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Busqueda realizada: ley 5106 (Frase Completa)

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RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - SENTENCIA NO DEFINITIVA - CODIGO PROCESAL ADMINISTRATIVO - LEY 5106 - PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA - RECURSO DE APELACION: DENEGACION

Ingresando al análisis del recurso de queja articulado, lo cierto es que en punto a la exigencia de tratarse de sentencia definitiva tal recaudo no se encuentra cumplimentado. Se advierte que la decisión impugnada no es definitiva en los términos que este Tribunal ha delineado a fin de analizar la admisibilidad de los recursos de apelación en el contencioso administrativo. Tampoco se advierte que estemos en presencia de algunos de los supuestos de excepción previstos jurisprudencialmente por este Cuerpo al establecer su doctrina, a través de los distintos pronunciamientos que se encuentran reseñados en [STJRNS4 Se. 175/06 “CASVE”] y [STJRNS4 Se. 55/14 “SANCHEZ”]. En efecto, en ellos se han considerado las siguientes excepciones fundadas en casos particulares a saber: 1) cuando se debatiera la materia contencioso administrativa misma; 2) cuando lo decidido en la instancia anterior terminase la litis; 3) cuando se trate de decisiones en cuestiones de competencia, en la que medie denegación del fuero federal, y 4) cuando se encuentra en discusión la habilitación o no de la instancia contencioso administrativa. En tal sentido, no resulta aquel pronunciamiento sentencia definitiva que pueda poner fin a la litis, criterio que ha sido receptado por el Código Procesal Administrativo aprobado por Ley Nº 5106 (BO 23/05/2016) al establecer en el inciso b) de su artículo 30 (Capítulo X Disposiciones Transitorias) que sólo son apelables ante el Superior Tribunal de Justicia las sentencias definitivas o equiparables a tales, no siendo ese el caso de autos. (Voto de la Dra. Zaratiegui, Dr. Mansilla y Dra. Piccinini sin disidencia)


PROVINCIA DE RIO NEGRO S / QUEJA EN : "COMUNIDAD MAPUCHE LAS HUAYTECAS - S. MEDIDA CAUTELAR (EXPTE N°00503-059-13) S / INCIDENTE (CC) (ADECUACION MEDIDA CAUTELAR)" S/ QUEJA

PS2-208-STJ2016

SENTENCIA: 11 - 08/03/2017 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1