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Busqueda realizada: regulacion de honorarios (Frase Completa)

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REGULACION DE HONORARIOS - HONORARIOS DEL PERITO - PERITO CONTADOR - PROCESO PENAL

<83938> […] la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, en autos “MARINO” (Se. del 23-08-93), ha expresado que “[] a los fines de la regulación de los honorarios del perito contador, existen pautas según las cuales corresponde atender a la influencia de los informes en la decisión del litigio, la razonable proporción de los emolumentos con el resto de los profesionales y el alcance económico de los intereses comprometidos en el pleito”. (Mayoría de los Dres. Barotto y Sodero Nievas).


LEHNER, GASTÓN ANDRÉS S / INCIDENTE DE REGULACIÓN DE HONORARIOS S/ CASACION

25908/12

SENTENCIA: 187 - 01/11/2012 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

REGULACION DE HONORARIOS - HONORARIOS DEL PERITO - PERITO CONTADOR - PROPORCIONALIDAD - TAREA PROFESIONAL - MONTO DEL PERJUICIO SUFRIDO POR EL ESTADO

<83942> La regla de proporcionalidad obliga a distinguir situaciones distintas, como en el presente caso, donde la labor del perito resultó fundamental para establecer el monto del perjuicio sufrido por el Estado, luego de múltiples intervenciones, explicaciones y testimonio en juicio. (Voto del Dr. Sodero Nievas)


LEHNER, GASTÓN ANDRÉS S / INCIDENTE DE REGULACIÓN DE HONORARIOS S/ CASACION

25908/12

SENTENCIA: 187 - 01/11/2012 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

REGULACION DE HONORARIOS - HONORARIOS DEL PERITO - PERITO CONTADOR - HONORARIOS DEL ABOGADO - CONSENTIMIENTO - FACULTADES DE LOS JUECES

<83943> Si los abogados consintieron determinadas regulaciones de honorarios, esto no impide al juzgador valorar cada retribución profesional por los principios de igualdad y de justicia. (Voto del Dr. Sodero Nievas)


LEHNER, GASTÓN ANDRÉS S / INCIDENTE DE REGULACIÓN DE HONORARIOS S/ CASACION

25908/12

SENTENCIA: 187 - 01/11/2012 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

REGULACION DE HONORARIOS - HONORARIOS DEL PERITO - PERITO CONTADOR - PROCESO PENAL - TAREA PROFESIONAL

<83936> […] se ha sostenido: “De conformidad con el art. 6º de la ley 21839 –to. Ley 24432, art. 12 inc. d) (Adla,XXXVIII-C,2412; LV-A,291)- las pautas para establecer la base económica sobre la cual deben regularse los honorarios - en el caso, un perito contador de oficio, que intervino en un caso penal-, se vinculan con el monto del asunto o proceso, la naturaleza y complejidad del asunto o proceso, el resultado obtenido, la calidad, eficacia, extensión del trabajo realizado, la relación de esta labor con el principio de celeridad procesal y la trascendencia jurídica, moral y económica que el asunto o proceso tuviera para el cliente en casos futuros” (CNApel. en lo Penal Económico, Sala B, 02-03-08, in re “SALAMO”; cita online: AR/JUR/557/2001). (Mayoría de los Dres. Barotto y Sodero Nievas).


LEHNER, GASTÓN ANDRÉS S / INCIDENTE DE REGULACIÓN DE HONORARIOS S/ CASACION

25908/12

SENTENCIA: 187 - 01/11/2012 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

REGULACION DE HONORARIOS - HONORARIOS DEL PERITO - PERITO CONTADOR - HONORARIOS DEL ABOGADO - REGULACION INFERIOR - CONSENTIMIENTO - FALTA DE INTERPOSICION DEL RECURSO

<83941> La circunstancia de que los letrados no hayan recurrido las regulaciones de honorarios por bajos no implica tener ese consentimiento como válido para limitar los derechos de los peritos para justipreciar su labor. (Voto del Dr. Sodero Nievas)


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25908/12

SENTENCIA: 187 - 01/11/2012 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

HONORARIOS DEL PERITO - REGULACION DE HONORARIOS: ALCANCES - MONTO INDETERMINADO - PROCESO PENAL - TAREA PROFESIONAL

<83933> En relación con el agravio sustancial, no resulta materia de discusión que, para los fines de la regulación de honorarios profesionales, en principio el proceso penal es de “monto indeterminado” y que “… cabe atender a aquellas pautas que se vinculan con la naturaleza y complejidad del asunto o proceso, el resultado obtenido, la calidad, la eficiencia y la extensión del trabajo realizado, la relación de esta labor con el principio de celeridad procesal y la trascendencia jurídica, moral y económica que el asunto o proceso tuviera para casos futuros, para el cliente y para la situación económica de las partes” [STJRNSP in re “CRESPO” Se. 136/08 del 07-10-08]. En dicho precedente, con cita de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, también se sostuvo que los honorarios de los peritos deben guardar “una relación equitativa con los que se fijen a los demás profesionales intervinientes”. Este último criterio ya había sido establecido en las Sentencias [STJRNSP in re “Inc... regulación de honorarios” Se. 149/07 del 04-09-07] y [STJRNSP in re “FISCALIA II” Se. 244/07 del 27-12-07], en el sentido de que “el honorario del perito tiene que guardar razonable proporción con los de los demás profesionales que intervienen en el trámite del juicio y con su monto, ya que de lo contrario podrían llegar a cobrar una mayor retribución que los abogados, cuya actuación abarca más etapas que la de los expertos (CCC, Sala VI, 2/9/80, causa 6342, ‘Rios Seoane’; véase el art. 478, CPCC, modificado por la ley 24432)” (Guillermo Rafael Navarro y Roberto Raúl Daray, Código Procesal Penal de la Nación, pág. 654). (Voto del Dr. Mansilla)


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25908/12

SENTENCIA: 187 - 01/11/2012 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE CASACION: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - SENTENCIA ARBITRARIA: IMPROCEDENCIA - REGULACION DE HONORARIOS - HONORARIOS DEL PERITO - PERITO CONTADOR - HONORARIOS DEL ABOGADO - REGULACION INFERIOR - CONSENTIMIENTO - FALTA DE INTERPOSICION DEL RECURSO - TAREA PROFESIONAL

<83940> […] si bien es cierto que los honorarios de los peritos deben guardar una relación equitativa con aquellos establecidos a favor de los abogados intervinientes en la causa, este principio de doctrina legal debe ser interpretado en el sentido de que, al vincularlos, se procura resguardar una justa retribución para la labor de todos los profesionales. Entonces, el principio dirimente para toda regulación es la búsqueda de tal justa retribución y una de las pautas generales para arribar a ella es la consideración del monto de los honorarios de otros profesionales, pero puede ocurrir - como en el caso que dicha pauta conduzca a resultados disvaliosos (v.gr., pues los regulados y consentidos para los abogados particulares fueran bajos). Así, tanto como a aquella pauta, para cumplir con dicho principio dirimente es dable acudir a otras de común análisis en la doctrina y la jurisprudencia, tal como fueron abordadas por el magistrado preopinante a cuyo voto adhiero. En punto a ello, para la regulación de honorarios meritúo “… la naturaleza y complejidad del asunto o proceso, el resultado obtenido, la calidad, eficiencia, extensión del trabajo realizado, la relación de esta labor con el principio de celeridad procesal y la trascendencia jurídica, moral y económica que el asunto o proceso tuviera…” (CNPenal Económico, Sala B, 02-03-01, “SALAMO”, en La Ley 2001-D, 792). (Voto del Dr. Sodero Nievas)


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25908/12

SENTENCIA: 187 - 01/11/2012 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

REGULACION DE HONORARIOS - HONORARIOS DEL PERITO - PERITO CONTADOR - ESCALA ARANCELARIA: ALCANCES

<83944> En síntesis no se trata de ponderar una escala arancelaria, sino de analizar todos los factores que deben intervenir en una regulación justa y equitativa. Así, con el mismo criterio, se puede prescindir de los mínimos arancelarios, es decir, se trata de ponderar lo cualitativo y no solo lo cuantitativo. (Voto del Dr. Sodero Nievas)


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25908/12

SENTENCIA: 187 - 01/11/2012 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE CASACION - SENTENCIA CONTRADICTORIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - REGULACION DE HONORARIOS - HONORARIOS DEL PERITO - PERITO CONTADOR - MONTO IRRAZONABLE - REGULACION DE HONORARIOS DESPROPORCIONADA EN RELACION A LOS HONORARIOS DEL ABOGADO

<83934> […] el juzgador incurre en una evidente contradicción porque, al regular los honorarios profesionales del defensor particular de la imputada, lo hace en la suma equivalente a doscientos (200) jus (fs.), cuando el valor de dicha unidad de medida era de ciento cuarenta y tres pesos ($ 143,00, Expte. CG-10-0013) al día del dictado del decisorio y de doscientos veintiséis pesos ($ 226,00) en la actualidad. Entonces, no se verifica la razonable proporción a la que se alude como parámetro necesario de merituación en la doctrina legal citada. Entiendo que la desproporción es de tal magnitud que son innecesarios mayores comentarios. En consecuencia, lo decidido carece de motivación en los términos exigidos por el art. 200 de la Constitución Provincial, toda vez que, si bien alude a la doctrina legal que rige el caso, no la aplica en su recto entender. (Disidencia del Dr. Mansilla)


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25908/12

SENTENCIA: 187 - 01/11/2012 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

REGULACION DE HONORARIOS - HONORARIOS DEL PERITO - PERITO CONTADOR - PROCESO PENAL - TAREA PROFESIONAL UTIL - ESCALA ARANCELARIA - CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS

<83935> […] cabe colegir que no corresponde hacer una aplicación mecanicista de los parámetros porcentuales contenidos en la normativa arancelaria de la incumbencia profesional comprometida en el asunto, sino que se impone ponderar en cada caso concreto, conforme el prudente arbitrio judicial, los extremos que permitan comprobar la existencia de los parámetros de evaluación antes enunciados y su grado de verificación, para merituar la tarea llevada a cabo por el experto. (Mayoría de los Dres. Barotto y Sodero Nievas).


LEHNER, GASTÓN ANDRÉS S / INCIDENTE DE REGULACIÓN DE HONORARIOS S/ CASACION

25908/12

SENTENCIA: 187 - 01/11/2012 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2