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QUEJA - COPIAS - AUTOSUFICIENCIA

Hace a la autosuficiencia del recurso en examen el acompañar las constancias mediante las cuales el recurrente pueda acreditar ante esta vía de excepción el derecho por él invocado, toda vez que este Cuerpo tiene que tener las piezas procesales y la documentación pertinente a los efectos de poder decidir sobre la habilitación de la vía intentada. Con lo cual nos encontramos frente a un defecto formal de la queja en estudio como es la autosuficiencia. (Voto de la Dra. Piccinini sin disidencia)


MILLACHE, VICTOR S- QUEJA EN: MILLACHE, VICTOR C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S- CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO S/ QUEJA

PS2-327-STJ2017

SENTENCIA: 104 - 25/10/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

QUEJA - IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION

La breve presentación formulada no rebate -ni intenta hacerlo- los fundamentos vertidos por la Cámara en oportunidad de efectuar el examen de admisibilidad que le es propio. De tal modo, la argumentación del presentante resulta inexistente, por lo que la queja carece de la fundamentación técnica mínima exigida para viabilizar su procedencia formal, circunstancia que resulta determinante para su rechazo (cf. STJRNS3: "TRENES ESPECIALES ARGENTINOS S.A" Se. 25/12, "MARTOS" Se. 133/16). (Voto de la Dra. Piccinini sin disidencia)


MILLACHE, VICTOR S- QUEJA EN: MILLACHE, VICTOR C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S- CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO S/ QUEJA

PS2-327-STJ2017

SENTENCIA: 104 - 25/10/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

QUEJA - IMPROCEDENCIA - FALTA DE COPIAS - AUTOSUFICIENCIA

Este Superior Tribunal de Justicia ha dicho que: “...la recurrente, al no acompañar copia, incurre en el déficit de falta de autosuficiencia, dado que de los elementos acompañados en la queja, debe surgir una visión completa del caso, a efectos de permitir a este Cuerpo abocarse a su estudio sin necesidad de requerir ninguna otra medida. Se incumple de tal modo con la manda del art. 299 del CPCyC" (cf. STJRNS1 Se. 47/12 “FUNDACION MAYORDOMOS CRISTIANOS”). (Voto de la Dra. Zaratiegui, Dr. Barotto y Dra. Piccinini sin disidencia)


URRA, PAOLA ALEJANDRA S/ QUEJA (EN: URRA, PAOLA ALEJANDRA C/ MUNICIPALIDAD DE INGENIERO HUERGO Y OTRO S/ ORDINARIO)

PS2-361-STJ2018

SENTENCIA: 14 - 28/03/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

QUEJA - OBJETO - FUNDAMENTACIÓN DEL RECURSO

El objeto del recurso de queja está constituido por la demostración acabada de la existencia de error en el criterio aplicado por el Tribunal al declarar la inadmisibilidad del recurso por lo que, quien pretende el acceso a la instancia de legalidad, debe efectuar una demostración contundente del por qué de tal yerro, en defecto de lo cual el recurso de hecho deviene formalmente insuficiente, imponiéndose su rechazo (cf. STJRNS1 Se. 32/15 “SEGUROS BERNARDINO RIVADAVIA”). (Voto del Dr. Apcarián, Dra. Zaratiegui, Dr. Barotto y Dra. Piccinini sin disidencia)


PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ QUEJA (EN : ECHEGOY, DANIEL EDGARDO C / PROVINCIA DE RIO NEGRO Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (ORDINARIO))

PS2-334-STJ2017

SENTENCIA: 8 - 15/03/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

QUEJA - OBJETO - FUNDAMENTACIÓN DEL RECURSO

El objeto del recurso de queja está constituido por la demostración acabada de la existencia de error en el criterio aplicado por el Tribunal denegante al declarar la inadmisibilidad del recurso por lo que, quien pretende el acceso a la instancia de legalidad, debe efectuar una demostración contundente del por qué de tal yerro, en defecto de lo cual el recurso de hecho deviene formalmente insuficiente, imponiéndose su rechazo (cf. STJRNS1 - Se. N° 32/15, in re “SEGUROS BERNARDINO RIVADAVIA COOP. LTDA.”). (Voto del Dr. Barotto, Dra. Zaratiegui y Dra. Piccinini sin disidencia) 


SANCHEZ NAVARRETE, SANDRA MARIA S/ QUEJA (EN: SANCHEZ NAVARRETE, SANDRA MARIA Y OTRA C/ HERRERA MARTA LIA Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS)

PS2-413-STJ2018

SENTENCIA: 68 - 13/09/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

QUEJA - OBJETO - FUNDAMENTACIÓN DEL RECURSO

Es doctrina constante de este Superior Tribunal de Justicia que el objeto del recurso de queja está constituido por la demostración acabada de la existencia de error en el criterio aplicado por el Tribunal denegante al declarar la inadmisibilidad del recurso, por lo que, quien pretende el acceso a la instancia de legalidad, debe efectuar una demostración contundente del por qué de tal yerro, en defecto de lo cual el recurso de hecho deviene formalmente insuficiente, imponiéndose su rechazo (cf. STJRNS1 - Se. Nº 32/15, in re: “SEGUROS BERNARDINO RIVADAVIA COOP. LTDA.”). (Voto de la Dra. Zaratiegui, Dr. Apcarian y Dra. Piccinini sin disidencia) 


LOBOS, CARLOS HECTOR S / QUEJA EN: LOBOS, CARLOS HECTOR C / NADUR, JUAN CARLOS S / DAÑOS Y PERJUICIOS S/ QUEJA

PS2-419-STJ2018

SENTENCIA: 49 - 26/06/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

QUEJA - OBJETO - FUNDAMENTO DEL RECURSO

Es doctrina constante de este Superior Tribunal de Justicia que el objeto del recurso de queja está constituido por la demostración acabada de la existencia de error en el criterio aplicado por el Tribunal al declarar la inadmisibilidad del recurso, por lo que, quien pretende el acceso a la instancia de legalidad, debe efectuar una demostración contundente del por qué de tal yerro, en defecto de lo cual el recurso de hecho deviene formalmente insuficiente, imponiéndose su rechazo (cf. STJRNS1 - Se. Nº 32/15, in re: “SEGUROS BERNARDINO RIVADAVIA COOP. LTDA.”). (Voto de la Dra. Zaratiegui, Dr. Barotto y Dr. Apcarian por la mayoría)


N., G. S/ QUEJA (EN: N., G. L. E. S/ DECLARACION DE ADOPTABILIDAD)

PS2-425-STJ2018

SENTENCIA: 56 - 11/07/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

QUEJA - FUNDAMENTACIÓN DEL RECURSO

Reiterada doctrina de este Cuerpo exige como carga procesal rebatir en forma contundente y eficaz todos y cada uno de los argumentos brindados por el a quo en la denegatoria, circunstancia que, de no cumplirse como en autos, obsta con carácter insalvable a la viabilidad del remedio procesal incoado (cf. STJRNS3: "MUTUAL DEL PERSONAL DE LA POLICIA DE RIO NEGRO" Se. 77/14; "ASOCIACION DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE SAN CARLOS DE BARILOCHE" Se. 27/17). (Voto del Dr. Mansilla sin disidencia)


PACHECO SOTO, ISMAEL S- QUEJA EN: PACHECO SOTO, ISMAEL C/ SERGAS S.R.L. Y OTRO S- ORDINARIO (I) (CL) S/ QUEJA

CS1-335-STJ2017

SENTENCIA: 34 - 18/04/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

QUEJA - SENTENCIA DEFINITIVA

La doctrina de este Cuerpo considera al recaudo de sentencia definitiva como una exigencia insoslayable a los efectos de obtener la apertura de la instancia de legalidad (cf. STJRNS3: "FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE ESTACIONES DE SERVICIO" Se. 88/05; "LEVIN" Se. 9/16). (Voto del Dr. Barotto sin disidencia)


GOMEZ, DANIEL DARIO S- QUEJA EN: GOMEZ, DANIEL DARIO C/ SWISS MEDICAL ART S.A. S- ACCIDENTE DE TRABAJO S/ QUEJA

PS2-476-STJ2018

SENTENCIA: 122 - 05/12/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

QUEJA - FUNDAMENTACIÓN DEL RECURSO - DOCTRINA DEL TRIBUNAL SUPERIOR

Este Cuerpo ha sostenido en reiteradas oportunidades que, para cumplir con los recaudos técnicos exigidos por la normativa procesal así como por reiterada y conocida doctrina de este Superior Tribunal de Justicia, el recurso de queja debe rebatir todas y cada una de las argumentaciones esgrimidas por la Cámara para denegar el acceso a la excepcional vía intentada. Cuando no lo hace, la vía de hecho carece de la idoneidad y de la fundamentación técnica requerida para su pertinencia formal (cf. STJRNS3: "ARGAÑARAZ" Se. 21/03; "HERNANDO" Se. 13/03; "CONTRERAS MORA" Se. 62/03, "MARILEO" Se. 15/14). (Voto del Dr. Barotto sin disidencia)


HOSTERIA DEL CERRO S.A. S- QUEJA EN: INOSTROZA, SANDRA N. C/ HOSTERIA DEL CERRO S.A. S- INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO S/ QUEJA

CS1-423-STJ2017

SENTENCIA: 98 - 17/10/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3