Busqueda realizada: punitivos (Todas las Palabras)
Establecido […] que el dictamen fiscal está fundado al oponerse a la probation y en consecuencia también la sentencia impugnada, corresponde señalar lo siguiente respecto de las autocontradicciones que menciona la Defensa. El Fiscal de Cámara dictaminó: a) que se opone a la probation por considerar que en el juicio oral solicitará pena de cumplimiento efectivo en atención al hecho concreto, a la calificación legal y al quantum punitivo que le podría corresponden conforme el precedente “Brione” de este Superior Tribunal, y b) que el imputado podrá aceptar un juicio abreviado con la imposición de una pena de tres años de prisión en suspenso (fs). El fundamento expresado con respecto a la concreta situación a resolver (solicitud de suspensión del juicio a prueba) se ajusta -como antes señalé- al marco legal en concordancia con la doctrina legal. En cuanto a lo expresado sobre el juicio abreviado, el Ministerio Público Fiscal no ofreció tal trámite en la etapa procesal oportuna (art. 330 inc. 1.a C.P.P.) y tampoco se conocen los motivos en los que podría sustentarse en función del argumento anterior, destacando que, en este contexto, son insuficientes las referencias de fs.[…] .Por otra parte, el error del Fiscal de Cámara de señalar una escala punitiva con un máximo de diez años para el concurso real de delitos mencionado en el requerimiento de elevación a juicio sin duda beneficia al imputado, situación que determina la ausencia de agravio por falta de perjuicio. (Voto del Dr. Apcarián sin disidencia) MERA, RICARDO NICOLAS S /ROBO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO S/ CASACION 4CI-17355-MP201 SENTENCIA: 122 - 16/05/2017 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
<84585> Sabido es que el principio recogido en el art. 16 de la Constitución Nacional sobre la igualdad obliga a una igualdad de tratamiento para igualdad de circunstancias. Así, el agravio es absolutamente improcedente por desconocimiento o desatención de la dogmática penal. En primer lugar, porque se juzgaron diferentes hechos realizados en distintos tiempos y lugares, además de que en nada se asemejan en cuanto a las circunstancias anteriores, concomitantes y posteriores a la realización de los abusos sexuales con acceso carnal reprochados (considerando que en este caso también se condenó por el delito de robo). A esas sustanciales diferencias de los hechos se suma la consecuente diferencia de encuadramientos típicos penales que se observan en las sentencias. Por otra parte, y como correlato de lo anterior, el recurrente omite referirse a las diferencias sobre el punto central de la culpabilidad que se advierten entre las causas comparadas; esto es, la acusación al imputado que pudo y debió motivarse al derecho, previo un juicio sobre determinadas condiciones para el reproche jurídico-penal (juicio de reproche). Las valoraciones sobre la magnitud de la culpabilidad son lo que determina el quantum punitivo, cuestiones esenciales que han sido desatendidas por el defensor. Por lo tanto, obvio es decir que no existe “igualdad de circunstancias o situaciones”, sobre cuya base pudiera afectarse el derecho constitucional de igualdad del encartado (art. 16 C. Nac.). (Del voto del Dra. Zaratiegui sin disidencia) P., D.N. S / ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO POR EL USO DE ARMA EN CONCURSO REAL CON ROBO AGRAVADO S/ CASACION 26644/13 SENTENCIA: 143 - 15/10/2013 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 |