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RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - RECURSO DE CASACION: IMPROCEDENCIA - MEDIDAS CAUTELARES - SENTENCIA NO DEFINITIVA - SENTENCIA DEFINITIVA - RESOLUCIONES EQUIPARABLES A DEFINITIVA

<15940> En principio las sentencias - que revocan una medida cautelar -, como la que se pretende traer a discusión en esta instancia no son definitivas, por cuanto las medidas cautelares por su naturaleza, son mutables durante toda la tramitación de la causa y pueden variar siempre que varíen las requisitos que se tuvieron en cuenta para su dictado. Dicha provisionalidad atenta contra el recaudo de "definitividad" que inexorablemente deben contener las sentencias a efectos de su revisión por vía del recurso de casación dado que conspira contra la posibilidad de que se configure un agravio de insusceptible reparación ulterior. Sin embargo, también es cierto, como lo manifestara el recurrente que excepcionalmente pueden asumir aquél carácter y pueden ser traídas a esta instancia extraordinaria, cuando la sentencia que pone fin al pleito no repara el agravio, pero este supuesto de excepción no puede entenderse configurado con la sola afirmación no circunstanciada ni adecuadamente probada de la recurrente.


C., L. A. s/QUEJA EN: 'C., L. A. c/SUC. S. VDA. DE C. y Otros s/ORDINARIO s/MEDIDA CAUTELAR

Nº 18983/03 - STJ

SENTENCIA: 11 - 03/03/2004 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL - SENTENCIA DEFINITIVA - SENTENCIA NO DEFINITIVA - TRANSACCION - IMPUGNACION DE LA LIQUIDACION.

<14830> El pronunciamiento que hizo lugar a la impugnación de la liquidación de sumas provenientes de un acuerdo transaccional que puso fin al pleito, no es sentencia definitiva (conf. CSJN. Fallo 311: 1041)


S., N. C/ D. H., S/ CUMPLIMIENTO S/ INCIDENTE EJEC. SENTENCIA S/ CASACION

Sin datos

SENTENCIA: 24 - 23/04/2001 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - QUERELLA - SENTENCIA NO DEFINITIVA - RESOLUCIONES EQUIPARABLES A DEFINITIVA: IMPROCEDENCIA

<85622> En doctrina que es de aplicación al presente caso, este Cuerpo tiene dicho: “La equiparación de la decisión impugnada a sentencia definitiva solo sería posible ante la comprobada existencia de un perjuicio de imposible o tardía reparación ulterior, lo que no ha demostrado con suficiencia la quejosa, quien tampoco explica de modo claro y suficiente cómo los artículos de la Constitución y los tratados internacionales de igual jerarquía que dice vulnerados estarían siendo afectados en el estado actual del trámite. La sola invocación de arbitrariedad o la simple enunciación de garantías constitucionales pretensamente vulneradas, en el marco de este remedio de hecho - que está diseñado para demostrar que se le ha declarado incorrectamente inadmisible el recurso extraordinario de casación -, no resulta idóneo para superar el obstáculo derivado de la ausencia de definitividad de la resolución casada” (STJRNS2 Se. 104/14 “CURAQUEO”). (Voto del Dr. Apcarián sin disidencia)


AUQUEN S.A. S/ QUEJA (en: 'RODRIGO, R. en representación de AUQUEN S.A. s/Denuncia')

26805/13

SENTENCIA: 152 - 21/10/2014 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - SENTENCIA NO DEFINITIVA - SOBRESEIMIENTO: IMPROCEDENCIA - RESOLUCIONES EQUIPARABLES A DEFINITIVA

<46286> Tampoco se trata de una decisión dictada antes del debate sobre el fondo del asunto o sobre cuestiones previas que causen la extinción del proceso. “La ley equipara con la sentencia definitiva a los autos que pongan fin a la acción, a la pena, o hagan imposible que continúen las actuaciones... el recurso de casación procede, por tanto, contra el auto de sobreseimiento, pero no contra la resolución que lo deniega... Por no revestir el carácter de decisión definitiva se ha declarado improcedente la casación...” (ver STJRNSP in re “DR. G. ELCARAZ – AGENTE FISCAL” Se. 103/01 del 10-10-01; in re “ROSSI” Se. 105/01 del 16-10-01). (Voto del Dr. Lutz).


SANTAMARÍA, ANDRÉS S/ QUEJA (EN: DR. CHIRINOS, JP S/QUEJA EN AUTOS: FERRARI...)

21778/06

SENTENCIA: 8 - 20/02/2007 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

SENTENCIA DEFINITIVA - RESOLUCIONES EQUIPARABLES A DEFINITIVA - PRISION PREVENTIVA - DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

<44909> Es doctrina reiterada de este Superior Tribunal de Justicia la que atribuye características de definitividad al pronunciamiento en tratamiento, dado que la decisión que restringe la libertad del imputado con anterioridad al fallo final de la causa es equiparable a sentencia definitiva en tanto es suceptible de ocasionar un perjuicio de imposible reparación ulterior, por afectar un derecho constitucional que exige tutela inmediata (ver Fallos 280: 297 , 311:3 58; 314: 791, entre otros).(Mayoría de los Dres. Balladini y Lutz).


STJRNSP: SE. <32/06> “Incidente excarcelación de A. P. C. s/ Apelación s/ Casación” (Expte. Nº 20734/05 STJ), (27-04-06). BALLADINI – SODERO NIEVAS – LUTZ –

Nº 20734/05 STJ

SENTENCIA: 32 - 27/04/2006 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - SENTENCIA NO DEFINITIVA - INCIDENTE DE NULIDAD - RESOLUCIONES EQUIPARABLES A DEFINITIVA

<48494> “No procede el recurso extraordinario contra la sentencia que rechazó el incidente de nulidad, pues no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (artículo 14 de la Ley 48)” (“Banco de la Ciudad de Buenos Aires c/ Complejo Forestal Fueguino S.A.”, Se. Del 06-10-92). Este criterio restrictivo ha sido confirmado por este Cuerpo en el sentido de que sólo “... bajo determinadas circunstancias procesales son equiparables a sentencia definitiva: a) los autos denegatorios de la libertad del imputado, b) los que conceden o deniegan la probation, c) el incidente de nulidad por grave desvío de procedimiento. Este último supuesto presupone actos y procedimientos cumplidos con graves vicios iuris in procedendo, susceptibles de causar nulidad absoluta, declarables de oficio en cualquier estado y grado del proceso, de lo cual pueden resultar consecuencias irreparables (C. A. Chiara Díaz, 'El recurso de casación como garantía del debido proceso', Tomo I, págs. 174 y ss., en revista de 'Derecho Penal' 2001 - 1)” (STJRNSP in re “RAMIREZ CABRERA” Se. 90/02 del 28-08-02 y STJRNSP in re “INCIDENTE DE NULIDAD… AGUIRRE” Se. 62/07 del 25-04-07). (Voto del Dr. Sodero Nievas)


CARABALLO, Domingo Oscar s/Queja en: 'CARABALLO, Domingo y ARANDA, María s/Estafa s/Apelación' S/ QUEJA

23311/08

SENTENCIA: 169 - 25/11/2008 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

EXCEPCION DE PRESCRIPCION: PROCEDENCIA PARCIAL - PRECLUSION PROCESAL - SENTENCIA DEFINITIVA - SENTENCIA NO DEFINITIVA

<35213> En punto a la cuestión de la definitividad, debe distinguirse según cuál sea la resolución que se adopte frente a un planteo de prescripción: si se lo rechaza, entonces lo decidido no reviste carácter definitivo ni resulta equiparable a tal por sus efectos, pues nada impide que el juicio siga adelante hasta el dictado de la sentencia sobre la cuestión de fondo; en cambio, si se hace lugar a dicha defensa, sí impide la continuación del pleito o, como en este caso en que se la admitió parcialmente, al menos agota la discusión en torno de aquello sobre la que ha recaído el pronunciamiento, cuyo agravio ya no podrá ser disipado por la sentencia definitiva. (Del voto de los Dres. Lutz y Sodero Nievas sin disidencia)


MOSQUERA, ROBERTO MAURICIO G. Y OTROS C/ LOTERIA DE LA PROV. DE RIO NEGRO S/ DIFERENCIAS SALARIALES S/ INAPLICABILIDAD DE LEY

16293/01

SENTENCIA: 122 - 30/12/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

SENTENCIA NO DEFINITIVA: CONCEPTO

<16110> No puede considerarse definitiva una sentencia que resuelve una cuestión litigiosa dentro del proceso pero que no posee relación directa o proximidad jurídica conceptual con la decisión del fondo.


S., J. I. s/ QUEJA EN: 'L., A. R. c/ S., J. I. y CLINICA VIEDMA S.A. s/ DAÑOS Y PERJUICIOS'

Nº 19193/03 - STJ

SENTENCIA: 38 - 06/05/2004 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

SENTENCIA DEFINITIVA - CONCEPTO

Este Superior Tribunal de Justicia ha dicho que, para asignar carácter de definitiva a la sentencia, la ley mira a la supervivencia misma de la acción ejercitada, por lo que allí donde no obstante aquella sentencia el pleito continúe o pueda renovarse no hay, en principio, sentencia definitiva (cf. STJRNS3 Se. 83/14 "MACIA"). (Voto del Dr. Barotto sin disidencia)


ASOCIACIÓN DE GUARDAVIDAS DE BARILOCHE Y OTROS C/ MUNICIPALIDAD DE BARILOCHE S/ MEDIDAS CAUTELARES (L)

BA-07029-L-0000

SENTENCIA: 115 - 21/09/2021 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

SENTENCIA DEFINITIVA - CONCEPTO

Para asignar carácter de definitiva a la sentencia la ley mira la supervivencia misma de la acción ejercitada. Es así que, no obstante aquella sentencia el pleito continúe o pueda renovarse, no hay en principio, sentencia definitiva (cf. STJRNS1 Se. 06/09 "ZAMBRUNO"). (Voto del Dr. Apcarian, Dra. Zaratiegui y Dr. Barotto sin disidencia)


N. L. A (EN REPRESENTACION DE SU HIJA N. D. L) C/ D. M. J S / CUIDADO PERSONAL S/ CASACION

P-1SAO28-F2017

SENTENCIA: 18 - 29/05/2020 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1