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HONORARIOS - REGULACION DE HONORARIOS - MONTO DEL JUICIO - MONTO DE LA CONDENA - MONTO DEL RECLAMO - LEY DE ACCIDENTES DE TRABAJO

<30266> “... La Cámara fundó la regulación de honorarios del recurrente en la disposición del art. 17, ley 24028, la cual era claramente inaplicable en el sub lite en la medida en que, al establecer dicho texto que las regulaciones de honorarios se efectuarán con abstracción del valor reclamado, tiene un ámbito de aplicación inequívocamente limitado para los supuestos en que mediare rechazo de la demanda, pues sólo en tales hipótesis podría ser computado el monto de la pretensión ya que en los casos que, como el presente, el reclamo ha prosperado, la base regulatoria estará dada por el monto de condena”. (Cf. CSJN. voto del Dr. Nazareno en Cejas del 21-08-97, TySS 1998, p. 331 y ss). (Del voto del Dr. Balladini sin disidencia). .


STJRNSL: SE. <71/99> “M. M. M. c/ RESPONSABLES SOCIEDAD ACCIDENTAL EDIFICIO FLENSBORG s/ ACCIDENTE DE TRABAJO s/ INAPLICABILIDAD DE LEY”, (29-07-99). BALLADINI - ECHARREN - LUTZ

Sin datos

SENTENCIA: 71 - 29/07/1999 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

RECURSO DE INAPLICABILIDAD DE LEY: PROCEDENCIA - HONORARIOS - REGULACION DE HONORARIOS - MONTO DEL JUICIO - MONTO DE LA CONDENA - LEY DE ACCIDENTES DE TRABAJO

<30267> El fallo venido en recurso aplica erróneamente al caso el art. 17 de la ley 24028, y a la vez inaplica las disposiciones arancelarias de la ley 2212 (ref. 2232). lo que importa -en definitiva- la violación de las mismas. Por ello en los casos de progreso de la demanda, el monto para la regulación estará dado por el que resulte de la sentencia, en virtud de devenir aplicables las disposiciones arancelarias pertinentes. Y la valoración de la actividad profesional debe necesariamente oscilar entre los márgenes mínimos y máximos permitidos por dicha normativa. (Del voto del Dr. Balladini sin disidencia). .


STJRNSL: SE. <71/99> “M. M. M. c/ RESPONSABLES SOCIEDAD ACCIDENTAL EDIFICIO FLENSBORG s/ ACCIDENTE DE TRABAJO s/ INAPLICABILIDAD DE LEY”, (29-07-99). BALLADINI - ECHARREN - LUTZ

Sin datos

SENTENCIA: 71 - 29/07/1999 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3