La presentación de la defensa es una presentación de nulidad autónoma por cosa juzgada írrita cuya competencia es asignada al Superior Tribunal de Justicia por el inc. c) del art. 207 de la Constitución Provincial y comprende todos los supuestos de revisión de una sentencia de cualquier fuero o instancia, estén o no reglamentados por ley. (voto del Dr. Adrián Fernando Zimmermann por sus fundamentos) P. E. D. S/ ABUSO SEXUAL MPF-RO-03215-2017 SENTENCIA: 49 - 13/05/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
La pretensión, de la revisión de un “auto procesal importante que ocasionen agravio al imputado”; ya tuvo la doble conformidad que le asiste a la imputada, tal como fue presentado en el rechazo a la queja. (voto de los Dres. Miguel Ángel Cardella y Carlos Mohamed Mussi)
U.F.T. N° 3 S/ INVESTIGACIÓN USO DE DOCUMENTO FALSO Y DEFRAUDACIÓN EN PERJUICIO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EN GRADO DE TENTATIVA) - LEY 5020 MPF-CI-02497-2018 SENTENCIA: 48 - 13/05/2020 - INTERLOCUTORIA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Corresponde rechazar in límine la acción de nulidad interpuesta por la defensa -contra la sentencia de condena-, a los fines de evitar dispendios jurisdiccionales, ello al observar un examen parcializado del que se arriban a conclusiones aparentes que apoyan una visión crítica que sustentan los fundamentos para calificar una nula actuación de la defensa y en consecuencia afectación al derecho de defensa en juicio. (voto del Dr. Carlos Mohamed Mussi) P. E. D. S/ ABUSO SEXUAL MPF-RO-03215-2017 SENTENCIA: 49 - 13/05/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Corresonde rechazar in límine el recurso de queja interpuesto por la defensa, por cuanto no estamos frente a una sentencia definitiva -la resolución que no hizo lugar a la retractación del querellado- y como un auto procesal importante ya ha tenido la revisión que establece el doble conforme a favor del acusado (artículo 228 CPP) y solo excepcionalmente se habilita la nueva instancia de revisión ante este Tribunal de Impugnación para el caso que procedan los supuestos del artículo 242 del CPP (Fallo TI “Henríquez”). (voto conjunto de los Dres. Miguel Ángel Cardella, María Rita Custet Llambí y Carlos Mohamed Mussi) L. H. A. C/ CH. H. A. S/ QUERELLA PRIVADA OJU-VI-00214-2019 SENTENCIA: 47 - 12/05/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
La producción y publicación de imágenes que contienen la representación de actividad sexual explícita y representación de las partes íntimas de la niña con fines predominantemente sexuales, en el marco de la situación de acoso y persecución virtual que describió la víctima -en un análisis integral de los hechos comprobados- no deja duda de que son atribuibles a S.M. correspondiendo la declaración de responsabilidad en orden al delito de producción y publicidad de pornografía infantil (voto del Dr. Carlos Mohamed Mussi) S. M., J. D. S/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL Y PRODUCCION Y PUBLICACION DE PORNOGRAFIA EN CONCURSO REAL.- MPF-RO-01051-2018 SENTENCIA: 45 - 11/05/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Corresponde hacer lugar al recurso de queja presentado por el señor defensor y revocar la resolución del juez con funciones de revisión en tanto al momento de fundar su decisión lo ha hecho en la inobservancia del Art. 3° de la ley 27304, y los art. 154 y subsiguientes del CPP, el cual establece el tiempo material que posee la acusación para arribar a un acuerdo con el imputado. (voto del Dr. Carlos Mohamed Mussi por la mayoría)
L. H. R.; L. J. D. Y OTROS S/ INVESTIGACION MPF-CI-00502-2017 SENTENCIA: 46 - 11/05/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Los hechos de condena conforman un delito continuado en razón de que el dolo del imputado abarca los tres abusos sexuales, los hechos tuvieron homogeneidad suficiente, el bien jurídico tutelado es el mismo, hay unidad de fin o de finalidad en los abusos cuya persistencia no es posible de cumplirse de una sola vez requiriendo varias conductas mientras pudiera aprovechar la vulnerabilidad de la menor. (voto del Dr. Adrián Fernando Zimmermann por sus fundamentos) S. M., J. D. S/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL Y PRODUCCION Y PUBLICACION DE PORNOGRAFIA EN CONCURSO REAL.- MPF-RO-01051-2018 SENTENCIA: 45 - 11/05/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
La implementación de estos acuerdos deberán ser realizados con total respeto por las garantías del proceso y así como el imputado colaborador deberá contar con la asistencia de un letrado, el resto de los imputados poseen el derecho de poder ejercer su defensa correctamente y desarrollar su defensa conociendo que otros imputados han optado por colaborar con el proceso mediante la utilización de esta figura. (voto del Dr. Carlos Mohamed Mussi por la mayoría)
L. H. R.; L. J. D. Y OTROS S/ INVESTIGACION MPF-CI-00502-2017 SENTENCIA: 46 - 11/05/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
El tiempo para realizar el mencionado acuerdo -imputado arrepentido- ya ha precluido; no puede el Fiscal sorprender al imputado en la etapa intermedia con información que le pueda aportar el ¨arrepentido¨, y que quizás pueda generar la posibilidad de que el imputado tenga que salir a producir evidencias que corroboren o nieguen su existencia. (voto del Dr. Carlos Mohamed Mussi por la mayoría) L. H. R.; L. J. D. Y OTROS S/ INVESTIGACION MPF-CI-00502-2017 SENTENCIA: 46 - 11/05/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
La sentencia ha desarrollado una serie de consideraciones para desvincular al imputado de la autoría del delito endilgado, cuya racionalidad no puede ser sometida a control puesto que el Tribunal de Juicio ha omitido fundar de manera lógica como han descreído de los dichos de la víctima quien brindó un preciso testimonio, con el resto del plantel de pruebas e indicios presentados por la Fiscalía.(voto del Dr. Carlos Mohamed Mussi)
S. M., J. D. S/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL Y PRODUCCION Y PUBLICACION DE PORNOGRAFIA EN CONCURSO REAL.- MPF-RO-01051-2018 SENTENCIA: 45 - 11/05/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN |