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RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - SENTENCIA NO DEFINITIVA - ALIMENTOS - CUESTIONES DE HECHO

<76926> En materia de alimentos no hay por regla sentencia definitiva en la medida en que, por no tener fuerza de cosa juzgada sustancial, la decisión que en juicio recaiga puede ser objeto de revisión posterior. Pero, aún cuando pudiera excepcionarse dicha regla en autos, los cuestionamientos que formula el recurrente apuntan a la revisión de circunstancias de hecho y prueba que hacen a la determinación de la capacidad económica de la madre y a la merituación fáctica de las necesidades que deben ser cubiertas en beneficio de la niña o como incide el gasto del jardín maternal en la determinación del quantum de la cuota y, como tales, sin la demostración contundente de absurdidad en la merituación efectuada por el a quo, lo que no ocurre en autos, resultan exentas de control en casación. Debe señalarse que las cuestiones relativas a determinar qué sumas son necesarias o no para sustentar el medio de vida de la niña son ajenas a la instancia de legalidad de este Superior Tribunal de Justicia. (Voto del Dr. Barotto sin disidencia)


M. M .C S / QUEJA EN : M. M. C. C / L. J. M. S / ALIMENTOS S/ QUEJA

CS1-94-STJ2016

SENTENCIA: 15 - 12/04/2016 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - SENTENCIA NO DEFINITIVA - CUESTIONES DE HECHO - COSTAS

<34235> Ingresando en el análisis del mérito jurídico del recurso de hecho interpuesto a fs., corresponde adelantar criterio en el sentido de que carece de chances de prosperar. Ello es así pues, aun cuando se estime que la resolución en recurso debe asimilarse a definitiva por sus efectos - atento a la ausencia de otra oportunidad útil que permita al recurrente obtener la reparación del perjuicio que invoca -, la queja articulada igualmente resulta inidónea para los fines pretendidos porque no rebate eficazmente el argumento de la denegatoria en punto a que la temática traída en recurso extraordinario remite a cuestiones que por naturaleza resultan sustancialmente ajenas a la etapa casatoria (costas). (Voto de los Dres. Balladini y Lutz).


MUNICIPALIDAD DE CINCO SALTOS S/QUEJA EN: "QUIROZ, GREGORIO GABRIEL OMAR Y OTROS C/MUNICIPALIDAD DE CINCO SALTOS S/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO" S/ QUEJA

22189/07

SENTENCIA: 78 - 30/08/2007 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - CUESTIONES DE HECHO - SENTENCIA NO DEFINITIVA - CUOTA ALIMENTARIA - APRECIACION DE LA PRUEBA - FACULTADES DE LOS JUECES

<18327> El requisito fundamental de definitividad de la sentencia no se cumple pues el recurso en examen se encuentra reservado para pronunciamientos de naturaleza definitiva, carácter que no puede adjudicársele al decisorio que resuelve una cuestión alimentaria se suma a ello que la recurrente no ha expresado argumentos que logren demostrar que se trate de un supuesto excepcional o que cause un perjuicio insusceptible de reparación ulterior. Además, para determinar si es correcta o no la disminución de la cuota alimentaria pretendida por la Cámara, es preciso efectuar una minuciosa evaluación de circunstancias fácticas, labor que resulta indispensable para determinar la pertinencia o no de tal extremo. Ello excede la mera aplicación e interpretación de normas jurídicas y constituye una tarea propia de los jueces de mérito, salvo casos excepcionales dentro de los cuales no encuadra el presente.


BRUNO CARLOS OSCAR S/ QUEJA (QUILODRAN CLAUDIA DANIELA)

21696/06

SENTENCIA: 3 - 06/02/2007 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - CUESTIONES DE HECHO - APRECIACION DE LA PRUEBA - FACULTADES DE LOS JUECES - JORNADA DE TRABAJO - HORAS EXTRAS

<34785> En definitiva, la acreditación de las horas extras trabajadas remite en forma ineludible al tratamiento de netas cuestiones de raigambre fáctica y probatoria, las que por su naturaleza se encuentran reservadas a los jueces de mérito y resultan extrañas a la etapa casatoria.


STJRNSL: SE. <3/09> “G., L. A. Y OTRO S/ QUEJA EN: ‘G., L. A. Y OTRO C/ C.I. ARQUITECTURA S.R.L. S/ SUMARIO'" (Expte. N° 23242/08 - STJ), (13-02-09). SODERO NIEVAS – LUTZ –

N° 23242/08 - STJ

SENTENCIA: 3 - 13/02/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - SENTENCIA NO DEFINITIVA - RESOLUCIONES EQUIPARABLES A DEFINITIVA: IMPROCEDENCIA - MEDIDAS CAUTELARES - PROHIBICION DE ACERCAMIENTO - VIOLENCIA FAMILIAR - CUESTIONES DE HECHO - FACULTADES DE LOS JUECES - CUESTIONES AJENAS

<70004> En suma la sentencia aquí atacada no es la definitiva ni es equiparable a tal (decide sobre una medida procesal de naturaleza cautelar), y tampoco se verifica ninguno de los supuestos de excepción. Por otra parte, la recurrente no expone argumento convincente alguno que induzca a prescindir, en el caso, de la exigencia de "definitividad"; ni se aboca a la tarea de brindar razones jurídicas atendibles que ameriten incurrir en una excepción a la regla. Por otra parte, además de la ausencia del requisito mencionado, hay que destacar que las cuestiones que el recurrente pretende que este Cuerpo ingrese a valorar, son ajenas a esta instancia extraordinaria. Ello es así por cuanto la cuestión objeto de controversia se circunscribe a determinar la conveniencia o no de levantar la prohibición de acercamiento a la que el propio recurrente acordó - conforme surge del acta de audiencia de fs. -; y para resolver este punto es necesario ingresar a examinar cuestiones de hecho y prueba que son absolutamente ajenas a esta instancia extraordinaria.


RODRIGUEZ, LUIS A. S/ QUEJA

23431/08

SENTENCIA: 4 - 19/02/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - CUESTIONES DE HECHO - DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL - ABUSO SEXUAL

<44231> La significación sexual otorgada a los hechos imputados a respecto de la víctima menor de doce años de edad es una cuestión de hecho y prueba que resolvió el a quo valorando todas las particulares circunstancias que se acreditaron, como se observa en el desarrollo de la primera cuestión de la sentencia definitiva.


MORALES, REYNALDO S/ QUEJA (EN: MORALES, REYNALDO S/ ABUSO SEXUAL)

20217/05

SENTENCIA: 111 - 31/08/2005 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - SENTENCIA NO DEFINITIVA - INTERDICTOS - INTERDICTO DE RECOBRAR - POSESION - AMPLIACION DE LA DEMANDA - REINGRESO AL PREDIO - FALTA DE FUNDAMENTACION - APRECIACION DE LA PRUEBA - CUESTIONES DE HECHO

<76975> En virtud de la ausencia de definitividad del pronunciamiento recurrido y que la valoración fáctica implicaría revisar la existencia o no del reingreso al predio, cuestión vedada en este instancia de legalidad, corresponde rechazar el recurso de queja interpuesto. (Voto de los Dres. Mansilla, Apcarián, Barotto y Dra. Zaratiegui sin disidencia)


NUÑEZ, CARLOS FRANCISCO S / QUEJA EN : GONZALEZ LERA, MARIA VIRGINIA C / ACEVEDO, JORGE JAVIER Y OTROS S / INTERDICTO DE RECOBRAR (SUMARISIMO) S/ QUEJA

PS2-97-STJ2016

SENTENCIA: 34 - 30/05/2016 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - CUESTIONES DE HECHO - SENTENCIA DEFINITIVA - COSA JUZGADA - INCIDENTES - CUOTA ALIMENTARIA

<14032> En autos, la invocación de cosa juzgada material no va acompañada de una demostración cierta de su configuración. A ello se suma que se halla en trámite un incidente de aumento de cuota alimentaria. Cabe señalar que ambas hipótesis precitadas requieren de una minuciosa evaluación de circunstancias fácticas, labor que resulta indispensable para determinar la pertinencia o no de un incremento de cuota. Ello excede la mera aplicación e interpretación de normas jurídicas y constituye una tarea propia de los jueces de mérito, salvo casos excepcionales dentro de los cuales no encuadra el presente. Por ello, resulta ausente el requisito de definitividad del pronunciamiento cuestionado, imponiéndose en consecuencia la desestimación del recurso de queja.


D., M. M. D. S/ QUEJA EN: E., J. J. Y DIOS, M. D. S/ DIVORCIO

Sin datos

SENTENCIA: 21 - 05/05/1999 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - DISCREPANCIA SUBJETIVA - INTERPRETACION DEL CONTRATO - CUESTIONES DE HECHO - APRECIACION DE LA PRUEBA

<70853> Cabe además resaltar que tampoco se evidencia el yerro en que habría incurrido la Cámara al interpretar la relación contractual, las obligaciones de las partes, el incumplimiento de las mismas, lo plasmado en la documentación suscripta entre las partes y la verdadera intención de los contratantes que es, en definitiva, lo que viene cuestionando; mas allá de que así planteadas sólo dejan entrever una disconformidad subjetiva con la valoración que de los hechos y pruebas efectuara la Cámara de Apelaciones.


CASCALLARES, ANDRES FELICIANO S/ QUEJA (PASQUALINI....)

24598/10

SENTENCIA: 57 - 30/06/2010 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - AUTOSUFICIENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - APRECIACION DE LA PRUEBA - CUESTIONES DE HECHO

<18801> En definitiva, dado que el criterio rehusatorio de la Cámara, asentado en la naturaleza probatoria y de hecho atribuida a las cuestiones cuya recurribilidad se propugna deviene ajustado a las estrictas reglas que norman la casación local, a lo cual se agrega el incumplimiento de una de las condiciones de procedencia prescriptas por la ley ritual de aplicación, cual es el requisito de autosuficiencia que establece el art. 299, inc. 2* del CPCyC., resulta inexorable el rechazo la vía de hecho intentada.


REBORA, TOMAS ARMANDO S/ QUEJA

22313/07

SENTENCIA: 128 - 11/09/2007 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1