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<06076> Las sentencias y resoluciones deben contener conceptos sencillos, no exentos de profundidad jurídica, fáciles de comprender por las personas comunes que son, en definitiva, los destinatarios de las decisiones de los jueces. S. S., O. A. s/ HOMICIDIO CULPOSO CON RESULTADO PLURIDAÑOSO - 2 VICTIMAS FATALES - s/CASACION Sin datos SENTENCIA: 115 - 15/08/1996 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 | ||
<06170> El art. 18 de la Constitución Nacional dispone que ningún habitante de la Nación puede ser condenado sin juicio previo; la exigencia del juicio previo tiene el significado de un pronunciamiento jurisdiccional y conclusivo, definitivamente de un proceso regular y legal. A través de la motivación el Tribunal muestra a los interesados y a la colectividad en general que ha estudiado acabadamente la causa; que ha respetado el ámbito de la acusación; que ha valorado las pruebas sin descuidar los elementos fundamentales; que ha razonado lógicamente y ha tenido en cuenta los principios de la experiencia y, en fin, que ha aplicado las normas legales de acuerdo a un justo criterio de adecuación. (Conf. De la Rúa "Recurso de Casación" pág. 150 y ss) O., C. E. s/ DOBLE HOMICIDIO CULPOSO Y LESIONES LEVES CULPOSAS EN CONC. IDEAL s/ CASACION Sin datos SENTENCIA: 110 - 07/08/1996 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 |