Este Tribunal de Impugnación debe resolver dentro de los límites de la jurisdicción establecida por la ley sin transgredir los márgenes impuestos por el principio de preclusión procesal y sin desconocer que sólo tiene competencia para realizar el doble conforme o revisión integral de las cuestiones que en la sentencia de fecha 19/12/19 se analizaron y resolvieron por primera vez en contra del imputado como consecuencia de las impugnaciones de los acusadores (art. 240, CPP; art. 8.2.h, CADH; art. 14.5, PIDCP). (voto del Dr. Adrián Fernando Zimmermann sin disidencias) H. A. A. C/ Q. J. A. S/ FEMICIDIO EN GRADO DE TENTATIVA - LEY 5020 MPF-RO-00015-2019 SENTENCIA: 64 - 10/06/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
El encuadramiento en el delito de femicidio surge con meridiana claridad de la existencia de una situación de violencia de género que fue considerada con debida diligencia en las sentencias precedentes y por las partes acusadoras, no solo por la forma en que fue atacada, ya que se encontraba en una situación de notable desventaja y vulnerabilidad (física, psicológica y del ámbito espacial -casa de los padres del imputado-), sino fundamentalmente por las motivaciones de la agresión por parte de quien la trataba como un objeto de su dominio, la maltrataba y pretendía manejar la forma de comportarse de la víctima. (voto del Dr. Adrián Fernando Zimmermann sin disidencias) H. A. A. C/ Q. J. A. S/ FEMICIDIO EN GRADO DE TENTATIVA - LEY 5020 MPF-RO-00015-2019 SENTENCIA: 64 - 10/06/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
La crítica de la Defensa es insuficiente para rebatir el fundamento de la sentencia de fecha 19/12/19 en cuanto sostuvo que resulta desconectado con la conducta precedente, tanto en el aspecto objetivo como subjetivo, puesto que ese pedido de perdón es la conducta relativa al círculo de violencia donde el agresor daña o mata a la víctima (a quien considera objeto de su dominio y sumisión) y luego se muestra arrepentido. (voto del Dr. Adrián Fernando Zimmermann sin disidencias) H. A. A. C/ Q. J. A. S/ FEMICIDIO EN GRADO DE TENTATIVA - LEY 5020 MPF-RO-00015-2019 SENTENCIA: 64 - 10/06/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Existe una amenaza de pena que excede el límite para su cumplimiento condicional siendo el quantum de la sanción en concreto (dieciocho años de prisión) lo que refuerza el interés que se pretende asegurar a través de la presencia de M., es decir, el efectivo cumplimiento de tal pena. La restricción cautelar de la libertad en autos es acorde con el principio de proporcionalidad, en virtud de la modalidad de la pena seleccionada, que no podrá ser dejada en suspenso, a la vez que también obedece a la exigencia de la necesidad, por resultar absolutamente indispensable para lograr tal cumplimiento efectivo y no existir una medida cautelar menos gravosa que cuente con la misma idoneidad, todo ello en función de las particulares condiciones ventiladas. (voto del Dr. Adrián Fernando Zimmermann)
F. J. E. Y OTROS S/ ASOCIACION ILICITA MPF-CI-00433-2017 SENTENCIA: 62 - 09/06/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Si bien la situación pandémica del coronavirus (COVID-19) tiene la potencialidad de afectar a las personas que se encuentran privadas de su libertad, las previsiones de prevención han sido asumidas y se están cumpliendo por parte del Estado provincial (so riesgo de exigírsele su cumplimiento en tiempo y forma), motivo por el cual carece de andamiento el argumento en abstracto de la Defensa de que M. estaría en alguna situación de riesgo diferente al de la sociedad en general. (voto del Dr. Adrián Fernando Zimmermann) F. J. E. Y OTROS S/ ASOCIACION ILICITA MPF-CI-00433-2017 SENTENCIA: 62 - 09/06/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
La decisión del Tribunal de juicio, es concreta y los agravios expresados por el defensor son dogmáticos, esto es, no demuestran la afectación que sustenta por lo tanto se transforma en un mero desacuerdo con el rechazo de la solicitud de una prisión preventiva domiciliaria. (voto conjunto de los Dres. Miguel Ángel Cardella y María Rita Custet Llambi por sus fundamentos)
F. J. E. Y OTROS S/ ASOCIACION ILICITA MPF-CI-00433-2017 SENTENCIA: 62 - 09/06/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
El artículo citado -art. 110 del CPP- de ninguna manera exime al Tribunal de fundar los motivos por los cuales deniega la petición desde que “la libertad ambulatoria y los demás derechos y garantías reconocidos a toda persona por este Código y la Constitución de la Provincia solo podrán ser restringidos cuando fundadamente se presumiere que el acusado pudiere eludir el accionar de la justicia….” (art. 99 ult párrafo en conc. Art. 9 CPP). (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencia) M. G. M. M. C/ S. M. C. A. S/ TENTATIVA DE FEMICIDIO, PORTACION ILEGAL DE ARMA DE FUEGO Y DAÑO MPF-BA-01746-2019 SENTENCIA: 61 - 08/06/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
La situación general de COVId19 no se erige en una circunstancia que en el orden general conlleve el imperativo de morigerar o suprimir las privaciones cautelares de libertad, máxime cuando la persona imputada no encuadra en ninguno de los grupos de riesgo. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencia) M. G. M. M. C/ S. M. C. A. S/ TENTATIVA DE FEMICIDIO, PORTACION ILEGAL DE ARMA DE FUEGO Y DAÑO MPF-BA-01746-2019 SENTENCIA: 61 - 08/06/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
La perspectiva de género es un enfoque obligado justamente para garantizar la imparcialidad de los jueces ante un contexto de desigualdad en el orden social (Vertido c. Filipinas, Cedaw, ONU) y por el contrario a lo sostenido por la defensa, no implica imparcialidad alguna sobre el análisis de los hechos y el derecho (TIP Se 231/19, 31/20, 35/20 entre otras). (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencia) M. G. M. M. C/ S. M. C. A. S/ TENTATIVA DE FEMICIDIO, PORTACION ILEGAL DE ARMA DE FUEGO Y DAÑO MPF-BA-01746-2019 SENTENCIA: 61 - 08/06/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Entiendo que tratándose de la prisión preventiva la excepción y no la regla hasta tanto la condena no quede firme el inc. 4 del art. 110 del CPP no puede interpretarse invirtiendo tal regla. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencia) M. G. M. M. C/ S. M. C. A. S/ TENTATIVA DE FEMICIDIO, PORTACION ILEGAL DE ARMA DE FUEGO Y DAÑO MPF-BA-01746-2019 SENTENCIA: 61 - 08/06/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN |