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Sin demostrarse la concurrencia de una efectiva violación legal como efecto del pronunciamiento, no existen posibilidades de activar la revisión casatoria atribuida a este Cuerpo (cf. STJRNS3 Se. 136/20 "ORTEGA"). (Voto del Dr. Apcarian sin disidencia) DIAZ, JUAN CARLOS C/ FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A. S/ APELACION LEY 24557 (L) - QUEJA BA-05886-L-0000 SENTENCIA: 160 - 26/10/2022 - DEFINITIVA SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3 | ||
Este Superior Tribunal de Justicia tiene dicho que "No basta la simple y superficial alusión de normas jurídicas, si no están acompañadas de una demostración del error y/o violación, observándose en el caso la ausencia de un desarrollo argumental tendiente a demostrar la concreta violación de las normas citadas, lo cual implica el soslayamiento de la expresa exigencia del art. 286 "in fine" del CPCyC" (cf. STJRNS1 A.I. 30/15 "K.D.R."; Se. 54/19 "VERA"). (Voto del Dr. Barotto, Dra. Piccinini y Dr. Apcarian sin disidencia) BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LIMITADO S / QUEJA EN: AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO- DEPARTAMENTO DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR- S - FERNANDEZ, ADRIANA MARCELA S/ QUEJA (c) (C / EDERSA - BANCO CREDICOOP S / APELACION (CC)) CS1-832-STJ2021 SENTENCIA: 60 - 13/08/2021 - DEFINITIVA SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1 | ||
Importa una carga procesal del quejoso el acompañar todas aquellas piezas procesales señaladas por el código de rito y, particularmente en el caso aquellas relacionadas con los agravios planteados en el recurso denegado, toda vez que no constituye tarea de este Superior Tribunal suplir la oscuridad, deficiencia u omisión en que hubiera incurrido el recurrente (cf. STJRNS3: "TACCONI" Se. 81/14). (Voto de la Dra. Zaratiegui sin disidencia) MOHR, DIEGO LEANDRO S- QUEJA EN: MOHR, DIEGO LEANDRO C/ WEISS S.H. S- INDEMNIZACION POR DESPIDO S/ QUEJA PS2-441-STJ2018 SENTENCIA: 30 - 16/04/2019 - DEFINITIVA SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3 | ||
Es doctrina de este Superior Tribunal que cuando el escrito recursivo no rebate, ni intenta hacerlo, los motivos vertidos por la Cámara en oportunidad de efectuar el examen de admisibilidad que le es propio, carece del basamento técnico mínimo exigido para viabilizar su procedencia formal, circunstancia que resulta determinante para su rechazo. (Voto del Dr. Barotto sin disidencia) FISCALIA DE ESTADO S- QUEJA EN: PAILLAO, ANDRES OMAR C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S- CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO S/ QUEJA PS2-852-STJ2019 SENTENCIA: 15 - 12/02/2020 - DEFINITIVA SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3 | ||
Es doctrina de este Superior Tribunal que las cuestiones traídas a examen que remiten y/o conducen a merituar cuestiones de hecho y prueba, son ajenas a esta instancia extraordinaria, salvo apreciación absurda (cf. STJRNS1 - Se. N° 16/16, in re: ''EL MERIDIANO S.R.L.''). (Voto de los Dres. Barotto, Mansilla y Apcarian sin disidencia) EXPORTADORA VIDONI S.A. S-QUEJA EN: EXPORTADORA VIDONI S.A. S /CONCURSO PREVENTIVO S/ QUEJA PS2-767-STJ2018 SENTENCIA: 20 - 11/03/2019 - DEFINITIVA SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1 | ||
No es del resorte de este Cuerpo el reevaluar las "circunstancias, relaciones o causas" que motivaron la vinculación al único efecto de variar la implicancia final que estas tuvieron para esclarecer la existencia o inexistencia de una relación que se pretendía de naturaleza laboral, máxime teniendo en cuenta que el pronunciamiento puesto en entredicho trasluce una merituación suficiente de los componentes de hecho de los que hace mérito y del derecho involucrado en la cuestión, circunstancia que le otorga la fundamentación requerida para su validez como acto jurisdiccional. (Voto del Dr. Apcarian sin disidencia) ROBIN MARQUEZ, MARIA CRISTINA FABIOLA S- QUEJA EN: ROBIN MARQUEZ, MARIA CRISTINA FABIOLA C/ ASOCIACION CIVIL AMANECER S- ORDINARIO (I) S/ QUEJA VI-10807-L-0000 SENTENCIA: 40 - 13/04/2021 - DEFINITIVA SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3 | ||
La determinación de la existencia o inexistencia de discriminación y/o represalia en el distracto resulta inseparable de la apreciación en conciencia de las conductas de las partes, las particulares circunstancias en que se produjo el cese laboral y la prueba. Todo ello es materia reservada a los jueces de grado y sólo la extraordinaria hipótesis de arbitrariedad podría justificar la intervención excepcional de este Cuerpo. (Voto del Dr. Barotto, Dr. Apcarian y Dra. Zaratiegui sin disidencia) LLAO LLAO RESORTS S.A. S- QUEJA EN: PACHECO, JAVIER AUDELIO C / LLAO LLAO RESORTS S.A. S / ORDINARIO S/ QUEJA VI-10770-L-0000 SENTENCIA: 27 - 08/03/2021 - DEFINITIVA SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3 |