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REGULACION DE HONORARIOS - HONORARIOS DEL PERITO - HONORARIOS DEL ABOGADO - HONORARIOS DEL PROCURADOR - RELACION EQUITATIVA PARA LA REGULACION DE HONORARIOS ENTRE LOS DISTINTOS PROFESIONALES

<51301> En doctrina que comparto, este Superior de Justicia ha dicho que los honorarios del perito deben guardar cierta congruencia con los del abogado y del Procurador“ (CNPaz, Sala II, 24 05 61, ED., 1 551) ; “Los honorarios de los peritos deben adecuarse a las regulaciones practicadas a los letrados y procuradores intervinientes de la causa” (CS., 29 07 63, ED., 6 614; Cf. [STJRNS4: AU. 55/03 "MUNICIPALIDAD DE CHIMPAY"]). (Voto de los Dres. Apcarián y Dr. Mansilla)


COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD BARILOCHE LTDA. C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO S/ APELACION

27673/15

SENTENCIA: 61 - 05/05/2015 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

REGULACION DE HONORARIOS - HONORARIOS DEL PERITO - PERITO INGENIERO - FACULTADES DE LOS JUECES

<51297> De lo dicho cabe colegir que, a criterio del firmante, no corresponde hacer una aplicación automática o mecanicista de los parámetros porcentuales contenidos en la normativa arancelaria de la incumbencia profesional comprometida en el asunto - lease: relacionar proporcionalmente siempre los honorarios a regular a un perito con los regulados a los abogados intervinientes en el mismo proceso -, sino que se impone ponderar en cada caso concreto, conforme el prudente arbitrio judicial, los extremos que permitan comprobar la existencia de los parámetros de evaluación y su grado de verificación para merituar la tarea llevada a cabo por el experto, opinión que vierto en consonancia con lo que expresase al respecto in extenso en mi voto producido en [STJRNS2 SE. 187/12 “LEHNER”], a cuyas constancias me remito, en mérito a la brevedad. (Voto del Dr. Barotto)


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27673/15

SENTENCIA: 61 - 05/05/2015 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

RECURSO DE APELACION: IMPROCEDENCIA - MONTO DEL PROCESO - MONTO INDETERMINADO - REGULACION DE HONORARIOS - HONORARIOS DEL PERITO - PERITO INGENIERO - PROFESIONES O PROFESIONALES SIN REGULACION NORMATIVA PARA HONORARIOS JUDICIALES - FACULTADES DE LOS JUECES - ARBITRARIEDAD O IRRAZONABILIDAD: IMPROCEDENCIA

<51300> En cuanto a la apelación incoada, corresponde señalar que la Cámara consideró que correspondía determinar el emolumento a percibir por el perito señalando que no existe base legal de regulación arancelaria en el orden provincial para los peritos ingenieros, a diferencia de lo que ocurre con los peritos contadores que cuentan con el Decreto Ley Nº 199/66. Asimismo destacó que el proceso culminó con una sentencia homologatoria del desistimiento del derecho y de la acción que había sido oportunamente incoada en autos; resolución que fue confirmada por el Superior Tribunal de Justicia a fs. El Tribunal a quo ha ponderado la naturaleza de las peritaciones realizadas, calidad, importancia, complejidad, extensión y mérito técnico - científico de las mismas (cf. C. Nac. Civ., Sala M, 28-04-06, F., S. v. R., M. C., Publicado: SJA. 05-07-06, JA. 2006 – III - 540, Lexis Nº 35003382). (Voto de los Dres. Apcarián y Dr. Mansilla)


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27673/15

SENTENCIA: 61 - 05/05/2015 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4