Estimo que la sentencia debe sostenerse parcialmente en cuanto a la acreditación de los hechos: Tocamientos en reiteradas ocasiones de las partes íntimas del nene -pene y cola-, descartando la introducción del dedo en el ano del niño por aplicación de la duda a favor del imputado (art. 8 CPP). (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias) A. G. A. S/ ABUSO SEXUAL SIMPLE GRAVEMENTE ULTRAJANTE AGRAVADO POR EL VINCULO, CORRUPCION DE MENORES (MENOR VICTIMA) MPF-RO-01780-2017 SENTENCIA: 58 - 04/04/2019 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
No acreditada que la concesión de la prórroga por parte del Fiscal Jefe se haya verificado previo al vencimiento del plazo corresponde dejar sin efecto por arbitrariedad y ausencia de motivación legal la resolución del Juez de Revisión, confirmando la resolución emitida por la Jueza de Garantías de fecha 4 de diciembre de 2018 (conf. art. 18 CN, art. 6, 11, 65, 85 y 152 CPP). (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias)
J. A. S/ ABUSO SEXUAL MPF-VR-00773-2017 SENTENCIA: 59 - 04/04/2019 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
De la sentencia se desprende una interpretación en contra del imputado, porque cuando se tiene información escasa y los jueces dudan, no debe ni puede cargarse con la responsabilidad de forzar una tercera teoría del caso, porque si se duda, quien debe darle respuesta más allá de toda duda razonable es la acusación, no la defensa (artículos 8, 13, 59 y 159 CPPRN).
P. H. C / C. R., H. RUBE. S/ ABUSO SEXUAL AGRAVADO MPF-RO-02563-2017 SENTENCIA: 60 - 04/04/2019 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Coincido en el punto con la sentencia, si bien la credibilidad del relato no pudo ser acreditado lo cierto es que ello no conduce a considerar, en general, mendaces los hechos contenidos en la narración. Credibilidad y veracidad no son lo mismo. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias) A. G. A. S/ ABUSO SEXUAL SIMPLE GRAVEMENTE ULTRAJANTE AGRAVADO POR EL VINCULO, CORRUPCION DE MENORES (MENOR VICTIMA) MPF-RO-01780-2017 SENTENCIA: 58 - 04/04/2019 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Según la Corte Suprema de Justicia, la arbitrariedad de la sentencia se verifica cuando se han considerado pruebas, indicios y presunciones en forma fragmentaria o aislada, incurriéndose en omisiones y falencias respecto de la corroboración de hechos conducentes para la decisión el litigio; y en especial cuando se ha prescindido de una visión de conjunto y de la necesaria correlación de los hechos entre sí, y de ellos con otros elementos indiciarios (Fallos 308:641). (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias) S. J. S/ AMENAZAS Y LESIONES MPF-VI-01905-2017 SENTENCIA: 56 - 28/03/2019 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Analizados los testimonios rendidos en debate no advierto que la ponderación de los mismos por parte del Tribunal de Juicio sea absurda. Por el contrario, estimo que la consideración de los mismos ha sido la correcta. En efecto han sido contestes en como se sucedieron los hechos. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias) S. J. S/ AMENAZAS Y LESIONES MPF-VI-01905-2017 SENTENCIA: 56 - 28/03/2019 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Del análisis del punto advierto que la ausencia de antecedentes del imputado (único atenuante) ha llevado al Tribunal a imponer una pena cercana a la mínimo pese a los agravantes que consideró la sentencia. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias)
S. J. S/ AMENAZAS Y LESIONES MPF-VI-01905-2017 SENTENCIA: 56 - 28/03/2019 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
La Corte Interamericana ha sostenido en relación al alcance que debe darse al derecho a la revisión de condenas previsto en el artículo 8.2 que requiere que se analicen “cuestiones fácticas, probatorias y jurídicas en que se basa la sentencia impugnada.” (CIDH Mohamed c. Argentina, 2012). (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias)
S. J. S/ AMENAZAS Y LESIONES MPF-VI-01905-2017 SENTENCIA: 56 - 28/03/2019 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Como se advierte de los propios agravios expuestos estos se erigen contra puntos aislados de la sentencia y no se hacen cargo “de la totalidad argumentativa de la sentencia, lo que impide considerar que haya presentado una crítica concreta y razonada de lo decidido” (STJ, Se. 195/2015) para desvirtuar el andamiaje argumentativo sobre el cual se edifica la condena, no advirtiéndose vicio alguno que la afecte como acto jurisdiccional válido sino que la esforzada defensa expone solo una discrepancia subjetiva con el criterio del Tribunal de Juicio, que no alcanzan a demostrar yerro alguno del Tribunal de Juicio. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias) S. J. S/ AMENAZAS Y LESIONES MPF-VI-01905-2017 SENTENCIA: 56 - 28/03/2019 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Luego de un exhaustivo análisis de la prueba y de la lógica evaluación que de ella han realizado los jueces de juicio, claramente la hipótesis de la parte acusadora, ha sido corroborada en la sentencia condenatoria; la cual satisface el estándar probatorio exigido por el ordenamiento procesal, por lo que corresponde confirmar la sentencia impugnada. (voto del Dr. Carlos Mohamed Mussi sin disidencias) P. E. D. S/ ABUSO SEXUAL MPF-RO-03215-2017 SENTENCIA: 55 - 27/03/2019 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN |