Se demuestra el error de derecho en cuanto se dictó el sobreseimiento por el supuesto previsto en el art. 155 inc. 3 del CPP (el hecho no se adecua a una figura legal) pues el querellante se opuso y expresó motivos (pruebas pendientes y diferente valoración) por los cuales -convirtiendo la acción en privada- consideró poder lograr una declaración de culpabilidad. (voto del Dr. Adrián F. Zimmermann por la mayoría) P. R. J. S/ ESTAFA MPF-CI-02349-2017 SENTENCIA: 130 - 10/08/2018 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
La Querella no indicó cuáles eran los actos interruptivos de la prescripción de la acción penal conforme al art. 67 del Código Penal. Esta situación obsta al progreso de la impugnación analizada pues la prescripción de la acción penal es de orden público y puede declararse en cualquier instancia del proceso e inclusive de oficio. (voto del Dr. Adrián F. Zimmermann por la mayoría)
P. R. J. S/ ESTAFA MPF-CI-02349-2017 SENTENCIA: 130 - 10/08/2018 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Al no alcanzar las prohibiciones de acercamiento, la aplicación de la prisión preventiva no resulta arbitraria. En mi entender se hace necesaria frente a la vulnerabilidad de la mujer, tal como nos ha transmitido el Señor Fiscal. (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias) M. K. E. C/ A. E. D. S/ DESOBEDIENCIA MPF-BA-02292-2018 SENTENCIA: 128 - 09/08/2018 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
La prisión preventiva dictada por el Juez revisor es la medida cautelar más grave que tiene nuestro sistema procesal penal, pero tampoco tengo duda en sostener que estamos frente a un claro hecho de violencia de género, en donde tenemos -como jueces- que resolver esta situación acorde a una perspectiva de género (legajo MPF-CI-00141-2017 “Aravena” de este Tribunal y los precedentes “Varela-2016”, “Cortés-2017” y “Carus -2018” del Superior Tribunal de Justicia de la provincia).
M. K. E. C/ A. E. D. S/ DESOBEDIENCIA MPF-BA-02292-2018 SENTENCIA: 128 - 09/08/2018 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Es imposible analizar la valoración que realizó el Juez de juicio sobre la Cámara Gesell realizada a la menor, cuando esta no ha sido presentada en la audiencia de juicio, si no se produjo en juicio, no existe, porque viola el principio de contradicción (artículo 7 del CPPRN). La Cámara Gesell de la menor víctima, confeccionada bajo el sistema de la ley 2107 no garantizaba el contradictorio, porque en su artículo 229, no tenia los resguardos formales del adelanto de prueba del actual Código Procesal Penal, ley 5020, con garantía al derecho del imputado en juicio. (Voto del Dr. Cardella en disidencia). C., R. R. S/ INFRACCIÓN 119 C.P. MPF-VR-00362-2017 SENTENCIA: 127 - 08/08/2018 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Es evidente e incontrovertido el contenido sexual -en el caso "apretó una teta" según los dichos de la niña- , sin ninguna equivocidad, situación que denota la tipicidad subjetiva, la que no puede confundirse con el animus del imputado, pues es un extremo no requerido en el presente. (Voto del Dr. Zimmermann por la mayoría) C., R. R. S/ INFRACCIÓN 119 C.P. MPF-VR-00362-2017 SENTENCIA: 127 - 08/08/2018 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Las conclusiones que se formalizan en un proceso judicial pueden ser construidas como bien ha recalcado el STJRN, a través de la valoración ordenada, aunada y sistemática de diversos indicios, ya que limitar las posibilidades de arribar a conclusiones judiciales solo con prueba directa sería limitar las posibilidades de alcanzar la verdad a un extremo insostenible. (voto del Dr. Carlos M. Mussi sin disidencias) G. O. F. M. S/HOMICIDIO AGRAVADO MPF-RO-00107-2017 SENTENCIA: 126 - 08/08/2018 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
El planteo de la defensa -afectación del derecho de defensa por haberse aceptado en la formulación de cargos el cambio de calificación legal- debe ser rechazado por extemporáneo, claramente se han superados las etapas en las cuales la defensa debió introducir el planteo -es decir, audiencia de control de acusación (Art. 162 del CPP)- para ser evaluado y resuelto.-(voto del Dr. Carlos M. Mussi sin disidencias)
G. O. F. M. S/HOMICIDIO AGRAVADO MPF-RO-00107-2017 SENTENCIA: 126 - 08/08/2018 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
El tribunal de juicio ha dado fundamentos serios y concretos por los cuales arribó al quantum punitivo, el que no se advierte -en las particularidades del caso contrario a la doctrina legal sentada en el precedente “Brione”. (voto del Dr. Carlos M. Mussi sin disidencias) G. O. F. M. S/HOMICIDIO AGRAVADO MPF-RO-00107-2017 SENTENCIA: 126 - 08/08/2018 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
El imputado mantiene como persona su estado de inocencia durante todo el proceso penal hasta tanto se demuestre con certeza su culpabilidad y consecuentemente sea condenado por sentencia firme. En cuanto a la normativa, este principio se desprende de la garantía constitucional de la necesariedad del juicio previo para poder ser condenado, previsto en el artículo 18. Pero luego de la reforma constitucional de 1994 surge directa y expresamente del artículo 75 inciso 22, en función del artículo 8°, inciso 2° de la CADH; artículo 26 de la DADDH; artículo 11 de la DUDH y artículo 14 inciso 2° del PIDCP” (Jauchen, Eduardo “Proceso Penal, sistema acusatorio” página 31, Editorial Rubinzal Culzoni, ciudad de Santa Fe, noviembre de 2015). (Voto del Dr. Cardella en disidencia) C., R. R. S/ INFRACCIÓN 119 C.P. MPF-VR-00362-2017 SENTENCIA: 127 - 08/08/2018 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN |