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RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - SENTENCIA NO DEFINITIVA - RESOLUCIONES ANTERIORES A LA SENTENCIA DEFINITIVA - SENTENCIA DEFINITIVA: EFECTOS

<35138> En tal orden de ideas, corresponde reafirmar la doctrina de este Superior Tribunal expresamente citada por el quejoso […] y, tal como éste lo peticiona, dejar sentado que, una vez dictada la sentencia final, aquellas cuestiones que hubieran sido resueltas durante el trámite del litigio por autos no definitivos podrán ser traídas por vía de recurso extraordinario. (Del voto de los Dres. Sodero Nievas y Balladini).


ALVAREZ, MONICA VIVIANA S/ QUEJA EN: "TERRILE, ANALIA A. C/ DEL AGUILA S.R.L. Y OTROS S/ INCIDENTE (PPAL. 19036/06) S/ QUEJA

23661/09

SENTENCIA: 96 - 12/11/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - REMISION A ARGUMENTOS DEL FALLO DE LA ANTERIOR INSTANCIA - RECUSACION - SENTENCIA NO DEFINITIVA - RESOLUCIONES IRRECURRIBLES

<80558> […] en cuanto a la definitividad de la resolución que deniega un planteo de recusación, me remito a lo sostenido por el [a quo]. En tal orden de ideas, la resolución que deniega el planteo de recusación no es sentencia definitiva ni equiparable a tal y también es irrecurrible. (Del voto del Dr. Sodero Nievas sin disidencia)


DALSASSO, Federico A. s/Queja en: 'CARIATORE, Alberto s/Amenazas' S/ QUEJA

23541/09

SENTENCIA: 112 - 02/09/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - SENTENCIA NO DEFINITIVA

<35134> Ingresando en el análisis del mérito jurídico del recurso de hecho interpuesto […], corresponde adelantar criterio en el sentido de que habrá de ser desestimado, pues el decisorio que pretende revertir la demandante no reviste carácter definitivo.


BARILA, MARIA INES S/ QUEJA EN: "BARILA, MARIA INES C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO" S/ QUEJA

23450/08

SENTENCIA: 94 - 06/11/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº3

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - RECURSO DE CASACION: REQUISITOS - SENTENCIA DEFINITIVA - SENTENCIA NO DEFINITIVA - AUTO DE PROCESAMIENTO - RECURSO DE APELACION - DESERCION DEL RECURSO

<80915> […] el recurso de casación sólo puede “deducirse… contra las sentencias definitivas y los autos que pongan fin a la acción o a la pena, o hagan imposible que continúen, o denieguen la extinción, conmutación o suspensión de la pena” (art. 430), por lo que los agravios dirigidos contra la confirmación del auto de procesamiento - capacidad de reproche del imputado y declaración de deserción del recurso sobre tal ítem - no pueden habilitar la instancia por ausencia de tal requisito. (Del voto del Dr. Balladini sin disidencia).


VELÁZQUEZ BARRIENTOS, Alex Hernán s/Queja en: 'VELÁZQUEZ BARRIENTOS, Alex Hernán s/Homicidio s/Apelación' S/ QUEJA

23830/09

SENTENCIA: 211 - 23/12/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - AUTO DE PROCESAMIENTO - SENTENCIA NO DEFINITIVA - REMISION A ARGUMENTOS DEL FALLO DE LA ANTERIOR INSTANCIA

<80289> Las consideraciones expuestas para justificar la definitividad de la decisión recurrida no son aptas para conmover la respuesta del a quo [el auto de procesamiento no causa estado y es modificable en cualquier momento en la instrucción] y que fue expuesta en el auto interlocutorio (ver fs. ), a los que remito. Agrego que la alusión a la arbitrariedad o a la violación de las garantías constitucionales no autoriza a suplir la ausencia de definitividad y que nada obsta a que este Cuerpo analice los defectos de actividad alegados en ocasión del fallo final de la causa. (Del voto del Dr. Lutz sin disidencia)


GALLARDO, Osvaldo Oscar s/Queja en: 'MASSARO, Marinella s/Dcia. s/Apelaciones' S/ QUEJA

23287/08

SENTENCIA: 50 - 06/05/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - RECURSO DE CASACION: REQUISITOS - SENTENCIA NO DEFINITIVA - CADUCIDAD DE INSTANCIA - RESOLUCIONES IRRECURRIBLES

<70518> Pero existe un impedimento a la recurribilidad, de carácter superlativo dado por el art. 317 del CPCyC., al respecto es dable recordar que este Superior Tribunal de Justicia ha dicho que: “el fallo en crisis no reúne la condición fundamental de ser sentencia definitiva, ni se acredita que sea equiparable a tal a pesar de los argumentos que se invocan. Basta sólo remitir al art. 317 del CPCCm. para rechazar la casación, (...) en cuanto al art. 317 del CPCCm, su contenido es definitorio para el destino del recurso extraordinario, ya que el texto es terminante. En su obra, "CODIGO PROCESAL CIVIL COMENTADO Y CONCORDADO", FENOCCHIETTO y ARAZI escriben: "...Lo resuelto en materia de caducidad de la instancia es ajeno al recurso extraordinario, pues no se trata de sentencia definitiva...” (S.J.N.- 15-11-84, L.L. 1985 – C - 661) (...) En resumen: A) No estamos ante sentencia definitiva, ni equiparable a tal, no obstante los denodados esfuerzos de la casacionista por arribar a la instancia de legalidad. B) El art. 317 del CPCCm veda cualquier recurso extraordinario. (...) Comparto la existencia dos impedimentos esenciales para la procedencia del recurso que nos ocupa, a saber: 1) la falta de definitividad del pronunciamiento en razón la existencia de un valladar infranqueable impuesto por el art. 317 CPCC” [Cf. STJRNSC in re “LOSIO” Se. 7/05 del 23-02-05].


CAMPONOVO, SILVIA LILIANA S/ QUEJA (BANCO....)

24106/09

SENTENCIA: 101 - 26/11/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - SENTENCIA NO DEFINITIVA - AUTO DE PROCESAMIENTO

<80449> “Es doctrina de la Corte que la ausencia de definitividad no puede ser suplida por la invocación de arbitrariedad o de violación de garantías constitucionales (ver Fallos 256: 474), por lo que no es arbitrario el decisorio que omite el tratamiento de dichos agravios en ausencia de tal requisito” [STJRNSP in re “MASSACCESI” Se. 29/01 del 09-04-01]. “... Ello pues el requisito de definitividad, 'mutatis mutandis', 'no puede eludirse so pretexto de la violación de garantías constitucionales, entre otras razones porque cualquier afectación a las normas fundamentales que pudiera producirse durante la sustanciación de los juicios podría ser corregida por la Corte en ocasión de intervenir frente a la decisión final' (CSJN, 'PASZKOWSKI', Se. del 06-03-01)” [cf. STJRNSP in re “RAMIREZ CABRERA” Se. 90/02 del 28-08-02]. (Del voto del Dr. Sodero Nievas sin disidencia).


PAITA, Alberto Eduardo s/Queja en: Incidente de nulidad en causa Nº 32731-J4-01 'RIVOIRE, Rubén Mario s/Denuncia' S/ QUEJA

23491/08

SENTENCIA: 87 - 01/07/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - FALTA DE FUNDAMENTACION - SENTENCIA NO DEFINITIVA

<80714> [...] es doctrina reiterada de este Cuerpo que “la invocación de arbitrariedad o de violación de garantías constitucionales no suple la ausencia de definitividad de lo resuelto. Además, tal obstáculo no puede tampoco ser superado por la mera invocación de un supuesto de gravedad institucional, pues su formulación debería contener un serio y concreto fundamento que evidencie de modo inequívoco la presencia de un supuesto de tal naturaleza (Fallos 303: 1923 y 304: 1893 entre otros), cuestión que no se advierte en autos...” [STJRNSP in re “TOBARES” Se. 77/07 del 11-05-07)], donde la defensa menciona pero no demuestra de modo serio, concreto y razonado la violación de garantías constitucionales que alega. (Del voto del Dr. Balladini sin disidencia)


ZALESKY, Juan José s/Queja en: 'SÁNCHEZ, Francisco R. y ZALESKY, Juan J. s/Inf. art. 261 2º supuesto y 248 del C.P.' S/ QUEJA

23770/09

SENTENCIA: 167 - 05/11/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - CUESTIONES DE COMPETENCIA - SENTENCIA NO DEFINITIVA

<70409> Las decisiones que giran en torno a cuestiones de competencia no constituyen, en principio, sentencia definitiva en los términos del artículo 285 del CPCyC., ni pueden ser equiparadas a tal, toda vez que no ponen fin a la controversia ni impiden su ulterior tramitación...” [STJRNSC in re “LUDDECK” Se. 6/04 del 23-02-04]


ACIAR, MARIA ISABEL S/ QUEJA

23938/09

SENTENCIA: 77 - 01/10/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº1

RECURSO DE QUEJA: IMPROCEDENCIA - RECURSO DE CASACION: REQUISITOS - SENTENCIA NO DEFINITIVA - NULIDAD PROCESAL - NULIDAD ABSOLUTA - VIOLACION DE GARANTIAS CONSTITUCIONALES - ARBITRARIEDAD

<80448> La invocación de arbitrariedad o violación de garantías constitucionales (propias de las nulidades absolutas) no permite superar el obstáculo derivado de la ausencia de definitividad de lo resuelto. (Del voto del Dr. Sodero Nievas sin disidencia).


PAITA, Alberto Eduardo s/Queja en: Incidente de nulidad en causa Nº 32731-J4-01 'RIVOIRE, Rubén Mario s/Denuncia' S/ QUEJA

23491/08

SENTENCIA: 87 - 01/07/2009 - DEFINITIVA

Fallo

SECRETARÍA PENAL STJ Nº2