Busqueda realizada: punitivos (Todas las Palabras)
<80655> La postura de la defensa es contraria a la doctrina legal del Superior Tribunal de Justicia, que no limita - en los juicios criminales - las facultades punitivas del juzgador al monto de pena solicitado por el Ministerio Público Fiscal. Además, tampoco se advierte algún argumento nuevo que aconseje un cambio de tal criterio - en realidad el recurso carece de ellos -. En consecuencia, en honor a la brevedad, me remito a la Sentencia “MALDONADO MANSILLA” [STJRNSP Se. 120/09 del 17-09-09]. (Del voto del Dr. Balladini sin disidencia) IBÁÑEZ, José Segundo s/Robo calificado por el uso de armas en gdo. de ttva. S/ CASACIÓN 23721/09 SENTENCIA: 150 - 20/10/2009 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
<80605> El precedente “LERNER” [STJRNSP Se. 7/08 del 15-02-08] se desarrolla en toda su extensión pues permite dar una respuesta acabada a los planteos del recurrente, sin que se adviertan motivos adecuados que aconsejen su modificación. Así: i) En el sub lite la denegatoria a la aplicación de un criterio de oportunidad no es sentencia definitiva ni equiparable a tal. ii) No se argumentan ni se acreditan supuestos de gravedad institucional que permitan superar el obstáculo referido. iii) La conformidad de la víctima - perjudicada con la adquisición de un automotor con alteraciones en la numeración de motor y chasis- para la aplicación de un criterio de oportunidad no es motivo que obligue al Ministerio Público Fiscal para acordarla. iv) A todo evento, la negativa del Ministerio Público Fiscal para aplicar un criterio de oportunidad se encuentra suficientemente fundada y tiene como motivo la hipótesis de la acusación de que se habría cometido un delito contra la fe pública y el interés público, criterio que no resulta arbitrario y que por tanto ingresa en el margen de discrecionalidad reglada de dicho funcionario, pues tiene que ver con la racionalización de la respuesta punitiva y de persecución penal del Estado. (Del voto del Dr. Balladini sin disidencia). ROMERO, Julio Alberto s/Incidente de Reposición S/ CASACIÓN 23986/09 SENTENCIA: 119 - 15/09/2009 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 |