Pese a que se afirman afectaciones constitucionales, no ha demostrado prima facie que la resolución de este Tribunal de Impugnación incurrió en algún supuesto de interposición de la impugnación extraordinaria (art. 242, CPP) en razón de que los agravios carecen de eficacia al desatender los concretos fundamentos de este Tribunal y ser una reedición de su teoría del caso ya analizada y desechada en la sentencia en crisis. (voto del Dr. Adrián Fernando Zimmermann sin disidencias) L. G. N. S/ HOMICIDIO CULPOSO AGRAVADO MPF-RO-06340-2018 SENTENCIA: 8 - 10/02/2020 - INTERLOCUTORIA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
La ausencia de ponderación de prueba esencial y en conjunto con el resto de la producida demuestra la afectación del servicio de justicia, de la primacía de la verdad objetiva y la carencia de motivación de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio de la IVª Circunscripción Judicial (arts. 189 inc. 4, CPP; 200 C. Prov.; 18 C. Nac.), en virtud de lo cual corresponde hacer lugar de forma parcial a la impugnación del MPF, anulándose en lo pertinente la sentencia recurrida y reenviar al origen para que continúe su trámite (arts. 240 y 241, CPP). (voto del Dr. Adrián Fernando Zimmermann por la mayoría) G. J. A. S/FEMICIDIO MPF-CI-01780-2018 SENTENCIA: 6 - 06/02/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
La sentencia ha encuadrado los hechos en el marco de una relación familiar conflictiva al ensamblar los dichos de quien ha sufrido el ataque del imputado y de aquellas personas que han podido estar en distintas situación de celos y diversos conflictos que han servido de contextos antes del ataque del imputado contra F. (voto del Dr. Carlos Mohamed Mussi sin disidencias) S. C. F. S/ LESIONES MPF-CI-03830-2018 SENTENCIA: 7 - 06/02/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Si la parte plantea una arbitrariedad tiene la obligación de presentarla, desarrollarla y establecer como ese yerro hace mella en el fallo y como conclusión el cambio sustancial de la decisión judicial. (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias)
B. M. E. S/ HOMICIDIO CALIFICADO(VICTIMA: J. M. V.) MPF-CI-03921-2018 SENTENCIA: 5 - 06/02/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Queda demostrado que la fundamentación del sentenciante para desechar la tipicidad de la agravante del art. 80 inc. 11 del CP es arbitraria pues basó su decisión en prueba de relativa utilidad y relevancia y omitió ponderar de forma conjunta y concatenada otras pruebas esenciales y que presentan verosimilitud para una diferente solución del caso. (voto del Dr. Adrián Fernando Zimmermann por la mayoría)
G. J. A. S/FEMICIDIO MPF-CI-01780-2018 SENTENCIA: 6 - 06/02/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
La prueba producida y su valoración nos permite recalificar el hecho mediante esta nueva sentencia de segundo grado. Por lo tanto corresponde condenar a G. por el delito del cual fuera acusado como femicidio calificado por el uso de arma de fuego, a título de autor de conformidad con los artículos 80 inciso 11, 41 bis y 45 del Código Penal y disponer su reenvío solo para la audiencia de imposición de pena (artículos 173 y 240 del CPP). (voto del Dr. Miguel Ángel Cardellla en minoría) G. J. A. S/FEMICIDIO MPF-CI-01780-2018 SENTENCIA: 6 - 06/02/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Concluyó así que no se trató de un acto automático, maquinal, ni “mató con lo que tenía a mano”; sino que, por el contrario, quedó en claro que comprendía la criminalidad del acto, optó por elementos vulnerantes (cuchillo y escopeta), en el caso del arma de fuego realizó las operaciones para desarrollar dicho poder -gatilló dos veces- y dirigió el disparo hacia zona vital de la víctima (pómulo izquierdo). (voto del Dr. Adrián Fernando Zimmermann) G. J. A. S/FEMICIDIO MPF-CI-01780-2018 SENTENCIA: 6 - 06/02/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Siendo que los agravios son insuficientes para rebatir lo resuelto de forma fundada pues los diversos argumentos defensistas están comprendidos en el análisis integral que realizó el Tribunal de Juicio, corresponde rechazar la impugnación contra la decisión que rechazó la inimiputabilidad del enjuiciado y estableció suficiencia en sus facultades mentales que le permitieron comprender la criminalidad del acto y dirigir sus acciones.(voto del Dr. Adrián Fernando Zimmermann) G. J. A. S/FEMICIDIO MPF-CI-01780-2018 SENTENCIA: 6 - 06/02/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Asiste razón al MPF sobre que los elementos que tuvo en cuenta el Tribunal para decir que no se acreditaron los requisitos para la agravante femicidio y descartar una relación asimétrica fueron testimoniales de peritos a los que no les fue encomendado determinar sobre violencia de género y destacando que la defensa trabajó en su teoría del caso por emoción violenta e inimputabilidad, y que nunca trabajó sobre femicidio. (voto del Dr. Adrián Fernando Zimmermann por la mayoría) G. J. A. S/FEMICIDIO MPF-CI-01780-2018 SENTENCIA: 6 - 06/02/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
De la lectura de la sentencia no surge ninguna contradicción en la valoración de estos testimonios que pudiera revertir el modo de como sucedió el hecho criminal. (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias)
B. M. E. S/ HOMICIDIO CALIFICADO(VICTIMA: J. M. V.) MPF-CI-03921-2018 SENTENCIA: 5 - 06/02/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN |