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SENTENCIA DEFINITIVA - SENTENCIA NO DEFINITIVA - RESOLUCION NO DEFINITIVA - PROVIDENCIA SIMPLE

<15002> "... la resolución que dio origen a la serie de recursos descriptos y que culmina en esta instancia extraordinaria, es la providencia simple que declara desierto el recurso de apelación de dicho decisorio, pronunciamiento este que no recae sobre el asunto principal objeto del litigio y que por lo tanto no puede constituir sentencia definitiva a los efectos del recurso de marras"


V., R. V. y EMPRESA DE OMNIBUS CENTENARIO S. R. L. S/ QUEJA EN: 'L., R. C. C/ V., R. V. y Otro S/ EJECUTIVO'

Nº 16042/01 - STJ

SENTENCIA: 64 - 18/10/2001 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

SENTENCIA DEFINITIVA - SENTENCIA NO DEFINITIVA

<40566> Sentencia no definitiva o resolución no equiP., a la sentencia definitiva como "aquélla que a) no pone fin al pleito; b) ni impide su continuación; c) ni causa un agravio de imposible o insuficiente reparación; d) ni implica un supuesto de gravedad institucional" (Cf. N. P. Sagüés, "Recurso Extraordinario", Tomo I, ps. 351/352) .


STJRNSP: SE. <27/00> "M., E. s/ QUEJA EN: INCIDENTE DE EXCEPCION DE FALTA DE ACCION EN AUTOS: B. N. s/ DCIA. PTA. MALA PRAXIS”, (EXPTE. NRO. 14119/99 - STJ - ) , (23-03-00) . BALLADINI - LUTZ - RODRIGUEZ AGUIRREZABALA (SUBROGANTE) .

Sin datos

SENTENCIA: 27 - 23/03/2000 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

SENTENCIA NO DEFINITIVA - SENTENCIA DEFINITIVA

<33687> "Sentencia definitiva es la que termina el pleito o la causa y concluye el proceso, o hace imposible su continuación. Su carácter esencial consiste en el efecto conclusivo de la decisión con relación al proceso, en primer término, y al agotamiento de la cuestión planteada, en segundo lugar. Aquello ocurre por la resolución de la causa en la culminación de las instancias ordinarias sin posibilidad de renovar su examen ex novo e in totum ante un tribunal de grado superior y dentro del mismo proceso, ésto por la extinción de la acción sin posibilidad de replantear la misma cuestión por otra vía y en un proceso nuevo. Si la causa puede proseguir con plenitud en el mérito, o si el asunto puede renovarse en otro juicio, no existe, por regla sentencia definitiva (conf. De la Rúa: 'El recurso de casación en el derecho positivo argentino', págs. 418, 419)" (STJRN in re: "GARCIA" Se. 137/93 del 17-09-93). (Voto de los Dres. Sodero Nievas y Balladini)


MUNICIPALIDAD DE GENERAL ROCA S/QUEJA EN: "SEARA SOSA, JOSE DANIEL C/ MUNICIPALIDAD DE GENERAL ROCA S/ RECLAMO S/ QUEJA

21081/06

SENTENCIA: 64 - 15/06/2006 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

SENTENCIA NO DEFINITIVA - SENTENCIA DEFINITIVA

<33686> "No son sentencias definitivas las que están sometidas a un pronunciamiento ulterior que puede disipar el agravio que de ellas derive, y sólo si la sentencia que pone fin al pleito no lo repara asumen aquel carácter y pueden ser traídas a la instancia extraordinaria (cf. CSJN Fallos 303: 740)" (STJRN in re "ACOSTA” Se. Laboral 93/94 del 13-07-94). (Voto de los Dres. Sodero Nievas y Balladini)


MUNICIPALIDAD DE GENERAL ROCA S/QUEJA EN: "SEARA SOSA, JOSE DANIEL C/ MUNICIPALIDAD DE GENERAL ROCA S/ RECLAMO S/ QUEJA

21081/06

SENTENCIA: 64 - 15/06/2006 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

SENTENCIA DEFINITIVA - SENTENCIA NO DEFINITA - RESOLUCION NO DEFINITIVA - EXCEPCION DE INCOMPETENCIA

<15021> "No es definitivo o equiparable a tal el pronunciamiento que, al admitir la excepción opuesta, declaró la incompetencia de la justicia civil para conocer en la demanda relativa a la determinación y cobro de los honorarios reclamados por gestiones realizadas para la participación de una empresa como contratista en diversas obras públicas" (C. S. J. N., "Vanney, E. J. C/ Huarte SACIF. y C. S/ Cobro de pesos" del 14-10-97).


DCION. GRAL. DE RENTAS C/ CONIPA S. A - ECOFISA S. A. - CALIXSS. S. A. E. INGENIERIA Y ARQUITECTURA S. R. L. - UTE - S/ APREMIO S/ CASACION

Nº 16151/01 - STJ

SENTENCIA: 71 - 13/11/2001 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

SENTENCIA DEFINITIVA - SENTENCIA NO DEFINITIVA - RESOLUCION NO DEFINITIVA - EXCEPCION DE INCOMPETENCIA

<15023> "La sentencia de grado que hace lugar a la excepción de incompetencia planteada por la demandada, no implica la conclusión del pleito, ni impide la continuación del mismo, careciendo del carácter definitivo requerido para el tratamiento en esta instancia. " (Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz, "Arancibia Maldonado, G. C/ J. R. Lagreze y otra C/ Cobro de pesos", SE. Nº 5132 del 23-11-99).


DCION. GRAL. DE RENTAS C/ CONIPA S. A - ECOFISA S. A. - CALIXSS. S. A. E. INGENIERIA Y ARQUITECTURA S. R. L. - UTE - S/ APREMIO S/ CASACION

Nº 16151/01 - STJ

SENTENCIA: 71 - 13/11/2001 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

SENTENCIA DEFINITIVA - SENTENCIA NO DEFINITIVA - RESOLUCION NO DEFINITIVA - RECHAZO EXCEPCION DE PRESCRIPCION

<15000> "La sentencia interlocutoria que confirmó el rechazo de las excepciones de prescripción opuesta y mandó llevar adelante el juicio, no constituye sentencia definitiva a los efectos del recurso extraordinario; requisito que no cabe obviar aún cuando se invoquen garantías constitucionales o la doctrina sobre arbitrariedad" (CNApl. CyC. Fed, Cap. Fed., sala 2, "Lascano, J. R. C/ Digos Dirección General de Obra Social y otro S/ Sumario", del 01-11-91).


C., B. C/ S., P. S/ COSA JUZGADA I. S/ CASACION

Nº 16081/01 - STJ

SENTENCIA: 63 - 16/10/2001 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

CADUCIDAD DE INSTANCIA: EFECTOS - SENTENCIA NO DEFINITIVA - RESOLUCIONES EQUIPARABLES A DEFINITIVA: PROCEDENCIA - SENTENCIA DEFINITIVA - PRESCRIPCION

<37235> La resolución que declara la caducidad de la primera instancia, en principio no adquiere la calidad de definitiva a los fines de recurso extraordinario, pues la acción podría volverse a ejercitar en un nuevo juicio. Excepcionalmente sí se la podría considerar equiparada a sentencia definitiva por sus efectos, en caso de que lo resuelto causara perjuicio de imposible o muy difícil reparación ulterior, o existiera un impedimento legal para reiterar el reclamo eficazmente. Esto último es lo que sucede en el caso particular de autos, habida cuenta de que, a los efectos de la prescripción, el caso podría encuadrarse en lo dispuesto por el art. 3987 CC (actual art. 2547 CCyC); perimida la instancia, desaparece el efecto interruptivo de la prescripción propio de la demanda. En consecuencia, todo el tiempo transcurrido conduciría a admitir que la acción intentada ha prescripto, con lo cual el recurrente perdería la posibilidad de reiterar eficazmente su reclamo (véase Toribio E. Sosa: "Caducidad de Instancia" […]). En síntesis, si -como sucede en este caso- se advierte, o se demuestra, que la resolución que declara la caducidad habrá de proyectar sus efectos sobre la prescripción de la acción, entonces debe concluirse que aquélla reviste carácter de "sentencia definitiva" a los fines del art. 56 de la ley P Nº 1504 (vid. Osvaldo A. Maddaloni y Diego Javier Tula: "Prescripción y Caducidad en el Derecho del Trabajo", […]). (Voto del Dr. Apcarián sin disidencia)


FANTINO, MIRTA ISABEL C/ VANGUARDIA S.A. S/ SUMARISIMO

14915/02

SENTENCIA: 12 - 01/03/2016 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

RECUSACION CON CAUSA - SENTENCIA DEFINITIVA - SENTENCIA NO DEFINITIVA

<14944> La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha afirmado que: "Los pronunciamientos que rechazan una recusación con causa no tienen el carácter de sentencia definitiva a los fines del recurso extraordinario, máxime si el fallo impugnado cuenta con suficientes fundamentos de derecho procesal, sin que se advierta que lo resuelto resulte irrazonable. " (Conf. CSJN., in re: "UNION CIVICA RADICAL" SE. del 31-05-99).


M., A. E. S/ QUIEBRA S/ INCIDENTE DE RECUSACION S/ CASACION

Nº 15966/01 - STJ

SENTENCIA: 49 - 30/08/2001 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

SENTENCIA NO DEFINITIVA - REPLANTEO DE CUESTIONES - SENTENCIA DEFINITIVA

<82192> La ausencia de definitividad implica la admisión de otras vías hábiles para replantear las cuestiones en la oportunidad de una sentencia definitiva que no satisfaga la idea de justicia del recurrente. (Del voto del Dr. Balladini sin disidencia)


BONÉ, Rafael; Joel Hindalicio CONTRERAS BAHAMONDES y Joel Maximiliano CONTRERAS VELÁZQUEZ s/Queja en: 'AQUINO, Cristian y Otros s/Privación ilegítima...' S/ QUEJA

24808/10

SENTENCIA: 21 - 22/03/2011 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2