La competencia de este Tribunal de Impugnación -en principio- es la revisión de la sentencia (definitiva), esto es, la decisión jurisdiccional absolutoria, condenatoria o que impone una medida de seguridad (artículos 25, 228 y ccdtes. del CPP; Acordada 25/17-STJ). (TI Se. 45/21 “Cisterna”, entre otros). (voto del Dr. Adrián Fernando Zimmermann sin disidencias) COMISARIA 10° SAO S/ LESIONES CULPOSAS GRAVES EN ACCIDENTE DE TRANSITO (VICT. WALTER VIANEY IBACACHE) MPF-SA-00137-2021 SENTENCIA: 217 - 31/10/2022 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Debe destacarse como punto de partida que mal podría obviarse que en esta especie de sucesos, la presencia de testigos es genéricamente improbable, razón por la cual los relato de la presuntas damnificadas es imprescindible para, previa confrontación con el resto del plantel probatorio e indicios incorporados, establecer la verosimilitud de tal acontecer. (voto del Dr. Carlos Mohamed Mussi sin disidencias) P. O. A. S/ ABUSO SEXUAL MPF-VI-02499-2020 SENTENCIA: 218 - 31/10/2022 - INTERLOCUTORIA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
A pesar de la dificultad que presentan la recopilación de pruebas en este tipo de procesos, mas aún teniendo en consideración en el plano de intimidad que se suelen generar, en la presente investigación existen sobrados elementos para vincular la conducta endilgada al imputado P. del modo que ha sido realizado por la sentencia en crisis. (voto del Dr. Carlos Mohamed Mussi sin disidencias) P. O. A. S/ ABUSO SEXUAL MPF-VI-02499-2020 SENTENCIA: 218 - 31/10/2022 - INTERLOCUTORIA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
En lo atinente a la afectación al principio de congruencia, se debe recordar que en tanto el mismo integra el derecho al debido proceso, un planteo como el articulado debe ser analizado a la luz de la doctrina que dimana de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, conforme la cual el recurrente debe demostrar el real alcance de su agravio. En el caso, la acusación ha sostenido la misma plataforma de acusación y en consecuencia el planteo requiere para su procedencia la demostración del perjuicio, es decir, que efectivamente se haya ocasionado una lesión al derecho invocado (Fallos: 304:1564, entre otros). (voto del Dr. Carlos Mohamed Mussi sin disidencias) S.L.H. C/ Q.E S/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL MPF-BA-01509-2019 SENTENCIA: 216 - 25/10/2022 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
La relación debe analizarse entre "injusto y pena", y no entre la pena del decomiso y la escala de la pena de prisión, o el grado de consumación del ilícito y su impacto en ella. Siendo la magnitud del injusto la propiedad relevante en relación a la que debe efectuarse el análisis sobre la proporcionalidad del decomiso; en este caso, por las características del hecho de condena en contexto con la realidad de la finalidad de los caños tubing, conlleva que la decisión del Juez de Juicio resultó ajustada a derecho, proporcional y razonable. (voto del Dr. Adrián Fernando Zimmermann) GUTIERREZ JOSE LUIS S/ ROBO AGRAVADO MPF-CA-01357-2021 SENTENCIA: 214 - 25/10/2022 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Analizadas las condenas impuestas y sus montos en el marco de las escalas legales aplicables, no advierto perjuicio para el imputado. Ello desde que se ha utilizado el método composicional para la conglobación de la pluralidad de condenas (y sus penas) que se le han impuesto a A. A todo evento, aun considerando la unificación de condenas por los hechos contenidos en los legajos mencionados, la pena única determinada en 17 años no resulta en absoluto arbitraria ni irrazonable. Por el contrario, el monto de la unificación de pena en el caso concreto se advierte como racional y proporcional. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias) ANTOLINI ORLANDO JAVIER S/ ROBO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO - LEY 5020 MPF-RO-00006-2018 SENTENCIA: 215 - 25/10/2022 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Es erróneo considerar que la pauta o propiedad relevante para la evaluación de la razonabilidad o proporcionalidad -que es un criterio o estándar de apreciación inevitablemente relacional- es la pena de prisión impuesta, pues lo que debe relacionarse son las características del hecho, la relevancia instrumental del vehículo utilizado para llevarlo a cabo, y el valor en sí mismos y funcional de los bienes que fueron objeto del intento de apropiación (aún cuando por las circunstancias de quedar en grado de tentativa no se haya causado mayor perjuicio económico concreto); esto último, aludiendo al valor de la finalidad en base al contexto en que son utilizados (antes referido). (voto del Dr. Adrián Fernando Zimmermann) GUTIERREZ JOSE LUIS S/ ROBO AGRAVADO MPF-CA-01357-2021 SENTENCIA: 214 - 25/10/2022 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
La clara finalidad del art. 58 del Código Penal ante la pluralidad de condenas por hechos acaecidos en un marco temporal acotado pero juzgados en distintos procesos, es evitar penas crueles. A su vez, asegurar el principio de igualdad entre quienes son juzgados por diversos hechos en un mismo proceso respecto de quienes son juzgados en distintos procesos, asegurando a ambos la aplicación de las reglas del concurso (art. 55 CP). (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias) ANTOLINI ORLANDO JAVIER S/ ROBO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO - LEY 5020 MPF-RO-00006-2018 SENTENCIA: 215 - 25/10/2022 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Tal como sostiene la doctrina la unificación de condenas procede cuando se plantea el supuesto de necesidad de juzgamiento de un hecho anterior a la condena y la unificación de penas cuando se trata de un hecho posterior a la condena por la que el sujeto cumple pena (De las Penas, Fleming y López Viñals, Ed. Rubinzal Culzoni). (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias) ANTOLINI ORLANDO JAVIER S/ ROBO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO - LEY 5020 MPF-RO-00006-2018 SENTENCIA: 215 - 25/10/2022 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Recuérdese que no debe confundirse “la relación precisa y circunstanciada del hecho que se le atribuye” al imputado (159 inc. 2, CPP) con la explicación de la acusación y la proporción de los fundamentos (art. 163 primer párrafo in fine, CPP) (conf. TI Se. 276/19 "Ventura" y STJRNS2 Se. 32/20 Ley 5020 "Ventura"). (voto del Dr. Carlos Mohamed Mussi sin disidencias) S.L.H. C/ Q.E S/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL MPF-BA-01509-2019 SENTENCIA: 216 - 25/10/2022 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN |