Sumarios STJ

Sumarios Seleccionados:

Busqueda realizada: sentencia definitiva (Todas las Palabras) | entre el 01/01/2018 y el 31/12/2021

Mostrando 61-70 de 117 elementos.

SENTENCIA DEFINITIVA - CONCEPTO - DOCTRINA DEL SUPERIOR TRIBUNAL

Este Cuerpo ha señalado que sentencias definitivas son aquellas que finalizan el pleito o la causa y concluyen el proceso o hacen imposible su continuación. Su carácter esencial consiste en el efecto conclusivo de la decisión con relación al proceso, en primer término y el agotamiento de la cuestión planteada, en segundo lugar. Aquello ocurre por la resolución de la causa en la culminación de las instancias ordinarias sin posibilidad de renovar su examen ex novo ed in totum ante un tribunal de grado superior y dentro del mismo proceso; esto, por la extinción de la acción sin posibilidad de replantear la misma cuestión por otra vía o su revisión en un nuevo proceso. Si la causa puede proseguir con plenitud en el mérito, o si el asunto puede renovarse en otro juicio, no existe, por regla, sentencia definitiva (cf. STJRNS1 Se. 63/16 "SALGAR"). (Voto del Dr. Apcarian, Dra. Zaratiegui y Dr. Mansilla por la mayoría)


FERNANDEZ, NATALIA VANESA Y OTRO C /ALONSO, CESAR DANIEL Y OTRA S /DESALOJO (SUMARISIMO) S/ CASACION (EX-29107/17)

B-3BA-59-C2012

SENTENCIA: 20 - 05/06/2020 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

QUEJA - IMPROCEDENCIA - SENTENCIA NO DEFINITIVA - FUNDAMENTACIÓN DEL RECURSO

Cuando el recurso de queja es interpuesto contra una resolución que no constituye una típica sentencia definitiva, cabe exigir al presentante la cabal demostración de que concurren circunstancias especiales de irreparabilidad, extremo que en manera alguna puede tenerse por probado mediante meras afirmaciones sin argumentar siquiera de modo concreto cual sería el daño irreparable que alegan ocasiona el pronunciamiento. (Voto de la Dra. Zaratiegui, Dr. Apcarian y Dr. Mansilla sin disidencia)


COOPERATIVA DE TRABAJO 1° DE MAYO Y OTRO S-QUEJA EN: LOPEZ, MARIO LEONARDO C /COOPERATIVA DE TRABAJO 1° DE MAYO S /DESALOJO (SUMARISIMO) S/ QUEJA

PS2-1012-STJ2020

SENTENCIA: 40 - 17/09/2020 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL - IMPROCEDENCIA - SENTENCIA NO DEFINITIVA

Se observa la ausencia de otro presupuesto ineludible a fin de la habilitación de la instancia extraordinaria federal, como lo es la existencia de "sentencia definitiva" (art. 3 inc. a. Acordada 4/2007 de la CSJN). (Voto del Dr. Mansilla, Dr. Apcarian y Dra. Zaratiegui sin disidencia)


GONZALEZ, FLORENCIO ANTONIO C/ COLICHEO, FLORENTINO Y OTROS S / INTERDICTO (Sumarísimo) S/ CASACION

B-2RO-133-C2015

SENTENCIA: 33 - 26/08/2020 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

SENTENCIA DEFINITIVA - CONCEPTO - DOCTRINA DEL SUPERIOR TRIBUNAL

Este Cuerpo ha señalado que sentencias definitivas son aquellas que finalizan el pleito o la causa y concluyen el proceso, o hacen imposible su continuación. Su carácter esencial consiste en el efecto conclusivo de la decisión con relación al proceso, en primer término y el agotamiento de la cuestión planteada, en segundo lugar. Aquello ocurre por la resolución de la causa en la culminación de las instancias ordinarias sin posibilidad de renovar su examen ante un Tribunal de grado superior y dentro del mismo proceso; esto, por la extinción de la acción sin posibilidad de replantear la misma cuestión por otra vía o su revisión en un nuevo proceso. Si la causa puede proseguir con plenitud en el mérito, o si el asunto puede renovarse en otro juicio, no existe, por regla, sentencia definitiva (cf. STJRNS1 Se. 20/20 "FENÁNDEZ"; Se. 63/16 "SALGAR"; Se. 24/18 ''M.M.E.'' y Se. 88/18 "ARIDEROS S.R.L."). (Voto del Dr. Mansilla, Dra. Zaratiegui y Dr. Barotto sin disidencia)


MATAMALA, HECTOR LUIS S-QUEJA EN: ISIDRO, FLAVIO C /MATAMALA, HECTOR LUIS S /DESALOJO S/ QUEJA (c)

CS1-828-STJ2021

SENTENCIA: 35 - 07/06/2021 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL - REQUISITOS - SENTENCIA DEFINITIVA

Es condición de procedencia formal del recurso extraordinario que la sentencia apelada revista el carácter de definitiva en los términos del artículo 14 de la Ley 48. Según jurisprudencia consolidada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, son consideradas sentencias definitivas, las que ponen fin al pleito o causan un agravio de imposible o insuficiente reparación ulterior (cf. CSJN, 15/06/2004, T. 327, P. 2406; 11/07/2006, T. 329, P. 2620; 18/12/2002, T. 325, P. 3476; 09/05/2000, T. 323, P. 1084). El fundamento de tal exigencia se basa en la naturaleza excepcional del recurso extraordinario, que solo debe dirigirse en contra de una decisión final del pleito en el cual se encuentre oportunamente planteada la cuestión federal, para que el Máximo Tribunal pueda dirimir en él, en última instancia, manteniendo así la supremacía constitucional (cf. PALACIO DE CAEIRO, Silvia B., Recurso Extraordinario Federal, Ed. Alveroni, 1997, pág. 101). (Voto del Dr. Apcarian, Dra. Zaratiegui y Dra. Piccinini sin disidencia)


TABORDA, CAROLINA BEATRIZ C /PROVINCIA DE RIO NEGRO S /CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO S/ APELACION (c)

CS1-519-STJ2018

SENTENCIA: 74 - 27/09/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

EQUIPARACIÓN DE SENTENCIA A DEFINITIVA - SANCIONES DISCIPLINARIAS ADMINISTRATIVAS

No se advierte suficientemente acreditado que se dé un supuesto de irreparabilidad que -a los fines de la vía recursiva- permita asimilar la resolución recurrida a la categoría de "sentencia definitiva", como lo ha insinuado el recurrente en su expresión de agravios, porque en todo caso el perjuicio aludido se vincula con los efectos de la sanción. Aquí parece confundirse el perjuicio propio derivado de la sanción, con el generado por el Auto Interlocutorio que desestima la cautelar. En efecto, sabido es que la función administrativa, en el caso en uso de la potestad sancionatoria, se ejerce, entre otros propósitos, en resguardo del interés público; interés este que en autos se relaciona con la protección a la salud de los ciudadanos en el ejercicio ético de la psicología. Y es el Tribunal de Etica la autoridad competente para determinar si el obrar de un profesional interfiere con tales objetivos. El daño patrimonial que la sanción -sumario previo- ocasiona ex profeso, es justamente un perjuicio perseguido y por ello no puede transformarse en la razón que justifique el levantamiento de los efectos propios de la sanción, que como Acto Administrativo tiene los atributos propios de la presunción de legitimidad y su correspondiente ejecutoriedad. Ello, por cuanto lo que si resultaría irreparable es la violación a las normas de ética, o un ejercicio no acorde a las normas que regulan la profesión. (Voto de la Dra. Zaratiegui y Dr. Apcarian por la mayoría)


MARIN CLAUDIO MARCELO C/ COLEGIO DE PSICOLOGOS ALTO VALLE ZONA OESTE S / CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO S/ APELACION (c)

C-4CI-210-CC2018

SENTENCIA: 1 - 04/02/2019 - INTERLOCUTORIA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECUSACIÓN CON CAUSA - SENTENCIA NO DEFINITIVA - DOCTRINA DE LA CORTE

La Corte Suprema de Justicia de la Nación tiene dicho que "la recusación con causa no tiene el carácter de sentencia definitiva a los fines del recurso extraordinario, máxime si el fallo impugnado cuenta con suficientes fundamentos de derecho procesal, sin que se advierta que lo resuelto resulte irrazonable" (cf. CSJN, in re: "UNION CIVICA RADICAL", Se. del 31 de mayo de 1999). (Voto del Dr. Mansilla, Dr. Apcarian, Dra. Piccinini y Dr. Barotto sin disidencia)


M., Y. V. S / QUEJA EN : N., J. C / M.,, Y. V. S / RESPONSABILIDAD PARENTAL N°11474-15 S / INCIDENTE DE RECUSACION (F) S/ QUEJA

PS2-821-STJ2019

SENTENCIA: 42 - 24/05/2019 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL - IMPROCEDENCIA - SENTENCIA NO DEFINITIVA

De forma palmaria se observa la ausencia de un presupuesto ineludible a fin de la habilitación de la instancia extraordinaria federal, como lo es la existencia de "sentencia definitiva". (Voto de los Dres. Apcarian, Barotto y Mansilla sin disidencia)


BRUSAIN, ARMANDO SILVERIO S / QUEJA EN : NAJUL, ENRIQUE A. C / BRUSAIN, ARMANDO S. Y OTROS S / ORDINARIO S/ QUEJA

PS2-491-STJ2018

SENTENCIA: 45 - 04/06/2019 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

SENTENCIA DEFINITIVA - CONCEPTO - DOCTRINA DEL SUPERIOR TRIBUNAL

''Sentencia definitiva es la que termina el pleito o la causa, y concluye el proceso, o hace imposible su continuación. Su carácter esencial consiste en el efecto conclusivo de la decisión con relación al proceso, en primer término, y al agotamiento de la cuestión planteada, en segundo lugar. Aquello ocurre por la resolución de la causa en la culminación de las instancias ordinarias sin posibilidad de renovar su examen ex novo ed in totum ante un Tribunal de grado superior y dentro del mismo proceso; esto, por la extinción de la acción sin posibilidad de replantear la misma cuestión por otra vía y en un nuevo proceso. Si la causa puede proseguir con plenitud en el mérito, o si el asunto puede renovarse en otro juicio, no existe, por regla, sentencia definitiva'' (cf. STJRNS1 Se. 24/18 ''M.M.E.''; Se. 100/18 "ARIDEROS"). (Voto de la Dra. Zaratiegui, Dr. Barotto y Dra. Piccinini por la mayoría)


VICENTE ROBLES S.A.M.C.I.C.I.F. S / QUEJA EN : VICENTE ROBLES S.A.M.C.I.C.I.F. C / PROVINCIA DE RIO NEGRO S / BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS (CC) S/ QUEJA (c)

CS1-824-STJ2021

SENTENCIA: 49 - 06/07/2021 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

SENTENCIA NO DEFINITIVA - DESALOJO - DOCTRINA DEL SUPERIOR TRIBUNAL

En relación a las sentencias recaídas en juicio de desalojo se ha postulado de manera específica su ausencia de definitividad por no hacer cosa juzgada pues las cuestiones de dominio o preferente derecho posesorio podrán ser invocadas por las partes en otro proceso, conforme lo dispone el art. 665 del CPCyC, adjudicándose un valor provisional a dicho resolutorio, limitado solamente al desalojo que desestime o decrete (cf. STJRNS1 Se. 46/12 "PARSONS"). (Voto del Dr. Apcarian, Dra. Zaratiegui y Dr. Mansilla por la mayoría)


FERNANDEZ, NATALIA VANESA Y OTRO C /ALONSO, CESAR DANIEL Y OTRA S /DESALOJO (SUMARISIMO) S/ CASACION (EX-29107/17)

B-3BA-59-C2012

SENTENCIA: 20 - 05/06/2020 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1