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<51159> En lo referido a las costas y honorarios, los agravios del apelante encuentran adecuada respuesta en los fundamentos del dictamen de la Sra. Procuradora General, que se comparte y remite brevitatis causa. (Voto del Dr. Barotto sin disidencia) RIMOLI, Franco C/ UPCN s INCIDENTE S/ APELACION (Ppal: 25647/14) 27444/14 SENTENCIA: 10 - 19/02/2015 - DEFINITIVA SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4 | ||
<29457> […] en razón de lo expuesto precedentemente, corresponde fijar prudencialmente la retribución del profesional peticionante, teniendo en cuenta la amplitud, calidad y eficacia de la labor desarrollada a la luz de lo prescripto por el art. 37 de la L.A., regulando los honorarios profesionales […] en la suma de equivalente al 30% [treinta por ciento] sobre los emolumentos que oportunamente regule el Tribunal "a quo" (art. 15 Ley de Aranceles) y respecto a las costas, ha de estarse a lo dispuesto en el art. 68 del Cód.Proc.Civ. y Com.. ANTOLIN, RICARDO GABRIEL Y OTROS C- PROVINCIA DE RIO NEGRO S- CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO S/ APELACION 25366/11 SENTENCIA: 24 - 12/03/2012 - DEFINITIVA SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4 | ||
<51363> La sentencia en análisis fundó su decisión en las razones enumeradas en los párrafos del considerando […] , señalando la falta de respuesta de la administración a través del funcionario competente, la omisión de responder algunos cuestionamientos y las demoras en las que incurriera ante los reclamos del administrado. Luego, a la hora de definir la imposición de costas a la demandada lo hizo sostenida en el principio general de la derrota (art. 68 del CPCC), por lo que cuenta con debida fundamentación legal y ninguno de los agravios vertidos en el memorial la conmueven. Entonces, la sentencia cuestionada es ajustada a derecho y los honorarios regulados son el mínimo establecido por el art. 37 de la L.A., por lo que de ninguna manera pueden ser calificados de altos. (Voto del Dr. Mansilla por sus fundamentos) MACMULLEN DE MARTINI, MARIA INES C/ MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE S/ AMPARO (cc) 27809/15 SENTENCIA: 90 - 07/07/2015 - DEFINITIVA SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4 |