Sumarios Jurisdiccionales

Sumarios Seleccionados:

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ESTADO DE NECESIDAD - CAUSAS DE JUSTIFICACIÓN - FALTA DE FUNDAMENTACION - CULPABILIDAD

El estado de necesidad justificante y el estado de necesidad exculpante son dos figuras jurídicas que no solo están contenidas en dos incisos diferentes del art. 34 del CP (unaen el inciso 3 y otra en el inciso 2) sino que además operan como excluyentes de distintos planos o dimensiones del delito (uno sobre la antijuridicidad y otro en el de la culpabilidad). En el caso concreto no se advierte análisis jurídico alguno para descartar, por un lado, el estado de necesidad exculpante y por otro lado el estado de necesidad justificante que invoca la defensa. Mas bien se esgrimen argumentos que confunden ambas. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias)


SEGURA IRENE ELIZABETH S/ USURPACION

MPF-CA-01014-2020

SENTENCIA: 37 - 03/03/2023 - DEFINITIVA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

ESTADO DE NECESIDAD - FALTA DE FUNDAMENTACION

Asiste razón a la defensa cuando sostiene que la sentencia de marras evalúa fundamentalmente- para descartar el estado de necesidad la situación posterior al despojo sin relacionarla con la situación contemporánea del hecho imputado, en particular teniendo en consideración que se trata de un delito de ejecución instantánea y de efectos permanentes. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias)


SEGURA IRENE ELIZABETH S/ USURPACION

MPF-CA-01014-2020

SENTENCIA: 37 - 03/03/2023 - DEFINITIVA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

PRINCIPIO DE INOCENCIA

La única manera de destruir una presunción de inocencia es que no haya ninguna duda razonable sobre su culpabilidad en función de la prueba presentada por la fiscalía en juicio. (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias)


CARRASCO FRANCO AGUSTIN S/ HOMICIDIO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO

MPF-CI-00442-2021

SENTENCIA: 33 - 01/03/2023 - DEFINITIVA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

VALIDEZ PROBATORIA - RECONOCIMIENTO DE PERSONAS

Es lógico y justo que el Tribunal juzgador niegue valor de convicción al reconocimiento impropio de una persona a quien nunca vio y que en ese momento se encuentra en el lugar que ocupa un acusado en juicio, evaluó y rechazó que la Fiscalía pretenda generar lo que se conoce como “la sugestión del banquillo”. Además, se advierte que ni siquiera existió la previa introducción para que el testigo narrara algún dato característico de quien pretende reconocer (Ver Cafferata Nores, José I., La prueba en el proceso penal. páginas 129/145 editorial Depalma. 1986). (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias)


CARRASCO FRANCO AGUSTIN S/ HOMICIDIO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO

MPF-CI-00442-2021

SENTENCIA: 33 - 01/03/2023 - DEFINITIVA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

OBLIGACIONES DEL FISCAL - VALIDEZ PROBATORIA

El MP Fiscal siendo un organismo estatal que lleva adelante la acción penal se encuentra obligado a respetar el Estado de Derecho y, por lo tanto, no puede sacar provecho de esa actuación que tiene como fin el respeto a la autolimitación que se le impone en la represión de hechos punibles (Maier, Julio. Derecho Procesal Penal. Tomo 3, paginas 115/117, Editorial AdHoc CABA 2015) y en esa dirección no se puede admitir la incorporación de un dato probatorio que por el modo de obtención o su inobservancia impide su utilización (Cafferata Nores, José. La prueba en el proceso penal, páginas 18 y 19, Editorial Depalma, Buenos Aires 1988). (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias)


CARRASCO FRANCO AGUSTIN S/ HOMICIDIO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO

MPF-CI-00442-2021

SENTENCIA: 33 - 01/03/2023 - DEFINITIVA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

ARBITRARIEDAD DE SENTENCIA - CONCEPTO - VALORACIÓN DE LA PRUEBA

La arbitrariedad en la sentencia debe contener una entidad destructora, por ser contraria a la justicia, a la razón o a la ley, y ejercida por capricho. La apreciación absurda de la prueba se vincula a una injusticia evidente; en tanto que el absurdo es cuando existe una falla en el razonamiento lógico derivando en conclusiones contradictorias con las circunstancias objetivas de la causa, caso contrario es una apreciación meramente subjetiva contra el decisorio del sentenciante (TI sentencia 44/18). (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias)


CARRASCO FRANCO AGUSTIN S/ HOMICIDIO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO

MPF-CI-00442-2021

SENTENCIA: 33 - 01/03/2023 - DEFINITIVA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

RECHAZO DEL RECURSO - DISCREPANCIA SUBJETIVA

El MP Fiscal no acredita que el fallo sea arbitrario por cuanto no demostró que la valoración realizada fuera contraria a la justicia, a la razón o a la ley, y ejercida por capricho o visiblemente injusta. Esa apreciación subjetiva de los jueces no se acredita dentro de la sentencia que se analiza. De tal modo el agravio se constituye en un desacuerdo subjetivo con la valoración del Tribunal y por tal motivo se rechaza. (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias)


CARRASCO FRANCO AGUSTIN S/ HOMICIDIO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO

MPF-CI-00442-2021

SENTENCIA: 33 - 01/03/2023 - DEFINITIVA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

ABSURDA APRECIACIÓN DE LA PRUEBA

Los prejuicios y estereotipos discriminatorios obstaculizan una adecuada valoración de la prueba. Éstos consisten en una “visión generalizada o una preconcepción sobre los atributos o características de los miembros de un grupo en particular o sobre los roles que tales miembros deben cumplir" (Cook, R.J. y Cusack, S., Estereotipos de género. Perspectivas legales transnacionales). Pueden observarse contra las víctimas de los delitos, y también contra las personas a la que se las acusa de haberlo cometido. Además, pueden filtrar sesgos de género, por la función sexual, cultural y/o social de las mujeres (en este caso, como bien indica el defensor se presenta una “mala suegra”, que por tal característica tiene plena capacidad potencial de ser una asesina). (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias)


BRAVO MICAELA (F) C/ PAINE ANGÉLICA S/ HOMICIDIO - LEY 5020

MPF-BA-02313-2017

SENTENCIA: 32 - 27/02/2023 - DEFINITIVA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

ABSURDA APRECIACIÓN DE LA PRUEBA - PRUEBA TESTIMONIAL - REGLAS DE LA SANA CRÍTICA

En la tarea de tomar una decisión jurisdiccional la ley impone un modelo para apreciar las pruebas de un modo integral, que es la sana crítica (artículo 188 del CPP). Esas reglas son las primeras en expulsar de su aplicación el chisme (es decir el comentario no verificado que circula entre la gente, generalmente de carácter negativo) y la simple opinión (que se refleja en una idea que una persona tiene o se forma acerca de algo o alguien). Se puede observar que el Tribunal juzgador en su sentencia admitió este tipo de información sobre la personalidad, actitudes y diagnóstico sobre A. P. que son comentarios que contaminan el caso y de los cuales el fallo se hace eco sin la debida valoración según las reglas indicadas. (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias)


BRAVO MICAELA (F) C/ PAINE ANGÉLICA S/ HOMICIDIO - LEY 5020

MPF-BA-02313-2017

SENTENCIA: 32 - 27/02/2023 - DEFINITIVA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

PRUEBA INDICIARIA

Los indicios son un modo de conectar las proposiciones expuestas en los hechos que luego construyen la prueba para acreditar la existencia del hecho base de la imputación. Se trata de un conductor entre un hecho probado y otro que no lo está, no es un medio de prueba porque por el indicio no ingresa información, sino que se trata de generar una inferencia (el conector). (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias)


BRAVO MICAELA (F) C/ PAINE ANGÉLICA S/ HOMICIDIO - LEY 5020

MPF-BA-02313-2017

SENTENCIA: 32 - 27/02/2023 - DEFINITIVA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN