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ACCION DE AMPARO - RECURSO DE APELACION: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - OBRAS SOCIALES - COBERTURA INTEGRAL: PROCEDENCIA - MEDICO TRATANTE - ENFERMEDAD ONCOLOGICA

Pesa sobre el apelante la carga de efectuar una crítica concreta y razonada de las partes del fallo recurrido que serían a su criterio equivocadas, exigencia que se cumple mediante la indicación detallada de los errores, omisiones y demás deficiencias que pudiera reprochar al pronunciamiento recurrido, y la refutación de las conclusiones de hecho y de derecho en que fundó el juez su decisión (cf. STJRNS4: Se. 36/14 “MENDEZ”; Se. 112/16 “MONTENEGRO”). Se tiene presente que la sentencia de amparo dictada por la señora Jueza Dra. María Laura Dumpé, que diera origen a la presente, ha sido confirmada por el Superior Tribunal de Justicia mediante sentencia 159/16. La sentencia de marras ordenó cubrir de manera integral la cirugía, los honorarios y el tratamiento posterior que prescribiera el médico tratante respecto a la afiliada de OSPECON, diagnosticada con cáncer de cuello uterino con adenocarcinoma, afección de la vejiga, riñón, uréter e intestinos. (Voto de la Dra. Piccinini sin disidencia)


LEDER LORENA SOLEY Y OTRO C /OSPECON Y OTRO S /AMPARO S/ APELACION (Originarias)

OS4-144-STJ2018

SENTENCIA: 63 - 27/06/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

ACCION DE AMPARO - ACCION DE MANDAMUS: PROCEDENCIA - INTERPRETACION RESTRICTIVA - OBRAS SOCIALES - IPROSS - AFILIADOS A OBRAS SOCIALES - REINTEGRO AL AFILIADO - HONORARIOS DEL MEDICO

<25839> Se tiene en cuenta tal criterio restrictivo de procedencia del amparo, pero al mismo tiempo se advierte en el caso particular de autos en el que el accionante cuenta con 75 –setenta y cinco- años de edad, es un enfermo oncológico, padece asimismo diabetes, y todo ello implica inexorablemente la secuencia habitual de consultas médicas para el seguimiento del tratamiento que recibe. Que por ello, y para el exclusivo caso particular tratado en autos – insisto -, referido al actor adhiero a la solución que propicia el Juez de primer voto, con carácter estrictamente excepcional. (Opinión personal del Dr. Balladini).


CABRAL, ARMANDO ORLANDO S/ MANDAMUS

21161/06

SENTENCIA: 96 - 29/08/2006 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4