En los casos de asimetrías de poder (como se expresa en la sentencia, sin que la defensa se oponga), siempre deben tenerse en cuenta estas situaciones dentro del contexto. Así, el Tribunal toma su decisión con una mirada de género, apreciando las pruebas producidas en el debate y el modo que el las valora. (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias) M.R. / ABUSO SEXUAL MPF-BA-00027-2018 SENTENCIA: 18 - 18/02/2022 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Este Tribunal de Impugnación, para los delitos contra la integridad sexual, se guía por un marco normativo y legislativo especial sobre la valoración de la prueba. Sostenemos la existencia de un “estándar probatorio” -en los casos que existe el testimonio único de la mujer víctima de violencia sexual-, y la declaración de la víctima se constituye en prueba fundamental y debe vincularse con otros indicios, que otorguen elementos corroborantes que aporten solidez, de modo independiente, en modo igualitario a la versión de la acusación que habilita a la condena o no supera el límite de la duda razonable (Espinoza-STJ-97/14 - Jaque -TIP -23/19). (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias) M.R. / ABUSO SEXUAL MPF-BA-00027-2018 SENTENCIA: 18 - 18/02/2022 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
La sentencia se sostiene bajo una mirada de género frente a los delitos de violencia sexual contra una mujer. Ante esta circunstancia juezas y jueces debemos resolver con perspectiva de género, “como criterio de interpretación de la normativa aplicable, de los hechos y de las pruebas del caso, parte de la consideración de la situación de discriminación en que se hallan las mujeres y ha sido concebida por un sistema normativo que obliga a la adopción de políticas públicas a las que el Poder Judicial no es ajeno (Carus-STJ-2018 y sus precedentes “Varela-STJ-2016” y “Cortés-STJ-2017”). (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias) M.R. / ABUSO SEXUAL MPF-BA-00027-2018 SENTENCIA: 18 - 18/02/2022 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
El imputado tuvo la intención de disparar contra la persona de R. en varias ocasiones, eso lleva a que la valoración realizada en la sentencia sobre el cuadro de situación que corroboramos, uso de un arma de fuego, cantidad de disparos, la cercanía entre víctima y victimario infiere el desarrollo de una conducta que da cuenta de una intención de matar mediante un dolo eventual (Aravena STJ 19/2/18). (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias) U.F.T. 2 - INVESTIGACIÓN S/ HOMICIDIO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO MPF-VI-03211-2020 SENTENCIA: 20 - 18/02/2022 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
La doctrina hace referencia a las declaraciones testificales de referencia como una fuente de corroboración. Esas referencias, son aquellas pruebas indirectas que se utilizan para testar la fiabilidad del testimonio, pues si lo que el testigo de oídas afirma que le fue referido por la víctima (testigo directo), coincide exactamente con lo que se ventila en la audiencia de juicio, allí el caso encuentra solvencia, cuando existen varios testigos de referencia de procedencia diversa y lo que narran es coherente y convergente. (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias) M.R. / ABUSO SEXUAL MPF-BA-00027-2018 SENTENCIA: 18 - 18/02/2022 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Un agravio aplica contra un incumplimiento de una forma procesal cuando acredita una arbitrariedad y debe explicarse por qué se ha causado una afectación de los derechos de quien lo reclama, y cómo ha incidido ese vicio en el resultado del proceso. No señala cómo no pudo defenderse, de qué evidencia no pudo valerse para desarrollar la estrategia defensiva -por ejemplo-. (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias) M.R. / ABUSO SEXUAL MPF-BA-00027-2018 SENTENCIA: 18 - 18/02/2022 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
Aun en la hipótesis de que la denunciante fuera una persona conflictiva ello no implica que no pueda ser víctima de abuso sexual, ni tal condición en todo caso desvirtúa el meticuloso análisis que realiza la sentencia para darle fiabilidad a la información que la misma aportó y llegar a la conclusión condenatoria luego de contrastar la misma con otras pruebas externas y descartar una falsa de denuncia. Al efecto me remito a la totalidad de los argumentos dados por la sentencia en orden a la brevedad y en función de que los mismos no han sido cuestionados por la defensa. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias) B.M.C. C/ C.J.A. S/ ABUSO SEXUAL MPF-BA-06328-2018 SENTENCIA: 16 - 17/02/2022 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
El testimonio de la víctima es una prueba fundamental sobre los hechos pero que por si solo no alcanza para tener por probado un hecho, pues la pregunta relevante no es si el testimonio de la víctima es creíble o no, sino si el mismo es apto para probar la acusación. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias) B.M.C. C/ C.J.A. S/ ABUSO SEXUAL MPF-BA-06328-2018 SENTENCIA: 16 - 17/02/2022 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
La defensa prestó conformidad para que la declaración de la denunciante se realice dentro del marco del anticipo jurisdiccional de prueba, por lo cual no puede pretender contra sus propios actos que tal anticipo ha sido mal incorporado. En la audiencia que la misma prestó declaración se encontraba presente la defensa y tuvo la oportunidad de contra-interrogar a la testigo. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias) B.M.C. C/ C.J.A. S/ ABUSO SEXUAL MPF-BA-06328-2018 SENTENCIA: 16 - 17/02/2022 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN | ||
El defensor esgrime la improcedencia de la condena por la portación de arma de guerra, respecto de la que considera que hay una errónea valoración, ya que fue acreditada la necesidad de su empleo y hay una ausencia de dolo por parte de S. en la situación fáctica. En efecto respecto de este punto también asiste razón a la defensa. En principio porque quedó acreditado que S. toma el arma y aparece en escena cuando P. ya se encontraba agrediendo a Pino y disparando varios tiros hacia la adolescente C. en el marco de una legítima defensa de un tercero. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias)
SILVA CRISTIAN GONZALO S/ HOMICIDIO MPF-CI-01728-2020 SENTENCIA: 15 - 16/02/2022 - DEFINITIVA TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN |