Sumarios Jurisdiccionales

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IMPUGNACION EXTRAORDINARIA - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - DISCREPANCIA SUBJETIVA

Corresponde declarar la inadmisibilidad de la impugnación extraordinaria deducida, desde que la impugnante omite controvertir de forma concreta y razonada los fundamentos de este Tribunal de Impugnación, y por tal motivo, la impugnación analizada -en cuanto expone discrepancias subjetivas- carece de verosimilitud a los fines de habilitar la vía intentada pues omite explicar de forma clara y concreta de qué modo se habrían vulnerado, en este caso, las mandas constitucionales que invoca, pues la sola mención de sus preceptos es insuficiente para la debida fundamentación de la impugnación cuando se omite desarrollar el razonamiento específico que demuestre la incompatibilidad de la cuestión planteada con aquéllos. (voto del Dr. Adrián Fernando Zimmermann sin disidencias)


T. M. P. S/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL

MPF-RO-02687-2017

SENTENCIA: 229 - 05/11/2019 - INTERLOCUTORIA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

BENEFICIO DE LA DUDA - FALTA DE ACREDITACIÓN

La hipótesis fáctica de la acusación carece de elementos probatorios que la corroboren mas allá de toda duda razonable; y por ello su impugnación no logra rebatir la conclusión de inexistencia de elementos de prueba suficientes y con el grado de certeza requerido para que los hechos objeto de la acusación quedaran debidamente probados como existentes, aun siendo interpretados todos los indicios en forma conjunta, situación que genera el grado de duda previsto en el art. 4 del código adjetivo. (voto del Dr. Adrián Fernando Zimmemann sin disidencias)


R. A. A. Y M. V. S. M. G. (EN REP. DE MENOR C., B.) C/ C. E. E. S/ ABUSO SEXUAL AGRAVADO POR EL VINCULO

MPF-BA-02613-2017

SENTENCIA: 226 - 05/11/2019 - DEFINITIVA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

AGRAVIO EXTEMPORÁNEO

Tiene dicho la CSJN -mutatis mutandi- que al agravio producto de una reflexión tardía introducido por primera vez en el recurso extraordinario federal corresponde aplicarle la tradicional doctrina que excluye de la competencia apelada en razón de que las cuestiones que se invocan fueron deliberadamente sustraídas del conocimiento de los jueces de la causa (Fallos: 324:2268; 329:3235; 335:686 y 339:1463). (voto del Dr. Adrián Fernando Zimmermann sin disidencias)


UFT N° 3/NN (SAO)

MPF-VI-00897-2018

SENTENCIA: 225 - 29/10/2019 - DEFINITIVA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

DOBLE INSTANCIA - AGRAVIO EXTEMPORÁNEO

En la instancia de impugnación corresponde realizar una revisión integral de la resolución en crisis confrontando sus fundamentos con la totalidad de los agravios del impugnante y el responde de la contraria. Esto es que la posibilidad de recurrir el fallo adverso tiene fundamento en que la doble instancia, en tanto revisión de lo resuelto por otro tribunal, garantiza el examen integral ajustándose al límite de los agravios (tantum appellatum quantum devolutum; arts. 224 CPP y 18 Constitución Nacional). Es por estos motivos que el Juez de revisión sólo debe analizar y resolver sobre los agravios dirigidos a los fundamentos de la resolución en crisis y los argumentos de la contraria que concuerdan con esta última” (TIP Se. 116/19 “UFT Nº 3”; Se. 120/19 “Bellesi”). (voto del Dr. Adrián Fernando Zimmermann sin disidencias)


UFT N° 3/NN (SAO)

MPF-VI-00897-2018

SENTENCIA: 225 - 29/10/2019 - DEFINITIVA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

INDIVIDUALIZACIÓN DE LA PENA - RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL

El Tribunal de juicio funda la no acreditación de la “falta de necesidad de pena” en argumentos que se contradicen en sus afirmaciones violando el principio de excepcionalidad de la pena en el sistema penal juvenil. Este argumento carece de toda lógica en función de los principios constitucionales y convencionales del derecho penal juvenil que determinan que quien debe probar la necesidad de la pena es el Ministerio Publico Fiscal en función de no resultar aplicables medidas menos rigurosas (principio de última ratio del sistema y excepcionalidad del prisionización) y no le cabe a la defensa probar la innecesaridad de la misma.(voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias)


S., A.A. S/ HOMICIDIO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO

MPF-CI-02312-2017

SENTENCIA: 224 - 28/10/2019 - DEFINITIVA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

FALTA DE AGRAVIO CONCRETO - RECHAZO DEL RECURSO

Los jueces no podemos completar los defectos de las partes en el ejercicio de fundar sus recursos cuando estos carecen de los mínimos requisitos como son indicar el agravio concreto y sobre que parte de la sentencia expresa un perjuicio, una arbitrariedad o un error en el proceso de justificar la decisión jurisdiccional. (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias)


S., A.A. S/ HOMICIDIO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO

MPF-CI-02312-2017

SENTENCIA: 224 - 28/10/2019 - DEFINITIVA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

IMPUGNACION EXTRAORDINARIA - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - DISCREPANCIA SUBJETIVA

Examinados los planteos de la recurrente, los mismos resultan una crítica fragmentada y expone una discrepancia subjetiva con el criterio sostenido por el Tribunal de Impugnación. Como se advierte de la simple lectura, la sentencia da razones que quedan incólumes ante la fragmentada crítica del recurso. Todos los agravios que aquí se reiteran ya fueron tratados en la instancia de revisión. Por tal motivo la impugnación bajo examen no demuestra en arbitrariedad que habilite la instancia del art. 242 del CPP y, en consecuencia, el recurso intentado debe ser declarado inadmisible. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias)


P. O. S/ABUSO SEXUAL

MPF-VI-00804-2018

SENTENCIA: 223 - 25/10/2019 - INTERLOCUTORIA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

DEFICIENTE EXPRESIÓN DE AGRAVIOS - DISCREPANCIA SUBJETIVA

Se observa que la queja es una reedición de cuestiones planteadas en las instancias anteriores, y además los agravios carecen de la necesaria vinculación de establecer la clara y concreta situación que habilita la competencia del Tribunal de Impugnación. Del escrito recursivo solamente se observa el descontento subjetivo contra el desarrollo del caso litigado, que finalizó con un sobreseimiento y su posterior confirmación, sin desarrollar una argumentación que demuestre error o arbitrariedad u otro motivo de agravio en las decisiones jurisdiccionales. (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias)


B. A. R. S/DCIA. ABUSO DE AUTORIDAD

OJU-RO-00979-2017

SENTENCIA: 221 - 23/10/2019 - DEFINITIVA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

IMPUGNACION EXTRAORDINARIA - DEFICIENTE EXPRESIÓN DE AGRAVIOS

Con el debido análisis sobre la admisibilidad de la impugnación extraordinaria, queda demostrado que la presentación no satisface la exigencia de controvertir con eficacia los fundamentos de la resolución en crisis dado que sus críticas se limitan a cuestionar aspectos ya analizados y decididos por este Tribunal de Impugnación (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella)


M. T., F. R. C. S/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL

MPF-RO-06722-2018

SENTENCIA: 222 - 23/10/2019 - INTERLOCUTORIA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN

ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL - CONDENA

La prueba señalada le permitió al Tribunal de Juicio concluir más allá de toda duda razonable que K.G.D. fue objeto de abuso sexual por parte de D.D.C. en las circunstancias de la acusación.(voto del Dr. Adrián Fernando Zimmermann sin disidencias)


C. D. D. S/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL

MPF-VI-00887-2017

SENTENCIA: 220 - 22/10/2019 - DEFINITIVA

Fallo

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN