Sumarios Jurisdiccionales

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DECLARACIÓN DE LA VÍCTIMA - PRUEBA INDICIARIA - PRUEBA DIRECTA

Es desacertado el agravio de la defensa cuando sostiene que el testimonio de la víctima es la única prueba, porque constatamos que es la prueba directa corroborada por un conjunto de indicios que permitió acreditar la existencia de los hechos y la participación que se le enrostró a E. en forma categórica; esto es, que se alcanzó la certeza requerida para la instancia más allá de toda duda razonable. (Voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias)


C. E. G. C/ E. E. M. S/ AMENAZAS AGRAVADAS

MPF-RO-02910-2017

SENTENCIA: 167 - 22/08/2019 - DEFINITIVA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

REITERACION DE AGRAVIOS

El momento procesal de la impugnación de una sentencia no es la realización de un nuevo juicio, sino que es revisar el fallo en función de los agravios que plantea en forma concreta. En este caso los argumentos no pueden prosperar porque el juez de juicio explicó de forma extensa los fundamentos por los cuales no consideró creíble a P., de como se concretó una violencia institucional y las responsabilidad de los imputados en el hecho. (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias)


D. H. A. Y OTROS S/ VEJACIONES Y LESIONES LEVES

MPF-VI-01386-2017

SENTENCIA: 171 - 22/08/2019 - DEFINITIVA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

REITERACION DE AGRAVIOS

Los planteos que la defensa realizó ante este Tribunal de Impugnación fueron resueltos en el momento procesal correspondiente, y sobre esa motivación en el decisorio jurisdiccional no se observa la errónea valoración en la apreciación de la prueba y de los hechos. (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias)


D. H. A. Y OTROS S/ VEJACIONES Y LESIONES LEVES

MPF-VI-01386-2017

SENTENCIA: 171 - 22/08/2019 - DEFINITIVA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

UNIFICACIÓN DE CONDENAS - IMPROCEDENCIA

E. fue juzgado por un hecho cometido con posterioridad al dictado de la condena precedente, cumpliendo a condición de que la primer pena conserve su vigencia. Por consiguiente la regla es que el delito debe cometerse mientras se cumple la pena y esa pena para ser unificada debe estar vigente, por lo tanto no le asiste razón al defensor porque ya condena ya estaba cumplida. (Voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias)


C. E. G. C/ E. E. M. S/ AMENAZAS AGRAVADAS

MPF-RO-02910-2017

SENTENCIA: 167 - 22/08/2019 - DEFINITIVA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

INHABILITACIÓN ESPECIAL - DOCTRINA LEGAL

Sobre la pena de inhabilitación especial, dable es destacar la doctrina que surge de la Sentencia 245/11 STJRNS2. En el sublite, verificado el vicio in procedendo, la consecuencia no puede ser la nulificación de la sentencia pues sólo fue recurrida por las Defensas y así el reenvío implica la violación a la garantía de prohibición de la reformatio in pejus pues se daría precisión a una inhabilitación que conforme el decisorio impugnado es de ejecución imposible por ser incierto o ambiguo. (voto del Dr. Adrián Fernando Zimmermann)


1) Z. P. A. ; 2) H. C. A.; 3) F. N. A. Y 4) R. J. A. S/ 1) ATENTADO Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, DAÑOS; 2), 3), 4) S/ SEVERIDADES Y VEJACIONES (EX: 2RO-14481-P2016)

MPF-RO-02995-2017

SENTENCIA: 166 - 22/08/2019 - DEFINITIVA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

VEJACIONES

Ninguna duda cabe que la actitud y conducta de la víctima fue incorrecta para la ocasión, tanto que -según información suministrada por el MPF- fue procesado por resistencia a la autoridad y se resolvió con probation; pero sin dudas que dicho extremo no justificó que los imputados actuaran con exceso de sus funciones y con una violencia que ha sido típica del delito de vejaciones. (voto del Dr. Adrián Fernando Zimmermann)


1) Z. P. A. ; 2) H. C. A.; 3) F. N. A. Y 4) R. J. A. S/ 1) ATENTADO Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, DAÑOS; 2), 3), 4) S/ SEVERIDADES Y VEJACIONES (EX: 2RO-14481-P2016)

MPF-RO-02995-2017

SENTENCIA: 166 - 22/08/2019 - DEFINITIVA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

RETENCIÓN INDEBIDA - TIPO PENAL

En la retención indebida, la acción típica consiste en negarse a restituir o no restituir en su debido tiempo; y sin perjuicio del derecho que argumenta el imputado, su obligación era la de entregar ese vehículo a su dueña, de allí su condición esencial para encuadrar su conducta del modo que lo ha hecho el a quo.(voto del Dr. Carlos Mohamed Mussi sin disidencias)


B. E. M. Y B. S. I. S/ RETENCION INDEBIDA

MPF-BA-01470-2017

SENTENCIA: 170 - 22/08/2019 - DEFINITIVA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

ANTIJURIDICIDAD

El hipotético derecho sobre el bien, -no acreditado en la instancia del juicio-, no puede ser utilizado como pretende la defensa, como una causa de justificación, que torne lícita una conducta que ha sido antijurídica. (voto del Dr. Carlos Mohamed Mussi sin disidencias)


B. E. M. Y B. S. I. S/ RETENCION INDEBIDA

MPF-BA-01470-2017

SENTENCIA: 170 - 22/08/2019 - DEFINITIVA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

CONDENA - CONFIRMACIÓN DE SENTENCIA

Corresponde confirmar la sentencia por la cual se declaró responsable al imputado por el delito de defraudación por retención indebida, pues luego de ser intimado por carta documento, continuó en poder del rodado conociendo que la titular registral del mismo es M.N.B., no restituyéndole el bien que aquella le había prestado durante la relación de trabajo no desconocida por las partes. (voto del Dr. Carlos Mohamed Mussi sin disidencias)


B. E. M. Y B. S. I. S/ RETENCION INDEBIDA

MPF-BA-01470-2017

SENTENCIA: 170 - 22/08/2019 - DEFINITIVA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

EMOCIÓN VIOLENTA - RECLUSIÓN - PRINCIPIO DE LEGALIDAD - DEROGACIÓN TÁCITA DE LA LEY - ESCALA PENAL

Con relación al reclamo de la fiscalía referido la escala penal aplicable (según su criterio la escala debe fijarse en un mínimo de 1 año y un máximo de 6 años con mas el agravante del 41 bis) entiendo que el agravio no puede prosperar. La CSJN en el caso “Mendez” sostuvo que ha quedado derogada la pena de reclusión y por ende, si el código penal ha establecido la escala en 1 a 3 años de prisión o 3 a 6 años de reclusión, extender el punto máximo de la escala de la pena de prisión de 3 a 6 años resulta una aplicación analógica de la ley no permitida en el proceso penal en tanto violenta el principio de legalidad (art. 19 CN y art. 15 CPP).(voto de la Dra. María Rita Custet Llambí)


Z. L. F. Y S. D. H. S/ HOMICIDIO, HOMICIDIO EN GRADO DE TENTATIVA, ENCUBRIMIENTO E INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIO PUBLICO

MPF-CH-00764-2017

SENTENCIA: 164 - 14/08/2019 - DEFINITIVA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN