Sumarios STJ

Sumarios Seleccionados:

Busqueda realizada: definitiva (Todas las Palabras)

Mostrando 1-7 de 7 elementos.

SENTENCIA DEFINITIVA - CUESTIONES DE COMPETENCIA

<04751> Si bien este STJ ha advertido la necesidad de correlacionar las doctrinas de la Corte Suprema de Justicia de la Nación con las propias en materia de sentencia definitiva cuando el criterio local pudiera conducir a la frustración de una vía idónea o útil previa al recurso extraordinario federal, en el caso concreto no existe discordancia por cuanto con arreglo a la doctrina de la Corte las decisiones sobre cuestiones de competencia no constituyen sentencias definitivas ni pueden equipararse a ellas en tanto no medie denegación del fuero federal, excepción esta última, que no se cumple en el caso bajo examen. (Cf. Telefónica de Argentina S. A., Se. nro. 69/96 )


R., J. s/ INHIBITORIA s/ CASACION

Sin datos

SENTENCIA: 46 - 15/04/1997 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE CASACION - SENTENCIA DEFINITIVA

<05208> Cuando se controvierte por la vía casatoria una sentencia que no es sentencia definitiva (bajo la pretensión de que, no obstante, resulta asimilable al fallo definitivo). es carga del interesado efectuar una argumentación concreta destinada a demostrar la concurrencia del citado recaudo de admisibilidad. (Cf. sentencia del STJ. sala civil, 276/95, in re: RODRIGUEZ del 26-09-95, voto de los Dres. Balladini y G. Osella).


PROVINCIA DE RIO NEGRO s/ QUEJA EN: A. A. L. y OTROS c/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (CAJA DE PREVISION SOCIAL). s/ SUMARISIMO

Sin datos

SENTENCIA: 8 - 21/02/1997 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

SENTENCIA DEFINITIVA - EXCLUSION DE LA TUTELA SINDICAL

<05258> El pronunciamiento del Tribunal del Trabajo que hace lugar a la exclusión de la garantía sindical en los términos de la ley 23551 y el decreto 467/88 no es definitivo... porque no decide la suerte o existencia del derecho de fondo debatido al comprender sólo el primer tramo del procedimiento legalmente instituído para la dilucidación del derecho afectado que se invoca. (Cf. Suprema Corte de Buenos Aires, in re: Chocolateria San C. De Bariloche S. A. C. I. I. F. " del 23-04-92, Banco de La Pampa del 16-06-92, Tia S. A. del 05-09-95, Micro Sur S. A. del 27-02-96, A. del 11-05-93, Etc).


Q. L. y F. A. s/ QUEJA EN: MICRO OMNIBUS TRES DE MAYO S. A s/ SUMARISIMO POR EXCLUSION DE GARANTIA LEY 23551

Sin datos

SENTENCIA: 43 - 06/05/1997 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

RECURSO DE CASACION: OBJETO - SENTENCIA DEFINITIVA

<04895> En nuestro sistema procesal pueden ser objeto del remedio casatorio las sentencias definitivas, o sea, "las que dirimen la controversia poniendo fin al pleito o haciendo imposible su continuación" (Conf. Imaz y Rey: "El Recurso Extraordinario" pág. 197/198) , o las que el propio art. 427 del ordenamiento ritual ha equiparado taxativamente a sentencia definitiva por sus efectos: "los autos que pongan fin a la acción o a la pena, o hagan imposible que continúen, o denieguen la extinción, conmutación o suspensión de la pena"


R., J. s/ INHIBITORIA s/ CASACION

Sin datos

SENTENCIA: 46 - 15/04/1997 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO EXTRAORDINARIO - SENTENCIA DEFINITIVA - SUPERIOR TRIBUNAL DE LA CAUSA

<04773> La expresión sentencia definitiva, dentro del recurso extraordinario, se vincula o amalgama inexcusablemente con el concepto de tribunal superior de la causa, para que sea formalmente admisible tal recurso. (Cf. Sagües, Derecho procesal constitucional - Recurso extraordinario, tomo I, 2da edición p. 326)


G., J. A. s/ ESTELIONATO Y USO DE DOCUMENTO FALSO EN CONC. IDEAL s/ CASACION

Sin datos

SENTENCIA: 55 - 08/05/1997 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO EXTRAORDINARIO: IMPROCEDENCIA - SENTENCIA DEFINITIVA - SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

<04701> "Los agravios en que se funda el recurso extraordinario no deben referirse a la sentencia de primera instancia (léase la Cámara) , cualesquiera sean las deficiencias que contenga, sino a la de segunda (léase del Superior Tribunal) , que ha sido la definitiva a los fines de este remedio excepcional..."(Cf. CSJN, fallos 271: 117)


A., R. L. s/ QUEJA EN: G., N. F. y OTRO s/ ROBO CALIFICADO

Sin datos

SENTENCIA: 3 - 06/02/1997 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO EXTRAORDINARIO - SENTENCIA DEFINITIVA - SENTENCIAABSOLUTORIA - NULIDAD PROCESAL - NON BIS IN IDEM

<04774> La reapertura de un proceso terminado por un fallo final es equiparable a sentencia definitiva a los efectos del recurso extraordinario. Sin embargo, en el caso de autos la sentencia absolutoria nulificada por vía del pronunciamiento de este STJ no poseía fuerza de cosa juzgada y por tanto, lo decidido en este último no guarda relación directa con el principio "non bis in idem". (Cf. CSJN, fallos 258: 220)


P., F. G. s/ VIOLACION DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIO PUBLICO s/ CASACION

Sin datos

SENTENCIA: 56 - 08/05/1997 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2