La impugnación presentada es inadmisible, porque este Tribunal de Impugnación no es una tercera instancia para revisión ordinaria. Como se ha sostenido: “…el CPP no prevé impugnación contra la resolución no definitiva que dicten los integrantes del Foro de Jueces en su función de revisión o el Tribunal revisor del art. 264 del CPP, por ausencia de impugnabilidad objetiva (art. 222 primer párrafo en función de los arts. 25 inc. 1 y 224 del CPP)…” (TI, “Henriquez” del 4/2/19, “Baldebenito” del 7/12/18, entre otros). (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias)
A.R. A. S/ INF. ART 205 Y 239 CP, DESOBEDIENCIA A UNA ORDEN JUDICIAL, VIOLACIÓN DE DOMICILIO EN CONCURSO REAL CON AMENAZAS AGRAVADAS POR EL USO DE ARMA MPF-CA-00612-2020 SENTENCIA: 151 - 14/09/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
La prisión preventiva es la máxima coerción personal que establece el Código y procede cuando no exista otra medida para asegurar la investigación y los fines del proceso. De hecho el art. 109 establece que procede la privación de libertad cuando “las demás medidas cautelares o de coerción personal fueran insuficientes para asegurar los fines del procedimiento”, lo cual concuerda con los principios dispuestos en el art. 7 y 100. En ese marco no es posible generalizar la procedencia o improcedencia para todas las situaciones, por el contrario, el Superior Tribunal de Justicia ha sostenido “la necesidad de analizar en cada caso las circunstancias que permitan inferir tal riesgo de entorpecimiento de la investigación o de elusión de la acción de la justicia, contexto en el que cobra especial significación el mérito que resulta de las constancias del expediente” (STJ 268/16, “Forno”). (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias)
A.R. A. S/ INF. ART 205 Y 239 CP, DESOBEDIENCIA A UNA ORDEN JUDICIAL, VIOLACIÓN DE DOMICILIO EN CONCURSO REAL CON AMENAZAS AGRAVADAS POR EL USO DE ARMA MPF-CA-00612-2020 SENTENCIA: 151 - 14/09/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Los indicios probatorios carecen de hechos base plenamente probados y el referido a la expresión amenazante en sí misma resulta débil porque es un hecho intermedio que no permite llegar de forma unívoca a la existencia del elemento físico arma de fuego por medio de un razonamiento basado en el nexo causal y lógico. (voto del Dr. Adrián Fernando Zimmermann por sus fundamentos)
C. E.E. C/ S. P. V. G.S/ AMENAZAS CALIFICADAS MPF-VI-01753-2019 SENTENCIA: 150 - 14/09/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Al Foro de Jueces le corresponde la función de revisión de toda decisión tomada en la etapa de la investigación penal preparatoria o en la etapa de juicio. Mientras que, a este Tribunal de Impugnación le corresponde la revisión de las sentencias, sobre el que aplica el principio convencional del doble conforme. (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias) COMISARIA 28 S/ INVESTIGACION ROBO CALIFICADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO, LESIONES Y PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LA LIBERTAD (VCTMA E. N.) MPF-BA-01688-2020 SENTENCIA: 147 - 07/09/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Corresponde rechazar in límine el recurso de hecho interpuesto por las defensas, ya que este Tribunal de Impugnación carece de competencia funcional para admitir el recurso de hecho interpuesto pues la resolución atacada es irrecurrible (ver considerando 5.- de la Se. 16/19 “Henriquez”). (voto del Dr. Adrián Fernando Zimmermann por sus fundamentos) M. F. C. W. (F) C/R.S. R. Q., J. A., E. K. S. Y B. R. B., D. R. S/ HOMICIDIO CALIFICADO MPF-RO-03871-2019 SENTENCIA: 146 - 07/09/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Corresponde rechazar la queja in límine y ordenar se continué el proceso en tanto deviene improcedente su suspensión por encontrarse agotada “la instancia de control” que como presupuesto de tal efecto prevé el artículo 226 del CPP. (voto conjunto de los Dres. Miguel Ángel Cardella y María Rita Custet Llambí) M. F. C. W. (F) C/R.S. R. Q., J. A., E. K. S. Y B. R. B., D. R. S/ HOMICIDIO CALIFICADO MPF-RO-03871-2019 SENTENCIA: 146 - 07/09/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
El sistema recursivo, no genera una tercera revisión ordinaria, ni viabiliza la intervención de todos los órganos superiores del sistema judicial. Solo tiene una vía prevista en el artículo 27 del CPP. En este caso, tal revisión ya ha existido y se ha confirmado la resolución del Juez de Garantía. (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias)
COMISARIA 28 S/ INVESTIGACION ROBO CALIFICADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO, LESIONES Y PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LA LIBERTAD (VCTMA E. N.) MPF-BA-01688-2020 SENTENCIA: 147 - 07/09/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
El recurso es inadmisible por cuanto la decisión que impugna la Defensa tuvo el doble conforme en los términos de los artículos 26 y 27 del Código Procesal, por ende, no existe en el caso impugnabilidad objetiva. (voto conjunto de los Dres. Miguel Ángel Cardella y María Rita Custet Llambí) M. F. C. W. (F) C/R.S. R. Q., J. A., E. K. S. Y B. R. B., D. R. S/ HOMICIDIO CALIFICADO MPF-RO-03871-2019 SENTENCIA: 146 - 07/09/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
El sistema recursivo tiene previsto que para la revisión de toda decisión tomada en la etapa del juicio, es decir durante su tramitación, esa actividad será llevada adelante por el Foro de Jueces Penales que determine la Oficina Judicial (artículos 20, 25, 26 y 27 del CPP). Esto se denomina control horizontal. (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella por sus fundamentos)
C. B.Y OTRA (M.) C/ C. L. A. S/ ABUSO SEXUAL AGRAVADO MPF-BA-03511-2019 SENTENCIA: 142 - 04/09/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
La Acusación no ha logrado demostrar en el recurso la falta de razonabilidad de los parámetros ponderados, ni que el monto determinado sea desproporcionado. (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias )
M. I. B. S/ HOMICIDIO CALIFICADO - LEY 5020 MPF-CI-00213-2017 SENTENCIA: 141 - 04/09/2020 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN |