Busqueda realizada: inconstitucionalidad (Todas las Palabras)
El cuestionamiento de autos resulta contra un acto administrativo de carácter particular por cuanto solo afecta a un número determinado de empleados que se configura con la pertenencia al Poder Legislativo y que no sean agremiados. Tal universo carece del carácter general e impersonal. Sabido es que la acción no procede cuando los efectos jurídicos sólo alcanzan de modo directo e individual a alguien (cf. PULVIRENTI, Orlando D., "Cierre de la polémica sobre la acción declarativa de inconstitucionalidad bonaerense para impugnar ordenanzas municipales", Supl. Adm. 03/2013, p. 20, LL 2013-B-287). (Voto del Dr. Apcarian sin disidencia) FREIJO, JORGE HECTOR Y OTROS S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (Originarias) PS2-950-STJ2019 SENTENCIA: 5 - 03/03/2020 - INTERLOCUTORIA SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4 | ||
Existe una mayoritaria corriente en la doctrina y jurisprudencia, a la que el Superior Tribunal de Justicia adhiere, que sostiene que -en principio- no es procedente la prohibición de innovar cuando se ataca la presunción de validez de la que están investidos "prima facie" los ordenamientos legales y los actos del poder público. Más aún en el caso de duda entre la validez o no de la norma ha de estarse siempre en favor de la constitucionalidad de la misma (cf. STJRNS4 AI. 40/15 "FISCAL DE ESTADO"). (Voto de la Dra. Piccinini sin disidencia) COSTA BRUTTEN, LEANDRO S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (ORDENANZA 2929-CM-18 MUNICIPALIDAD DE S.C.DE BARILOCHE) CS1-801-STJ2020 SENTENCIA: 9 - 03/06/2020 - INTERLOCUTORIA SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4 | ||
Los peticionantes no consiguen evidenciar el peligro en la demora, requisito ineludible para la procedencia de la medida cautelar solicitada, en tanto sólo realizan manifestaciones genéricas e imprecisas que no logran acreditar debidamente de qué manera la vigencia del precepto impugnado ocasionaría un perjuicio irreparable. (Voto de la Dra. Piccinini sin disidencia) COSTA BRUTTEN, LEANDRO S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (ORDENANZA 2929-CM-18 MUNICIPALIDAD DE S.C.DE BARILOCHE) CS1-801-STJ2020 SENTENCIA: 9 - 03/06/2020 - INTERLOCUTORIA SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4 | ||
En cuanto a la verosimilitud del derecho que autoriza a decretar una medida cautelar cuando se pretende la suspensión de un acto legislativo, se ha dicho que resulta de aplicación el principio de que no es procedente la medida cuando se ataca la presunción de validez de la que están investidos los actos del poder público (STJRNS4 AI. 171/05 "ZUMOS ARGENTINOS S.A."). De allí que la verosimilitud sólo puede configurarse cuando la fuerza de convicción de las constancias que debe aportar quien pide la suspensión, o el cese de los efectos, desvanezca tal presunción. La sola tacha de arbitrariedad o ilegitimidad no alcanza, en consecuencia, para cumplimentar este recaudo, pues será necesario incorporar elementos de juicio contundentes que demuestren -en el grado provisorio del juzgamiento precautorio- la colisión de la norma con el derecho o garantía constitucional invocado; mientras no se desvirtúe esa presunción, no existe la necesaria verosimilitud que torne viable la cautelar solicitada. (Voto de la Dra. Piccinini sin disidencia) COSTA BRUTTEN, LEANDRO S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (ORDENANZA 2929-CM-18 MUNICIPALIDAD DE S.C.DE BARILOCHE) CS1-801-STJ2020 SENTENCIA: 9 - 03/06/2020 - INTERLOCUTORIA SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4 | ||
La concesión de medidas cautelares que restrinjan o limiten el obrar administrativo, deben ser evaluadas bajo el prisma de lo excepcional y restrictivo; en virtud de la presunción de legalidad y legitimidad de que gozan los actos de los diferentes poderes del Estado -en el caso, municipal-. (Voto de la Dra. Piccinini sin disidencia) COSTA BRUTTEN, LEANDRO S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (ORDENANZA 2929-CM-18 MUNICIPALIDAD DE S.C.DE BARILOCHE) CS1-801-STJ2020 SENTENCIA: 9 - 03/06/2020 - INTERLOCUTORIA SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4 | ||
La presunción de legitimidad, tal como también fuera señalado en precedentes de este Tribunal (STJRNS4 AI. 126/00 "CARNICERO") conlleva que, aún en caso de duda de validez de la norma, ha de estarse siempre a favor de la constitucionalidad de la misma (cf. STJRNS4 AI. 40/15 "FISCAL DE ESTADO"). (Voto de la Dra. Piccinini sin disidencia) COSTA BRUTTEN, LEANDRO S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (ORDENANZA 2929-CM-18 MUNICIPALIDAD DE S.C.DE BARILOCHE) CS1-801-STJ2020 SENTENCIA: 9 - 03/06/2020 - INTERLOCUTORIA SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4 | ||
La presunción de legitimidad existe en tanto y en cuanto el acto no es manifiesta ni evidentemente inválido; y los efectos de la presunción de legitimidad importa la obligatoriedad o exigibilidad del acto, lo que hace que los destinatarios del mismo tengan el deber jurídico de cumplirlo. Iguala provisionalmente a los actos legítimos de los ilegítimos, hasta que se demuestre lo contrario (cf. STJRNS4 AI. 69/08 "ENTRETENIMIENTOS"). (Voto de la Dra. Piccinini sin disidencia) COSTA BRUTTEN, LEANDRO S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (ORDENANZA 2929-CM-18 MUNICIPALIDAD DE S.C.DE BARILOCHE) CS1-801-STJ2020 SENTENCIA: 9 - 03/06/2020 - INTERLOCUTORIA SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4 | ||
Nuestro Máximo Tribunal ha establecido reiteradamente que medidas cautelares como la requerida no proceden, en principio, respecto de actos administrativos o legislativos, habida cuenta de la presunción de validez que ostentan (cf. Fallos 340:1129). (Voto de la Dra. Piccinini sin disidencia) COSTA BRUTTEN, LEANDRO S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (ORDENANZA 2929-CM-18 MUNICIPALIDAD DE S.C.DE BARILOCHE) CS1-801-STJ2020 SENTENCIA: 9 - 03/06/2020 - INTERLOCUTORIA SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4 | ||
En lo que respecta a los fundamentos expuestos, se entiende que el escrito de interposición del recurso de inaplicabilidad de ley satisface suficientemente los requisitos de admisibilidad formal, de cuyo texto surge -en principio- una crítica seriamente elaborada, lo que justifica su concesión. (Voto de los Dres. Apcarian, Barotto y Mansilla sin disidencia) CAJA FORENSE DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO S- QUEJA EN: GIRAUDY, JUSTO J. C/ CAJA FORENSE DE LA PROVINCIA DE RIO S- ACCION DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD S/ QUEJA PS2-885-STJ2019 SENTENCIA: 7 - 10/02/2020 - INTERLOCUTORIA SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3 |