Sumarios Jurisdiccionales

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PLAZOS PROCESALES

Las impugnaciones deben ajustarse a los plazos que estable la normativa en la cláusula 236 que se integra con la Acordada 25 del año 2017 del Superior Tribunal de Justicia – y la taxatividad del 228 del CPPRN--, de esa integración se concluye que el plazo de diez días es cuando se trata de sentencia (condenatoria o absolutoria) y de cinco días en los demás casos, el sobreseimiento, la concesión, denegatoria o revocatoria de la suspensión del juicio a prueba, la que imponga, deniegue o revoque la prisión preventiva y todos los autos procesales importantes que ocasionen agravio al imputado y las decisiones durante la ejecución de la pena –artículo 264-. (Voto del Dr. Miguel Cardella sin disidencia).


M. F. S/ NEGOCIACIONES INCOMPATIBLES CON EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES PÚBLICAS

MPF-BA-02026-2017

SENTENCIA: 195 - 22/10/2018 - INTERLOCUTORIA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

PLAZOS PROCESALES

La interposición de las impugnaciones debe ajustarse a los plazos que establece la normativa en la cláusula 236 del CPP, la cual se integra con la Acordada 25 del año 2017 del Superior Tribunal de Justicia - y la taxatividad del 228 del CPPRN-, de esa integración se concluye que el plazo de diez días es cuando se trata de sentencia (condenatoria o absolutoria) y de cinco días en los demás casos, el sobreseimiento, la concesión, denegatoria o revocatoria de la suspensión del juicio a prueba, la que imponga, deniegue o revoque la prisión preventiva y todos los autos procesales importantes que ocasionen agravio al imputado y las decisiones durante la ejecución de la pena –artículo 264-. (Voto del Dr. Miguel Cardella sin disidencia).


M. F. S/ NEGOCIACIONES INCOMPATIBLES CON EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES PÚBLICAS

MPF-BA-02026-2017

SENTENCIA: 196 - 22/10/2018 - INTERLOCUTORIA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

IMPUGNACION EXTRAORDINARIA - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO

Corresponde declarar la inadmisibilidad de la impugnación extraordinaria deducida por el Ministerio Público Fiscal, ya que el recurso expresa una oposición subjetiva con lo decidido por este Tribunal, sin acreditar los supuestos de admisibilidad de la impugnación extraordinaria y por tal motivo, carece de verosimilitud a los fines de habilitar la vía intentada, además de que omite explicar de forma clara y concreta de qué modo se habrían vulnerado, en este caso, las mandas constitucionales y convencionales que invoca como el debido proceso en juicio, el curso de tratamiento del sobreseimiento y el plazo para su impugnación. (Voto del Dr. Miguel Cardella sin disidencia).


M. F. S/ NEGOCIACIONES INCOMPATIBLES CON EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES PÚBLICAS

MPF-BA-02026-2017

SENTENCIA: 196 - 22/10/2018 - INTERLOCUTORIA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

ARBITRARIEDAD

Según la Corte Suprema de Justicia la arbitrariedad de la sentencia se verifica cuando se han considerado pruebas, indicio y presunciones en forma fragmentaria u aislada, incurriéndose en omisiones y falencias respecto de la corroboración de hechos conducentes para la decisión el litigio; y en especial cuando se ha prescindido de una visión de conjunto y de la necesaria correlación de los hechos entre sí, y de ellos con otros elementos indiciarios (Fallos 308:641). (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí por sus fundamentos)


I. D. C. S/LESIONES GRAVES VIOLENCIA DOMESTICA

MPF-VI-00587-2017

SENTENCIA: 192 - 19/10/2018 - DEFINITIVA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

ACUSACIÓN

En la acusación no se describe un hecho objetivamente imputable a C. sobre el cual tuviera dominabilidad y nexo de causalidad con el resultado lesivo descripto. Zaffaroni, Alagia y Slokar (Derecho Penal. Parte General, pág. 484) sostienen que la “imputación como pertenencia al agente” se sustenta en la “dominabilidad del hecho por el autor […] No hay posibilidad de conducción o gobierno de un curso causal cuando no es posible dirigirlo hacia la producción de una mutación más o menos determinada del mundo físico. Sólo es posible atribuir un hecho como propio del autor a título doloso cuando el autor proyecta un programa o plan racional, conforme al cual calculó que se desarrollaría la causalidad y puso una causa necesaria para su éxito (sin la cual el plan no habría podido realizarse)”. (voto del Dr. Adrián Zimmermann por sus fundamentos).


I. D. C. S/LESIONES GRAVES VIOLENCIA DOMESTICA

MPF-VI-00587-2017

SENTENCIA: 192 - 19/10/2018 - DEFINITIVA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

PRUEBA DEL DOLO

Para la determinación del dolo en las lesiones, “debe considerarse el contexto en que se produce la agresión, lo que incluye las condiciones personales objetivas de la víctima y del victimario. La existencia del dolo se debe decidir no por la falta de prueba de la defensa, sino por “... la índole del acusado, las manifestaciones precedentes al hecho, la causa para delinquir, la naturaleza de los medios empleados, la manera de obrar, etc., ya que el estado de ánimo no puede ser jusitificado por vía directa y positiva, sino que debe ser deducido de conjeturas exteriores” (ver Se. 92/98 STJRNSP, con cita de Núñez, La culpabilidad en el Código Penal, pág. 119).” (Se 184/2007). (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí por sus fundamentos)


I. D. C. S/LESIONES GRAVES VIOLENCIA DOMESTICA

MPF-VI-00587-2017

SENTENCIA: 192 - 19/10/2018 - DEFINITIVA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

IMPUGNACION EXTRAORDINARIA - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO

Corresponde rechazar la impugnación extraordinaria deducida, por cuanto la presentación no satisface la exigencia de controvertir con eficacia los fundamentos de la decisión de este Tribunal de Impugnación en cuanto a la responsabilidad penal de D.S.. No se demuestra en qué consiste y cómo se configura alguno de los supuestos del artículo 242 del CPP por el cual considera procedente la presentación. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí)


M. J. R. Y S. D. E. S/HOMICIDIO AGRAVADO POR USO DE ARMA DE FUEGO EN GRADO DE TENTATIVA

MPF-VI-02129-2017

SENTENCIA: 191 - 19/10/2018 - INTERLOCUTORIA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

REVOCACIÓN DE SENTENCIA - CALIFICACIÓN DEL HECHO - FALTA DE ACREDITACIÓN - LESIONES GRAVES

Corresponde hacer lugar parcialmente a los planteos de la defensa y dejar sin efecto la sentencia en cuanto califica el hecho segundo como intento de homicidio, desde que la ausencia de pruebas que sostengan la integralidad del hecho imputado (de las 6 o 7 golpes de puño imputados sólo se probaron 2) y la consecuente de la hemorragia subdural, sumado al hecho de que es el propio imputado quien sale a pedir ayuda al vecino para trasladar a la niña al Hospital, llevan a descatar que se haya probado la intención homicida del imputado y se impone recalificar el hecho en lesiones graves dolosas (art. 90 en función del art. 92 y 80 inc. 1 C.P.), en función del art. 191 CPP primer párrafo y 240 tercer párrafo del rito. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí por sus fundamentos).


I. D. C. S/LESIONES GRAVES VIOLENCIA DOMESTICA

MPF-VI-00587-2017

SENTENCIA: 192 - 19/10/2018 - DEFINITIVA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

INDIVIDUALIZACIÓN DE LA PENA - FALTA DE ANTECEDENTES PENALES

A los efectos de la imposición de pena, el Tribunal de Impugnación ha sostenido que el precedente “Brione” del Superior Tribunal de Justicia, es una sentencia dictada bajo el anterior sistema (mixto inquisitivo), penal en sus artículos 173 y 174 y además es preciso tener presente que ese fallo expresó, “La inexistencia de antecedentes penales, única circunstancia tomada como atenuante por el juzgador, no se aprecia ponderada en toda su magnitud. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí por sus fundamentos).


I. D. C. S/LESIONES GRAVES VIOLENCIA DOMESTICA

MPF-VI-00587-2017

SENTENCIA: 192 - 19/10/2018 - DEFINITIVA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

TRIBUNAL DE IMPUGNACION - FACULTADES DE LA ALZADA

El Tribunal de Impugnación tiene competencia para el dictado de una sentencia integradora compleja de segundo grado, la que resulta de la conjunción de las conclusiones de la sentencia que no fueron cuestionadas con las conclusiones que reemplazan a las expresamente impugnadas (Pastor, Daniel, “La nueva imagen de la casación penal. Evolución histórica y futuro de la dogmática de la impugnación en el derecho procesal penal”, páginas 146/164, editorial Ad- Hoc, Ciudad de Buenos Aires, Octubre 2001). (voto del Dr. Miguel Cardella por sus fundamentos).


I. D. C. S/LESIONES GRAVES VIOLENCIA DOMESTICA

MPF-VI-00587-2017

SENTENCIA: 192 - 19/10/2018 - DEFINITIVA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN