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RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL - CUESTIONES AJENAS - REGULACION DE HONORARIOS

<51265> Cabe recordar la jurisprudencia reiterada de la CSJN conforme a la cual, no mediando circunstancias excepcionales, son ajenas a su jurisdicción extraordinaria, las cuestiones concernientes al valor de los honorarios devengados (“Fallos” 301: 1050; 302: 253; 334); al monto del juicio y a las bases computables a tal efecto; a la importancia y complejidad de los juicios; a la interpretación de las normas arancelarias y en general a todo lo atinente a los honorarios regulados en las instancias ordinarias, como así también lo relativo a la inclusión o exclusión de los intereses del capital en el monto básico del juicio a los efectos de regular honorarios (Fallos: 305: 122; 304: 332). (Voto del Dr. Apcarián sin disidencia)


ALLIANCE SRL S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (Resolucion Nº 1980/10 DGR)

25055/11

SENTENCIA: 52 - 27/04/2015 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

RECURSO DE APELACION: IMPROCEDENCIA - REGULACION DE HONORARIOS - FACULTADES DE LOS JUECES - ARBITRARIEDAD O IRRAZONABILIDAD

<51298> En cuanto a la regulación de honorarios ha de señalarse que este Superior Tribunal de Justicia ha reiterado en diversas causas que la regulación de honorarios es de incumbencia de los jueces de grado. Y no resultando arbitraria o irrazonable la misma, corresponde su confirmación (Conf. [STJRNS4 Se. 146/12 “PUIG”]; [Se. 80/14 “COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD BARILOCHE LTDA.”]). (Voto del Dr. Barotto sin disidencia)


COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD BARILOCHE LTDA. C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO S/ APELACION

27673/15

SENTENCIA: 61 - 05/05/2015 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

REGULACION DE HONORARIOS - HONORARIOS DEL PERITO - HONORARIOS DEL ABOGADO - HONORARIOS DEL PROCURADOR - RELACION EQUITATIVA PARA LA REGULACION DE HONORARIOS ENTRE LOS DISTINTOS PROFESIONALES

<51301> En doctrina que comparto, este Superior de Justicia ha dicho que los honorarios del perito deben guardar cierta congruencia con los del abogado y del Procurador“ (CNPaz, Sala II, 24 05 61, ED., 1 551) ; “Los honorarios de los peritos deben adecuarse a las regulaciones practicadas a los letrados y procuradores intervinientes de la causa” (CS., 29 07 63, ED., 6 614; Cf. [STJRNS4: AU. 55/03 "MUNICIPALIDAD DE CHIMPAY"]). (Voto de los Dres. Apcarián y Dr. Mansilla)


COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD BARILOCHE LTDA. C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO S/ APELACION

27673/15

SENTENCIA: 61 - 05/05/2015 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

RECURSO DE APELACION: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - ACCION DE AMPARO - CUESTIONES AJENAS - COSTAS AL VENCIDO - REGULACION DE HONORARIOS

<51159> En lo referido a las costas y honorarios, los agravios del apelante encuentran adecuada respuesta en los fundamentos del dictamen de la Sra. Procuradora General, que se comparte y remite brevitatis causa. (Voto del Dr. Barotto sin disidencia)


RIMOLI, Franco C/ UPCN s INCIDENTE S/ APELACION (Ppal: 25647/14)

27444/14

SENTENCIA: 10 - 19/02/2015 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

REGULACION DE HONORARIOS - HONORARIOS DEL PERITO - PERITO INGENIERO - FACULTADES DE LOS JUECES

<51297> De lo dicho cabe colegir que, a criterio del firmante, no corresponde hacer una aplicación automática o mecanicista de los parámetros porcentuales contenidos en la normativa arancelaria de la incumbencia profesional comprometida en el asunto - lease: relacionar proporcionalmente siempre los honorarios a regular a un perito con los regulados a los abogados intervinientes en el mismo proceso -, sino que se impone ponderar en cada caso concreto, conforme el prudente arbitrio judicial, los extremos que permitan comprobar la existencia de los parámetros de evaluación y su grado de verificación para merituar la tarea llevada a cabo por el experto, opinión que vierto en consonancia con lo que expresase al respecto in extenso en mi voto producido en [STJRNS2 SE. 187/12 “LEHNER”], a cuyas constancias me remito, en mérito a la brevedad. (Voto del Dr. Barotto)


COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD BARILOCHE LTDA. C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO S/ APELACION

27673/15

SENTENCIA: 61 - 05/05/2015 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - REGULACION DE HONORARIOS - ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD

<51268> La regulación de honorarios que se impugna fue realizada a la luz de los precedentes en materia de juicios de inconstitucionalidad y de la normativa arancelaria local importando los agravios del recurrente meros desacuerdos con los pronunciamientos que cuestiona, que no autorizan el otorgamiento del recurso extraordinario federal (conf. Fallos: 291:545; 293:546, entre otros). (Voto del Dr. Apcarián sin disidencia)


ALLIANCE SRL S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (Resolucion Nº 1980/10 DGR)

25055/11

SENTENCIA: 52 - 27/04/2015 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

RECURSO DE APELACION - FACULTADES DE LOS JUECES - REGULACION DE HONORARIOS

<51570> Respecto del recurso interpuesto a fs. concedido en los términos del art. 244 CPCyC (apelación arancelaria), cabe también remitirse al criterio inveterado de este Superior Tribunal de Justicia que asigna a los jueces de grado la facultad de ponderar el trabajo profesional y establecer en consecuencia los honorarios correspondientes; siendo en principio irrevisable lo resuelto salvo hipótesis de arbitrariedad o absurdo que no se vislumbra en el presente caso [cf. (STJRNS4 Se. 80/14 “COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD BARILOCHE LTDA”); (STJRNS4 Se 61/15 “COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD BARILOCHE LTDA”)]. (Voto del Dr. Apcarián sin disidencia)


APODERADA LISTA 22 BARRIO PARQUE INDEPENDENCIA S /APELACION RESOLUCION Nº 20/14 CONCEJO DELIBERANTE DE VIEDMA. S/ APELACION

28160/15

SENTENCIA: 175 - 23/11/2015 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

RECURSO DE APELACION: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - SENTENCIA DEL TRIBUNAL ELECTORAL - COSTAS - REGULACION DE HONORARIOS

<51568> En relación a la apelación interpuesta a fs. -destinada a cuestionar el orden en que fueran impuestas las costas-, los agravios no poseen entidad suficiente que permita desvirtuar la decisión del TEP, aquí impugnada. Ello, de conformidad a la doctrina de este Superior Tribunal de Justicia que reserva a las instancias de mérito lo concerniente a la imposición de costas y regulación de honorarios; salvo hipótesis de absurdo o arbitrariedad, que no se presentan en el caso [cf. (STJRNS4 Se 29/12 “ALVAREZ”); (STJRNS4 Se 107/14 “VICENTE ROBLES SAMCICIF”)]. (Voto del Dr. Apcarián sin disidencia)


APODERADA LISTA 22 BARRIO PARQUE INDEPENDENCIA S /APELACION RESOLUCION Nº 20/14 CONCEJO DELIBERANTE DE VIEDMA. S/ APELACION

28160/15

SENTENCIA: 175 - 23/11/2015 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

RECURSO DE APELACION: IMPROCEDENCIA - MONTO DEL PROCESO - MONTO INDETERMINADO - REGULACION DE HONORARIOS - HONORARIOS DEL PERITO - PERITO INGENIERO - PROFESIONES O PROFESIONALES SIN REGULACION NORMATIVA PARA HONORARIOS JUDICIALES - FACULTADES DE LOS JUECES - ARBITRARIEDAD O IRRAZONABILIDAD: IMPROCEDENCIA

<51300> En cuanto a la apelación incoada, corresponde señalar que la Cámara consideró que correspondía determinar el emolumento a percibir por el perito señalando que no existe base legal de regulación arancelaria en el orden provincial para los peritos ingenieros, a diferencia de lo que ocurre con los peritos contadores que cuentan con el Decreto Ley Nº 199/66. Asimismo destacó que el proceso culminó con una sentencia homologatoria del desistimiento del derecho y de la acción que había sido oportunamente incoada en autos; resolución que fue confirmada por el Superior Tribunal de Justicia a fs. El Tribunal a quo ha ponderado la naturaleza de las peritaciones realizadas, calidad, importancia, complejidad, extensión y mérito técnico - científico de las mismas (cf. C. Nac. Civ., Sala M, 28-04-06, F., S. v. R., M. C., Publicado: SJA. 05-07-06, JA. 2006 – III - 540, Lexis Nº 35003382). (Voto de los Dres. Apcarián y Dr. Mansilla)


COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD BARILOCHE LTDA. C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO S/ APELACION

27673/15

SENTENCIA: 61 - 05/05/2015 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL - CUESTIONES AJENAS - REGULACION DE HONORARIOS - ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD

<51264> Sabido es que las cuestiones atinentes a los honorarios regulados en las instancias ordinarias son, por su naturaleza, ajenas a la apelación extraordinaria, y la doctrina de la arbitrariedad. A su respecto, es de aplicación especialmente restringida, salvo que la sentencia apelada haya omitido la indispensable fundamentación conforme a las circunstancias de la causa, que no es lo acontecido en autos toda vez que se ha regulado conforme criterios que se siguen en esta sede para los juicios de inconstitucionalidad (Cf. CSJN, Cabrera Estévez, A. G. y otro c. Capital Service S.A. Sociedad de Bolsa y otros, 04/05/2010, Cita Online: AR/DOC/ 2508/2013). (Voto del Dr. Apcarián sin disidencia)


ALLIANCE SRL S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (Resolucion Nº 1980/10 DGR)

25055/11

SENTENCIA: 52 - 27/04/2015 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4