Busqueda realizada: honorarios (Todas las Palabras)
<47953> Los agravios [...] respecto de la regulación de sus honorarios profesionales no pueden tener recepción favorable ya que el monto fijado – por su actuación conjunta - es el doble de lo que se fijó a los demás letrados y es mayor al mínimo legal (aun considerando el porcentaje del art. 10 de la Ley G 2212 - texto consolidado-). Con ello debe descartarse la pretendida nulidad por la nulidad misma, pues la omisión de expresar las pautas de ponderación para la regulación de honorarios por las cuales se agravian no les trajo perjuicio alguno a los recurrentes, dado que el quantum regulatorio responde a la valoración de las pautas fijadas por el Superior Tribunal de Justicia. (Mayoría de los Dres. Cerdera y Sodero Nievas). KIRILOVSKY, Pablo E.; AGUIRRE, Inés F.; ANDRADE, Joaquín V.; FERNÁNDEZ SANTIVÁÑEZ, Nelson s/Homicidio culposo S/ CASACIÓN 22415/07 SENTENCIA: 94 - 07/07/2008 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
<47940> Obsérvese que es incorrecta la afirmación de que se regularon honorarios en forma idéntica a todos los profesionales intervinientes en la causa. El punto [...] de la parte resolutiva de la sentencia dice expresamente que se regula la suma de cuarenta [...] Jus para cada uno de los profesionales intervinientes por su actuación. Por lo tanto, los letrados recurrentes, que realizaron una actuación conjunta (art. 11 Ley G 2212 – texto según Ley 4270 - ), obtuvieron una regulación equivalente al doble de los restantes abogados, ya que se les regularon [...] Jus (en conjunto) por la representación de una parte (querellante) [...]. (Mayoría de los Dres. Sodero Nievas y Cerdera). KIRILOVSKY, Pablo E.; AGUIRRE, Inés F.; ANDRADE, Joaquín V.; FERNÁNDEZ SANTIVÁÑEZ, Nelson s/Homicidio culposo S/ CASACIÓN 22415/07 SENTENCIA: 94 - 07/07/2008 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
<47942> Son erróneas también las afirmaciones de que se omitió considerar las restantes pautas que mencionan, en función de que los recurrentes, por su actuación conjunta en representación de una parte procesal, obtuvieron una regulación equivalente al doble de la del resto de los letrados, guarismo que – además - supera en forma sensible el mínimo legal, aun considerando incluido allí el porcentaje del art. 10 de la Ley G 2212 – según Ley 4270 -, todo lo cual demuestra la ausencia de sustento de la pretensión de nulidad, pues ésta sólo sería en beneficio de la ley. (Mayoría de los Dres. Sodero Nievas y Cerdera). KIRILOVSKY, Pablo E.; AGUIRRE, Inés F.; ANDRADE, Joaquín V.; FERNÁNDEZ SANTIVÁÑEZ, Nelson s/Homicidio culposo S/ CASACIÓN 22415/07 SENTENCIA: 94 - 07/07/2008 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 |