Dado que los motivos que sustentan la medida cautelar y su modalidad de cumplimiento pueden ser revisados en ocasión de modificarse las circunstancias que la sustentan, queda en evidencia la manifiesta inadmisibilidad de la impugnación ordinaria deducida, y en consecuencia la improcedencia de la queja analizada, por no cumplir los requisitos de impugnabilidad ni los extremos requeridos por la CSJN para admitir el recurso extraordinario federal antes de la sentencia definitiva. (voto del Dr. Adrián F. Zimmermann sin disidencias) F. J. E. Y OTROS S/ ASOCIACION ILICITA MPF-CI-00433-2017 SENTENCIA: 142 - 28/08/2018 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Dado que el Código Procesal Penal no confiere un derecho impugnativo la declaración de admisibilidad (por un órgano jurisdiccional diferente a los referidos) carece de eficacia para conferir efecto suspensivo (art. 226, ídem) pues ello -además- conlleva una demora irracional de duración del proceso (conf. art. 77 -“plazo”- en función del art. 69 inc. 1° del código adjetivo) (voto del Dr. Adrián F. Zimmermann sin disidencias) F. J. E. Y OTROS S/ ASOCIACION ILICITA MPF-CI-00433-2017 SENTENCIA: 142 - 28/08/2018 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
La fragmentación de las expresiones soslayando la debida concordancia para la reconstrucción histórica del hecho ("Casal", CSJN) denota ausencia de fundamentación conforme a la sana crítica racional (art. 200 de la Constitución Provincial y arts. 188 y 189 inc. 4 del CPP).(voto del Dr. Adrián F. Zimmermann sin disidencias) M. Y. N. C/ C. P. J. S/ ABUSO DE ARMAS MPF-BA-00651-2017 SENTENCIA: 143 - 28/08/2018 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Acreditado el contexto de violencia de género, “resulta de aplicación la jurisprudencia emanada de la CIDH y la perspectiva de género al juzgar, poniendo igualdad donde no la hay para que pueda arribarse a una sentencia justa, reconociendo la crucial importancia del testimonio de la mujer víctima en dicho contexto” (M. S. G. s/ infracción art.149 bis – amenazas, Cám. De Apel. en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la CABA, 17 de mayo de 2017). (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias) V. C. A. C/H. M. E. S/ AMENAZAS SIMPLES MPF-BA-00669-2017 SENTENCIA: 139 - 22/08/2018 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Tal como sostiene la sentencia y a la luz de los testimonios brindados se ha acreditado que “ha existido una provocación directa para alarmar y amedrentar”. Al respecto ha sostenido el Superior Tribunal de Justicia que resulta “irrelevante para el caso que las amenazas hayan sido proferidas en un estado de ofuscación” (STJ Se. 120/14) por lo que corresponde descartar dicho agravio -ausencia de dolo porque las expresiones surgieron en el marco de una discusión familiar-.(voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias) V. C. A. C/H. M. E. S/ AMENAZAS SIMPLES MPF-BA-00669-2017 SENTENCIA: 139 - 22/08/2018 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
La sentencia ha valorado acertadamente a la luz de dicho contexto -violencia de género- las pruebas que fueron presentadas por la fiscalía a los efectos de comprobar la hipótesis de cargo respecto del modo, tiempo y circunstancias en que se produjo el hecho de amenazas endilgado.(voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias) V. C. A. C/H. M. E. S/ AMENAZAS SIMPLES MPF-BA-00669-2017 SENTENCIA: 139 - 22/08/2018 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
La defensa omitió interponer oportunamente revocatoria contra la resolución dictada en audiencia -rechazo de la prueba requerida-, siendo ese el requisito que significa reserva de impugnar la sentencia (art. 223, CPP; STJRNS2 Se. 2/18 “López” Ley 5020).(voto del Dr. Adrián F. Zimmermann sin disidencias) M. C. D. C/ B. H. S/ ABUSO SEXUAL AGRAVADO MPF-VI-00030-2017 SENTENCIA: 137 - 21/08/2018 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
La versión exculpatoria del imputado, basada en sus solos dichos pues no se sustenta en prueba alguna, ubicándose en el contexto de la vida familiar de los hechos denunciados pero negando los ilícitos de abuso, queda completamente descartada, pues los testigos han sido contundentes y suficientes para establecer la certeza de condena más allá de toda duda razonable.(voto del Dr. Adrián F. Zimmermann sin disidencias) M. C. D. C/ B. H. S/ ABUSO SEXUAL AGRAVADO MPF-VI-00030-2017 SENTENCIA: 137 - 21/08/2018 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
La defensa no demuestra ninguno de los supuestos por los cuales podría admitirse la prueba conforme el art. 177 último párrafo del CPP. (voto del Dr. Adrián F. Zimmermann sin disidencias) M. C. D. C/ B. H. S/ ABUSO SEXUAL AGRAVADO MPF-VI-00030-2017 SENTENCIA: 137 - 21/08/2018 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
El juzgador ha seguido el principio de amplitud probatoria establecido en los arts. 16 inc. i) y 31 de la Ley Nacional 26485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres, a cuyas disposiciones procesales esta Provincia adhirió (conf. Ley 4650), lo que permite otorgar preeminencia al relato de la víctima -sobre todo cuando ha causado la impresión que el Tribunal dijo haberle causado- y que el hecho sea acreditado por cualquier medio de prueba disponible -tales como los restantes testimonios y en especial el de la Licenciada Ruiz-. (voto del Dr. Adrián F. Zimmermann sin disidencias)
M. C. D. C/ B. H. S/ ABUSO SEXUAL AGRAVADO MPF-VI-00030-2017 SENTENCIA: 137 - 21/08/2018 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN |