Busqueda realizada: definitiva (Todas las Palabras)
<04859> Conforme a las constancias de la causa, surge que el ocurrente es un insano no rehabilitado, que carece de legitimación procesal para recurrir, la que sólo puede ser ejercida por su representante legal, "curador definitivo". Por lo tanto, dada la falta de capacidad del ocurrente para ejercer por sí las facultades que emanan de sus derechos el presente remedio procesal debe ser rechazado "in limine" al no constituir un acto jurídico válido. C., F. s/ QUEJA EN: CAUSAS NRO. 2004/97 y 2005/97 DEL REGISTRO DE CAMARA PRIMERA EN LO CRIMINAL DE ROCA Sin datos SENTENCIA: 112 - 29/10/1997 - DEFINITIVA SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 |