No está controvertido que los testigos depusieron en la audiencia, que las partes pudieron contraexaminarlos y que la defensa no realizó objeciones a los interrogatorios. Estas circunstancias determinan la ineficacia del agravio por ausencia de perjuicio. En este sentido, el impugnante omite indicar cuál es la norma infringida, cuál es la afectación a sus derechos y cuáles serían los argumentos del Tribunal inferior que afectan a su pupilo, destacando que no se advierten en la sentencia en crisis.(Voto del Dr. Zimmermann, sin disidencias) A. B. E. S/ HOMICIDIO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA EN CONCURSO IDEAL CON PORTACION ILEGAL DE ARMA DE USO CIVIL MPF-CI-00305-2017 SENTENCIA: 6 - 20/02/2018 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
La falta de desarrollo argumentativo concreto sobre la afectación de garantías constitucionales impide la apertura de la vía impugnativa, debiendo declararse inadmisible el recurso por carencia del requisito sustancial de agravio. (Voto del Dr. Altuna, sin disidencias) CUERPO DE INVESTIGACIÓN JUDICIAL CIPOLLETTI S/ INVESTIGACIÓN PRELIMINAR MPF-CI-01833-2017 SENTENCIA: 4 - 20/02/2018 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
La ausencia de pericia no es perjudicial al imputado pues la fiscalía tiene la carga de demostrar los hechos que sustentan su teoría del caso, exigencia constitucional que en el sublite el Ministerio Público Fiscal cumplió con las testimoniales ponderadas en la sentencia de condena en función de la libertad probatoria (art. 165 CPP).(Voto del Dr. Zimmermann, sin disidencias) A. B. E. S/ HOMICIDIO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA EN CONCURSO IDEAL CON PORTACION ILEGAL DE ARMA DE USO CIVIL MPF-CI-00305-2017 SENTENCIA: 6 - 20/02/2018 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Las decisiones jurisdiccionales deben ajustarse a lo debatido en audiencia oral y pública. Resolver sobre un beneficio distinto al solicitado, sin intervención de las partes, vulnera el principio de contradicción. (Voto del Dr. Cardella, sin disidencias).
P. F. S/ INCIDENTE DE EJECUCIÓN DE PENA OJU-CI-00325-2017 SENTENCIA: 5 - 20/02/2018 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
La defensa no contraexamino al médico policial, despreciando toda posibilidad de desacreditar a este testigo o poder acreditar algún elemento de las posiciones de su caso. Este no es un dato menor porque se renuncia a uno de los principios esenciales del proceso, el de contradicción. Así, el juez de juicio obtuvo un testimonio que convalidó una evidencia enunciada en la audiencia de control y presentada en los alegatos.(Voto del Dr. Miguel Ángel Cardella, sin disidencias) P. D. L. MPF-VI-00318-2017 SENTENCIA: 3 - 16/02/2018 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Este Tribunal solo puede resolver los agravios expresados por la Defensa; nuestra tarea jurisdiccional es una revisión amplia a fin de garantizar el derecho al recurso que le asiste al imputado. P. D. L. MPF-VI-00318-2017 SENTENCIA: 3 - 16/02/2018 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Los delitos de lesiones y amenazas concurren realmente entre si habida cuenta que se trata de conductas y resultados diversos que en modo alguno pueden resultar constitutivos de un concurso ideal (Voto del Dr. Altuna, sin disidencias). P. D. L. MPF-VI-00318-2017 SENTENCIA: 3 - 16/02/2018 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
“El hecho realizado con notable desprecio, ofensa y degradación hacia la mujer, por su condición de tal, además madre de sus hijos”, como bien refiere el sentenciante recurrido, amerita la aplicación de la agravante. (Voto del Dr. Altuna, sin disidencias) P. D. L. MPF-VI-00318-2017 SENTENCIA: 3 - 16/02/2018 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Como ha expresado el Superior Tribunal de Justicia “el problema que planeta la existencia de un testigo único a los efectos de pronunciar una condena no es de orden legal (pues no existe prohibición al respecto) sino lógico-jurídico, dado que exige una motivación sólida que desbarate el principio de inocencia”. P. D. L. MPF-VI-00318-2017 SENTENCIA: 3 - 16/02/2018 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
En cuanto a la situación de violencia de género, hay un claro aprovechamiento de la condición femenina de la víctima puesto que el imputado siempre aprovechaba su poder ofensivo para socavarla físicamente y psicológicamente. Todos los testigos, dan cuenta del mayor poderio que tenia el victimario sobre la victima.(Voto del Dr. Altuna, sin disidencias) P. D. L. MPF-VI-00318-2017 SENTENCIA: 3 - 16/02/2018 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN |