Busqueda realizada: punitivos (Todas las Palabras)
Son bastante claras las razones expuestas por el legislador para esta calificante, diferenciando el homicidio cometido por un particular del realizado por un miembro integrante de una fuerza policial en abuso de la función. Ocurre que la mayor "... severidad de la pena a imponer tiene razón de ser a partir de la necesidad de sancionar de manera diferenciada '... a un ciudadano común que a un integrante de las instituciones de seguridad, ya que el mismo, justamente, ocupa ese lugar para evitar la comisión de delitos'", como sostuve en mi voto en el fallo STJRNS2 Se. 113/15 "CARRASCO", "... las conductas que la norma tiende a desalentar engloban a la totalidad de los posibles supuestos en los que el sujeto activo mate abusando de su función o cargo (sin requerirse una específica motivación en el sujeto activo), lo cual resulta razonable pues de ese modo la Ley intenta aumentar el resguardo al ciudadano común y lograr una mayor organización de la sociedad en su conjunto respecto de la conducta de las fuerzas de seguridad pública, policiales o penitenciarias, con base en el debido cumplimiento de las normativas sobre el ejercicio de la función". Estos son los motivos de la mayor punibilidad en la comisión de un homicidio por parte de un integrante de las fuerzas de seguridad, los que aparecen razonables a la luz de los fundamentos expuestos y, dada la diferencia con el delito cometido por un particular, la mayor severidad punitiva no implica una violación del art. 16 de la Constitución Nacional. (Voto de la Dra. Piccinini sin disidencia) BERTHE SANDRO G., BENDER PABLO F., BARRERA JUAN F., ALBARRAN CARCAMO PABLO A., QUIDEL PABLO R., CUELLO DIEGO V. Y MARTINEZ HECTOR C. S /HOMICIDIO AGRAVADO, VEJACIONES, INCUMPL. DEBERES DE FUNC. PUBL. S/ CASACION 2RO-13000-P2015 SENTENCIA: 178 - 20/12/2018 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 |