La fiscalía no solo no ha probado la mayoría de los extremos fácticos de su acusación (lo que ha llevado a tribunal de juicio a descartar fundadamente los restantes delitos por los que acusara al imputado) sino que no ha aportado, en el marco de las funciones que le caben, los extremos necesarios para tener por probado un contexto de violencia de género ni tampoco otra causa legitima y de relevancia que justifique la inasistencia de los testigos directos, y en particular la inasistencia de la víctima. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí por la mayoría) S. D. C/ G. E. R. S/AMENAZAS CALIFICADAS Y LESIONES LEVES AGRAVADAS POR LA RELACIÓN DE PAREJA Y MEDIAR VIOLENCIA DE GENERO MPF-RO-03301-2018 SENTENCIA: 51 - 18/05/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Respecto de las lesiones leves de las que da cuenta el médico Forense entiendo que es cierto que pueden tenerse por probadas, porque el galeno es testigo directo respecto de las mismas pero no ignoro que su testimonio es solo indirecto -como lo son los testimonios de los restantes testigos que comparecieron al debate- sobre los supuestos dichos de la joven respecto del mecanismo de producción de los golpes y, en especial, sobre la autoría de los mismos. No estamos para suponer quien produjo las lesiones y ni cómo las produjo, sino para controlar que efectivamente la acusación haya demostrado -con absoluto respeto al derecho de defensa- cada una de las proposiciones en que basó la acusación mas allá de toda duda razonable. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí por la mayoría)
S. D. C/ G. E. R. S/AMENAZAS CALIFICADAS Y LESIONES LEVES AGRAVADAS POR LA RELACIÓN DE PAREJA Y MEDIAR VIOLENCIA DE GENERO MPF-RO-03301-2018 SENTENCIA: 51 - 18/05/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
La sola prueba de que la señora presentaba lesiones no abastece la necesidad de acreditar la totalidad de los extremos fácticos enunciados en la acusación para imponer una condena penal, particularmente en lo referido al modo en que se llevó a cabo la conducta, destacándose la ausencia de elementos suficientes para la atribución de responsabilidad. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí por la mayoría)
S. D. C/ G. E. R. S/AMENAZAS CALIFICADAS Y LESIONES LEVES AGRAVADAS POR LA RELACIÓN DE PAREJA Y MEDIAR VIOLENCIA DE GENERO MPF-RO-03301-2018 SENTENCIA: 51 - 18/05/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Del análisis efectuado respecto a cada planteo efectuado por las defensas, se advierte que el decisorio en crisis ha ofrecido la pertinente respuesta. Las defensas insisten con idénticos planteos mostrando su disconformidad con lo resuelto por este Tribunal de Impugnación en instancia de revisión, pero omiten explicar de qué manera los pretendidos agravios resultan violatorios de los preceptos legales invocados en el marco del artículo 242 del CPPRN. (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias)
F. J. E. Y OTROS S/ ASOCIACION ILICITA MPF-CI-00433-2017 SENTENCIA: 50 - 18/05/2020 - INTERLOCUTORIA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
En el caso la declaración de los testigos policías respecto de lo que habría dicho el imputado al momento de realizarse la prevención y a lo largo de los sucesos en los que intervinieron en su carácter de agentes policiales, no podría válidamente ser ponderado por cuanto se estaría infringiendo flagrantemente no solo el principio de contradicción sino también la manda constitucional provincial del art. 22 que establece: “las declaraciones del imputado no son usadas en su contra, salvo que sean prestadas en presencia del juez de la causa y su defensor”. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí por la mayoría) S. D. C/ G. E. R. S/AMENAZAS CALIFICADAS Y LESIONES LEVES AGRAVADAS POR LA RELACIÓN DE PAREJA Y MEDIAR VIOLENCIA DE GENERO MPF-RO-03301-2018 SENTENCIA: 51 - 18/05/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
La sentencia dictada por este Tribunal de Impugnación garantizó el doble conforme de lo decidido, y las defensas pretenden una tercera instancia ordinaria con la intervención del Superior Tribunal de Justicia, lo cual resulta ajeno al sistema procesal vigente, toda vez que las impugnaciones extraordinarias, carecen de una presentación plausible del supuesto de arbitrariedad de sentencia y de las afectaciones constitucionales y convencionales que se denuncian, queda demostrado que estos recursos no satisfacen la exigencia de controvertir con eficacia los fundamentos de la resolución atacada, dado que sus críticas se limitan a cuestionar aspectos analizados y decididos, en el marco de la competencia funcional de este Cuerpo, sin aportar argumentos suficientes para demostrar, prima facie, la hipotética conculcación de los derechos que alegan; tampoco acreditan las arbitrariedades de la resolución, todo lo que obstaculiza el progreso de los agravios. (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias) F. J. E. Y OTROS S/ ASOCIACION ILICITA MPF-CI-00433-2017 SENTENCIA: 50 - 18/05/2020 - INTERLOCUTORIA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
La sentencia carece de elementos esenciales por lo cual no puede considerarse un acto jurisdiccional válido, correspondiendo declarar su nulidad de oficio, y la del debate precedente; y reenviar a los fines de que continúe el trámite (arts. 8, 13 último párrafo, 189 inc. 4), 224 in fine, 240 segundo párrafo a contrario sensu y 241 del CPP; art. 200 de la Constitución Provincial; arts. 18 y 75 inc. 22 de la Constitución Nacional; CADH; PIDCP). (voto del Dr. Adrián Fernando Zimmermann en disidencia)
S. D. C/ G. E. R. S/AMENAZAS CALIFICADAS Y LESIONES LEVES AGRAVADAS POR LA RELACIÓN DE PAREJA Y MEDIAR VIOLENCIA DE GENERO MPF-RO-03301-2018 SENTENCIA: 51 - 18/05/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Creo que no resulta necesario reenviar las actuaciones para la tramitación de un nuevo proceso, con el dispendio jusrisdiccional que ello implica cuando del análisis de todas las pruebas desarrolladas y del resultado de las mismas, surge que el plexo probatorio producido por la fiscalía resulta insuficiente para vincular al imputado con el hecho descripto en la plataforma fáctica. (voto del Dr. Carlos Mohamed Mussi por la mayoría) S. D. C/ G. E. R. S/AMENAZAS CALIFICADAS Y LESIONES LEVES AGRAVADAS POR LA RELACIÓN DE PAREJA Y MEDIAR VIOLENCIA DE GENERO MPF-RO-03301-2018 SENTENCIA: 51 - 18/05/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Corresponde revocar la sentencia que condenó al imputado por el delito de lesiones leves calificadas por el vínculo y absolver al mismo por el beneficio de la duda (art. 8 CPP, art. 18 CN, art. 8 CADH). (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí por la mayoría) S. D. C/ G. E. R. S/AMENAZAS CALIFICADAS Y LESIONES LEVES AGRAVADAS POR LA RELACIÓN DE PAREJA Y MEDIAR VIOLENCIA DE GENERO MPF-RO-03301-2018 SENTENCIA: 51 - 18/05/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Si bien es cierto que el motivo de revisión (defensa ineficaz) no está previsto en los cinco incisos del referido artículo 252 del rito, no puede desconocerse que sólo el máximo Tribunal de la provincia tiene asignada competencia de revisión en materia penal (art. 207 inc. c) de la Constitución Provincial) “de una sentencia firme, en todo tiempo y únicamente a favor del condenado” (art. 252). (voto del Dr. Adrián Fernando Zimmermann por sus fundamentos) P. E. D. S/ ABUSO SEXUAL MPF-RO-03215-2017 SENTENCIA: 49 - 13/05/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN |