En función de lo resuelto recientemente por el Superior Tribunal de Justicia en “De Gaetano” (Se. STJ 80/23 del 23 de junio de 2023) no corresponde habilitar una nueva instancia de análisis sobre la cuestión vertida, Ello por cuanto no existe impugnabilidad objetiva y la parte tampoco ha presentado agravios que puedan enmarcarse en el art. 242 del Código Procesal Penal y habiliten la intervención de este Tribunal.(voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias) T.G.R. S/ DESOBEDIENCIA MPF-CI-01338-2021 SENTENCIA: 145 - 29/06/2023 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Tanto para condenar como para absolver, la sentencia debe contener una fundamentación en la que explique el razonamiento por el cual arribó a sus conclusiones atendiendo a la totalidad de la prueba pertinente y útil para tal fin. Esto último es lo que omitió el a quo.(voto del Dr. Adrián F. Zimmermann sin disidencias) C.M. S/ ABUSO SEXUAL MPF-CI-05376-2021 SENTENCIA: 144 - 29/06/2023 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Considero que la fundamentación del a quo es arbitraria pues la cuestión esencial de establecer la credibilidad de la niña víctima omitió la valoración y análisis conjunto de prueba determinante y así la consecuente conclusión sobre si existe o no convergencia y concordancia de la prueba indiciaria pertinente y útil a tal fin.(voto del Dr. Adrián F. Zimmermann sin disidencias) C.M. S/ ABUSO SEXUAL MPF-CI-05376-2021 SENTENCIA: 144 - 29/06/2023 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
La falta de motivación causa la nulidad de la pena, desde que "es la herramienta que emplea el derecho penal para ejercer su función de control social de carácter formal. Se trata de una temática que exige la máxima prudencia en los jueces y en cuya individualización judicial deben librarse de los prejuicios personales, las simpatías y las emociones y orientar su sentencia exclusivamente atenta, a criterios objetivos de valoración" (STJ sentencia n° 190/06). (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias) ZEBALLOS RAFAELA ALEJANDRA C/ ZEBALLOS SANTIAGO S/ HOMICIDIO AGRAVADO POR SU COMISIÓN CON ARMA DE FUEGO - LEY P 5020 MPF-BA-06298-2018 SENTENCIA: 141 - 28/06/2023 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
La aplicación de la pena ha dejado de ser una decisión sujeta a la discrecionalidad de los jueces, ya que el pedido de pena forma parte del contradictorio (por eso es una garantía), y limita el poder punitivo del Estado, quedando esa decisión bajo control jurisdiccional (artículos 25,222, 228, 230 del CPPRN). (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias)
ZEBALLOS RAFAELA ALEJANDRA C/ ZEBALLOS SANTIAGO S/ HOMICIDIO AGRAVADO POR SU COMISIÓN CON ARMA DE FUEGO - LEY P 5020 MPF-BA-06298-2018 SENTENCIA: 141 - 28/06/2023 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Ante la ausencia de una motivada decisión de encierro, corresponde hacer lugar al planteo de revocar el monto de la pena impuesta y teniendo en cuenta la aplicación correctade la ley, con los antecedentes del caso podemos asumir la competencia positiva de aplicar otra pena contra Z. (artículo 240 del CPP). (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias) ZEBALLOS RAFAELA ALEJANDRA C/ ZEBALLOS SANTIAGO S/ HOMICIDIO AGRAVADO POR SU COMISIÓN CON ARMA DE FUEGO - LEY P 5020 MPF-BA-06298-2018 SENTENCIA: 141 - 28/06/2023 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
La impugnación de la defensa es inadmisible toda que no se advierte afectación al orden público ni se afectó de ninguna forma el consentimiento que de forma voluntaria y libre expresó el encartado al solicitar y aceptar el acuerdo pleno de culpabilidad y pena.(voto del Dr. Adrián F. Zimmermann) D. M. K. (EN REP. SCDM)C/ V. H. H. S/ ABUSO SEXUAL MPF-BA-03983-2020 SENTENCIA: 142 - 28/06/2023 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
El indicio es un hecho (o circunstancia) del cual se puede, mediante una operación lógica, inferir la existencia de otro. Su fuerza probatoria reside en el grado de necesidad de la relación que revela entre un hecho conocido (el indiciario), psíquico o físico, debidamente acreditado, y otro desconocido (el indicado), cuya existencia se pretende demostrar y, en el caso, no se pudo probar con certeza, pues la propia prueba que presenta en juicio la Fiscalia se contradice y resta relevancia a aquella que el organo acusador intenta utilizar para obtener un veredicto de culpabilidad.-(voto del Dr. Carlos M. Mussi sin disidencias)
P. M. S/ ABUSO SEXUAL MPF-RO-02370-2021 SENTENCIA: 143 - 28/06/2023 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
El magistrado a cargo del voto rector constató que el único testimonio con capacidad para vincular al encartado con el hecho presentó imprecisiones, dato esencial sobre el que se edificó el caso de la fiscalía y ello se tradujo en un estado de duda insuperable sobre su participación en el delito, razonamiento que no luce arbitrario.(voto del Dr. Carlos M. Mussi sin disidencias)
P. M. S/ ABUSO SEXUAL MPF-RO-02370-2021 SENTENCIA: 143 - 28/06/2023 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Cuando los indicios valorados no son unívocos, es decir, cuando admiten otra explicación posible diferente a la que sustenta la responsabilidad del acusado, debe concluirse en su absolución por el principio de la duda, ya que, debido a la importancia de los intereses individuales involucrados en un proceso penal, la sentencia sólo puede ser el resultado de un convencimiento que está más allá de toda duda razonable. Y tal incertidumbre no exige convicción sobre la inocencia del imputado.(voto del Dr. Carlos M. Mussi sin disidencias) P. M. S/ ABUSO SEXUAL MPF-RO-02370-2021 SENTENCIA: 143 - 28/06/2023 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN |