Según mi entendimiento, de ninguna manera puede sostenerse que cuando el código refiere que pueden recurrirse “todos los autos procesales importantes que ocasionen agravio al imputado” (art. 228 del CPP) los actos impugnables se restringen a los enumerados en el art. 233 del CPP. Asignarle un carácter taxativo a la enunciación del art. 233 no solo violenta la regla del art. 15 del ritual, sino que se desentiende de la base convencional de la construcción conceptual que pretorianamente se estableció en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos en torno a la operatividad del referido art. 8.2. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí) E. D. R. S/ LESIONES LEVES AGRAVADAS MPF-VI-02246-2021 SENTENCIA: 47 - 15/03/2023 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Se declara la nulidad de la inadmisibilidad dispuesta por el juez revisor clara la nulidad de la inadmisibilidad y se ordena su intervención a efectos de garantizar el doble conforme sobre la resolución citada y que fuera requerido por la defensa y previsto en el art. 228 del CPP (conf. art. 15, 26 y 27 y 27 CPP, 8.2 CADH) (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí) E. D. R. S/ LESIONES LEVES AGRAVADAS MPF-VI-02246-2021 SENTENCIA: 47 - 15/03/2023 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
La construcción dogmática conceptual del doble conforme para los autos procesales importantes ha resultado de la interpretación que desde antaño le ha dado el propio Sistema Interamericano al art. 8.2 de la Convención Americana de Derechos Humanos. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí) E. D. R. S/ LESIONES LEVES AGRAVADAS MPF-VI-02246-2021 SENTENCIA: 47 - 15/03/2023 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
La resolución que rechaza el juicio abreviado no ha sido revisada en función del análisis restrictivo que realizaron los jueces intervinientes sobre el art. 228 del Código Procesal. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí)
E. D. R. S/ LESIONES LEVES AGRAVADAS MPF-VI-02246-2021 SENTENCIA: 47 - 15/03/2023 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Sobre la interpretación y el alcance del doble conforme, la propia Corte Suprema de Justicia de la Nación se expidió en el fallo “Diez” del 28 de diciembre de 2021 y por remisión en “Elicabe” del 24 de noviembre del 2022. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí) E. D. R. S/ LESIONES LEVES AGRAVADAS MPF-VI-02246-2021 SENTENCIA: 47 - 15/03/2023 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Se acredita la existencia de una convivencia entre el autor y la víctima, quedó probada la existencia de una comunidad de afectos y de situaciones compartidas por tratarse de una relación familiar (el acusado es primo de la víctima y ahijado de su madre) y ello le permitió aprovechar la situación y usarlo como una ventaja a su favor (Buompadre, Jorge. Derecho Penal parte especial, página 388 Tomo II Edición 2003). (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias) P. L. E. S/ ABUSO SEXUAL MPF-RO-06614-2020 SENTENCIA: 46 - 15/03/2023 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
En cuanto a la temporalidad de la convivencia planteada, esa situación puede ser transitoria, como resulta del caso, por cuanto la ley no indica una modalidad temporal (Figari, Rubén. Delitos sexuales, página 164, Editorial Hammurabi. 2019). (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias) P. L. E. S/ ABUSO SEXUAL MPF-RO-06614-2020 SENTENCIA: 46 - 15/03/2023 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Queda claro que el derecho al doble conforme según este órgano autorizado para la interpretación del 8.2 Convención, es -como ha sostenido la Corte Suprema de Justicia de la Nación,-“un derecho convencionalmente establecido a favor del imputado” (Fallos: 318:514y 320:2145). (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí) E. D. R. S/ LESIONES LEVES AGRAVADAS MPF-VI-02246-2021 SENTENCIA: 47 - 15/03/2023 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Es el propio acusado quien se coloca en el lugar del hecho y confirma su convivencia -concurrencia de elementos objetivo y subjetivo que no fueron negados-. De tal modo el juzgador solo tuvo ante sí, en función de la prueba producida, establecer si el caso presentado por la acusación se acreditaba más allá de toda duda razonable y así fue de acuerdo a su valoración que no fue cuestionada en el agravio. (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias) P. L. E. S/ ABUSO SEXUAL MPF-RO-06614-2020 SENTENCIA: 46 - 15/03/2023 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Son autos procesales importantes aquellos que determinen gravamen irreparable, que afecten los derechos o libertades fundamentales, que causen indefensión y los autos relativos a la prueba (conf. Informes referidos). (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí) E. D. R. S/ LESIONES LEVES AGRAVADAS MPF-VI-02246-2021 SENTENCIA: 47 - 15/03/2023 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN |