Sumarios STJ

Sumarios Seleccionados:

Busqueda realizada: regulacion de honorarios (Frase Completa)

Mostrando 1-10 de 30 elementos.

RECURSO DE CASACION - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - REGULACION DE HONORARIOS - HONORARIOS DEL PERITO - PERITO CONTADOR - PERITO DE OFICIO - COSTAS - COSTAS AL VENCIDO - FONDOS DEL PRESUPUESTO DEL PODER JUDICIAL - ESTADO PROVINCIAL - INTERPRETACION DE LA LEY

<84166> Fijada así la controversia, se impone resolver la correcta interpretación del art. 8 de la Ley H 2959, que dice: “Los créditos por gastos reconocidos y honorarios regulados en los procesos judiciales a peritos u otros auxiliares de la justicia designados de oficio que estén a cargo del Estado, cuando éste no haya sido parte litigante en el proceso, ni condenado en costas, serán abonados con fondos del Presupuesto del Poder Judicial”. Para tal fin, seguiré las pautas interpretativas fijadas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación “en cuanto a que ‘la primera fuente de exégesis de la ley es su letra’ (Fallos: 304:1820; 314:1849) y que ‘no se le debe dar un sentido que ponga en pugna sus disposiciones, sino el que las concilie y conduzca a una integral armonización de sus preceptos’ (Fallos: 313:1149)” (CSJN, “F., A. L. s/ medida autosatisfactiva”, del 13-03-12, consid. 18º; citada en [STJRNSP in re “ANSOLA” Se. 114/12 del 02-07-12] y [STJRNSP in re “LEON” Se. 174/12 del 22-10-12]). En esta línea de pensamiento, es la opinión de la Fiscalía de Estado la que se ajusta a la letra de la ley, en función de que el art. 8 citado dispone – en cuanto se refiere a este caso en concreto - que los honorarios regulados en los procesos judiciales a peritos designados de oficio que estén a cargo del Estado serán abonados con fondos del Presupuesto del Poder Judicial. Así, como argumenta la Fiscalía de Estado, en este proceso ninguna resolución judicial dispuso que los honorarios “estén a cargo del Estado” y, por lo tanto, la cuestión se halla regida por los arts. 499 y 501 inc. 3º del Código Procesal Penal. Las costas serán a cargo de la parte vencida (art. 499), y “el art. 501 del Código Procesal Penal establece que ‘() las costas consistirán:… 3º) () en los honorarios devengados por los abogados, procuradores y peritos…’, y son aquéllos que corresponda abonar de acuerdo con las respectivas leyes de aranceles. (Del voto del Dr. Barotto sin disidencia)


LARRAÑAGA, JUAN ANTONIO Y OCHOA, VÍCTOR HUGO S / INCIDENTE DE REGULACIÓN DE HONORARIOS S/ CASACION

26191/12

SENTENCIA: 19 - 18/03/2013 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE CASACION - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - REGULACION DE HONORARIOS: IMPROCEDENCIA - APRECIACION DE LA PRUEBA - PRUEBA PERICIAL - AUTOPSIA - DICTAMEN PERICIAL: PRESENTACION AL FINALIZAR EL CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS - PERITO MEDICO - LOCACION DE SERVICIOS - EXTINCION DEL CONTRATO - INFORME PERICIAL

<48677> [en autos] se pretende cobrar por la realización del informe de autopsia que debieron hacer en oportunidad de estar vigente la locación de servicios con el Poder Judicial, y que muy probablemente estuviera confeccionado al momento de finalizar dicho contrato. No obstante ello, quedó determinado que el informe resultó inútil e inoficioso ya que el resultado obtenido por el “trabajo profesional” fue nulo y carente de rigor científico para los fines del proceso, es decir, sólo se obtuvo tardíamente un informe extenso y técnicamente inútil, ineficaz y de mala calidad [...] sin que el resto de las pautas que también pondero (v.gr.: la naturaleza y la complejidad del asunto, la trascendencia jurídica, moral y económica del asunto, etc.) conmuevan lo dicho. (Voto del Dr. Balladini).


Incidente de apelación (Resolución regulación de honorarios) Causa N° 1335/45/06 S/ CASACIÓN

22242/07

SENTENCIA: 199 - 23/12/2008 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE CASACION - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - REGULACION DE HONORARIOS: IMPROCEDENCIA - APRECIACION DE LA PRUEBA - PRUEBA PERICIAL - AUTOPSIA - DICTAMEN PERICIAL: PRESENTACION AL FINALIZAR EL CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS - PERITO MEDICO - LOCACION DE SERVICIOS - EXTINCION DEL CONTRATO - INFORME PERICIAL

<48675> Las circunstancias precedentes merituadas en conjunto me convencen de que no corresponde que se regulen honorarios por el informe pericial. En este sentido, destaco los siguientes datos: i) La omisión de presentar el dictamen durante la vigencia de la relación contractual no puede considerarse atendible, en virtud de la dedicación exclusiva, además de que contaban con todo el material requerido, que a más de veinte días corridos afirmaron que sólo les faltaban las conclusiones y que sus servicios finalizaban el día 05-12-06. ii) El dictamen fue adjuntado al expediente a los días de finalizada la relación contractual de prestación de servicios. iii) El informe de autopsia fue analizado por la Juez de Instrucción y los Médicos Forenses del Poder Judicial de la Nación, de cuyas opiniones y conclusiones surge claramente que la labor desplegada por los médicos [...] no puede conceptuarse como actividad profesional útil, por lo que es improcedente la pretensión de regulación de honorarios. (Voto del Dr. Balladini).


Incidente de apelación (Resolución regulación de honorarios) Causa N° 1335/45/06 S/ CASACIÓN

22242/07

SENTENCIA: 199 - 23/12/2008 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE CASACION - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - REGULACION DE HONORARIOS

<47939> Los argumentos del recurso (que seguirían la doctrina legal para la regulación de honorarios que ha fijado este Superior Tribunal de Justicia - ver STJRNSP in re “FISCALIA NRO. 2” SE. 244/07 del 27-12-07, entre otras -) carecen de andamiento sustancial, toda vez que no se afectó el derecho de los impugnantes a obtener una regulación de honorarios adecuada a derecho, en virtud de que el quantum fijado [...] es suficientemente elocuente de que se ponderaron los extremos requeridos por este Cuerpo, lo que deja sin sustento los agravios mencionados.[alegan una violación de la doctrina legal de las normas de los arts. 200 de la Constitución Provincial y arts. 1, 6 ap. a, b, c, d y f, 6 bis, 7, 8, 9 y 45 de la Ley 2212]. (Mayoría de los Dres. Sodero Nievas y Cerdera).


KIRILOVSKY, Pablo E.; AGUIRRE, Inés F.; ANDRADE, Joaquín V.; FERNÁNDEZ SANTIVÁÑEZ, Nelson s/Homicidio culposo S/ CASACIÓN

22415/07

SENTENCIA: 94 - 07/07/2008 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE CASACION - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - CUESTIONES DE HECHO - REGULACION DE HONORARIOS - PRESCRIPCION: PROCEDENCIA

<18574> Evidentemente, determinar si la letrada renunciante estaba o no en condiciones de solicitar la regulación de honorarios – que fue alcanzada por el plazo de prescripción implicaría entrar a valorar cuestiones fácticas ajenas a la instancia extraordinaria, tales como: si en autos se contaba con todos los elementos para definir el monto del proceso a los fines regulatorios; o si la letrada podía solicitar la regulación de los provisorios (conf. art. 48 L.A.); o si existe una situación “sine die” de pasividad, que es la determinante del advenimiento de la prescripción.


ORTIZ, BEATRIZ S/ SUCESION S/ CASACIÓN

21989/07

SENTENCIA: 86 - 02/05/2007 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE CASACION - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - PROCESO PENAL - MONTO DE LA DEMANDA - MONTO INDETERMINADO - DOCTRINA LEGAL - REGULACION DE HONORARIOS - HONORARIOS DEL CONTADOR - PERITO CONTADOR - MONTO IRRAZONABLE - CRITERIO DE RAZONABILIDAD

<44973> Se debe confirmar la sentencia cuestionada y declarar inadmisibles los recursos de casación deducidos, con costas por su orden (art. 68 2º párrafo Ley de Aranceles), atento a la ausencia de doctrina legal en cuanto a la indeterminación del monto en causas criminales y a que los fallos de este Superior Tribunal de Justicia que conforman la doctrina legal aplicable respecto de la irrazonabilidad del planteo (“BTC SA.” sentencia 131/05 de la sala civil del 24-11-05 y “TORRE” sentencia 23/06 de la sala laboral del 05-04-06) son posteriores a la presentación de los recursos de casación admitidos por la Cámara.


INCIDENTE DE REGULACIÓN DE HONORARIOS DE LOS PERITOS CONTADORES GUILLERMO O. VÁZQUEZ, NORBERTO GUZZARDI Y MA. SUSANA JASID EN AUTOS: DCIA S/ PTAS. IRREGUG. BPRN S/ CASACIÓN

19921/04

SENTENCIA: 43 - 17/05/2006 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE CASACION - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - FALTA DE FUNDAMENTACION - REGULACION DE HONORARIOS - ACTUACION CONJUNTA - NULIDAD PROCESAL: IMPROCEDENCIA

<47953> Los agravios [...] respecto de la regulación de sus honorarios profesionales no pueden tener recepción favorable ya que el monto fijado – por su actuación conjunta - es el doble de lo que se fijó a los demás letrados y es mayor al mínimo legal (aun considerando el porcentaje del art. 10 de la Ley G 2212 - texto consolidado-). Con ello debe descartarse la pretendida nulidad por la nulidad misma, pues la omisión de expresar las pautas de ponderación para la regulación de honorarios por las cuales se agravian no les trajo perjuicio alguno a los recurrentes, dado que el quantum regulatorio responde a la valoración de las pautas fijadas por el Superior Tribunal de Justicia. (Mayoría de los Dres. Cerdera y Sodero Nievas).


KIRILOVSKY, Pablo E.; AGUIRRE, Inés F.; ANDRADE, Joaquín V.; FERNÁNDEZ SANTIVÁÑEZ, Nelson s/Homicidio culposo S/ CASACIÓN

22415/07

SENTENCIA: 94 - 07/07/2008 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE CASACION - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - PLANTEO EXTEMPORANEO - AGRAVIOS - PERJUICIO CONCRETO: INEXISTENCIA - REGULACION DE HONORARIOS - MONTO BASE - ACUERDO TRANSACCIONAL

<15931> Resulta inadmisible el recurso de casación interpuesto por resultar extemporáneo, cuando como en el caso resulta que, primer lugar, no hay aún regulación de honorarios que concrete un perjuicio a los intereses del recurrente. En segundo término, la aplicabilidad al caso de la Ley 3007, que surge del diferimiento dispuesto, está condicionada a la efectiva acreditación de la celebración del acuerdo transaccional al que refiere la norma (art. 10, inc. e) in fine del Anexo I de la Ley 3007) a efectos de contar con el aludido "monto base" para el cálculo de la regulación arancelaria. Recién entonces, en caso de efectivizarse la regulación y causar agravio al recurrente, podrá éste articular el recurso pertinente contra un perjuicio concreto y real.


GROSSI HNOS. SOCIEDAD DE HECHO s/ CONCURSO PREVENTIVO s/ INCIDENTE DE REVISION POR FISCALIA DE ESTADO DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO s/ CASACION

Nº 18936/03 - STJ

SENTENCIA: 3 - 04/02/2004 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE CASACION - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - FALTA DE FUNDAMENTACION - REGULACION DE HONORARIOS

<46098> En este orden de ideas, en su Se. 24/03 (STJRNSC in re “LESCANO” del 07-05-03), este Cuerpo sostuvo que “... ingresando al estudio del planteo recursivo articulado por los profesionales antes citados, se observa la falta de fundamentación del recurso y/o la insuficiencia en la argumentación recursiva orientada a criticar los fundamentos aportados por el Tribunal de grado al dictar sentencia. “En efecto, de la lectura del recurso de casación deducido a fs. se advierte, con respecto a la invocada violación y/o errónea aplicación de la ley - en la especie -, del art. 11 de la Ley de Aranceles de Abogados Nº 2212, que no basta la simple y superficial alusión de normas jurídicas, si no están acompañadas de una demostración del error o violación, observándose en el caso, la ausencia de un desarrollo argumental tendiente a demostrar la concreta violación y/o la errónea aplicación de la norma citada.” (Voto de los Dres. Lutz y Sodero Nievas).


L., M.R. S/ ABUSO DESHONESTO S/ CASACIÓN

21764/06

SENTENCIA: 91 - 01/06/2007 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE CASACION - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - REGULACION DE HONORARIOS - ACTUACION CONJUNTA

<47940> Obsérvese que es incorrecta la afirmación de que se regularon honorarios en forma idéntica a todos los profesionales intervinientes en la causa. El punto [...] de la parte resolutiva de la sentencia dice expresamente que se regula la suma de cuarenta [...] Jus para cada uno de los profesionales intervinientes por su actuación. Por lo tanto, los letrados recurrentes, que realizaron una actuación conjunta (art. 11 Ley G 2212 – texto según Ley 4270 - ), obtuvieron una regulación equivalente al doble de los restantes abogados, ya que se les regularon [...] Jus (en conjunto) por la representación de una parte (querellante) [...]. (Mayoría de los Dres. Sodero Nievas y Cerdera).


KIRILOVSKY, Pablo E.; AGUIRRE, Inés F.; ANDRADE, Joaquín V.; FERNÁNDEZ SANTIVÁÑEZ, Nelson s/Homicidio culposo S/ CASACIÓN

22415/07

SENTENCIA: 94 - 07/07/2008 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2