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Busqueda realizada: regulacion de honorarios (Frase Completa)

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REGULACION DE HONORARIOS - PERITO CONTADOR - HONORARIOS DEL CONTADOR - MONTO INDETERMINADO

<47290> “'... la primera cuestión que debe determinarse es si el juicio que culminó... es de monto determinado o indeterminado.- [...] De tal modo, es cierto que para la persecución del delito mencionado fue necesaria la investigación del perjuicio económico sufrido por el sujeto, pues éste es un requisito típico de dicha figura fraudulenta. Empero, dicha exigencia no es la de determinar un contenido económico directo y específico, sino sólo el perjuicio como dato típico relevante, pues esto es suficiente para los fines de la condena.- [...] En otras palabras, en el sub examine, el sujeto pasivo no se constituyó como actor civil para procurar la indemnización del daño, independientemente de la sanción del culpable (ni podía hacerlo atento a la derogación de la figura del actor civil por la Ley 3216, B.O.P. 17-09-98) y tampoco en la parte resolutiva de la sentencia el juzgador hace uso de la facultad del art. 29 del Código Penal para la reparación del perjuicio, por lo que aquél se encuentra indeterminado a los efectos de la decisión y por tanto de la regulación de honorarios.- [...] Dilucidada en un sentido contrario a la postura del recurrente la cuestión de derecho en tratamiento - esto es, la causa es de monto indeterminado (art. 38 inc. 3 Decreto 199/96) -, ahora la discusión remite a aspectos de hecho ajenos a la instancia, como es el mérito de tales tareas para valorar su precio' (...).Tal doctrina legal fue reiterada (Cf. STJRNSP “INCIDENTE DE REGULACION DE HONORARIOS DE LOS PERITOS CONTADORES...” Se. 43/06 del 17-05-06; in re “MALASPINA” Se. 200/06 del 05-12-06 e “INCIDENTE” Se. 149/07 del 04-09-07) (Voto del Dr. Lutz).


FISCALÍA II S/PROMOCIÓN ACCIÓN PENAL S/ CASACIÓN

22514/07

SENTENCIA: 244 - 27/12/2007 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE CASACION - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - PROCESO PENAL - MONTO DE LA DEMANDA - MONTO INDETERMINADO - DOCTRINA LEGAL - REGULACION DE HONORARIOS - HONORARIOS DEL CONTADOR - PERITO CONTADOR - MONTO IRRAZONABLE - CRITERIO DE RAZONABILIDAD

<44973> Se debe confirmar la sentencia cuestionada y declarar inadmisibles los recursos de casación deducidos, con costas por su orden (art. 68 2º párrafo Ley de Aranceles), atento a la ausencia de doctrina legal en cuanto a la indeterminación del monto en causas criminales y a que los fallos de este Superior Tribunal de Justicia que conforman la doctrina legal aplicable respecto de la irrazonabilidad del planteo (“BTC SA.” sentencia 131/05 de la sala civil del 24-11-05 y “TORRE” sentencia 23/06 de la sala laboral del 05-04-06) son posteriores a la presentación de los recursos de casación admitidos por la Cámara.


INCIDENTE DE REGULACIÓN DE HONORARIOS DE LOS PERITOS CONTADORES GUILLERMO O. VÁZQUEZ, NORBERTO GUZZARDI Y MA. SUSANA JASID EN AUTOS: DCIA S/ PTAS. IRREGUG. BPRN S/ CASACIÓN

19921/04

SENTENCIA: 43 - 17/05/2006 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

REGULACION DE HONORARIOS - PERITO CONTADOR - HONORARIOS DEL CONTADOR - MONTO INDETERMINADO

<47291> “[...] En resumen, es correcta la postura en cuanto entiende el juicio como de monto indeterminado, pues en el sub lite no se ha perseguido como objeto de la causa ninguna transferencia patrimonial, esto es, que alguien pague y otra parte cobre suma alguna, por lo que el caso controversial no es subsumible como de contenido económico directo. En tal orden de ideas, no corresponde aplicar una porcentualidad arancelaria matemática sobre monto alguno en disputa. Por ello, resulta acertada la sentencia recurrida que ratifica la regulación de los honorarios profesionales sobre la base del art. 38 última parte del Decreto Ley 199/66, sin desatender a su vez que, más allá de que el proceso de autos no tiene un monto concreto en los términos de la primera parte del citado artículo, hay en juego un interés económico indirecto y que dicha cuestión tiene también trascendencia. (Cf. STJRNSP “INCIDENTE DE REGULACION DE HONORARIOS DE LOS PERITOS CONTADORES...” Se. 43/06 del 17-05-06; in re “MALASPINA” Se. 200/06 del 05-12-06 e “INCIDENTE” Se. 149/07 del 04-09-07). (Voto del Dr. Lutz).


FISCALÍA II S/PROMOCIÓN ACCIÓN PENAL S/ CASACIÓN

22514/07

SENTENCIA: 244 - 27/12/2007 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

REGULACION DE HONORARIOS: PAUTAS - PERITO CONTADOR - HONORARIOS DEL CONTADOR - MONTO INDETERMINADO

<47292> “' ...Con el fin de establecer la base económica para la regulación de los honorarios profesionales, cabe atender a aquellas pautas que se vinculan con la naturaleza y la complejidad del asunto o proceso, el resultado obtenido, la calidad, la eficiencia y la extensión del trabajo realizado, la relación de esta labor con el principio de celeridad procesal y la trascendencia jurídica, moral y económica que el asunto o proceso tuviera para casos futuros, para el cliente y para la situación económica de las partes (conf. CNPenal Económico, Sala B, in re “CENCOSUD”, del 25-04-01, DJ 2001 - 2, 1146)...'. (Cf. STJRNSP “INCIDENTE DE REGULACION DE HONORARIOS DE LOS PERITOS CONTADORES...” Se. 43/06 del 17-05-06; in re “MALASPINA” Se. 200/06 del 05-12-06 e “INCIDENTE” Se. 149/07 del 04-09-07). (Voto del Dr. Lutz).


FISCALÍA II S/PROMOCIÓN ACCIÓN PENAL S/ CASACIÓN

22514/07

SENTENCIA: 244 - 27/12/2007 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

REGULACION DE HONORARIOS: PAUTAS - PERITO CONTADOR - HONORARIOS DEL CONTADOR - MONTO INDETERMINADO

<47293> “Entonces, 'el honorario del perito tiene que guardar razonable proporción con los de los demás profesionales que intervienen en el trámite del juicio y con su monto, ya que de lo contrario podrían llegar a cobrar una mayor retribución que los abogados, cuya actuación abarca más etapas que la de los expertos (CCC, Sala VI, 02-09-80, causa 6342, “Ríos Seoane”; véase el art. 478, CPCC, modificado por la ley 24432)' (Guillermo Rafael Navarro y Roberto Raúl Daray, ob. cit., pág. 654). (Cf. STJRNSP in re “INCIDENTE” Se. 149/07 del 04-09-07). (Voto del Dr. Lutz).


FISCALÍA II S/PROMOCIÓN ACCIÓN PENAL S/ CASACIÓN

22514/07

SENTENCIA: 244 - 27/12/2007 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

NULIDAD DE SENTENCIA - NULIDAD DE OFICIO - APLICACION ERRONEA DE LA LEY - FALTA DE FUNDAMENTACION - DOCTRINA LEGAL - REGULACION DE HONORARIOS: PAUTAS - PERITO CONTADOR - HONORARIOS DEL CONTADOR - MONTO INDETERMINADO

<47295> El auto interlocutorio recurrido carece de motivación toda vez que omite seguir los parámetros correspondientes para la regulación de los honorarios del perito recurrente. Concretamente, se omitió la ponderación de las constancias conducentes del proceso para seguir las pautas vinculadas con la naturaleza y la complejidad del asunto o proceso, el resultado obtenido, la calidad, la eficiencia y la extensión del trabajo realizado, la relación de esta labor con el principio de celeridad procesal y la trascendencia jurídica, moral y económica que el asunto o proceso tuviera para casos futuros, para el cliente y para la situación económica de las partes. La inobservancia de la doctrina legal es determinante para declarar de oficio la nulidad parcial de la sentencia en crisis (la jurisdicción devuelta lo es dentro de los límites de los agravios del impugnante - art. 415 C.P.P. -), en virtud de la incorrecta interpretación y aplicación de la ley en la solución del caso (arts. 38 y ccdtes. Decreto - Ley 199/66, 200 C.Pcial., 110 y 440 C.P.P., 43 Ley 2430, y 14 y 28 C.Nac.). (Voto del Dr. Lutz).


FISCALÍA II S/PROMOCIÓN ACCIÓN PENAL S/ CASACIÓN

22514/07

SENTENCIA: 244 - 27/12/2007 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2