Sumarios STJ

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Busqueda realizada: honorarios (Todas las Palabras)

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RECURSO DE CASACION: PROCEDENCIA PARCIAL - LOCACION DE OBRA - HONORARIOS DEL ARQUITECTO - REGULACION PROVISORIA: IMPROCEDENCIA - AJUSTE AL COSTO FINAL Y REAL DE LA OBRA: ALCANCES - HONORARIOS DEL DIRECTOR DE OBRA - HONORARIOS DEL PROYECTISTA - INVARIABILIDAD DEL PRECIO - CONTRATO - CONVENIO DE HONORARIOS - ACUERDO DE PARTES - VALOR DEL METRO CUADRADO DE CONSTRUCCION

<70968> […] si bien es correcto que en la cláusula cuarta del Contrato de Encomienda de fecha 04-05-98 (ver fs…) , en relación a los honorarios profesionales por el Proyecto y Dirección Técnica de los edificios “A” y “B” y Anteproyecto del edificio “C” se estableció para el cálculo de los mismos, un valor provisorio de $ XXX el metro/cuadrado, el que se ajustaría al costo final real de obra, posteriormente en el Anexo Nº 2 del Contrato de Encomienda de fecha 01-07-98, el mentado ajuste al costo final y real de la obra se circunscribió sólo a los honorarios por la Dirección Técnica de la obra, pues se acordaron de modo definitivo los honorarios por el Proyecto y Anteproyecto de los edificios. En efecto, en la cláusula cuarta del último contrato de encomienda citado se aclara expresamente que las sumas establecidas por honorarios de los Proyectos y Anteproyecto no sufrirían variaciones por así haberlo convenido expresamente las partes […]. (Del voto del Dr. Lutz sin disidencia)


BEGUE ALIAGA, GUSTAVO AGUSTIN C/ HOSPITAL PRIVADO REGIONAL S.A. Y OTRO S/ COBRO DE PESOS - SUMARIO- S/ CASACIÓN

24146/09

SENTENCIA: 92 - 21/09/2010 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE CASACION - INADMISIBILILDAD DEL RECURSO - FALTA DE FUNDAMENTACION - REGULACION DE HONORARIOS: LIMITES - COSTAS - COSTAS AL VENCIDO - COSTAS AL DEMANDADO - PRIMERA O UNICA INSTANCIA - MONTO DE LA DEMANDA - EXCLUSION DE LOS HONORARIOS DEL ABOGADO DEL CONDENADO EN COSTAS - PRORRATEO

<70959> […] en relación a la invocada violación del art. 505 del Código Civil, específicamente al párrafo incorporado por la Ley 24432, corresponde señalar que si bien es correcto que la mencionada norma establece un límite a los honorarios de Primera Instancia, en cuanto prevé: “...la responsabilidad por el pago de las costas, incluidos los honorarios profesionales de todo tipo allí devengados y correspondientes a la primera o única instancia, no excederá del veinticinco por ciento […] del monto de la sentencia ...”, y que: “Si las regulaciones de honorarios practicadas conforme a las leyes arancelarias o usos locales, correspondientes a todas las profesiones y especialidades superan dicho porcentaje, el juez procederá a prorratear los montos entre los beneficiarios”, la recurrente omite aplicar en su análisis, la última parte del citado art. 505 que establece que: “Para el cómputo del porcentaje indicado, no se tendrá en cuenta el monto de los honorarios de los profesionales que hubieren representado, patrocinado o asistido a la parte condenada en costas”. En efecto, la demandada perdidosa y condenada en costas, a contrario de lo que establece la ley que argumenta como violada y/o erróneamente aplicada, incluye - a fin de demostrar que la regulación efectuada por la Cámara de Apelaciones supera el límite del veinticinco por ciento […] del monto de la sentencia -, a los honorarios regulados de los profesionales que la representaron […], por lo que también dicho agravio deberá ser desestimado.


ALUSA S.A Y ARLON S.A. C/ COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD BARILOCHE LTDA. S/ ORDINARIO S/ CASACIÓN

24434/10

SENTENCIA: 89 - 14/09/2010 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - DIFERIMIENTO DE LA REGULACION DE HONORARIOS - BASE REGULATORIA - INEXISTENCIA DE MONTO BASE - PORCENTAJE

<70604> […] mal puede agraviar al actor el diferimiento de la regulación de los honorarios profesionales de los letrados intervinientes, dispuesto por el a quo ante la inexistencia aún de monto base. Cuando sea resuelta la cuestión sustancial objeto del pleito se determinará el monto base para la regulación de los honorarios y sobre el mismo se aplicarán los porcentajes establecidos. No configurándose la afectación que el quejoso alega.


ROSSETTI, ANDRES ITALO S/ QUEJA (ROSSETTI...)

24240/10

SENTENCIA: 12 - 23/03/2010 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE APELACION: PROCEDENCIA - EXCEPCIONES A LA REGLA - REGULACION DE HONORARIOS: PROCEDENCIA - COSTAS: PROCEDENCIA - PRESENTACION DE INFORME

<28618> No cabe rechazar el pedido de regulación de honorarios, cuando el informe presentado por los aquí apelantes ha sido de incidencia en la resolución del caso. Por todo ello, y dada la excepcionalidad de las circunstancias planteadas, corresponderá hacer lugar al recurso de apelación incoado en autos y revocar el proveído del Presidente de la Cámara de Apelaciones […], ordenando al Tribunal del amparo imponer las costas y regular honorarios respetando el art. 36 de la ley de Aranceles. (Del voto del Dr. Balladini sin disidencia)


ROSENTHAL, ROBERTO CLAUDIO C/ MUNICIPALIDAD DE EL BOLSON S/ AMPARO S/ APELACIÓN

24863/10

SENTENCIA: 121 - 13/12/2010 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

REGULACION DE HONORARIOS - PAUTAS

<71029> “Además del monto del juicio, existen en el arancel de honorarios un conjunto de pautas generales (naturaleza y complejidad del asunto, resultando obtenido, mérito de la labor, extensión y eficacia de los trabajos, escalas, mínimos, etc.) que constituyen la guía permanente para lograr honorarios justos y razonables, de modo que la validez constitucional de las regulaciones no depende exclusivamente del monto reclamado o de las escalas pertinentes (C N Trab., Sala I, junio 30 - 998, Faríaz, R. c/ Coto S.A.). (Del voto del Dr. Lutz sin disidencia)


JONES, BARBARA Y OTRA C/ JARRED JONES, JUAN Y GRIMAU, CARLOS A. S/ ORDINARIO S/CASACION S/ CASACIÓN

24485/10

SENTENCIA: 103 - 05/10/2010 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

HONORARIOS DEL ABOGADO - EJECUCION DE HONORARIOS - COBRO AL CLIENTE - RECLAMO AL CLIENTE - INTERESES MORATORIOS

<71169> “A efectos del devengamiento de los intereses que acceden al crédito por honorarios, no basta con la simple notificación del auto de regulación de honorarios, sino que es necesario notificar al cliente el reclamo de cobro por parte del titular (del dictamen de la Fiscal General que la Cámara hace suyo)” (Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Sala E, del 10-10-06, “Banco General de Negocios S.A.”, DJ 2007 - I, 660; idem CNCiv, Sala G, “Q., J. H. c. K., R. T.”, 15-05-06, LLOnline). (Del voto del Dr. Balladini sin disidencia)


GOLDMAN, MARIO C/ FARRIOL CHIC, ANDRES Y O. S/ ORDINARIO S/EJEC.HON. S/ INCIDENTE DE APELACION S/ CASACIÓN

24657/10

SENTENCIA: 128 - 28/12/2010 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE INAPLICABILIDAD DE LEY: IMPROCEDENCIA - REENVIO DEL SUPERIOR TRIBUNAL - FALTA DE SENTENCIA SOBRE LA CUESTION DE FONDO - PERITO CONTADOR - REGULACION DE HONORARIOS: REGULACION APRESURADA - OPORTUNIDAD PROCESAL

<35497> El estudio de la causa pone de manifiesto que efectivamente son ciertos los reparos opuestos por las partes - actora y demandada - al progreso del recurso interpuesto por el perito contador. Desde este punto de vista, la regulación de honorarios practicada a su respecto resulta - cuanto menos - apresurada pues, a raíz de la sentencia dictada por este Superior Tribunal a fs., se anuló la sentencia de Cámara de fs. - salvo en lo atinente a dos actoras - y se reenviaron los autos a la instancia de origen para que, con otra integración, procediera a dictar un nuevo fallo, lo que aun no ha sucedido. Pese a ello, dos de los integrantes de la Cámara que habían sido apartados de la presente causa concurrieron a dictar la regulación de honorarios del perito contador aquí objetada. Más aún, lo hicieron antes de que exista sentencia sobre la cuestión de fondo. Por tanto, y sin adentrarnos en una propuesta que importe en definitiva una reformatio in peius -atento a la ausencia de recurso de las partes actora y demandada, quienes se limitaron a contestar el único recurso interpuesto por el perito en procura de obtener mayores honorarios - postulamos entonces desestimar en todas sus partes el recurso de inaplicabilidad de ley interpuesto por el perito contador a fs. , con costas.


EZCURRA, STELLA Y OTROS C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO S/ INAPLICABILIDAD DE LEY

22134/07

SENTENCIA: 84 - 30/06/2010 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

HONORARIOS DEL ABOGADO - EJECUCION DE HONORARIOS - COSTAS - COBRO AL CLIENTE - RECLAMO AL CLIENTE - INTERESES MORATORIOS - COMPUTO DEL PLAZO - MORA DEL DEUDOR - RECLAMO POR LA DIFERENCIA: COBRO AL CONDENADO EN COSTAS - BUENA FE - MANDATO - REINTEGRO DE GASTOS

<71180> En tal inteligencia, y tratándose del cobro al cliente, en virtud de los normado por los arts. 50 y 51 de la L. A. G Nº 2212, forzoso es concluir que la situación de retardo jurídicamente relevante, sólo queda configurada una vez vencidos los treinta días que la ley otorga para su pago, a partir de la notificación del reclamo. Consagrar otra solución, sería contrario al principio general de buena fe (arts. 1198 cc y sgtes. del Código Civil) en el marco contractual específico del mandato; excepto en lo que constituye el reintegro de gastos (arts. 1948, 1949, 1950 y cc., del Código citado). Es que, para la procedencia de intereses en materia de honorarios, resulta necesaria la mora del deudor, y corresponde liquidarlos a partir del vencimiento del plazo en el cual el deudor debió cancelar su obligación, sin que el estado de mora pueda retrotraer el punto de arranque de su cómputo. (conf. CNCiv., Sala L, en autos “Paz, E. E. c. S., C. s/ Ejecución de honorarios” del 27-10-99; idem CNCiv., Sala C, en autos: Pinieri, J. D. c. M., A. M.”, del 04-09-07). Y ello, por cuanto este nuevo plazo de pago de los honorarios señalado por el art. 51 de la L. A. concierne a su exigibilidad, y frente a los claros términos de la norma citada, no corresponde hacer cargar al obligado subsidiario con la demora del acreedor en efectuarle el reclamo, dada la opción que tenía de reclamarle los honorarios no bien transcurrido el plazo fijado al condenado en costas para el pago de los mismos. Ello, sin perjuicio del eventual reclamo que pueda ejercerse contra el condenado en costas por la diferencia que pudiere corresponder. (Opinión personal del Dr. Sodero Nievas).


GOLDMAN, MARIO C/ FARRIOL CHIC, ANDRES Y O. S/ ORDINARIO S/EJEC.HON. S/ INCIDENTE DE APELACION S/ CASACIÓN

24657/10

SENTENCIA: 128 - 28/12/2010 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

HONORARIOS DEL ABOGADO - EJECUCION DE HONORARIOS - COSTAS - COBRO AL CLIENTE - RECLAMO POR LA DIFERENCIA - INTERESES MORATORIOS - COMPUTO DEL PLAZO - MORA DEL DEUDOR

<71165> […] para la procedencia de intereses en materia de honorarios, resulta necesaria la mora del deudor, y sólo corresponde liquidarlos a partir del vencimiento del plazo en el cual el deudor debió cancelar su obligación, sin que el estado de mora pueda retrotraer el punto de arranque de su cómputo. Es que resultaría injusto hacer cargar al obligado subsidiario con la demora del acreedor en efectuarle el reclamo, dada la opción que tenía de reclamarle los honorarios ni bien vencido el plazo fijado al condenado en costas para el pago de los mismos. Lo expuesto, claro está, es sin perjuicio del eventual reclamo que puedan ejercer los profesionales contra el condenado en costas por la diferencia que en definitiva pudiere corresponder. (Del voto del Dr. Balladini sin disidencia)


GOLDMAN, MARIO C/ FARRIOL CHIC, ANDRES Y O. S/ ORDINARIO S/EJEC.HON. S/ INCIDENTE DE APELACION S/ CASACIÓN

24657/10

SENTENCIA: 128 - 28/12/2010 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE CASACION: PROCEDENCIA PARCIAL - APLICACION ERRONEA DE LA LEY - REGULACION DE HONORARIOS - PATROCINANTE - ABOGADO APODERADO - FALTA DE REGULACION

<71030> […] verificada la omisión de la regulación de honorarios denunciada por la recurrente en el carácter de apoderada conforme prevé el art. 10 de la Ley de Aranceles, corresponde hacer lugar también a dicho agravio. (Del voto del Dr. Lutz sin disidencia)


JONES, BARBARA Y OTRA C/ JARRED JONES, JUAN Y GRIMAU, CARLOS A. S/ ORDINARIO S/CASACION S/ CASACIÓN

24485/10

SENTENCIA: 103 - 05/10/2010 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1