Sumarios STJ

Sumarios Seleccionados:

Busqueda realizada: queja (Todas las Palabras)

Mostrando 1-10 de 16 elementos.

QUEJA - FINALIDAD

Debe recordarse que el objetivo esencial que hace a la finalidad de la queja es la demostración del error en la denegatoria de casación, poniendo en evidencia el eventual yerro en el criterio aplicado por el sentenciante de grado. (Voto del Dr. Apcarian, Dra. Piccinini y Dra. Zaratiegui sin disidencia)


ELOSEGUI, MIGUEL EDUARDO S /QUEJA EN: FERNANDEZ, JAVIER MANUEL E /A: SUCESION DE ZACARIAS EMILIO ELOSEGUI S /QUIEBRA S /INCIDENTE (CONCURSOS Y QUIEBRAS)(EXPTE. N° 2373-SC-13) S/ QUEJA

PS2-469-STJ2018

SENTENCIA: 71 - 20/09/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

QUEJA - FINALIDAD

Debe recordarse que el objetivo esencial que hace a la finalidad de la queja es la demostración del error en la denegatoria de casación, poniendo en evidencia el eventual yerro en el criterio aplicado por el sentenciante de grado. (Voto del Dr. Apcarian, Dra. Piccinini y Dra. Zaratiegui sin disidencia)


ELOSEGUI, MIGUEL EDUARDO S-QUEJA EN: SUCESION DE ZACARIAS EMILIO ELOSEGUI S /QUIEBRA S/ QUEJA

PS2-468-STJ2018

SENTENCIA: 70 - 20/09/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

QUEJA - OBJETO - FUNDAMENTACIÓN DEL RECURSO

El objeto del recurso de queja está constituido por la demostración acabada de la existencia de error en el criterio aplicado por el Tribunal denegante al declarar la inadmisibilidad del recurso, por lo que el recurrente debe efectuar una demostración contundente del por qué de tal yerro, en defecto de lo cual el recurso de hecho deviene formalmente insuficiente, imponiéndose su rechazo (cf. STJRNS1 - Se. N° 48/14, in re: “KLEPPE”). (Voto de la Dra. Zaratiegui, Dra. Piccinini y Dr. Barotto sin disidencia)


S., S. D. S/ QUEJA (N. M., M. V. C/ S., S. D. S/ ALIMENTOS)

PS2-400-STJ2018

SENTENCIA: 37 - 18/05/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

QUEJA - IMPROCEDENCIA - FALTA DE COPIAS - AUTOSUFICIENCIA

Este Superior Tribunal de Justicia ha dicho que: “...la recurrente, al no acompañar copia, incurre en el déficit de falta de autosuficiencia, dado que de los elementos acompañados en la queja, debe surgir una visión completa del caso, a efectos de permitir a este Cuerpo abocarse a su estudio sin necesidad de requerir ninguna otra medida. Se incumple de tal modo con la manda del art. 299 del CPCyC" (cf. STJRNS1 Se. 47/12 “FUNDACION MAYORDOMOS CRISTIANOS”). (Voto de la Dra. Zaratiegui, Dr. Barotto y Dra. Piccinini sin disidencia)


URRA, PAOLA ALEJANDRA S/ QUEJA (EN: URRA, PAOLA ALEJANDRA C/ MUNICIPALIDAD DE INGENIERO HUERGO Y OTRO S/ ORDINARIO)

PS2-361-STJ2018

SENTENCIA: 14 - 28/03/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

QUEJA - OBJETO - FUNDAMENTACIÓN DEL RECURSO

El objeto del recurso de queja está constituido por la demostración acabada de la existencia de error en el criterio aplicado por el Tribunal al declarar la inadmisibilidad del recurso por lo que, quien pretende el acceso a la instancia de legalidad, debe efectuar una demostración contundente del por qué de tal yerro, en defecto de lo cual el recurso de hecho deviene formalmente insuficiente, imponiéndose su rechazo (cf. STJRNS1 Se. 32/15 “SEGUROS BERNARDINO RIVADAVIA”). (Voto del Dr. Apcarián, Dra. Zaratiegui, Dr. Barotto y Dra. Piccinini sin disidencia)


PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ QUEJA (EN : ECHEGOY, DANIEL EDGARDO C / PROVINCIA DE RIO NEGRO Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (ORDINARIO))

PS2-334-STJ2017

SENTENCIA: 8 - 15/03/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

QUEJA - OBJETO - FUNDAMENTACIÓN DEL RECURSO

El objeto del recurso de queja está constituido por la demostración acabada de la existencia de error en el criterio aplicado por el Tribunal denegante al declarar la inadmisibilidad del recurso por lo que, quien pretende el acceso a la instancia de legalidad, debe efectuar una demostración contundente del por qué de tal yerro, en defecto de lo cual el recurso de hecho deviene formalmente insuficiente, imponiéndose su rechazo (cf. STJRNS1 - Se. N° 32/15, in re “SEGUROS BERNARDINO RIVADAVIA COOP. LTDA.”). (Voto del Dr. Barotto, Dra. Zaratiegui y Dra. Piccinini sin disidencia) 


SANCHEZ NAVARRETE, SANDRA MARIA S/ QUEJA (EN: SANCHEZ NAVARRETE, SANDRA MARIA Y OTRA C/ HERRERA MARTA LIA Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS)

PS2-413-STJ2018

SENTENCIA: 68 - 13/09/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

QUEJA - OBJETO - FUNDAMENTACIÓN DEL RECURSO

Es doctrina constante de este Superior Tribunal de Justicia que el objeto del recurso de queja está constituido por la demostración acabada de la existencia de error en el criterio aplicado por el Tribunal denegante al declarar la inadmisibilidad del recurso, por lo que, quien pretende el acceso a la instancia de legalidad, debe efectuar una demostración contundente del por qué de tal yerro, en defecto de lo cual el recurso de hecho deviene formalmente insuficiente, imponiéndose su rechazo (cf. STJRNS1 - Se. Nº 32/15, in re: “SEGUROS BERNARDINO RIVADAVIA COOP. LTDA.”). (Voto de la Dra. Zaratiegui, Dr. Apcarian y Dra. Piccinini sin disidencia) 


LOBOS, CARLOS HECTOR S / QUEJA EN: LOBOS, CARLOS HECTOR C / NADUR, JUAN CARLOS S / DAÑOS Y PERJUICIOS S/ QUEJA

PS2-419-STJ2018

SENTENCIA: 49 - 26/06/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

QUEJA - OBJETO - FUNDAMENTO DEL RECURSO

Es doctrina constante de este Superior Tribunal de Justicia que el objeto del recurso de queja está constituido por la demostración acabada de la existencia de error en el criterio aplicado por el Tribunal al declarar la inadmisibilidad del recurso, por lo que, quien pretende el acceso a la instancia de legalidad, debe efectuar una demostración contundente del por qué de tal yerro, en defecto de lo cual el recurso de hecho deviene formalmente insuficiente, imponiéndose su rechazo (cf. STJRNS1 - Se. Nº 32/15, in re: “SEGUROS BERNARDINO RIVADAVIA COOP. LTDA.”). (Voto de la Dra. Zaratiegui, Dr. Barotto y Dr. Apcarian por la mayoría)


N., G. S/ QUEJA (EN: N., G. L. E. S/ DECLARACION DE ADOPTABILIDAD)

PS2-425-STJ2018

SENTENCIA: 56 - 11/07/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

QUEJA - REQUISITOS - ADMISIBILIDAD FORMAL - PROCEDENCIA

Sostiene Hitters: “Los requisitos formales hacen a la admisibilidad, mientras que los otros se refieren a la procedencia. Si no se satisfacen los primeros el recurso se aborta por inadmisible; si faltan los segundos, la queja se repele por improcedente, esto es, por infundada. Aquéllos atañen al cumplimiento de los trámites adjetivos, como por ejemplo, copias, firma de letrado, mandato vigente, pago del depósito, plazo, sentencia definitiva, etc.” (cf. Juan C. Hitters, “Técnica de los Recursos Extraordinarios y de la Casación”, pág. 183 y ss.). (Voto del Dr. Apcarian, Dr. Barotto y Dra. Piccinini sin disidencia)


AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA C/ GOLISCH GISELA CAROLINA S / EJECUCION FISCAL S/ CASACION (EXP. DIGITAL)

D-3BA-601-CR201

SENTENCIA: 57 - 13/07/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

QUEJA - IMPROCEDENCIA - DISCREPANCIA SUBJETIVA

La mera disconformidad subjetiva de la demandada con la solución al caso no resulta suficiente para demostrar la arbitrariedad del fallo en la valoración del plexo fáctico, siendo necesario rebatir la ponderación de la prueba efectuada en la sentencia, lo cual se omite. Sobre la quejosa recae la carga de demostrar como deberían haber sido considerados los medios probatorios y en qué sentido la absurda valoración incidió en la decisión final. (Voto del Dr. Apcarian, Dra. Zaratiegui, Dr. Barotto y Dra. Piccinini sin disidencia).


PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ QUEJA (EN : ECHEGOY, DANIEL EDGARDO C / PROVINCIA DE RIO NEGRO Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (ORDINARIO))

PS2-334-STJ2017

SENTENCIA: 8 - 15/03/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1