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RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - SENTENCIA NO DEFINITIVA

Las sentencias interlocutorias que conceden o deniegan medidas cautelares y/o trámites atinentes a la ejecución de la sentencia, y las que llevan adelante dicho procedimiento no tienen el carácter de sentencia definitiva (cf. STJRNS4: Se. 18/03 “BERTONCELJ”; Se. 91/14 “UNIÓN PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN”), motivo por el cual resulta inadmisible el recurso intentado. (Voto de la Dra. Zaratiegui sin disidencia)


OSDE ORGANIZACION DE SERVICIOS DIRECTOS EMPRESARIOS S / QUEJA EN : BONILLA, SOFIA ESTELA C / OSDE S / AMPARO S/ QUEJA

PS2-435-STJ2018

SENTENCIA: 65 - 27/06/2018 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - PROCESO CONTENCIOSO ADMINSTRATIVO - DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA - RECURSO DE APELACION - COMPETENCIA DEL SUPERIOR TRIBUNAL - SENTENCIA DEFINITIVA - SENTENCIA NO DEFINITIVA - EXCEPCIONES A LA REGLA: IMPROCEDENCIA - RESOLUCIONES EQUIPARABLES A DEFINITIVA: IMPROCEDENCIA

<29990> En el proceso contencioso administrativo, el único recurso previsto para acceder al Superior Tribunal es el de apelación. Además únicamente son apelables las sentencias definitivas de la cuestión de fondo del proceso administrativo. En el caso, tampoco se advierte que estemos en presencia de alguno de los supuestos de excepción previstos jurisprudencialmente por este Cuerpo al establecer su doctrina, a través de los distintos pronunciamientos que se encuentran reseñados en [STJRNSC in re “TECSA SA.” Se. 36/98 del 11-05-98]; [STJRNSC in re “MORON” Se. 44/99 del 08-09-99]; [STJRNSC in re “GASPARINI” Se. 54/02 del 30-08-02]; [STJRNCO in re “CASVE SRL” Se. 175/06 del 12-12-06] En efecto, en ellos se han considerado las siguientes excepciones fundadas en casos particulares a saber: 1) cuando se debatiera la materia contencioso administrativa misma; 2) cuando lo decidido en la instancia anterior terminase la litis; 3) cuando se trate de decisiones en cuestiones de competencia, en la que medie denegación del fuero federal, y 4) cuando se encuentra en discusión la habilitación o no de la instancia contencioso administrativa. (Del voto del Dr. Sodero Nievas sin disidencia)


PROCONSUMER S QUEJA EN PROCONSUMER EN AUTOS PROCONSUMER C PROVINCIA DE RIO NEGRO EDERSA Y OTROS S CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO S INCIDENTE DE EJECUCION DE ASTREINTES EXPTE Nº 169 CADM 11 S/ QUEJA

26172/12

SENTENCIA: 174 - 20/12/2012 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - SENTENCIA NO DEFINITIVA - MEDIDAS CAUTELARES

<51449> Este Tribunal ha señalado ya reiteradamente que las decisiones sobre medidas cautelares no asumen la condición de sentencias definitivas, en tanto no ponen fin a la litis ni impiden su continuidad [(STJRNS4 Se. 145/14 “COMUNIDAD MAPUCHE LAS HUAYTECAS"); (STJRNS4 Se. 36/15 “ZILBERBERG”); (STJRNS1 Se. 70/02 “BERNARDI”); (STJRNS4 Se. 32/06 “CAMBARERI”); (STJRNS4 Se. 26/11 “CATEDRAL ALTA PATAGONIA SA)]; circunstancia ésta que obsta a la habilitación del recurso correctamente denegado en instancia de origen. (Voto del Dr. Apcarián sin disidencia)


CHIGUAY, ROBERTO S/ QUEJA (EN: CHIGUAY, ROBERTO C/ MUNICIPALIDAD DE EL BOLSON S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO)

27907/15

SENTENCIA: 108 - 12/08/2015 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - RECUSACION - RECURSO DE APELACION - COMPETENCIA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA: ALCANCES - COMPETENCIA DEL SUPERIOR TRIBUNAL: IMPROCEDENCIA

<28335> […] Por las razones que anteceden, y no tratándose de una sentencia definitiva en juicio contencioso administrativo que habilite la apelación ante este Superior Tribunal, se concluye que el recurso de queja intentado en las presentes actuaciones no puede prosperar, correspondiendo el rechazo del mismo.


PUIG, LAURA ESTER Y OTROS S/ QUEJA (EN: PUIG, LAURA ESTER Y OTROS S/INCIDENTE DE RECUSACION ...)

24636/10

SENTENCIA: 45 - 15/06/2010 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - RECURSO DE APELACION - CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - SENTENCIA NO DEFINITIVA - INCOMPETENCIA TERRITORIAL

<50974> En autos sólo se intenta impugnar la declaración de incompetencia territorial, debiendo tramitar la causa ante el Tribunal señalado como el correspondiente, no resultando aquel pronunciamiento sentencia definitiva que pueda poner fin a la litis. (Voto del Dr. Mansilla sin disidencia)


CATEDRAL ALTA PATAGONIA S A S QUEJA EN CATEDRAL ALTA PATAGONIA S A C MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE Y OTRO S CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO S/ QUEJA

27355/14

SENTENCIA: 127 - 21/10/2014 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - FACULTADES DEL PRESIDENTE DE LA CAMARA DE APELACIONES - PROVIDENCIA SIMPLE - VOTO INDIVIDUAL - RECURSO DE REPOSICION: RECHAZO - APELACION EN SUBSIDIO - VOTO CONJUNTO - NULIDAD PROCESAL - CUESTION ABSTRACTA

<29951> Entiendo además que la propuesta del segundo votante referida a declarar la nulidad del rechazo de la apelación se ha tornado innecesario y abstracto por cuanto ésta era subsidiaria de la revocatoria, que en definitiva tal como se dijo ya fue tratada por la Cámara rechazando el planteo de nulidad. (Opinión personal del Dr. Sodero Nievas)


MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE S QUEJA EN CATEDRAL ALTA PATAGONIA S A S ACCION MERAMENTE DECLARATIVA MEDIDA CAUTELAR S/ QUEJA

26082/12

SENTENCIA: 158 - 29/11/2012 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - CONSEJO DE LA MAGISTRATURA - ENJUICIAMIENTO DE MAGISTRADOS - RESOLUCIONES IRRECURRIBLES - DEBIDO PROCESO - DEFENSA EN JUICIO

<28742> Si bien todo lo expuesto hasta aquí está referido a la decisión del Consejo de la Magistratura en un juicio político que resuelve una cuestión en definitiva, no se advierte en el caso que la decisión de mero trámite adoptada por el Consejo de la Magistratura implique un supuesto de violación del debido proceso o de la defensa en juicio que habilite la revisión que se intenta. (Del voto del Dr. Lutz sin disidencia).


IRIBARREN, PABLO E. S/ QUEJA (CONSEJO DE LA MAGISTRATURA IIDA.CIRC.S/SOLICITUD ....)

24739/10

SENTENCIA: 15 - 15/03/2011 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - RECURSO DE APELACION: IMPROCEDENCIA - SENTENCIA NO DEFINITIVA - MEDIDAS CAUTELARES - EJECUCION DE SENTENCIA - ACCION DE AMPARO

<51404> Las sentencias interlocutorias que conceden o deniegan medidas cautelares y/o trámites atinentes a la ejecución de la sentencia, y las que llevan adelante dicho procedimiento -tal el caso de autos- no tienen el carácter de sentencia definitiva (cf. [STJRNS4 Se. 18/03 “BERTONCELJ”] y [STJRNS4 Se. 91/14 “UNIÓN PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN (UPCN)”]), motivo por el cual resulta inadmisible el recurso intentado […] (Voto del Dr. Apcarián sin disidencia)


GONZALEZ, CARINA S/ QUEJA ("GONZALEZ, CARINA Y OTROS C/ OSDE S/ ACCION DE AMPARO)

27894/15

SENTENCIA: 99 - 05/08/2015 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - INTERESES DIFUSOS

<22163> Corresponde rechazar el recurso de queja deducido por la Fiscalía de estado por denegatoria del recurso de apelación en el amparo a intereses difusos, Ley Nº 2779; atento que la apelación prevista en la Ley Nº 2779 no es de aplicación genérica y en virtud del criterio restrictivo en punto a la genérica recurribilidad del amparo y la clara prescripción consignada en el art. 20 de la Ley Nº 2779/94 que establece que en el amparo a intereses difusos y/o derechos colectivos serán recurribles únicamente la sentencia denegatoria y la que decida sobre medidas cautelares. En autos la Cámara de Apelaciones de San C. de Bariloche decidió intimar a las empresas accionadas (entre ellas, el Departamento Provincial de Aguas) a que en el plazo perentorio de 20 -veinte- días hábiles efectúen las medidas correctivas sugeridas por el Centro Regional Universitario Bariloche en su dictamen, bajo apercibimiento de aplicar las previsiones del art. 21 de la Ley Nº 2779. La mencionada norma establece que en las sentencias condenatorias definitivas, cualquiera sea el objeto de la acción, los jueces podrán fijar multas a cargo de los sujetos. En el caso nos encontramos en etapa de una ejecución de sentencia condenatoria y definitiva con un trámite dilatado en exceso.


FISCALIA DE ESTADO S/QUEJA EN R., J. F. S/RECURSO DE AMPARO (ACCION DE REPARACION) S/INCIDENTE DE EJECUCION DE SENTENCIA

Nº 15273/00 -STJ-

SENTENCIA: 95 - 27/10/2000 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - CONSEJO DE LA MAGISTRATURA - ENJUICIAMIENTO DE MAGISTRADOS - RESOLUCIONES IRRECURRIBLES - RESOLUCIONES EQUIPARABLES A DEFINITIVA

<51928> Corresponde advertir que el caso que aquí se debate difiere del antecedente que menciona el recurrente a fs. (actuaciones caratuladas: “BERNARDI JUAN ANTONIO S/ QUEJA EN: “I., M. F. S/ COMUNICACIÓN (ART. 26 LEY K 2434), DEL REGISTRO DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA. CMD/17/0017, Expte. N° 27819/15-STJ-, [STJRNS4 Se. 95/15]), por cuanto allí, a nuestro entender, la resolución adoptada por el Consejo de la Magistratura en el trámite del desafuero, haciendo lugar a la solicitud, era equiparable a definitiva respecto a esa incidencia referida a la garantía constitucional en juego, por sus consecuencias y eventual irreparabilidad. En autos no se trata precisamente de una decisión que pueda entenderse de igual manera en tanto se cuestiona la decisión adoptada por el Consejo de la Magistratura instrumentada en el Acta Nº 11/15-CM, por la cual se rechazaron los planteos relativos a la suspensión de la audiencia de juicio oral hasta tanto recaiga sentencia definitiva en las actuaciones caratuladas: “B., J. A. Y OTROS S/ CORRUPCION DE MENORES”; Expte. Nº 1VI-14037-P2015, del registro del Juzgado de Instrucción nº 2 de Viedma y la nulidad de la requisitoria de destitución formulada por la Sra. Procuradora General por violación al principio de congruencia. Como puede advertirse, no se trata del último pronunciamiento del órgano, el que eventualmente habilitaría la instancia recursiva. (Voto de la Dra. Zaratiegui y el Dr. Mansilla por sus fundamentos)


BERNARDI, JUAN S / QUEJA EN : IGOLDI, M. FAVIO S / COMUNICACION ( ART. 26 LEY K 2434) EXPTE CMD-15-0008 S/ QUEJA

PS2-100-STJ2016

SENTENCIA: 92 - 31/08/2016 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº4