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RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL - IMPROCEDENCIA - SENTENCIA NO DEFINITIVA

El recurso extraordinario federal no se dirige contra una sentencia definitiva ni equiparable a tal del superior tribunal de la causa en el orden local. La ausencia del requisito de definitividad no puede suplirse invocando la arbitrariedad o el desconocimiento de garantías constitucionales (cf. CSJN, Fallos 308:1202, 308:1230 y 308:2068), por lo que los agravios defensistas no bastan para demostrar violación de derecho alguno o la existencia de una cuestión federal que amerite la intervención del máximo Tribunal de la Nación.


A., R.C. S/ QUEJA (EN: 'A., R.C. S/INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE ASISTENCIA FAMILIAR')

PS2-179-STJ2016

SENTENCIA: 266 - 04/10/2017 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL - DENEGACION DEL RECURSO - SENTENCIA NO DEFINITIVA - SENTENCIA ABSOLUTORIA - NULIDAD DE SENTENCIA - REENVIO - CONTINUACION DEL PROCESO - ACORDADA CSJN 4/07

El recurso interpuesto a favor de […] incumple con el requisito establecido en el art. 3 inc. a) de la Acordada Nº 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que exige “la demostración de que la decisión apelada proviene del superior tribunal de la causa y de que es definitiva o equiparable a tal según la jurisprudencia de la Corte”. En efecto, respecto de la nombrada, el Superior Tribunal dispuso anular la absolución dispuesta en la Sentencia Nº 60/14 del Juzgado de origen y reenviarle el expediente para que, con distinta integración, continúe con el trámite (art. 441 C.P.P.), lo que quita definitividad a lo decidido, en la medida en que no implica una resolución incriminatoria sobre el fondo del reproche. Así, lo decidido solamente conlleva la continuidad del proceso, sin más restricciones para la […] que las que implican encontrarse sometida a juicio. Por lo demás, la ausencia de definitividad no puede suplirse por la invocación de arbitrariedad o de violación de garantías constitucionales (CSJN Fallos 308:1202, 308:1230 y 308:2068).


OLIVERA, OSCAR MARTIN S /USURPACION Y HURTO SIMPLE EN CONCURSO REAL S/ CASACION

41985-10-II

SENTENCIA: 18 - 22/02/2017 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL - ADMISIBILIDAD PARCIAL DEL RECURSO - SENTENCIA DEFINITIVA - COSTAS

En el análisis formal que le cabe al Superior Tribunal de Justicia en principio advierto que existe sentencia definitiva respecto a la imposición de costas a las amparistas, circunstancia que viabiliza la pretensión de las recurrentes. En este aspecto considero que el planteo cuenta con el suficiente andamiaje que requiere la Ley N° 48 en el art. 14 y cc. y el CPCC. de la Nación (art. 285, ss. y cc.) para poder habilitar tan extraordinaria vía del caso federal. (Voto del Dr. Mansilla en disidencia parcial)


O., M. M. Y W., L. A. -SECRETARIA ASOCIACIÓN “ÁRBOL DE PIE”- S/ AMPARO COLECTIVO

Nº 28301/15-STJ-

SENTENCIA: 37 - 12/04/2017 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL - IMPROCEDENCIA - ACORDADA CSJN N° 4/2007 - SENTENCIA NO DEFINITIVA

La parte tampoco satisface las exigencias del art. 3º, ya que no acredita que la decisión sea definitiva o equiparable a tal según la jurisprudencia de la Corte (inc. a). Al respecto, el máximo Tribunal de la Nación ha dicho que “... las decisiones que no hacen lugar a la prescripción de la acción penal no constituyen la sentencia definitiva a la que refiere el art. 14 de la Ley 48” (cf. Fallos 304:153, 312:552), puesto que no impiden la continuación del proceso sino lo contrario. La equiparación tampoco es posible dado que no se verifica, ni la interesada logra probar, la existencia de un agravio de imposible o insuficiente reparación posterior, o una cuestión de gravedad institucional, o la cancelación de vías ulteriores hábiles para el replanteo de los eventuales cuestionamientos que lo decidido pueda merecer (cf. STJRNS2 Se. 191/16 “Zabala”).


M., J.M. S / PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LA LIBERTAD Y LESIONES LEVES EN CONCURSO REAL S/ CASACION

PS2-265-STJ2017

SENTENCIA: 322 - 27/11/2017 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL - DENEGACION DEL RECURSO - SENTENCIA NO DEFINITIVA - SENTENCIA ARBITRARIA: IMPROCEDENCIA - REENVIO AL ORIGEN - VIOLACION DEL PRINCIPIO NON BIS IN IDEM: IMPROCEDENCIA

El recurso extraordinario federal articulado en la causa no tiene chances de prosperar, puesto que la decisión de este Cuerpo que objeta no es sentencia definitiva o equiparable a tal, de modo que no se satisface la exigencia del inc. a) del art. 3º de la acordada aplicable. Además, dado que la nulidad con reenvío propiciada oportunamente por este Cuerpo se sustenta en un caso de arbitrariedad de sentencia, la retrocesión es posible y lo resuelto no implica una violación del principio non bis in idem. De tal forma, la Defensa no formula un desarrollo argumental que conmueva lo establecido en la sentencia cuestionada acerca de la inaplicabilidad del referido principio, omitiendo, además, refutar la totalidad de los fundamentos expuestos por este Cuerpo, por lo que sus agravios no bastan para demostrar la arbitrariedad o la violación de garantías constitucionales que denuncia, y subsiste así el obstáculo vinculado con la ausencia de pronunciamiento definitivo.


QUINTERO, NESTOR OMAR S/ QUEJA (EN: 'QUINTERO, NESTOR OMAR S/HOMICIDIO')

CS1-146-STJ2016

SENTENCIA: 124 - 17/05/2017 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - SENTENCIA NO DEFINITIVA - ACORDADA CSJN 4/07: REQUISITOS FORMALES

El recurso extraordinario federal articulado en la causa no tiene chances de prosperar, puesto que la decisión de este Cuerpo que objeta no es sentencia definitiva o equiparable a tal, de modo que no se satisface la exigencia del inc. a) del art. 3º de la acordada aplicable.


ROJAS, RUBEN OMAR y VALDEBENITO, FERNANDO ANDRES S / ENCUBRIMIENTO, COHECHO, JUICIO S/ CASACION

1VI-1515-P2011

SENTENCIA: 1 - 08/02/2017 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL - SENTENCIA NO DEFINITIVA - MEDIDAS CAUTELARES - CESE DE LA PRISION PREVENTIVA - CONTINUACION DEL PROCESO

La sentencia impugnada versa sobre una materia incidental -el cese de la prisión preventiva solicitado por la Defensa-, y la anulación y el reenvío dispuestos no implican más que la continuación del trámite y el dictado de una nueva decisión respecto de la medida cautelar adoptada, la que a su vez podrá ser recurrida por quien se sienta afectado por ella. De tal modo, el titular del Ministerio Público Fiscal no logra acreditar un perjuicio irreparable para sus intereses ni la cancelación de vías hábiles ulteriores para el replanteo de los eventuales cuestionamientos que entienda procedentes.


AVILES, WALTER GUSTAVO Y CONTRERAS, EDUARDO FABIAN S /HOMICIDIO AGRAVADO (CON UN DETENIDO) (ACTUACIONES FOTOCOPIADAS) S/ CASACION

3BA-2316-P2012

SENTENCIA: 35 - 09/03/2017 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL - EXCESO DE RENGLONES - ACORDADA CSJN N° 4/2007

Los recursos se interponen en tiempo, por las partes legitimadas al respecto, contra la sentencia definitiva del superior tribunal de la causa en el orden local. No obstante ello, debe aplicarse el art. 11º de la Acordada Nº 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación dado que ambos incumplen con el art. 1º, ya que ninguno de los dos respeta el número máximo de veintiséis (26) renglones por página. Se trata de un dato de inexcusable ponderación, de acuerdo con el criterio del Alto Tribunal, lo cual constituye valladar suficiente para no habilitar la instancia (cf. CSJN, in re “Abecasis”, expte. A. 752. XLV., 15/03/2011). (Voto de la Dra. Piccinini sin disidencia)


SOTO, HUGO ANTONIO, VAZQUEZ, JUAN CARLOS Y HERNANDEZ, JOSE MANUEL S /ROBO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO, ROBO EN LUGAR POBLADO Y EN BANDA S/ CASACION

2RO-13393-P2015

SENTENCIA: 271 - 11/10/2017 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - SENTENCIA NO DEFINITIVA - CUESTIONES DE COMPETENCIA - DECLINATORIA - COMPETENCIA FEDERAL - JUZGADO FEDERAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE - CONTAMINACION AMBIENTAL - LAGO NAHUEL HUAPI - CONTAMINACION DE AGUAS - VERTIMIENTO DE DESECHOS - DESAGUES CLOACALES

No se advierte en el caso la existencia de "sentencia definitiva", en tanto el fallo recurrido de fs.[…] no configura un agravio de imposible o dificultosa reparación. Solamente confirmó el pronunciamiento del Juez de amparo que resignó la competencia de autos en favor del Sr. Juez Federal de Primera Instancia de la ciudad de San Carlos de Bariloche (RN) en función de haber actuado éste primero y a los fines de evitar el dispendio de la actividad jurisdiccional como así también la posibilidad del dictado de resoluciones contradictorias sobre idéntica situación denunciada (posible contaminación del Lago Nahuel Huapi), garantizándose el acceso a la jurisdicción en el trámite en curso en el fuero Federal. (Voto de la Dra. Piccinini sin disidencia)


O., M. M. Y W., L. A. -SECRETARIA ASOCIACIÓN “ÁRBOL DE PIE”- S/ AMPARO COLECTIVO

Nº 28301/15-STJ-

SENTENCIA: 37 - 12/04/2017 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL - FALTA DE FUNDAMENTACION - CUESTION NO FEDERAL

Con relación a la atribuida conculcación de las garantías constitucionales no evidencia el escrito impugnaticio un desarrollo eficiente a fin de otorgarle carácter autónomo, en la medida que la recurrente no ha demostrado la necesaria e insoslayable existencia de “relación directa e inmediata” entre los derechos constitucionales invocados y la cuestión objeto del pleito (art. 15 Ley 48). Ello reviste particular importancia en la medida que “la sola mención de preceptos constitucionales no basta para aquél fin” ([Fallos 165:62; 181:290; 266:135]). La relación directa que la ley citada exige existe sólo cuando la solución de la causa requiere necesariamente de la interpretación del precepto constitucional aducido ([Fallos 187:264; 248:129; 268:247]). De otro modo la jurisdicción de la Corte Suprema sería ineludiblemente privada de todo límite, pues no hay derecho que en definitiva no tenga raíz y fundamento en la Constitución Nacional ([Fallos 238:488; 295:335]). (Voto de la Dra. Zaratiegui sin disidencia)


CUSTET LLAMBI MARIA RITA -DEFENSORA GENERAL- S/ AMPARO

26081/12

SENTENCIA: 48 - 03/05/2017 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4