Busqueda realizada: punitivos (Todas las Palabras)
Establecido […] que el dictamen fiscal está fundado al oponerse a la probation y en consecuencia también la sentencia impugnada, corresponde señalar lo siguiente respecto de las autocontradicciones que menciona la Defensa. El Fiscal de Cámara dictaminó: a) que se opone a la probation por considerar que en el juicio oral solicitará pena de cumplimiento efectivo en atención al hecho concreto, a la calificación legal y al quantum punitivo que le podría corresponden conforme el precedente “Brione” de este Superior Tribunal, y b) que el imputado podrá aceptar un juicio abreviado con la imposición de una pena de tres años de prisión en suspenso (fs). El fundamento expresado con respecto a la concreta situación a resolver (solicitud de suspensión del juicio a prueba) se ajusta -como antes señalé- al marco legal en concordancia con la doctrina legal. En cuanto a lo expresado sobre el juicio abreviado, el Ministerio Público Fiscal no ofreció tal trámite en la etapa procesal oportuna (art. 330 inc. 1.a C.P.P.) y tampoco se conocen los motivos en los que podría sustentarse en función del argumento anterior, destacando que, en este contexto, son insuficientes las referencias de fs.[…] .Por otra parte, el error del Fiscal de Cámara de señalar una escala punitiva con un máximo de diez años para el concurso real de delitos mencionado en el requerimiento de elevación a juicio sin duda beneficia al imputado, situación que determina la ausencia de agravio por falta de perjuicio. (Voto del Dr. Apcarián sin disidencia) MERA, RICARDO NICOLAS S /ROBO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO S/ CASACION 4CI-17355-MP201 SENTENCIA: 122 - 16/05/2017 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
El planteo de nulidad basado en que la acusación dirigida contra [M. J. G. y D. H. A.] omitió identificar a quién le atribuía cada una de las conductas de abuso sexual con acceso carnal y fellatio in ore carece de chances de prosperar, en función de ausencia de fundamento sustancial. La defensa insiste en decir que hubo indefensión porque esas conductas son totalmente diferentes en cuanto a sus encuadres típicos jurídicos, en el entendimiento de que la fellatio in ore puede ser un “caso de violación o de abuso sexual”. Considera así que la necesidad de imputar determinado abuso a cada uno es esencial por los posibles diferentes encuadramientos típicos penales y -en consecuencia- las diversas escalas de montos punitivos que pudieran corresponderles. La cuestión es intrascendente, pues en la provincia de Río Negro rige igual doctrina legal obligatoria desde hace más de quince años (art. 43 Ley K 2430), con lo cual se desecha toda posible duda y discusión en cuanto a que ambos hechos reprochados configuran el delito de abuso sexual con acceso carnal. (Voto del Dr. Mansilla sin disidencia) A., J.M.; G., M.J.; A., D.H. S / ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL S/ CASACION PS2-159-STJ2016 SENTENCIA: 55 - 22/03/2017 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 |