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Busqueda realizada: sentencia definitiva (Todas las Palabras) | entre el 01/01/2018 y el 31/12/2021

Mostrando 1-3 de 3 elementos.

JUICIO DE DESALOJO - SENTENCIA NO DEFINITIVA

Atento el acotado proceso que reviste la acción de desalojo es dable señalar que lo resuelto no afecta los derechos reales que pudiera haber adquirido el demandado por el transcurso del tiempo sobre el bien en cuestión. Derechos que no siempre resultan susceptibles de demostración en trámites como el presente y por ello, es imprescindible que su reconocimiento deba ser desarrollado en otro proceso de conocimiento amplio, citando a todas las personas que a su criterio puedan disputar los derechos patrimoniales pretendidos (cf. STJRNS1 Se. 40/20 "COOPERATIVA 1° DE MAYO"). (Voto del Dr. Mansilla, Dra. Zaratiegui y Dr. Barotto sin disidencia)


MATAMALA, HECTOR LUIS S-QUEJA EN: ISIDRO, FLAVIO C /MATAMALA, HECTOR LUIS S /DESALOJO S/ QUEJA (c)

CS1-828-STJ2021

SENTENCIA: 35 - 07/06/2021 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

JUICIO DE DESALOJO - SENTENCIA NO DEFINITIVA

En relación a las sentencias recaídas en juicio de desalojo este Cuerpo ha señalado de manera específica su ausencia de definitividad por no hacer cosa juzgada, pues las cuestiones de dominio o preferente derecho posesorio podrán ser invocadas por las partes en otro proceso conforme lo dispone el art. 665 del CPCyC, adjudicándose un valor provisional a dicho resolutorio, limitado solamente al desalojo que desestime o decrete (cf. STJRNS1 Se. 20/20 "FERNÁNDEZ"; Se. 46/12 "PARSONS"). (Voto del Dr. Mansilla, Dra. Zaratiegui y Dr. Barotto sin disidencia)


MATAMALA, HECTOR LUIS S-QUEJA EN: ISIDRO, FLAVIO C /MATAMALA, HECTOR LUIS S /DESALOJO S/ QUEJA (c)

CS1-828-STJ2021

SENTENCIA: 35 - 07/06/2021 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE CASACION - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - SENTENCIA NO DEFINITIVA - JUICIO DE DESALOJO

En relación a las sentencias recaídas en juicio de desalojo este Cuerpo ha señalado de manera específica su ausencia de definitividad por no hacer cosa juzgada, pues las cuestiones de dominio o preferente derecho posesorio podrán ser invocadas por las partes en otro proceso conforme lo dispone el art. 665 del CPCyC, adjudicándose un valor provisional a dicho resolutorio, limitado solamente al desalojo que desestime o decrete (cf. STJRNS1: Se. 46/12, in re: “PARSONS”). Para cuestionar la sentencia de desalojo, debe el recurrente probar que el derecho invocado como defensa de su pretensión no puede encontrar satisfacción mediante otro procedimiento. Dicho extremo no se encuentra evidenciado en autos y su falta de cumplimiento determina por sí sola el rechazo de la queja en examen, sin necesidad de ingresar al análisis de los restantes agravios (cf. STJRNS1: Se. 7/16, in re: “SALAZAR”). (Voto de la Dra. Zaratiegui, Dr. Apcarián y Dra. Piccinini sin disidencia)


MAKAC, RAUL C/ ROA, ELISEO S / DESALOJO (Sumarísimo) S/ CASACION

PS2-336-STJ2017

SENTENCIA: 9 - 15/03/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1