos caminos, De Marco a la Avenida donde luego se sube al colectivo, Aixa quien se esconde detrás de una camioneta blanca. Cabe preguntarse; porque en lugar de ingresar al departamento que habían alquilado, luego de esta tarde que incluyó unas sesiones de masaje, las víctimas habrían de salir corriendo sino es porque fueron abordadas de manera absolutamente imprevista y violenta por parte de estas tres personas?. Porque habrían de haber llamado tanto Aixa como De Marco, quienes en ese momento perdieron contacto entre si, ya que se separaron en dicho lugar, de manera inmediata al 911 alertando sobre un robo armado sino fuera exactamente eso lo que pasó? Lamentablemente el video de la cámara que se hallaba en cercanías del lugar del hecho se perdió. Pero del testimonio bajo juramento de ley de la Of. Carrizo se desprende que de esta cámara particular de a dos casas del lugar del hecho sobre av Martín García, se pudo observar que estaba estacionado el vehículo de las víctimas, se logró observar como llegaban desde la esquina de Av las Victorias hacia Martín García tres personas, hacia donde estaba estacionado el vehículo. En ese interín, una de la víctimas, el masculino, salió corriendo hacia Avenida las Victorias y ahí dos personas salieron a corretear al masculino que salió del auto. Y la femenina que quedó en el vehículo se escondió atrás de una camioneta Eco Sport blanca y el otro masculino quedó revisando el vehículo de las víctimas. Después, las otras dos personas volvieron al lugar y segundos después se retiraron. Este testimonio no fue cuestionado, y mas allá que sería una suerte de testimonio indirecto en este punto, este se ajusta a la versión de las víctimas. Y también por ello cobra relevancia el hallazgo de la campera de De Marco en el Peugeot, en tanto como información nos permite comprobar que efectivamente uno de los autores del hecho revisó el Focus de las víctimas y evidentemente se llevó la campera. Dato que confirma la hipótesis del robo y no de una operación frustrada. He analizado la conducta de las víctimas. En relación a los acusados quienes de algún modo se colocan en una suerte de víctimas, primero de una estafa en la cantidad de droga que dice Nesteruk haber adquirido, luego de unos disparos de parte de De Marco, sus acciones no se ajustan a este rol. En primer término, por todo este seguimiento que termina en una persecución esta noche del 31 de agosto. Luego, si fueran víctimas de una agresión armada de parte de De Marco, habrían sido ellos quienes hubiesen llamado al 911. Y las dos personas que se encontraban con ellos en ese momento no se habrían fugado del lugar. Eventualmente podrían haber sostenido la versión de Tato y Nesteruk. Por último, el tema de la llave del departamento ha sido foco de la atención de las partes. Al respecto, y sin perjuicio de lo que habremos de considerar al momento del tratamiento de la calificación legal, diremos que no es un hecho controvertido que esta llave no fue encontrada, ni en cercanías del domicilio donde ocurrió el hecho, ni en poder de los acusados o en el auto que se movilizaban. Aixa afirmó que el agresor le arrebató la llave, este dato fue desde el inicio del procedimiento policial, motivo de búsqueda. No tenemos duda que este hecho ocurrió de este modo. Incluso el propietario tuvo que cambiar la cerradura. Y este primer apoderamiento de la llave, que solo puede tener por objeto el ingreso a la vivienda, demuestra claramente cual era la finalidad de los acusados. La rapidez que se dieron los acontecimientos de este ataque, en una noche de invierno fría y lluviosa, impide considerar que esto haya sido falso y que en todo caso, las víctimas acordaron ello para comprometer a los acusados. En todo caso se habrían concentrado en otros bienes que faltaron, como las camperas. Lo cierto es que ambas víctimas, ni bien ocurrido el hecho, haber hecho los trámites judiciales del caso, se fueron de la ciudad. Concluimos entonces esta primera cuestión, afirmando que estas acciones desarrolladas por las víctimas y los acusados pone en evidencia la coherencia de la acusación fiscal, de tal forma que habremos de considerar que se ha probado tanto la materialidad del hecho como la autoría responsable de Juan Emanuel Nesteruk y Jose Luis Tato. CALIFICACION LEGAL. Es en esta cuestión que responderemos brevemente uno de los argumentos de la defensa, que sostiene que esta situación no puede ser utilizada para proteger operaciones relacionadas con el narco tráfico ni sus frutos. Entiende que estos bienes están fuera de comercio, no son bienes jurídicos tutelados, no integran bienes lícitos que protegen ordenamiento penal entonces no se puede a través de un proceso de esta características tender a proteger situaciones ilícitas. Dio lectura a una cita extraída de una obra del Dr. Donna donde es sumamente claro al sostener “en este tipo de caso las propias disposiciones del derecho colisionarían entre si y más aun en el ámbito penal por lo que seria inaceptable. Este concepto sería contrario al del bien jurídico basado en valores reconocidos por la Constitución Nacional en la medida en que esta no podría aceptar que lo ilícito tuviera protección directa”. Sin perjuicio de dejar en claro que la idea de la operación de compraventa de sustancias no tiene aval en la evidencia del juicio, en todo caso era un pretexto de los acusados para justificar el acometimiento a las víctimas, debemos señalar que esta argumentación omite considerar que lo que aquí se juzga es la comisión de un hecho que la ley considera delictivo. No se esta juzgando una operación de compraventa. No se trata de algun tipo de reclamo derivado de una operación con bienes fuera del comercio. Se trata de un hecho en el que mediante la utilización de un arma de fuego y en poblado y en banda se pretendió sustraer dinero y efectos a las víctimas. Si siguiéramos la linea de pensamiento de la defensa, por ejemplo, el Estado no intervendría en ningun hecho de homicidio que tenga vinculación con el narcotráfico. Existiría una suerte de Estado paralelo donde regirían otras reglas, en las cuales no intervendrían ni las fuerzas de seguridad ni el Poder Judicial. En el caso juzgado, el hecho ocurrido a las 22:00 hs. del día 31 de agosto del año 2023, las víctimas no habían realizado ninguna conducta de naturaleza ilícita que permita considerar algún tipo de colisión de bienes jurídicos y así la linea de defensa ensayada. El antecedente penal de De Marco, las actividades que este desarrollaría según los acusados refieren en sus comunicaciones, no son materia de juzgamiento en este caso, y como vimos, tampoco tienen impacto en la conducta que se les reprocha a Tato y Nesteruk. En este hecho se ha determinado con precisión quienes fueron víctimas y quienes los victimarios autores de un hecho que el Derecho Penal califica como delito. Los hechos constituyen los delitos de robo agravado por el uso de arma de fuego y robo en poblado y en banda. Sobre este punto no hubo controversia y los hechos se ajustan a la tipificación legal, en tanto se probó la operatividad o idoneidad del arma de fuego para disparar a traves del testimonio de Cabrera, y la existencia de cuatro autores en un lugar indudablemente poblado. Si la hay en relación a la consumación del hecho. La fiscalía sostiene que el hecho esta consumado en tanto las llaves del departamento no fueron recuperadas y la defensa refiere que no hubo prueba suficiente para poder asegurar que los autores del hecho se hicieron de estas llaves. Como ya dijimos, si bien las llaves le fueron arrebatadas a Aixa Rodriguez por parte de uno de los autores, estas no se hallaban en su poder poco tiempo después al momento de la detención. Esta se produjo a unas diez cuadras del lugar del hecho, pocos minutos después del robo. Se efectuaron requisas personales sobre los dos detenidos, como también en el auto y las llaves no fueron encontradas. Tampoco se hizo referencia a que se hubiese efectuado algún procedimiento en el lugar del hecho en búsqueda de estas llaves. Solo se probó que el dueño del departamento cambió la cerradura, pero esto no significa que necesariamente los acusados se hayan quedado con las llaves. Los acontecimientos se precipitaron con la respuesta de las víctimas, dándose a la fuga por distintos caminos. Frustró en definitiva el plan que tenían los autores del hecho. Dos de los cuales fueron en persecución de De Marco, otro fue hacia Rodriguez. Pero el atraco que comenzaba con la obtención de las llaves, necesarias para ingresar al departamento alquilado por las víctimas, fracasó rápidamente por estas reacciones. Solo podemos asegurar que estas llaves fueron sustraídas en un primer momento, al arrebatárselas a Rodriguez, mas no podemos afirmar que pasó luego de ello, reitero, en tanto no se encontraron en su poder al momento de la detención. Se pueden efectuar conjeturas, quizá se la llevó alguno de los otros coautores hasta ahora desconocidos, quizá quedaron en cercanías del lugar, pero lo cierto que es un dato incierto. Como se mencionó en el juicio, las circunstancias climáticas y horarias, lluvia y de noche, resultaron un impedimento para su búsqueda, en realidad nada se dijo sobre alguna diligencia dispuesta para su hallazgo. En estas condiciones, siendo el único objeto que refiere la acusación como parte del robo, resulta difícil sostener que el hecho se encuentra consumado solo porque estas llaves no fueron halladas. Con este argumento bastaría para sostener que no es posible aseverar que el hecho resultó consumado. De todas maneras, también podemos decir que el plan pensado por los cuatro autores del hecho, esto es, ubicación del domicilio, seguimiento, persecución del vehículo hasta la vivienda alquilada, obtención de la llave y posterior desapoderamiento de dinero y efectos, tanto del inmueble como del vehículo, no se pudo concretar por esta situación ya mencionada. Fue todo muy rápido, ambas víctimas actuaron de manera tal que impidieron que el hecho pueda desarrollarse del modo planeado. En esta idea, ni siquiera funcionó adecuadamente el vehículo utilizado para este robo, siendo paradigmática la imagen de uno de los autores empujando el vehículo intentando darle marcha, mientras el otro lo conducía. En definitiva los acusados no pudieron consumar el hecho que tenían planeado, por circunstancias ajenas a su voluntad, esto es, la reacción de las víctimas. Por ello concluimos que asiste razón a la defensa, y el hecho debe ser calificado en grado de tentativa. En relación al concurso ideal de este robo doblemente calificado con la tenencia del arma de fuego que se atribuye a Nesteruk, diremos que se trata de un concurso aparente en tanto se da una relación de consunción. El tipo penal del robo con armas encierra a la tenencia del arma, máxime cuando de la descripción del hecho surge expresamente que esta tenencia se encuentra adjudicada en las mismas circunstancias temporo espaciales que el robo.(conf. D’Alessio, C.P. com. Pag. 596) Del mismo modo tampoco diríamos que el hecho concurre idealmente con las amenazas que se profirieron, son parte del modo comisivo. Distinto es el caso del concurso del robo con armas y en poblado y en banda, en tanto hacen referencia a circunstancias fácticas distintas y que autorizan a efectuar esta calificación. Los Dres. Martín Arroyo y Marcelo Alvarez Melinger dijeron; siendo lo expuesto fiel reflejo de la deliberacion, adherimos al voto precedente. JUICIO SOBRE LA PENA. El día 4 de septiembre se desarrolló el juicio sobre la pena. La fiscalía indicó que se valdrían de los testimonios de la primera etapa y la defensa propuso varios testimonios. Declaró la madre de los hijos de Nesteruk, María Julia Bolonci, quien dijo que comenzó su relación con Juan Nesteruk en el año 2012, que vivieron un tiempo en Buenos Aires, después vinieron a Bariloche y luego nacieron sus hijos que tienen 9 y 11 años. En relación al acusado, refirió que siempre lo vio trabajar, que sabe que tiene problemas con las adicciones, pero que siempre intentó buscarse la vida de todas las maneras posibles. Explicó que cuando vinieron a Bariloche él empezó desde cero, se puso un kiosco, trabajó varias años hasta que pudo poner su local, que lo trabajó hasta el 2022. Refirió que todos los que lo conocen saben que es un “laburante”. Explicó que en el año 2016 con el nacimiento de sus hijos dejó de consumir drogas, hasta el 2020 que seguía limpio, y solo trabajaba y estaba con los chicos, eran una familia normal. Después vendió el fondo de comercio, y se compró un carro, y luego de ello empezó con una época difícil, de poco trabajo, y eso desencadenó una circunstancia que lo llevó a esta situación. Indicó que el acusado se encuentra solo en Bariloche, y que su familia vive en Buenos Aires. Consultada sobre cómo es Nesteruk con sus hijos, indicó que siempre fue un padre presente, nunca la dejó sola con los chicos. Actualmente el los ve, están con el. Primero estuvieron un tiempo sin verlo, pero ahora están con el y lo extrañan, quieren verlo y la pasan bien con el. Explicó que su hijo más grande va al psicólogo por un pedido realizado desde su escuela, porque no lo veía bien. Que ambos hijos se preocupan por su papá, lo quieren, lo aman, y quieren estar con el. Consultada sobre la situación de consumo de Juan, refirió que lo ve mejor. Ella padeció mucho su enfermedad, lo vio luchar y salir adelante. Trata de ser un padre presente a pesar de toda la situación. A preguntas del Fiscal refirió que el acusado tiene adicción solamente a la cocaína. Que ella debió hacer llamados de atención a su familia porque lo veía mal, que veía que estaba consumiendo de nuevo, y que ese consumo generaba estados relacionados por ejemplo con ataques de pánico. Que no tiene una red de contención, que tiene amigos, pero no familiares. Luego lo hizo la madre de Nesteruk, Mirta Alicia Etchepare de Cacciatore, quien habló sobre los comienzos de la vida de su hijo, explicó que hizo la primaria en la localidad de 9 de Julio, después concurrió a una escuela técnica, y a los 14 años se fue a vivir con el padre. Allí comenzó su grave problema de adicciones, ya que su padre tenía un micro emprendimiento lo que hacía trabajar todo el día, por lo que en ese momento asistía a un colegio nocturno en Caseros. Refirió la Sra. Etchepare que fue en ese momento que Nesteruk comenzó con la droga, a los 14 años. Luego vino a Bariloche a los años y comenzó a vender anteojos de sol, luego puso comercios, en un momento tenía 2 locales en una galería de calle Mitre. Al tiempo que ella volvió a visitarlo, ya no tenía esos locales, tenía un maxi quiosco también sobre calle Mitre. Después puso una juguetería, en la que ya no le fue tan bien, y ahí volvió a Buenos Aires. En Buenos Aires alquiló un taxi y empezó a vender ropa de cuero a locales. Refirió la Sra. Etchepare que fue en ese momento donde se dieron cuenta de la realidad del consumo de drogas de su hijo. Explicó que el mismo se internó tres meses en una granja en Moreno, su familia iba a llevarle provisiones los domingos. Pero luego se retiró de allí y fue al psiquiatra o psicólogo y le dieron Rivotril para que pudiera seguir manejando el taxi. Luego volvió a Bariloche con el taxi, lo vendió y puso el restaurante El Ñato. Luego de ello se compró un foodtruck, después lo vendió junto con un auto que tenía, y se dedicó a cambiar divisas. Agregó además que en una ocasión lo asaltaron con el dinero del cambio y lo amenazaron con lastimar a sus hijos. Y después de eso comenzó a armarse con plata prestada, comprando autos viejos para poder arreglarlos y venderlos. Consultada sobre cómo lo ve hoy por hoy a Nesteruk, la Sra. Etchepare indicó que la droga es algo terrible, que es el único caso que hay en la familia y que ella desconocía cómo se manejaba todo ese tema. Agregó que el arma que tenía Nesteruk era de su esposo, que no estaba declarada. Ese arma la había comprado el marido para una tía, y el acusado se la pidió en un momento que ella venía del suicidio de su esposo, y no pudo reaccionar a lo que significaba el riesgo de que la tuviera. Refirió que su esposo se suicido hace 9 años y medio, el 17/03/15. Finalmente, indicó que Juan Siempre fue hiperquinético, buscando trabajar ganar plata, nunca en relación de dependencia sino buscándose su propio trabajo. Claudia Patricia Moreira refirió que conoce a Juan por medio de su hermano. Indicó que es una buena persona, buen padre, que tuvo diversos trabajos en la calle Mitre de promotor, vendedor, ropa de nieve, chocolate, etc. Manifestó que tienen una relación importante porque sus hijos lo quieren como si fuera el tío, él ha hecho muchas cosas por ellos desde ese papel, los ha cuidado. Es un excelente padre también, y muy trabajador. Por otra parte, se refirió al momento en que tomó conocimiento de lo que le había sucedido a Juan con respecto a la causa, ya que el mismo un día le pidió comida, y le contó lo que había sucedido, y le dijo que no tenía para comer. En relación al consumo de sustancias, la Sra. Moreira indicó que Nesteruk tiene un problema de adicciones desde que era chico, del que no puede salir. Pero que siempre fue trabajador, se preocupó siempre por ella y sus hijos. Finalmente, refirió tener conocimiento en relación al hecho en que lo asaltaron y lo golpearon. Declaró Cecilia Angélica Strack, quien dijo conocer a Tato desde los 12 años porque eran vecinos, y compartieron la adolescencia. Refirió que han compartido algunas pocas salidas, y que luego, cuando ella vino a vivir a Bariloche, se enteró que el mismo también se encontraba residiendo aquí, por lo que lo contactó y se volvieron a encontrar. Explicó que tuvieron algunos encuentros esporádicos, que no se veían siempre, pero si tuvieron siempre un buen vínculo, y que él siempre fue un tipo muy servicial. Comentó que en el mes de agosto intentó enviarle un mensaje, le escribió por Facebook, y vio la noticia en los diarios de que había sido condenado. Le preguntó que había pasado y lo fue a ver. En relación a su personalidad, la Sra. Strack indicó que Nesteruk es “buen tipo”, no roba y no robó. Refirió que cuando lo conoció, lo ayudaba a su papá haciendo trabajos de albañil, y después en Bariloche tuvo un lavadero de autos, después estuvo en cabañas, que siempre tuvo trabajo y no tuvo necesidad de robar. Cuando lo fue a ver, se enteró que portaba la tobillera, viviendo con sus hijos. Manifestó que él es muy respetuoso con los chicos y que los tiene a cargo, por lo que al ver ese panorama y con la situación de consumo de por medio, le resultó muy chocante. Consultada sobre si sabe qué pasó con la madre de los chicos, refirió que la última vez que vio a Tato todavía estaba con Noelia, vivían en el km. 7, cree que fue en el año 2019, pero actualmente no sabe nada de ella. Refirió que uno de los hijos de Tato le dijo que no ve a su mamá, que se fue. Que a veces les dice que va a ir a verlos, pero nunca va. Por otra parte, indicó que José Luis es bondadoso, servicial, laburante, buen tipo, respetuoso, y que siempre fue querido en los ambientes que ha estado. Finalmente, a preguntas del Fiscal, indicó que la última vez lo vio a Tato fue en el 2021 cuando terminó la pandemia, y que después lo vio recién este año cuando se enteró lo que había sucedido. Sebastián Andrés Vera Moreira dijo ser cliente del taller de Tato hace 10 años. Indicó que trabajaba en un restaurante conocido de Bariloche conoció al acusado porque se le fundió su auto, y se lo llevó a él para arreglar. Explicó que a los 6 o 7 meses se cerró el local donde él trabajaba y puso un foodtruck, que también se lo llevó a Tato para armarlo, y Tato lo ayudó financiándole el trabajo. Refirió que además el acusado le ha prestado su auto cuando se le fundió el suyo, que siempre tuvo buenos gestos, y siempre tuvieron afinidad. También conoce a sus hijos, conoce la situación con su ex pareja y sabe que estos últimos años se ha hecho cargo de sus hijos el solo. Sobre la madre de los hijos de Tato, refirió haber sido testigo de veces que ha ido al taller a gritar o a romper cosas, y tiene conocimiento de que una vez se quiso suicidar. La conoció porque cada dos por tres caía a su local del centro a comprar panchos con los chicos, y consideró que siempre fue muy efusiva o extraña, pero no tenía mucha relación con ella. En relación al consumo de sustancias, refirió que Tato siempre fue muy reservado sobre el tema. Indicó que se enteró de eso hace un año, siempre lo aconsejó de que no lo hiciera porque estaba a cargo de los nenes. Finalmente, indicó que Tato es un excelente ser humano, que se brinda mucho, no está interesado en cuánto te puede sacar, sino en la persona. El licenciado en psicología del CIF Alfredo Fernícola indicó que se lo convocó para realizar la ampliación de pericia efectuada previamente a los acusados, por la cuestión del consumo problemático de sustancias y las consecuencias que pueden traer aparejadas. Explicó que en dicha ampliación realizó una respuesta genérica, en función de que la pregunta era genérica, porque para evaluar de forma individual la situación de cada acusado requiere una evaluación mucho más amplia. Indicó en primer lugar que las consecuencias dependen de cada persona en particular, en función de las condiciones fisiológicas y vitales. Pero que hay una serie de consecuencias del consumo prolongado de cocaína que pueden ser comunes a todas las personas. Dentro del campo de la psicología tienen que ver con los niveles del deterioro de las áreas del cerebro que puede afectar el consumo sistemático y prolongado de cocaína, en particular el lóbulo frontal con todo lo que tiene que ver con la regulación conductual, la capacidad de planificación, y la atención impacta sobre la posibilidad de desarrollar la memoria, más cuestiones conductuales que tienen que ver con la posibilidad de desinhibición que puede aparecer en un cuadro de deterioro neurológico por consumo de sustancias. Consultado sobre si puede especificar alguna otra consecuencia, indicó que sobre todo que en el tipo de caso que se investiga, tienen que ver con desórdenes conductuales, que pueden aparecer no necesariamente por el deterioro existente, sino también por cuestiones propias del consumo que lleven a un síndrome de abstinencia, que pueden llevar a la comisión de delitos u otros actos que tienen que ver con el consumo, o con el acceso al tóxico. A preguntas de la Defensa, explicó que los ataques de pánico también pueden aparecer como consecuencia, como así también ideas delirantes, ideas persecutorias, trastornos de la ansiedad. Este último es característico en la falta de tóxico en el cuerpo. Finalmente y a preguntas del Fiscal, indicó que no se realizaron estudios neurológicos, y que en su caso él no podría hacerlos porque es psicólogo. Marina Ailín Mercado dijo que conocía a a Tato hace 7 u 8 años, a través de sus hijos, que tienen la misma edad que los de él y que iban al jardín juntos, desde salita de 3. Refirió que las dos familias eran amigas y se juntaban, y allí nació su amistad. Que actualmente se siguen viendo, los chicos van juntos a la escuela otra vez y siempre se mantuvo su relación, igual que entre ellos, siempre se mantuvieron en contacto. Manifestó que los hijos de Tato viven con él exclusivamente desde el 2021, año en que su mamá empezó a ir y venir y no se hacía cargo totalmente de los nenes. Indicó que la misma tiene algunos problemas psiquiátricos y no pudo hacerse cargo de sus hijos, por eso los dejo a cargo de José Luis, y que un verano en el año 2021, intentó suicidarse estando con los nenes. Ella la conoció pero ahora no tienen contacto tan seguido. Refirió que actualmente ella ve a los nenes muy seguido, casi todas las semanas, a veces los fines de semana van a su casa a dormir, sobre todo el hijo más grande que es más independiente. Indicó que José Luis es una excelente persona, excelente padre, muy trabajador, y para ella es un amigo que siempre ha estado para ella. Sobre el consumo problemático de sustancias indicó que sabe que consume, nunca consumió adelante de ella pero sí sabe que tiene adicciones. A preguntas del Fiscal, indicó que sabe que consume, pero no qué sustancia ni en qué cantidad. Luciano Raúl Lozano es licenciado y magíster en trabajo social, y docente. Realizó dos informes socio ambientales, uno de cada acusado. En relación a la entrevista con Nesteruk, indicó que le generó una sensación de mucha fragilidad, que se encuentra en una situación muy endeble a nivel personal, con mucho nivel de angustia, ansiedad y tristeza. Todo esto fruto de una vida atravesada por haber sufrido maltrato infantil por un inicio precoz en el consumo problemático de sustancias, y la muerte del padre que lo afectó mucho. También por la separación de su pareja y alejamiento de sus hijos a partir de la presente causa. Refirió el licenciado haberse preocupado y en función de ello haberle sugerido la derivación a Salud Mental, para que puedan contenerlo. E indicó que Nesteruk se mostró sensible, preocupado por sus hijos, y con conocimiento de detalles de la crianza cosa que no es común en los hombres. En relación al consumo problemático de sustancias, explicó que el acusado en su relato fue describiendo cómo a partir del maltrato que sufrió cuando era chico por parte de su madre, admitió que tenía problemas de consumo de crack, fue detallando sensaciones, visiones, mucha depresión, ansiedad. Indicó que necesitaba ayuda, que no aguantaba más, que quería dejarlo y no podía, y manifestó alguna idea suicida, por la desesperación de no poder parar con el consumo. Que consume cocaína desde los 14 años y otras sustancias, que en algún momento había podido frenar un poco cuando concurrió a una Iglesia Cristiana, pero después con la muerte del padre se agravó el consumo. En relación a su vida laboral, indicó que a pesar de tener una vida atravesada por muchas desventajas, pudo desarrollar un negocio propio, le contó que había tenido restaurantes, carros de comida. Consideró el testigo que se trata de una persona que se nota que tiene capacidad a la hora de emprender proyectos. En relación al informe de José Luis Tato, el Lic. Lozano explicó que lo más destacable es que es un padre a cargo de un hijo y una hija desde hace muchos años, y tiene otro hijo en Buenos Aires. Le llamó la atención la relación afectuosa con su hijo Lautaro, lo cual son indicadores que tienen que ver con los vínculos que tienen en la crianza. Refirió que la madre de los niños tenía problemas de salud mental, que había tenido intentos de suicido y que por eso el terminó siendo desde hace 5 años el tutor de los niños. En cuanto a lo laboral, indicó que se desempeña como mecánico. Terminó el secundario en San Miguel, adquirió habilidades con la mecánica y el rubro de la construcción. Que no recibía ayuda alimentaria de la madre de los niños. Y en relación al consumo problemático, el acusado admitió que solía consumir. No lo destacó como algo problemático sino como algo ocasional y aseveró que lo podía manejar. No recuerda qué sustancias dijo que consumía. Los acusados optaron por no declarar en esta etapa del juicio. A continuación hizo su alegato de clausura el fiscal, quien recordó la calificación por la que se declararon autores penalmente responsables a los acusados. Seguidamente, indicó que se apoyaría en la prueba que ha sido ofrecida en el presente caso, que le permite apartarse del mínimo legal, para pedir una pena proporcionada. Para poder peticionarla, merituó los artículos 40 y 41 del CP. Partió de la base de que ambos imputados no cuentan con antecedentes penales y computables, e indicó que esta situación lo obliga a seguir la metodología seguida en los fallos Brione, Callueque y Cabrera, jurisprudencia reinante en este sentido para sujetos primarios. En cuanto a los atenuantes, indicó que además de la ausencia de antecedentes, se analizó la edad de los imputados, personas adultas de 43 años, padres de familia. Y que conforme a lo escuchado en la cesura, son buenas personas, tienen un círculo de amistad y son buenos padres. En cuanto a la educación, indicó que Tato tiene primario y secundario completo y es mecánico, además de que ha trabajado en la construcción, y el mismo se definió como una persona solidaria, padre de dos hijos, actualmente separado como refirieron los testigos de la cesura. Refirió que no tenia problemas económicos e indicó que “no es chorro, solo adicto”, y en cuanto al caso reconoció haber utilizado el vehículo de un cliente como para comprar droga. Reconoció que tenía un foodtruck en Las Victorias que tuvo que vender, por lo que se pudo acreditar que era trabajador. El mismo reconoció que si tiene problemas de adicciones desde los 14 años, y que tenía un arma de fuego que era de su padrastro, que jamas la disparó y que ni siquiera sabe cómo se pone el gatillo. En cuanto al trabajo, el fiscal indicó que Tato es mecánico, y Nesteruk gastronómico. Que Tato indicó que tenía un taller -al cual González le llevó el vehículo- donde el desarrollaba la actividad con la cual se daba sustento económico. En definitiva, al momento del hecho contaban con trabajo estable, es decir que no estaban en la miseria. Y por su parte, Nesteruk relató su vida laboral, sus adicciones, que al momento del hecho se desempañaba cambiando divisas, y que había padecido un hecho delictivo. Pero indicó el Fiscal que sin perjuicio de ello, se desprende de las conversaciones de OITEL cuál fue la verdadera intención de ambos sujetos, y en ninguna de ella se veía que quisieran hacer algo relacionado al trabajo, sino que por el contrario, se acreditó que su única intención era robar. No estaban en una situación de miseria o dificultad para ganarse la vida, ellos optaron y decidieron un camino que trajo consecuencias, no solamente a las víctimas de autos, sino a toda su familia. Y además, los testigos que depusieron en la cesura, manifestaron que los acusados son personas capaces, que trabajaban, por lo que ellos mismos tomaron la decisión de ir a robar, lo planificaron, lo ejecutaron y les salió mal. En cuanto a las costumbres, el Dr. Sosa Lukman indicó que no tenían un hobbie. Que la declaración de Fernícola fue importante porque dijo que no surgió ninguna causa de inimputabilidad que permita eximirlos de responsabilidad. Ambos acusados son adictos en base a sus dichos. No pudieron traer ningún elemento que diga que son adictos, solo concurrió mucha gente que dijo eso, pero que el consumo no era problemático. Esto denota que no hay un sustento científico que acredite esa adicción, y que no hay ningún indicador para pensar que no tenían capacidad al momento de ocurrencia del hecho. En cuanto a la naturaleza de la acción, el Fiscal indicó que se trató de un robo agravado por el uso de arma de fuego, agravado en poblado y en banda. Esto fue acreditado,y si bien se declaró su responsabilidad por la tentativa, esto no obsta a que el hecho en sí haya sido grave, ocurrido en nocturnidad, en la vía pública y con “herramientas” de gran poder de daño, y a consecuencia de una minuciosa planificación, seguimiento, preparación previa, ejecución por parte de ambos imputados y dos sujetos que no han podido ser identificados. Y que además involucró una fuga defectuosa, y en definitiva ese accionar tuvo consecuencias con una pluralidad de víctima en el marco del presente caso. Seguidamente, el Dr. Lukman se expresó sobre lo que los motivó a delinquir. Aseveró que no se está frente a imputados a los que sus adicciones los muevan a cometer esos delitos. Ni Tato ni Nesteluk son adictos que salen a robar a consecuencia de la adicción para poder seguir consumiendo. Ellos salieron a robar porque así lo quisieron y decidieron. Refirió que se pudo observar conversaciones de OITEL, escuchar audios donde quedó claramente demostrada la intencionalidad que tenían los sujetos en relación a robar, y no a hacer una transacción comercial. También se observaron los modos en que se llevó adelante la cuestión, y en que los acusados se dirigieron a la Fiscalía por no estar de acuerdo con ellos. En cuanto a los medios empleados, indicó que utilizaron el vehículo que era propiedad de un cliente, y decidieron empezar a seguir a las víctimas. Además utilizaron un arma de fuego cuya aptitud para el disparo ha sido acreditada, que tenía 9 balas en el cargador al momento del cacheo, que no estaba registrada y que utilizó Nesteruk para apuntar a Aixa Rodríguez. Además, utilizaron un gas pimienta que fue encontrado en la requisa del vehículo. Y recordó la petición de la picana y las gorras con cabellos adheridos, gorros, capuchas encontradas en el vehículo. Esto denotó claramente la intencionalidad de ambos sujetos. En cuanto a la extensión del daño, recordó cómo se extendió el hecho y qué consecuencias trajo, no solo para las víctimas sino para damnificados indirectos. Menciono a González, que no tiene cómo arreglar su vehículo, y perdió varios meses del mismo. Y a Velázquez que debió cambiar su cerradura. Y también a damnificados indirectos como los hijos de los acusados, la madre, etc. Refirió que los peligros tienen que ser merituados de forma objetiva, y que buena parte de sus allegados dijeron que eran buenas personas y que no tenían antecedentes. Pero en este caso, los acusados llevaron adelante uno de los hechos más graves que establece el Código Penal, que fue minuciosamente planificado, a pesar de que todos los testigos dijeron que ambos imputados contaban con muchas opciones para trabajar. Teniendo en cuenta todo ello, el Fiscal solicitó para ambos acusados, la pena de 6 años de prisión en orden al hecho y calificación enunciados. La defensa comenzó su alegato afirmando que el Fiscal solicitó la pena basándose en prueba producida en la primera fase del juicio, y que para esta oportunidad no ha presentado prueba nueva. Y que la Defensa a lo largo de la jornada trajo a declarar a distintos testigos. Que en relación a Nesteruk declararon las testigos Bolonci, Etchepare y Moreira, y todas ellas refirieron que el mismo era una persona trabajadora, se refirieron a los diferentes trabajos que tuvo a lo largo de su vida, a sus trabajos como emprendedor en diferentes rubros como comercio de roba, juguetería etc. Y también se refirieron al consumo problemático de sustancias. Además se expidieron sobre los problemas económicos que tuvo antes y después de la pandemia y que terminó cerrando el último local que le quedaba una vez finalizada la misma. También se escuchó a su madre, que indicó sus problemas de consumo desde muy pequeño. La Sra. Bolonci refirió todo el impacto negativo que ha tenido este caso con los niños, incluso que uno de ellos se encuentra con asistencia psicológica. En relación a José Luis Tato, la Dra. Alderete indicó que comparecieron a declarar las testigos Strack, Mercado y Moreira, quienes lo definieron como alguien servicial, trabajador, padre de familia. Que tiene los niños a su cargo desde hace algunos años, y que atravesó la situación de que la madre de los niños tiene algunos padecimientos de salud mental, y que lo cierto es que el único sostén es Tato. También hicieron mención al consumo problemático de sustancias de Tato, incluso el les refirió en algún momento que el podía manejarlo. Además comentaron la situación difícil sobre los intentos de suicidio de la madre de los niños. La Dra. Alderete se refirió además puntualmente al testimonio de Fernícola, indicando que si bien el mismo brindó una declaración genérica, lo cierto es que dio un poco de luz respecto de las circunstancias e impacto negativo en una situación de consumo problemático de sustancias tan extendida en el tiempo. Hizo hincapié en los síntomas y consecuencias de dicho consumo en el sistema nervioso central del cuerpo. Por otra parte se refirió al testimonio de Lozano, quien concurrió a los domicilios de ambos imputados y constató personalmente en el caso de Tato que es él quien tiene a cargo a los hijos menores de edad. Pudo percibir el trato afectuoso que tienen y el cuidado que él les brinda más allá de las dificultades y la situación que atraviesa. También dijo Lozano que a pesar de estas adversidades, Tato puede sustentar sus necesidades básicas a través de trabajos de mecánico realizados en su domicilio. Pese a todo pudo seguir trabajando y sosteniendo a los niños, brindándoles las necesidades básicas. En relación a Nesteruk, expresó su preocupación por el estado de salud. Dijo que era necesario que tenga necesario un apoyo terapéutico psiquiátrico porque no lo había visto bien. Que el había reconocido el consumo problemático de crack de larga data. Por todo ello, entiende que más allá de la pena solicitada y los argumentos brindados por la Fiscalía, Brione es una sentencia dictada bajo el sistema anterior mixto inquisitivo. En aquella época no se contemplaba esta audiencia de cesura. Entendió que la jurisprudencia aplicable es Callueque del TI, y que esta es otra instancia del juicio que está prevista. Afirmó que son personas primarias que han transgredido la ley penal por primera vez, y también debe ser valorado todo lo que se produjo el día de la fecha, las circunstancias personales de cada uno de ellos. El limite de la pena no puede exceder el principio de culpabilidad. El fin resocializador de la pena se encuentra ampliamente cumplido. Se habla de u hecho donde no hubo perjuicio patrimonial, no hubo violencia física sobre las personas, no se acreditó que las personas hayan quedado con algún padecimiento o circunstancia de estrés postraumático. La utilización del arma de fuego se encuentra contenida en el mínimo del tipo penal. Y también, si bien el Fiscal hizo referencia al desapoderamiento, se entiende que el fin del mismo también esta contenido en el tipo penal. Conforme el fallo Callueque, la doble valoración negativa está prohibida. Entonces solo se debe ponderar el hecho del robo calificado por el uso de arma de fuego grado de tentativa. Por otra parte, indicó que no se acreditó en el legajo que las personas sindicadas referidas en el informe fueron otras. Respecto al tema del arma fue claro Cabrera cuando dijo que la misma no estaba en condiciones de ser disparada porque es un arma especial por el mecanismo, porque el mismo debe ser activado por el operador. Eso en este caso no ocurrió. Y también dijo que no presentaba signos de que hubiera sido utilizada recientemente. Se entiende que solo fue utilizada a los fines intimidatorios. Finalmente, la Defensora hizo referencia a un fallo reciente en el caso “UFT 1 S/ INVESTIGACIÓN FEMICIDIO (VTMA. EDUARDA SANTOS)”, en el que hubo un voto interesante del Dr. Cardella donde se preguntó respecto de esta situación de la segunda fase del debate, considerando que los operadores deben brindar las herramientas al Tribunal para que puedan “delinear la pena lo más ampliamente posible en función de los requerimientos postulados”. Entiende la Dra. Alderte que esto aquí no ocurrió porque la Fiscalía no produjo prueba, sino que solamente se remitió a lo producido en las jornadas anteriores. En virtud de todo ello, solicitó se imponga a sus asistidos, el mínimo legal de 3 años y 4 meses de prisión. Ingresando al análisis de la determinación de la pena que corresponde aplicar en este caso, comenzaremos por señalar que efectivamente la escala penal a considerar en este caso parte de un mínimo de tres años y cuatro meses hasta un máximo de quince años de prisión. Luego, resulta pertinente destacar dos aspectos importantes a la hora de individualizar la pena en concreto, en cada caso y condenado en particular, esto es, que de acuerdo a la Constitución Nacional, Pactos Internacionales y la ley 24660 la pena está orientada a la resociabilización del condenado, pero además, que para la mensuración debemos contemplar el aspecto o contenido retributivo, el cual tiene que ver con la magnitud del injusto. En este sentido, el S.TJ.RN. ha sostenido que "es útil recordar brevemente que la decisión se integra con dos fuentes normativas, la nacional y la internacional, en lo que se denomina un "bloque constitucional" que es inmediatamente operativo en el caso. Así, son de cita usual los arts. 3, 5 y 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; los arts. 1, 6, 7, 10, 11 y 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y los arts 4, 5, 6 y 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. De modo particular destaco el numeral 6 del art. 5 de esta última en cuanto establece que "las penas privativas de la libertad tendrán como finalidad esencial la reforma y la readaptación de los condenados". Continúa afirmando que: "Se trata entonces de una prioridad a favor de los criterios de prevención especial positiva para la imposición de penas privativas de libertad, en la búsqueda de remover mediante un tratamiento resocializante la disposición psíquica que ha conducido al individuo a cometer determinado delito. Como contrapartida, dicha finalidad tiene como límite el acto cometido en sí, pues la aplicación de cualquier pena encuentra su legitimación en el principio de culpabilidad, conforme con el que la sanción elegida debe ser proporcional al hecho perpetrado. Además de las nociones de resociabilización y proporcionalidad puestas de resalto, comúnmente se sostiene que la determinación de la pena responde a criterios valorativos sobre los que no se puede construir una regla general, pero cuya racionalidad puede analizarse a partir de la tarea del juzgador en el análisis de los aspectos objetivos y subjetivos de los arts. 40 y 41 del Código Penal". (S.E. 46/20). Estos artículos son los que estipulan que los tribunales fijarán la condena de acuerdo con las circunstancias atenuantes o agravantes particulares a cada caso y de conformidad a las reglas del artículo 41 que establece que se tendrá en cuenta en primer lugar, la naturaleza de la acción y de los medios empleados para ejecutarla y la extensión del daño y del peligro causados, esto en clara referencia al injusto, abordando así el análisis objetivo del injusto, a las particularidades del hecho, y luego la norma contempla el aspecto subjetivo, esto es, el relacionado con la personalidad del autor, en el que deben considerarse los aspectos que hacen a la persona condenada, esto es, la edad, la educación, las costumbres y la conducta precedente del sujeto, la calidad de los motivos que lo determinaron a delinquir, especialmente la miseria o la dificultad de ganarse el sustento propio necesario y el de los suyos, la participación que haya tomado en el hecho, las reincidencias en que hubiera incurrido y los demás antecedentes y condiciones personales, así como los vínculos personales, la calidad de las personas y las circunstancias de tiempo, lugar, modo y ocasión que demuestren su mayor o menor peligrosidad. El juez deberá tomar conocimiento directo y de visu del sujeto, de la víctima y de las circunstancias del hecho en la medida requerida para cada caso. Dicho ello, diremos que consideramos especiales factores de agravamiento de la pena que se trata de un hecho que contiene dos agravantes que concurren idealmente. La utilización del arma de fuego y la comisión del hecho en poblado y en banda. Sin desconocer la prohibición de la doble valoración, diremos que este injusto desde el punto de vista de la intensidad de la agresión, que contiene varios factores de suma violencia, deben ser ponderados. Agresión que además, se produce en aquella fría y lluviosa noche de invierno, aprovechando su oscuridad, circunstancia que si nos ponemos en lugar de las víctimas, acometidas por estas tres personas -mas otro que esperaba en el auto- aprovechando estas circunstancias, sin duda debe haber sido muy angustiante. En este plano, también valoramos como un factor agravante toda la planificación previa del hecho, desde varios días antes, comenzando por la identificación de las víctimas, su seguimiento a diario, ubicación del domicilio, preparación del hecho con las herramientas, esto es, gas pimienta, picana, arma de fuego, gorros con pelos, etc, persecución a pocos metros la noche del suceso, y finalmente el ataque plural. Se trató de un hecho claramente premeditado por estas cuatro personas. No fue un hecho casual, se trató de un robo preparado y diseñado por los autores del hecho desde varios días atrás. Esto también descarta cualquier tipo de influencia en la determinación del hecho que tenga que ver con la condición de consumidores de los acusados. Los acusados conocían y sabían perfectamente lo que querían hacer, lo fueron preparando detalladamente durante estos días previos. Asimismo consideraremos el impacto que tuvo en las víctimas la comisión de este hecho, que las llevó a irse de la ciudad inmediatamente, a tal punto que Rodriguez dijo que no volvería mas. En el aspecto subjetivo coincidimos con la Fiscalía en que ambos imputados son personas adultas, con educación, y que sin perjuicio de esta situación de consumo problemático, tuvieron perfecto dominio de toda la situación. La que se ve reflejada en los audios ya mencionados, en los que se ratifica este cuadro de violencia al que estaban dispuestos, ya que se habla de tenerlo cazado, lo hacemos pelota, la picana, partilo como un queso....etc.. Si vinculamos ello a lo expuesto por los testigos de la defensa, si bien no tenían una situación económica holgada, a tal punto que el imputado Tato le pidió a Nesteruk hacer un hecho para poder afrontar el pago del colegio de sus hijos, sin duda no pasaban por un estado de miseria o dificultad para ganarse el sustento necesario que permita entender positivamente la calidad de los motivos del hecho. Máxime que para cometerlo no dudaron en utilizar recursos de extrema violencia. Como atenuantes nos parece fundamental la condición de primarios de ambos condenados, los que no registran antecedentes penales a sus cuarenta y tres años de edad. Agregamos que la defensa hizo un buen trabajo con los testigos que declararon en el juicio, dándonos una idea de la vida, educacion, relaciones, personalidad de ambos que interpretamos positiva. Ambos fueron definidos como buenas personas, trabajadoras, emprendedoras. Los dos haciéndose cargo de sus obligaciones paternas, en especial Tato, que tiene a su cuidado sus dos niños menores. Los dos con situación de consumo problemático, en especial Nesteruk, de quien su madre, como referí antes, nos relató toda su vivencia, desde los catorce años. De esta manera, son los principios de culpabilidad y de proporcionalidad los que deben ser tenidos en consideración, llegado el momento de determinar cuál es el monto de la sanción que cabe imponer a una persona que resulta condenada en un proceso penal. Derivado de este principio de culpabilidad aparece el principio de proporcionalidad, lo que implica un límite a la sanción penal para no convertirse en una pena arbitraria. Es aquí donde estimamos que desde el punto de vista objetivo, de lo que fue el hecho, la extrema violencia desplegada antes y durante el hecho, la que además se ve reflejada en los citados mensajes, el pedido del fiscal no aparece desproporcionado. Ahora bien, cuando consideramos la finalidad de prevención especial, sobre la que se esforzó la defensa en su alegato, que no es otra que la que procura evitar que quien cometió un delito, vuelva a tener tal actitud en el futuro, entendemos que los factores atenuantes, en especial la falta de antecedentes, debe tener especial atención. Como ya hemos mencionado en el fallo del S.TJ.RN. se ha ha sostenido la importancia que las penas privativas de la libertad tengan como finalidad esencial la reforma y la readaptación de los condenados. En este sentido, el T.I.P. ha destacado el criterio expuesto por nuestro máximo Tribunal de Justicia en el sentido que “La pena es la herramienta que emplea el derecho penal para ejercer su función de control social de carácter formal. Se trata de una temática que exige la máxima prudencia en los jueces y en cuya individualización judicial deben liberarse de los prejuicios personales, las simpatías y las emociones, y orientar su sentencia exclusivamente atento a criterios objetivos de valoración (ver Pablo López Viñals, “Cuantificación de la sanción penal en la sentencia condenatoria”, LLNoroeste, 2006, pág. 849) citado en “FISCALÍA Nº 2” expediente nº 20831/06 STJ (del 27/11/2006) (TIP Fallo en el que el Tribunal de impugnación ha recordado que “La pena, según la Convención Americana de Derechos Humanos, tiene como finalidad esencial la reforma y readaptación social del condenado (artículo 5 punto 6) y su ejecución debe consistir en un tratamiento cuya finalidad esencial sea la reforma y la readaptación social de los penados (Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, artículo 10 apartado 3). En nuestra legislación esa finalidad indica que la pena privativa de la libertad es lograr que el individuo sometido a ella se reintegre a la sociedad y logre su adaptación mediante la incorporación de valores fundamentales que posibiliten la vida en comunidad (ley n° 24660, artículo 1º). Es por ello que el STJRN (SE 94/13 ha considerado que esta condición de infractor primario debe ser merituada adecuadamente en consideración a la finalidad de la pena, la que tiene encuadramiento constitucional en el art. 18 de la C.N. y a nivel legislativo supranacional en El Pacto de San José de Costa Rica (art.6 numeral 5º) y Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (art. 10.3) y a nivel legal en la ley 24660. Es por ello, que ponderando así estos aspectos subjetivos, con aquellos objetivos, esto es, buscando un equilibrio entre las circunstancias objetivas claramente agravantes de estos hechos, y aquellas que se refieren a la necesidad de darle a la pena una función resociabilizante, que busque como indica la ley, lograr que el condenado adquiera la capacidad de comprender y respetar la ley procurando su adecuada reinserción social, promoviendo la comprensión y el apoyo de la sociedad, entendemos que la pena justa y adecuada a este caso es la de cuatro años y diez meses de prisión, accesorias legales y costas. Asimismo se encomienda a la Fiscalía hacer saber a las víctimas las facultades que les otorga el art. 11 bis de la ley 24660. Los jueces Martín Arroyo y Marcelo Alvarez Melinger manifiestan que adhieren al voto precedente por ser fiel reflejo de la deliberación. Considerando todo ello este Tribunal por unanimidad , RESUELVE: I. DECLARAR A A JUAN MANUEL NESTERUK Y JOSE LUIS TATO AUTORES PENALMENTE RESPONSABLES DEL HECHO MATERIA DE ACUSACIÓN CONFIGURATIVO DEL DELITO DE ROBO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO EN CONCURSO IDEAL CON ROBO AGRAVADO EN POBLADO Y EN BANDA EN GRADO DE TENTATIVA CONDENÁNDOLOS A LA PENA DE CUATRO AÑOS Y DIEZ MESES DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES Y COSTAS. (ARTS. 42, 45, 54, 166 INC. 2DO Y 167 INC. 2DO DEL C.PENAL). II. ENCOMENDAR A LA FISCALÍA INFORME A LAS VICTIMAS LA INFORMACIÓN PREVISTA POR EL ART. 11 BIS. DE LA LEY 24.660. III.PROTOCOLICESE, REGISTRESE, Y NOTIFIQUESE VÍA CORRREO ELECTRÓNICO. III. Se deja constancia que el Dr. Marcelo Alvarez Melinger no firma por encontrarse en uso de licencia. Firmado digitalmente por ARROYO Juan Martin Fecha: 2024.09.11 14:09:09 - 03'00' Firmado digitalmente por: JOOS Gregor Fecha y hora: 11.09.2024 09:15:48 |
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