Busqueda realizada: punitivos (Todas las Palabras)
La apropiación de lo ajeno cumple la exigencia de conversión que trae el art. 268 del código sustantivo, pues el tomar para sí lo indebidamente exigido que era de otro implica convertirlo en sentido típico. Lo relevante pasa a ser entonces el beneficiario de lo exigido, siendo esta distinción lógica en cuanto a la gravedad punitiva de los tipos penales, pues aparece mayor el injusto si lo es para un particular. En consecuencia, si el provecho es para el funcionario o un tercero el delito es de concusión (art. 268 C.P. en referencia al art. 266 íd.), mientras que si lo es para la administración se trata de la exacción simple prevista en el último de los artículos nombrados. (Voto del Dr. Barotto sin disidencia) QUINTREMAN, MIRIAM GRACIELA Y QUINTREMAN ROBERTO PABLO S / EXTORSIÓN S/ CASACION PS2-205-STJ2016 SENTENCIA: 103 - 09/05/2017 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 |