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RECURSO DE CASACION - SENTENCIA DEFINITIVA - RESOLUCIONES EQUIPARABLES A DEFINITIVA

<40231> Las decisiones que mantienen restringida la libertad del imputado con anterioridad al fallo final de la causa, deben equipararse a las sentencias definitivas, de modo que resulten recurribles por vía del recurso extraordinario siempre que además se encuentre involucrada en el caso alguna violación de garantía constitucional (v., “mutatis mutandi”, cf. CSJN, fallos 307: 549) , aspecto este último que no se advierte, no ha sido invocado, ni demostrado por el recurrente.


STJRNSP: SE. <176/99> “C., H. R. s/ QUEJA EN: INCIDENTE DE EXCEPCION DE FALTA DE ACCION EN AUTOS: C., H. R. s/ LESIONES”, (01-12-99) . LUTZ - BALLADINI

Sin datos

SENTENCIA: 176 - 01/12/1999 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE CASACION: IMPROCEDENCIA - MEDIDAS CAUTELARES - SENTENCIA NO DEFINITIVA - SENTENCIA DEFINITIVA - RESOLUCIONES EQUIPARABLES A DEFINITIVA

<15939> "Las resoluciones referentes a medidas cautelares no constituyen sentencia definitiva o equiparable a ésta, a los fines de habilitar la instancia extraordinaria." (conf. CS., "Camus" Se. del 06-02-03, en SAIJ. Sumario nro. A0061739).


C., L. A. s/QUEJA EN: 'C., L. A. c/SUC. S. VDA. DE C. y Otros s/ORDINARIO s/MEDIDA CAUTELAR

Nº 18983/03 - STJ

SENTENCIA: 11 - 03/03/2004 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - RECURSO DE CASACION: IMPROCEDENCIA - MEDIDAS CAUTELARES - SENTENCIA NO DEFINITIVA - SENTENCIA DEFINITIVA - RESOLUCIONES EQUIPARABLES A DEFINITIVA

<15940> En principio las sentencias - que revocan una medida cautelar -, como la que se pretende traer a discusión en esta instancia no son definitivas, por cuanto las medidas cautelares por su naturaleza, son mutables durante toda la tramitación de la causa y pueden variar siempre que varíen las requisitos que se tuvieron en cuenta para su dictado. Dicha provisionalidad atenta contra el recaudo de "definitividad" que inexorablemente deben contener las sentencias a efectos de su revisión por vía del recurso de casación dado que conspira contra la posibilidad de que se configure un agravio de insusceptible reparación ulterior. Sin embargo, también es cierto, como lo manifestara el recurrente que excepcionalmente pueden asumir aquél carácter y pueden ser traídas a esta instancia extraordinaria, cuando la sentencia que pone fin al pleito no repara el agravio, pero este supuesto de excepción no puede entenderse configurado con la sola afirmación no circunstanciada ni adecuadamente probada de la recurrente.


C., L. A. s/QUEJA EN: 'C., L. A. c/SUC. S. VDA. DE C. y Otros s/ORDINARIO s/MEDIDA CAUTELAR

Nº 18983/03 - STJ

SENTENCIA: 11 - 03/03/2004 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

SENTENCIA DEFINITIVA - RESOLUCIONES EQUIPARABLES A DEFINITIVA - PRISION PREVENTIVA - DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

<44909> Es doctrina reiterada de este Superior Tribunal de Justicia la que atribuye características de definitividad al pronunciamiento en tratamiento, dado que la decisión que restringe la libertad del imputado con anterioridad al fallo final de la causa es equiparable a sentencia definitiva en tanto es suceptible de ocasionar un perjuicio de imposible reparación ulterior, por afectar un derecho constitucional que exige tutela inmediata (ver Fallos 280: 297 , 311:3 58; 314: 791, entre otros).(Mayoría de los Dres. Balladini y Lutz).


STJRNSP: SE. <32/06> “Incidente excarcelación de A. P. C. s/ Apelación s/ Casación” (Expte. Nº 20734/05 STJ), (27-04-06). BALLADINI – SODERO NIEVAS – LUTZ –

Nº 20734/05 STJ

SENTENCIA: 32 - 27/04/2006 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

ACCION DE AMPARO - RESOLUCIONES EQUIPARABLES A DEFINITIVA - SENTENCIA DEFINITIVA - EXCEPCION A LA REGLA: AGRAVIO IRREPARABLE

<23301> En cuanto a la acción de amparo fundada en la legislación impositiva, el Alto Tribunal ha considerado que la resolución allí recaída resulta equiparable a sentencia definitiva, en forma excepcional, cuando “lo decidido es susceptible de incidir en la percepción de la renta pública, lo que revela un factor de retardo y perturbación en el desarrollo de la política económica del Estado, con menoscabo de los intereses de la comunidad” (cf. S. B. PALACIO DE CAEIRO, en “Cuestión Federal y Resoluciones equiparadas a sentencia definitiva”, p. 250/251) . (Voto del Dr. Sodero Nievas) .


STJRNCO: SE. <610/02> "S., D. s/QUEJA EN: ”S., D. s/AMPARO INFORMATIVO” (Expte. Nº 17522/02 -STJ-) ,(19-09-02) . SODERO NIEVAS - LUTZ

Nº 17522/02 -STJ-

SENTENCIA: 610 - 19/09/2002 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

RECURSO DE QUEJA - SUSPENSION DEL JUICIO A PRUEBA: FINALIDAD - RESOLUCION DENEGATORIA - SENTENCIA DEFINITIVA - RESOLUCIONES EQUIPARABLES A DEFINITIVA

<84566> […] mezquino resulta afirmar que el objetivo de la suspensión del juicio a prueba es lograr la extinción de la acción penal, cuando teleológicamente el instituto tiende a lograr, por un lado, la no prisionalización en aquellos supuestos en los que la privación de libertad no se ofrezca como necesaria o conveniente (imputados / acusados, respecto de los cuales de recaer condena la misma podrá ser en suspenso) y, por otro, la autorredención del inculpado, demostrando que posee capacidad de redimirse y quizá reparar en la medida de sus posibilidades el daño ocasionado por el delito, merced al cumplimiento de las reglas controladas por la jurisdicción. (Del voto de la Dra. Piccinini sin disidencia)


ESCALANTE, ELISEO ENRIQUE S/ QUEJA (en: 'ESCALANTE, Eliseo Enrique s/Tenencia ilegal de arma de uso civil')

26599/13

SENTENCIA: 135 - 01/10/2013 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE CASACION: REQUISITOS - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - QUERELLANTE - DETENCION - EXAMEN DE ADMISIBILIDAD - SENTENCIA DEFINITIVA - RESOLUCIONES EQUIPARABLES A DEFINITIVA - SENTENCIA NO DEFINITIVA - PRISION PREVENTIVA - EXCARCELACION - FACULTADES DE LOS JUECES

<44998> Para el examen de legalidad de las sentencias mediante recurso de casación, el tribunal de grado inferior no puede prescindir del análisis de los requisitos para su habilitación, entre los que se encuentra que la resolución impugnada debe ser sentencia definitiva o equiparable a tal. Este aspecto no fue modificado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente “CASAL” (del 20-09-05), que sí hace referencia a la materia examinable en casación, excluyendo las cuestiones vinculadas con la inmediación en la apreciación del la prueba. En este marco, la declaración de admisibilidad carece absolutamente de fundamentos sobre dicha temática y no puede tergiversarse de tal modo el fallo Nº 140/00 dictado por este Cuerpo (STJRNSP in re “MUÑOZ” del 12-12-00), cuando se ocupa de la situación inversa. Esto es, quien impugna una decisión jurisdiccional sosteniendo que se encuentra privado ilegalmente de la libertad antes de la sentencia final de la causa encuentra habilitada la instancia pues toda reparación podría ser tardía o imposible, y puede discutir el auto de procesamiento que fundamente dicha cautelar para evitarla, pero de lo anterior no es dable colegir sin más que igual facultad tiene quien pretenda el arresto del imputado libre. En cuanto al análisis de esta decisión equiparable a definitiva, aclaro que los jueces de grado son responsables de la ponderación de las causales que habilitan el dictado de una medida cautelar para privar de libertad fundadamente, conforme con la ley y la doctrina legal de este Tribunal expresada en la Se. 32/06 (STJRNSP “Incidente...” del 27-04-06). (Opinión personal del Dr. Sodero Nievas).


GAITÁN, JUAN VICENTE; YACOPINO, PABLO NICOLÁS S/ HOMICIDIO Y LESIONES GRAVES CULPOSAS S/ CASACIÓN

21088/06

SENTENCIA: 51 - 05/06/2006 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE APELACION: REQUISITOS - SENTENCIA DEFINITIVA - RESOLUCIONES EQUIPARABLES A DEFINITIVA - CODIGO PROCESAL ADMINISTRATIVO - LEY 5106

El Código Procesal Administrativo […] establece en el inciso b) de su artículo 30 […] que sólo son apelables ante el Superior Tribunal de Justicia las sentencias definitivas o equiparables a tales […]. (Voto del Dr. Barotto por sus fundamentos)


CATEDRAL ALTA PATAGONIA S.A. S /QUEJA EN: "CATEDRAL ALTA PATAGONIA S.A. C /MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE Y OTRO S / CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO" S/ QUEJA

CS1-291-STJ2017

SENTENCIA: 16 - 23/03/2017 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE CASACION: REQUISITOS - RESOLUCIONES EQUIPARABLES A DEFINITIVA - SENTENCIA DEFINITIVA - FUNDAMENTACION DEL RECURSO - EXPRESION DE AGRAVIOS: REQUISITOS

<48094> No obstante lo sostenido en el considerando precedente [el auto interlocutorio impugnado es sentencia equiparable a definitiva para la parte querellante], es doctrina de este Superior Tribunal que ello no implica por sí una habilitación automática de la instancia extraordinaria, es decir, por la sola interposición en tiempo del recurso contra una sentencia definitiva o equiparable a tal. Ello es así puesto que la actividad impugnaticia prevista en los arts. 418 [415], 433 [432] y ccdtes. del código adjetivo obligan a que el recurrente exprese agravios, con el objeto de una mejor administración de justicia y para evitar un desmedro de la garantía constitucional de la duración razonable del proceso y la celeridad de su trámite (art. 18 C.Nac.), como así también para habilitar un mecanismo que permita un grado de jurisdicción, entendido éste como un medio de búsqueda de una decisión más justa. (Voto del Dr. Sodero Nievas).


PERALTA, Carlos y GATTI, Fabián S/ QUEJA (en: 'PERALTA, Carlos Gustavo s/Denuncia s/Apelaciones')

23039/08

SENTENCIA: 117 - 20/08/2008 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE INAPLICABILIDAD DE LEY - RESOLUCIONES EQUIPARABLES A DEFINITIVA - CADUCIDAD DE INSTANCIA: EFECTOS - EXCEPCION DE PRESCRIPCION - OPORTUNIDAD PROCESAL - SENTENCIA DEFINITIVA

<34041> Adviértase que en las presentes actuaciones la parte demandada opuso la excepción de prescripción, cuyo tratamiento fue derivado por el Tribunal para la oportunidad del dictado de la sentencia definitiva. Es decir que, más allá de que en virtud de las vicisitudes procesales del trámite tal defensa no fue resuelta por el a quo, el reclamo aquí planteado podría ver afectada su renovación a posteriori, y ello coadyuva a que el pronunciamiento en cuestión - como se dijo - sea equiparable a sentencia definitiva. Es en este sentido que la declaración de caducidad puede proyectar efectos sobre la acción y provocar en forma indirecta su extinción. (Voto del Dr. Sodero Nievas).


BILBAO, JUAN ATILIO Y OTRA S/ ACCION DE NULIDAD S/ INAPLICABILIDAD DE LEY

20562/05

SENTENCIA: 19 - 15/03/2007 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3